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Antigüedad y Subrogación

Antigüedad y Subrogación

03 de sep

Jubilaciones parciales en los operadores de handling 

Sobre la contestación por parte del INSS a una consulta realizada por el Secretario de ASEATA, para conocer cómo se computa la antigüedad de trabajadores subrogados en alguna empresa del Sector de Handling a efectos de jubilación, os informamos en esta noticia.


En él se contesta que se computará la antigüedad acreditada en la empresa anterior, cuando ha habido sucesión de contratas, siempre que en la norma sectorial correspondiente o en el pliego de condiciones administrativas, se estipule que el nuevo empresario se subroga en los derechos y obligaciones laborales del anterior, sin excluir lo relativo al concepto de antigüedad 

2009-09-16T17:13:59+02:0016 septiembre, 2009|ERE HANDLING / SUBROGACION|