En la última reunión del 9 de enero, de la Comisión Negociadora del XXI Convenio para Tierra, se han concretado los conceptos del Haber Regulador, necesario como base de cálculo para el pago único no consolidable de los años 2018 y 2019, según se pactó el pasado 20 de diciembre en el Preacuerdo.
La Comisión ha acordado que para este tipo de pago, también se incluyan todos los conceptos salariales y extra-salariales que componen la masa salarial de cada trabajador, igual que para el pago consolidable. Además de pagar los nuevos pluses.
En el Preacuerdo se establece que para el año 2018, el pago consolidable sea el 2,5% y el pago único no consolidable sea el 1% del haber regulador. Para el 2019, es el 2% y 1,5% respectivamente.
Todas estas cantidades se abonarán como “anticipo” en un único pago según lo pactado, quedando pendiente de regularización en la siguiente nómina, una vez se haya firmado el Acuerdo definitivo.
En julio, la empresa ya nos realizó un abono como pago único no consolidable relativo al año 2018 calculado con el 2,5%, a cuenta de la revisión final que se pactara (1%) y por tanto, ahora con este anticipo, deberá ajustarse. Todos esperamos que el nuevo abono se realice antes del final de este mes.