Recibimos continuamente quejas de empleados que están siendo suspendidos en su EVD (Evaluación de Desempeño) sin motivos consistentes por parte de su Evaluador y casi siempre subjetivos. En bastantes ocasiones el evaluador acaba de llegar a su puesto de trabajo o no lleva lo suficiente en la unidad para tener un criterio exacto del desarrollo del trabajo del evaluado y consecución de sus objetivos, si es que ambos los conocen previamente.
Un «No has dado el perfil» es habitual y sobre todo en empleados que por su antigüedad han conocido la «antigua» Iberia. Situaciones como éstas, puramente emocionales y no de productividad, han dado lugar a un «no has pasado la Evaluación de Desempeño«.
Ante hechos así, nos cuestionamos el uso de esta herramienta que hacen los Evaluadores, consentido por la Dirección de Personas, y desde aquí denunciamos el incumplimiento del procedimiento recogido en el Manual de la EVD.
En la Parte II del Apéndice del XX Convenio Colectivo para el personal de Tierra, se define esta Evaluación como “el proceso mediante el cual se evalúa de forma objetiva la actividad laboral de cada empleado”, y además de forma contínua, desde la entrevista inicial pasando por el seguimiento y hasta la entrevista final.
No está siendo un intercambio de información que permita una mejora continua en el cumplimiento de los objetivos de la unidad y el máximo desarrollo del potencial del empleado evaluado.
Por otra parte, otro de los incumplimientos es la NO elaboración de las EVD durante el periodo de congelación salarial aludiendo a los Acuerdos de Mediación del 2013 y de congelación también de los niveles de progresión y promoción. La Disposición Transitoria Vigésimo Primera del XX Convenio Colectivo para el personal de Tierra, no menciona que la evaluación continua de la EVD tenga que dejar de realizarse durante el periodo congelación.
En el comunicado adjunto, ampliamos esta información.