*El SEPE avisa de un cambio en el día del cobro del paro y del ERTE*

USO INFORMA El Servicio Público de Empleo Estatal informa sobre las nuevas fechas en las que los bancos abonarán las prestaciones. El organismo ha informado que desde mayo, la prestación por desempleo y el ERTE se cobrará el día 10 de cada mes. El pago de las prestaciones por parte del SEPE se produce del día 10 al 15 de cada mes. Debido a la urgencia social provocada por la pandemia se llegó a un acuerdo con las entidades bancarias para adelantar el pago a la primera semana de mes. Así, ya no existe la posibilidad de adelantar el paro a los primeros días del mes. El SEPE ha informado a las entidades bancarias que deben hacerlo en el nuevo plazo estipulado, esto es, el día 10 de cada mes. Si ese día cae festivo, el pago de prestaciones se realizará al siguiente día hábil. USO SECTOR AÉREO
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La campaña de la Renta del 2021 de la Agencia Tributaria está abierta desde el día 6 de abril hasta el 30 de junio de 2022. Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo finaliza el 27 de junio de 2022. El borrador de la renta para la declaración de 2021 ya se puede obtener de forma ‘online’ o a través de la ‘app’ de la Agencia Tributaria. En primer lugar, hay una serie de personas que están exentas de confeccionar la declaración. Por ejemplo, aquellas personas cuyo conjunto de sus ingresos, sean del carácter que sean, no superen los 1.000 euros brutos anuales, así como quien haya tenido pérdidas patrimoniales menores a 500 euros. Además, dependiendo de la clase de rendimientos de trabajo o actividades, se establecen una serie de límites salariales que determinan si se tiene que hacer o no la declaración de la renta: Rendimientos del trabajo Están obligadas a presentar la declaración de la renta todas las personas que hayan ingresado más de 22.000 euros en 2021 procedentes de un único pagador o 14.000 euros de varios pagadores. En este caso, la suma de los ingresos percibidos por el segundo y el resto tienen que superar los 1.500 euros al año. También será obligatorio para las personas con derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual y con deducción por doble imposición internacional o que hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, a planes de pensiones, a planes de previsión asegurados, a planes de previsión social empresarial y a seguros de dependencia o mutualidades de previsión social. Será recomendable que también lo hagan las personas que hayan soportado retenciones e ingresos a cuenta por las deducciones de maternidad, con familia numerosa o con otras personas con discapacidad a cargo. Además, es obligatorio declarar también los premios de determinadas loterías o apuestas a partir de los 20.000 euros del premio. En las secciones sindicales de USO en Iberia Madrid, puedes obtener más información y seguimos haciendo las declaraciones de forma telemática y gratuita a todos nuestros afiliados. Si no estás afiliado y te interesa esta información, no dudes en hablar con nosotros para ofrecerte la ayuda necesaria. Nuestros emails de contacto: Ø Para el centro de trabajo del NEO: usoibneo@gmail.com Ø En zonas industriales (La Muñoza o Antigua Zona Industrial) : usoiberianzi2@hotmail.com Ø En el aeropuerto de Madrid Barajas : usoibbjs@yahoo.com Si te interesa, te agradeceremos que nos escribas con los datos necesarios para acceder a tu información fiscal. USO cuenta en la actualidad con un equipo muy comprometido, que defiende el trabajo digno como el mejor tesoro y que atiende los problemas con la importancia que tienen, escuchando, informando y ayudando en todo momento ante cualquier situación que os pueda inquietar. Os lo demostramos en momentos de emergencia y a pesar de la falta de apoyo de la empresa y de otros, pero os lo seguimos demostrando ahora con la incorporación de los nuevos beneficiarios en los billetes de empleados o con las obligaciones fiscales. Todos somos importantes para construir un mundo mejor. ¡Afiliate a la USO y lucharemos juntos!