CONVOCATORIA DE AYUDA CAMPAMENTOS DE VERANO 2024 PARA EL PERSONAL DE IB TIERRA

La Junta Central de Acción Social de Iberia, con fecha 14 de enero de 2025, ha acordadoconceder AYUDAS por valor de hasta 170,00 Euros, en función del coste, para asistencia aCAMPAMENTOS DE VERANO de hijos de trabajadores de Iberia, cotizantes al Fondo Solidario deTierra, con las siguientes condiciones:1o Podrá solicitarse esta AYUDA para los nacidos entre los años 2007 y 2018 ambosinclusive, salvo personas con discapacidad, que no tendrán límite de edad.2o La duración del campamento será de al menos 10 días, debiendo pernoctar en el mismo9 noches.3o La Organización del campamento reunirá las garantías formales necesarias a juicio de laJunta de Acción Social, debiendo compaginar actividades deportivas y culturales propiasde un campamento no cursos específicos de idiomas, música, etc.4o Las solicitudes se realizarán en el Impreso que para este fin podrán retirarse en lasUNIDADES DE PERSONAL Y OFICINAS DE TRABAJADORES/AS SOCIALES DE LAS DISTINTASDIRECCIONES Y UNIDADES DE LA COMPAÑÍA, ASI COMO EN LOS COMITES DE CENTROCORRESPONDIENTES.5o Dichas solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas, acompañadas deljustificante de pago, fotocopia de la última nómina, programa de actividades emitido ysellado por la Organización del Campamento y Libro de Familia completo, seránremitidas, necesariamente, por CORREO CERTIFICADO ANTES DEL 31 DE MARZO DE2025, A LA SIGUIENTE DIRECCIÓN: JUNTA DE ACCION SOCIALCOMITÉ INTERCENTROS DE IBERIA TIERRAC/ Núñez de Balboa, 115 – Entreplanta – 28006 MADRID 6o En el caso de que los cónyuges trabajen ambos en la compañía, solo podrá solicitar unode ellos la ayuda para el campamento.7o Las reclamaciones se atenderán hasta el 30 de mayo de 2025.
DIETAS DE COMISIÓN DE SERVICIO CONGELADAS DESDE 2001

La mezquindad es el lema de la nueva IBERIA para con sus personas trabajadoras DIETAS DE VIAJE CONGELADAS DESDE 2001 Veintitres años llevan sin actualizarse las dietas correspondientes a desplazamientos, manutención y estancia en las que se incurre a lo largo de un viaje de servicio. Conocidas como dietas de viaje son un derecho que tienen todos los trabajadores que realicen desplazamientos profesionales y sus condiciones están reflejadas en el convenio colectivo al que está sujeto la empresa. Se trata de retribuciones extrasalariales cuyo objetivo es cubrir los gastos de manutención, kilometraje y alojamiento que tiene el empleado durante el viaje. La media de las medias dietas está entre los 8 y los 25 euros, mientras que las dietas completas oscilan entre los 33 y los 90 euros. Los kilómetros se pagan en torno a los 0,26 euros tras la reforma de 2023. Y todo esto teniendo en cuenta que la compañía tuvo unos ingresos de 2.107 millones de euros entre julio y septiembre, lo que supone un incremento del 8,5% sobre la facturación del mismo periodo de 2023. No se esperan peores resultados para 2024. El próximo 20 de enero tendrá lugar la primera reunión del artículo 21 de 2025 en el NEO y nuevamente USO trasladará esta y otras muchas cuestiones con el fin de obtener un resultado positivo como ha ocurrido con el permiso de cinco días laborables en caso de fallecimiento. El IRPF en las dietas laborales Estas dietas están exentas de pagar el IRPF si son inferiores a 53,34 euros al día para territorio nacional y 91,35 euros en el extranjero con pernocta. Sin pernocta, los límites son de 26,67 euros diarios en España y 48,08 euros en el extranjero. Para medias dietas las cantidades anteriores se rebajan a la mitad. Aunque las dietas laborales no forman parte del salario, el importe debe venir reflejado en la nómina y mientras las cantidades no sobrepasen los límites que las eximen de pagar el IRPF, no habrá que incluirlas en la declaración de la renta. Seguiremos informando, Madrid 13 de enero de 2023