V CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE SERVICIOS DE ASISTENCIAEN TIERRA EN AEROPUERTOS
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo,por la que se registra y publica el V Convenio colectivo general del sector deservicios de asistencia en tierra en aeropuertos.Visto el texto del V Convenio colectivo general del sector de servicios de asistenciaen tierra en aeropuertos (código de convenio n.º 99015595012005), que fue suscrito confecha 5 de julio de 2022, de una parte por la Asociación de Empresas de Servicios deAsistencia en Tierra en Aeropuertos (ASEATA) en representación de las empresas delsector, y de otra por los sindicatos CCOO, UGT y USO en representación de lostrabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de laLey del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real DecretoLegislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el RealDecreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,Esta Dirección General de Trabajo resuelve:Primero.Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registrode convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad confuncionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificacióna la Comisión Negociadora.Segundo.Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Link Publicación del V Convenio Colectivo Sector aéreo aquí
IV CONVENIO COLECTIVO HANDLING
Visto el texto del IV Convenio colectivo general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos (código de convenio n.º 99015595012005), que fue suscrito con fecha 21 de octubre de 2019, de una parte por la Asociación de Empresas de Servicios de Asistencia en Tierra en Aeropuertos (ASEATA) en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos CC. OO., U. G. T. y U. S. O. en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: link al convenio
Atrasos salariales Iberia del 2018 y 2019
En la última reunión del 9 de enero, de la Comisión Negociadora del XXI Convenio para Tierra, se han concretado los conceptos del Haber Regulador, necesario como base de cálculo para el pago único no consolidable de los años 2018 y 2019, según se pactó el pasado 20 de diciembre en el Preacuerdo. La Comisión ha acordado que para este tipo de pago, también se incluyan todos los conceptos salariales y extra-salariales que componen la masa salarial de cada trabajador, igual que para el pago consolidable. Además de pagar los nuevos pluses. En el Preacuerdo se establece que para el año 2018, el pago consolidable sea el 2,5% y el pago único no consolidable sea el 1% del haber regulador. Para el 2019, es el 2% y 1,5% respectivamente. Todas estas cantidades se abonarán como “anticipo” en un único pago según lo pactado, quedando pendiente de regularización en la siguiente nómina, una vez se haya firmado el Acuerdo definitivo. En julio, la empresa ya nos realizó un abono como pago único no consolidable relativo al año 2018 calculado con el 2,5%, a cuenta de la revisión final que se pactara (1%) y por tanto, ahora con este anticipo, deberá ajustarse. Todos esperamos que el nuevo abono se realice antes del final de este mes.
El comité de Barcelona de Iberia da margen a la empresa para resolver el problema de Handling
El comité de centro de Barcelona de Iberia ha acordado dar una semana de margen a la dirección de la empresa para negociar una solución a la problemática de contratación y escasez de personal que sufre la plantilla de Iberia Handling en el aeropuerto de El Prat. En el caso de que Iberia no muestre disposición a negociar, se convocarán más movilizaciones durante el mes de agosto. Los trabajadores de Iberia Handling en El Prat secundaron dos jornadas de huelga el pasado fin de semana como forma de protesta ante la contratación temporal y eventual que sufren así como por la falta de personal. Los sindicatos reivindican la necesidad de estabilizar el empleo y transformar a todos los trabajadores fijos a tiempo parcial en fijos a tiempo completo, así como regularizar a 400 trabajadores temporales.
Estancados y sin nuevo convenio
Se ha vuelto a reunir la Mesa Negociadora, ya vamos por la reunión nº 30, pero el avance de la negociación del convenio de Iberia casi ni se percibe. Sin embargo, la posición de la compañía sigue siendo la de apretar otro poquito más en las condiciones de los trabajadores. Desde la USO nos manifestamos en contra de todos los planteamientos de la empresa en las materias que afectan a la Dirección Técnica. Queremos que no se limiten los niveles salariales a los que puedan llegar los TMAs ya que la propuesta limita y pone techo. También manifestamos nuestro rechazo a que con el nuevo ordenamiento se pueda bajar de grado/nivel. sin embargo no se concreta nada en este tema. En cuanto a la Dirección de Aeropuertos, la empresa nos hizo una nueva presentación. Se propone el “desarrollo de funciones adicionales de los administrativos en el área de facturación y embarque y en el área correcta de plataforma y asistencia al avión” tales como manipular colocar y retirar tótems, gálibos y elementos publicitarios, entregar el equipaje de mano desde la puerta de embarque hasta el finger y desde las cintas hasta la oficina o almacén; cobro de equipaje de mano y manipulación del mismo en puerta de embarque, movimiento de las cortinas en las aeronaves, apertura de las puertas de pasaje de las aeronaves, colocación de calzos, colocación de conos, gestión de grupos eléctricos, conexión y desconexión 400HZ, aires acondicionados, apertura de bodegas, manipular y entregar el equipaje de mano y los carritos de bebé, manipulación de carga que no supere los 12 kilos, comprobación y confirmación de la maniobra de salida/llegada, garantizar la correcta estiba según el plan de carga del avión, colocación y retirada de la barra en caso de push-back con barra. La USO califica esta propuesta de BARBARIDAD y expresamos nuestro total desacuerdo. La negociación no avanza porque nunca cerramos ningún asunto. La dirección de la compañía pospone cada asunto y abre nuevos debates. Desconocemos la razón de esta posición y nos parece una falta de respeto hacia todos los trabajadores afectados por el convenio.