Listado de ayudas familiares por hijo

¿Qué ayudas tenemos las familias en España? Aquí os las contamos: Prestación por nacimiento o adopción Ayuda: 1.000 euro/año La concede la Seguridad Social en aquellos casos en que es necesario cubrir una situación de riesgo y necesidad por exceso de gastos ante la llegada del nuevo miembro a la familia. Lo más importante para acceder a ella es que no se superen un límite de ingresos que en 2018 se estableció en 11.605,77 euros. Es curioso que esta medida contemple la adopción de un menor cuando para poder adoptar hay que obtener un Certificado de Idoneidad en España, que entre sus requisitos piden unos ingresos estables y suficientes. A continuación matiza que pueden optar a ella familias numerosas, monoparentales, cuya madre posea una discapacidad igual o superior al 65%, cuando el menor quede huérfano de ambos progenitores. Incomprensible que maticen sobre diferentes casuísticas cuando todo se resume a no superar los ingresos señalados mínimos. Aun así, en este apartado, se menciona la posibilidad de recibir una ayuda reducida cuando los ingresos familiares superen este mínimo pero no el límite máximo previsto por ley. En estos casos, la cuantía será la diferencia entre el límite máximo y los ingresos de la unidad familiar. Igualmente quería matizar que las prestaciones familiares están exentas del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Esta prestación, que está exenta de IRPF, es compatible con: La prestación por parto o adopción múltiple. Las asignaciones económicas por hijo o menor acogido a cargo. La pensión de orfandad y en favor de nietos y hermanos que, en su caso, puedan corresponder. Otras ayudas económicas análogas concedidas por una Administración Local o Autonómica. El subsidio especial de maternidad por parto múltiple. Por hijos a cargo Ayuda: 291 euros/año Se asignan por hijo a cargo menor de 18 años o mayor de edad cuando esté afectado a una discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento (cualquiera que sea la naturaleza legal de filiación) e igualmente para los menores que estén en acogimiento familiar permanente o en vías de ser adoptados. Para poder beneficiarse no se puede superar el mínimo de ingresos que se establecen por ley para cada año y que en 2018 son los 11.605,77 euros. No obstante, también hay la opción de prestación reducida cuando los ingresos de la unidad familiar superen el límite mínimo y en este caso, no un determinado límite superior. La cuantía será la diferencia entre el límite máximo y los ingresos anuales de la unidad familiar, pero ha de ser siempre superior a 24,25 euros. Ahora bien, si el hijo está considerado como persona discapacitada la cantidad será de .- 1.000 euros cuando el hijo o menor a cargo tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33%. .- 4.438,80 euros cuando el hijo a cargo sea mayor de 18 años y esté afectado en una discapacidad en un grado igual o superior al 65%. .- 6.658,80 euros, cuando el hijo a cargo sea mayor de 18 años y esté afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 75% y necesite ayuda de terceras personas para realizar las funciones básicas. Se añade que en el caso de los menores a cargo con discapacidad no se exigirá límite de recursos económicos. Se realiza en dos pagos, en los meses de enero y julio, pero si el hijo es mayor de 18 años, se realiza mensualmente. Subsidio por maternidad y subsidio especial por parto, adopción o acogimiento múltiple Es la prestación económica que se recibe de la Seguridad Social y se ofrece independientemente de si se es padre o madre durante el periodo de descanso maternal. .- la ayuda asciende al 100% de la base reguladora del mes anterior al permiso de baja por maternidad. .- En caso de parto, adopción o acogimiento múltiple, se tiene derecho, además a un subsidio especial. La ayuda por parto múltiple es un pago único por parto o adopción múltiple que se da a todas las familias, sin tener en cuenta los ingresos. La cuantía se calcula cada año en función del salario mínimo interprofesional (SMI) y el número de hijos nacidos o adoptados a la vez. Si se tienen 2 hijos: se multiplica por 4 el SMI. Si se tienen 3 hijos: se multiplica por 8 el SMI. Si se tienen 4 o más hijos: se multiplica por 12 el SMI. En los casos en los que uno de los hijos estuviera afectado por una discapacidad igual o superior al 33%, computará el doble. El salario mínimo interprofesional fijado para 2018 es de 735,90 euros, por lo que, si por ejemplo una pareja tuviera trillizos en este año, la ayuda que recibirá será el cálculo de multiplicar 735,90 euros por ocho: 5.887,2 euros. Para 2019, el salario mínimo interprofesional asciende a 900 euros por lo que todas estas ayudas se verán repercutidas de forma positiva. Esta ayuda es compatible con: La prestación por nacimiento o adopción de hijo en los supuestos de familias numerosas, monoparentales y madres con discapacidad. El subsidio especial de maternidad por parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple. Las asignaciones económicas por hijo o menor a cargo. La pensión de orfandad y la pensión en favor de familiares para nietos y hermanos. Otras ayudas económicas análogas concedidas por una administración local o autonómica. Leer también: «España a la cola en ayudas familiares» Para poder optar a ella hay que ser trabajadora por cuenta ajena o propia al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social; estar dada de alta en la Seguridad Social o situación similar (desempleo…); hay que tener también en cuenta que los días que hay que tener cotizados para cobrar la prestación por maternidad varían según la edad que se tenga en la fecha del parto/resolución de adopción-acogimiento. Si la madre es menor de 21 años no se exige cotización alguna. De 21 a 26 años de edad se exigen 90 días cotizados dentro de los siete últimos años o 180 días en
Convenio en Iberia. Propuesta de mejora del acuerdo de billetes/empleado e incremento salarial

El jueves 14 de marzo tuvo lugar la reunión nº 19 de la Comisión Negociadora del XXI Convenio colectivo de Iberia. La Representación de los Trabajadores hicimos entrega de nuestras propuestas relativas a la mejora del acuerdo de billetes de tarifa gratuita. En la parte final, la empresa ofreció una nueva presentación, relativa al sistema propuesto para el incremento salarial, ofreciendo un 2,5% consolidado para el 2018 y un 2% para el 2019, (IPC aparte) haciendo hincapié en que esta subida estaba ligada a la consecución de las medidas de productividad que afectarían a Aeropuertos, Mantenimiento y Servicios Centrales, estimadas en un 2% de la masa salarial. Tras más de seis meses de reuniones, es la primera vez que se pronuncian en este sentido. Por si fuera pequeño el sacrificio económico que hemos venido soportando en los últimos años, todavía nos quieren exprimir más y aumentar la productividad. También se volvió a hablar de la retribución flexible, para convencernos de las ventajas de esta fórmula y del incremento de salario indirecto que podría suponer el supuesto ahorro fiscal, dependiendo del volumen salarial de cada trabajador. Evidentemente dos puntos de rebaja en el tipo impositivo no sería lo mismo para un salario normal que para otro de mayor nivel. Desde la USO recordamos a la Compañía que desde el inicio de las negociaciones, el sentir de la plantilla y de sus representantes ha sido el de recuperar los esfuerzos realizados de forma tangible. A tenor de los beneficios económicos obtenidos por Iberia en los últimos años, la propuesta presentada por la Compañía nos parece totalmente insuficiente y opuesta a nuestros intereses y pretensiones.
Reunión nº 18 de la mesa negociadora XXI Convenio Tierra en Iberia

El jueves 7 de marzo, la Comisión Negociadora del XXI convenio colectivo de Iberia se reunió de nuevo para seguir con la “negociación del Convenio”. Al inicio de la reunión la Representación de la Empresa nos anunció que íbamos a comenzar la reunión con la presentación del Green Push Back, tractor que realiza el empuje, arrastre y remolcado de aviones por control remoto. El Green Push Back está dentro del proyecto de innovación en la rampa que se lleva a cabo en la compañía. La representación de la empresa nos comunica que es su intención ser punteros en tecnología dentro del sector. Este aparato, entre las ventajas que la empresa nos expone, se encuentran: mejoras operacionales y mejoras medio ambientales. Dentro de las mejoras operacionales destacaron el operador tiene una visión más amplia del alrededor del avión, reduce el número de movimientos, mejora en agilidad, flexibilidad y puntualidad. En cuanto a las medioambientales, reduce la cantidad de emisiones, reduce el ruido. Este sistema es el utilizado British Airways desde hace un año en Heathrow e Iberia lleva haciendo pruebas en Madrid y Barcelona desde hace algún tiempo. Por ahora este remolcador no cuenta con más de un modelo y no sirve para aviones pequeños ni para los muy grandes. En cuanto a lo que realmente nos interesaba de este asunto en la mesa negociadora, esto es, quién va a realizar estas funciones, descripción de las mismas, impacto en el empleo, posible remuneración por estas tareas, medidas de protección y seguridad, tanto las relacionadas con la salud como aquellas que tienen que ver con la seguridad en plataforma, la representación de la empresa estaba en disposición de negociar todavía, únicamente nos aseguró que no se iba a perder empleo por la implantación de esta herramienta. Dentro de su línea, la Representación de la empresa dilatando el proceso negociador. La presentación del trabajo en remoto (teletrabajo): no todos los trabajadores tendrán la posibilidad de utilizar esta opción, es siempre voluntaria y reversible por ambas partes, necesita el consenso con su responsable, el trabajador mantiene los mismos derechos y obligaciones. Por parte de la Representación de los Trabajadores, presentamos nuestras reivindicaciones para los trabajadores FACTP y FTP, que son las siguientes: planificación de libranzas anuales, 30 días de vacaciones, planificación mensual de horarios, aumentar la jornada mínima anual al 65%, cobro integro de los pluses de salida de aviones y función, pago líneal, que puedan acceder a las promociones internas sin limitaciones por el tipo de jornada. Estos fueron los asuntos tratados en la reunión, pero una semana más nos vamos sin avanzar nada en la negociación y con la misma sensación de pérdida de tiempo y tomadura de pelo. Desde la USO ya anunciamos en la mesa que quizá sea el momento de pensar que si la situación no se desbloquea, se deberían tomar otro tipo de medidas. Seguiremos informando.