Cómo entender la nómina de Iberia de abril

Hay muchos trabajadores de Tierra que no comprenden bien lo que se ha pagado en la nómina de abril. Trataremos de explicar los devengos y los descuentos que cada uno ha recibido en la última nómina. 1) En la primera parte de la nómina nos encontramos los Devengos. Ahí encontramos las claves habituales de cada uno con los conceptos fijos y variables que corresponden a la nómina de abril. Como recordaréis todas las cantidades estaban congeladas desde el 2017 hasta que se incorporara el nuevo XXI Convenio para Tierra. En esta nómina de abril es cuando se actualiza todo y se incorporan nuevos pluses de tal forma: * Casi todas las claves han sido revisadas al alza, con una subida aproximada del 5% (según pactado para 2018 y 2019) y que podéis comprobar comparando con la cantidad para cada clave de una nómina anterior. * Las claves IB303 y IB304 que corresponden a complementos de antigüedad son las únicas que no sufren cambios. * Se añade la nueva clave del plus de Área correspondiente (IB321 DSA, IB322 DT, o IB323 Corporativa y LA) y también el plus de FIJI si te correspondiera. Pasamos a las Deducciones: * Algunos descuentos sociales se han revalorizado también (lB080, IB085, IB086, etc.) * La retención por IRPF del mes ha podido sufrir alguna variación en el porcentaje aplicado, debido a los ajustes salariales. * Hay otra deducción más llamada IRPF Atrasos. Esta cantidad resulta de aplicar el porcentaje fiscal a la suma de los devengos que te detallan en la segunda parte, relativa a todos los atrasos abonados desde el 2017. (En esta suma no hay que incluir el anticipo de Enero que viene en negativo). 2) Si observáis, en la segunda parte (Nómina solo de Atrasos) no hay deducciones por IRPF y es que para regularizar todo, era necesario incluirlo en una nómina normal. Entre los devengos de atrasos, aparece en negativo el adelanto que nos hizo la empresa en el mes de enero. Esa cantidad era neta. Se pagaron los atrasos del 2018 y 2019 con las deducciones correspondientes y con un porcentaje de IRPF estimado. Ahora en esta parte de Atrasos, se detallan por claves las cantidades que por subida salarial se debían desde el 2017, incluyendo la de los meses de enero a marzo 2020 que estaban pendientes. En resumen, la diferencia entre esta nómina de abril y la de marzo es la subida real que experimentarás a partir de ahora en tus ingresos mensuales. Para los que dudan con el anticipo de enero: A la cantidad que nos pagaron en enero ya le habían descontado el IRPF y ahora en abril, no es que lo estén aplicando doblemente, sino que había que detallarlo en nómina y ajustarlo debidamente. Si fuera necesario ampliar esta información, ya sabéis que estamos a vuestra disposición para ayudaros en info@usosectoraereo.com y en usoibneo@gmail.com Cuidaros todos y que disfrutéis de muy buena salud. USO SECTOR AEREO
FS-USO denuncia discriminación de los trabajadores a tiempo parcial en sus prestaciones por desempleo

La Federación de Servicios de USO le pide a Trabajo que elimine el cálculo diferenciado y los coeficientes reductores para las personas a tiempo parcial El Constitucional ya determinó en 2019 que una diferenciación entre tipos de jornada era inconstitucional para el cálculo de las pensiones La Federación de Servicios de USO, que agrupa a la mayoría de sectores profesionales que más sufren la contratación a tiempo parcial, denuncia que el cálculo para la prestación por desempleo derivada de los ERTE por causa de fuerza mayor vuelve a discriminar a estos trabajadores. Estos ya figuraban entre los más precarizados y con menos respaldo para sobrellevar el paro y la espera en el pago, pues sus ingresos los colocaban en el umbral de la pobreza cuando trabajaban. “Se da una flagrante desigualdad en el método de cálculo de las prestaciones entre aquellos que tenían una jornada completa y las personas con tiempo parcial, según lo estipulado en el Real Decreto-ley 20/2012. Así, se toma como referencia la base reguladora de los 180 últimos días de su cotización para el cálculo, con porcentajes de parcialidad de los últimos 180 días. Y aplica el IPREM para cuantías máximas y mínimas, lo que hará que muchos trabajadores vean mermadas sus prestaciones. En el caso de las jornadas completas, no se aplican coeficientes reductores”, expone Pedro Ríos, secretario general de FS-USO. Por ello, “pedimos al Gobierno que reflexione sobre las medidas urgentes en relación con situaciones derivadas directamente del covid-19. Aún están a tiempo de corregir y aumentar la protección de los colectivos más golpeados. Es positivo no consumir el tiempo de desempleo, pero debe accederse a la prestación en igualdad de condiciones, no con dobles escalas”, continúa Ríos. Las estadísticas de la contratación a jornada parcial “la lideran las mujeres; y, en segundo lugar, los jóvenes. Son dos colectivos que ya de por sí tienen más dificultad de inclusión laboral. Es el momento de corregir esta marginación. Ya en 2019 el Constitucional falló que era discriminatorio el cálculo de las pensiones diferenciando entre jornadas parciales y completas. Nunca tanto como ahora es urgente que esa corrección llegue también a las prestaciones por desempleo”, concluye el secretario general de la Federación de Servicios de USO.