En el día de hoy tuvo lugar, tal y como os adelantamos, la segunda reunión del DESPIDO COLECTIVO IBERIA
2026.
- Durante la primera hora, un experto de la consultora CMC vino a contarnos las causas por las que se
procede a este ERE . Esta explicación no aclaraba más de lo que ya viene de forma extensa en la
documentación entregada por la empresa y lo con la que USO volvió a manifestar su desacuerdo. En
definitiva, no nos contó nada nuevo. - Posteriormente, la empresa dijo que modificaría en los criterios de selección la parte en la que hacía
referencia a un ERE no voluntario por bajas obligatorias subsidiariamente y que el ERE sería
EXCLUSIVAMENTE CON CARÁCTER VOLUNTARIO. - USO dice que este ERE cuanto menos tiene que llegar a las condiciones recogidas en el suscrito en
2017 con una edad de salida de 58 años. - Como os comentamos este ERE también contempla la figura de baja incentivada para personas
trabajadoras menores de 61 años a 31 de diciembre de 2026. La indemnización de salida era de 25
días por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades y en el día de hoy se nos ha informado
que pasarían a ser 18 mensualidades. USO de nuevo solicita como mínimo lo pactado en el último
ERE de 2017. - Asimismo, la empresa ofreció un nuevo precio de salida: el 70% del Salario Regulador que, aunque
lo han subido, sigue siendo inferior a la cantidad del ERE de 2017; para la USO esta oferta es
totalmente insuficiente en un momento en el que los beneficios son espectaculares con lo que la
oferta también tendría que ser espectacular, ya que la situación actual de Iberia es muy diferente
frente a 2017. USO EXIGE que este porcentaje del salario regulador además tiene que ser
transversal a todos los colectivos. La empresa sigue sin contemplar la diferencia que esto supone
para las personas trabajadoras con turnos además de discriminatorio. Igualmente, sigue sin plantear
una alternativa para los trabajadores cuya edad ordinaria de jubilación es 67 años o no tienen periodo
de carencia de cotización suficiente. - El banco social alegó que el asunto de la racionalización de las bases de cotización al CESS, que
únicamente beneficia a la empresa, tendría que ser con carácter voluntario al igual que así se refleja
en el último convenio colectivo de Iberia TCPS. - También USO alegó que la cláusula de exclusividad (no poder trabajar en otra empresa de la
competencia) no se puede contemplar al tratarse de un Despido Colectivo sin que esta cláusula
conlleve su pago correspondiente. - Otro aspecto que se debatió es el del fallecimiento de la persona trabajadora, durante el tiempo que
medie entre la fecha de su fallecimiento y aquella en la que hubiere cumplido los 65 años, y en el
que se descontaría de dicha cantidad la correspondiente cuantía que perciben como pensión de la
Seguridad Social (viudedad y orfandad). La representación dijo estar de acuerdo de forma unánime
en la supresión de este punto. El hecho de que la empresa suprimiese este punto “Hablaría de su
humanidad” sin que sirva de precedente. Esto para la empresa en un periodo de beneficios
espectaculares no es una cantidad significativa pero para las pocas familias que se puedan ver
afectadas si lo es y no sería ni buena prensa ni prestigio que huérfanos de personas trabajadoras de
Iberia se vieran afectados en su herencia. - Finalmente, la empresa dijo que en el caso de los certificadores en Mantenimiento en Línea y en
Motores que se acojan al ERE, debido al proceso de transformación en el que está inmersa, no podrán
salir antes de 2028. USO dice que no se puede limitar el derecho a algunos trabajadores. De momento
la empresa se ha manifestado dispuesta a estudiar este matiz para buscar la mejor solución. - Y hasta aquí podemos leer…
La próxima reunión ha quedado establecida para el 24 de marzo
Seguiremos informando,
Madrid, 19 de marzo de 2026
