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¿Cómo será la ayuda de 100 euros por hijo a cargo de la Seguridad Social?

////¿Cómo será la ayuda de 100 euros por hijo a cargo de la Seguridad Social?

¿Cómo será la ayuda de 100 euros por hijo a cargo de la Seguridad Social?

El Gobierno  ha comunicado oficialmente la aplicación de una ayuda de la Seguridad Social de 100 euros por hijo a cargo para familias que reciben el Ingreso Mínimo Vital o que cuenta con ingresos económicos demasiado bajos.

Este complemento por hijo a cago, que será gestionado por la Seguridad Social, lo podrán recibir las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV), pero también lo podrán percibir aquellas familias formadas por dos adultos y un niño que acrediten ingresos como máximo de 27.000 euros al año.

Del mismo modo, las personas compuestas por dos personas adultas y dos niños con ingresos inferiores a 32.100 euros podrán ser perceptores de esta ayuda.

Igualmente, las familias monoparentales con un hijo a cargo y hasta 25.700 euros de ingresos también podrán percibir los 100 euros por hijo a cargo; así como las familias monoparentales con dos niños a cargo e ingresos hasta 30.800 euros al año.

Esta ayuda económica varía en función de la edad de los hijos. De 0 a 3 años, la ayuda económica aportada por la Seguridad Social será de 100 euros. Para los hijos entre 3 a 6 años, será de 70 euros y de 6 a 18 años, la cuantía se fija en 40 euros. Además, se debe ser residente en España, estar en situación de vulnerabilidad económica haber solicitado prestaciones y figurar como solicitante de empleo.

Requisitos por familia para acceder a la ayuda:
  • Familias de dos adultos y dos niños con ingresos de hasta 32.100 euros al año
  • Familias de dos adultos y un niño con ingresos de hasta 27.000 euros al año
  • Familias monoparentales y dos hijos con una renta anual de 30.800 euros
  • Familias monoparentales con un hijo y 27.000 euros anuales
    
    ¿Cómo solicitar la ayuda?
    
    Todas aquellas familias que cumplan con los requisitos previos pueden demandar esta ayuda mediante la web de la Agencia Tributaria y rellenar el modelo 140. Este se puede presentar tanto presencial, como telefónico u online y directamente en alguna Delegación o Administración de la Agencia Tributaria.
2021-10-21T20:57:32+02:0021 octubre, 2021|Noticias, Últimas noticias|