google-site-verification=nqwKY_eXAyc8I4HTkht5DK3K37rYL3ITq3apFTQTpLE

¿Quién se puede beneficiar de la bajada de la luz y del bono social?

////¿Quién se puede beneficiar de la bajada de la luz y del bono social?

¿Quién se puede beneficiar de la bajada de la luz y del bono social?

 

El Congreso de los Diputados aprobó durante el mes de julio la rebaja del IVA a la electricidad del 21% al 10% hasta final de año y la supresión temporal del impuesto de generación eléctrica del 7% durante el tercer trimestre, unas medidas que quedan ensombrecidas con el precio de la electricidad en máximos históricos.

 

BAJADA TEMPORAL DE IVA EN LA LUZ

  • La bajada temporal del IVA desde el tipo general del 21% al tipo reducido del 10% se aplicará a todos los consumidores que tengan una potencia contratada inferior a 10 kW, siempre que el precio medio de la electricidad correspondiente del mes anterior haya superado los 45 euros por MWh
  • Además, se aplicará un 10% de IVA a los consumidores vulnerables severos y en riesgo de exclusión social (50% de los beneficiarios del bono social), con independencia de la potencia contratada y del precio del mercado.

Por otro lado, se suspenderá el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) entre julio y septiembre. Este impuesto grava con un 7% los ingresos obtenidos por la venta de la electricidad en el mercado mayorista y se repercute en el precio del mercado y en la factura final.

En ambos casos, la bajada del IVA se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2021

El Gobierno calcula que la rebaja del IVA supondrá u a bajada  de 6 € al mes en la factura de un hogar medio y que la combinación de la reducción del IVA y de la suspensión del IVPEE reducirá la factura de un hogar medio más de un 12%.

BONO SOCIAL

En septiembre de 2017 se aprobó una ayuda en el recibo de la luz para familias numerosas, hogares con ingresos bajos y pensionistas: el bono social de la luz, que supone descuentos en el consumo de luz del 25 al 50%.

  • El bono social de la luz solo se concede en la vivienda donde se está empadronado.
  • Además, es indispensable tener contratada en dicha vivienda la tarifa de luz precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC).
    El bono social no se puede aplicar con otras tarifas de la luz. Por lo tanto, no se puede pedir con todas las compañías eléctricas, pues hay algunas que no ofrecen este tipo de tarifa.
  • Además, a la hora de calcular las rentas tienen especial consideración los hogares en los que residen miembros con discapacidad y las familias monoparentales.
  • Los llamados consumidores vulnerables tienen un descuento del 25% en el consumo de luz. Son consumidores vulnerables aquellos que tengan una renta igual o inferior a:
    • 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, siempre que no haya ningún menor a cargo.
    • 2 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar.
    • 2,5 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.Este límite máximo de renta para percibir el bono se incrementa 0,5 puntos IPREM cuando el titular de la luz es familia monoparental, algún miembro de la unidad familiar tiene una discapaciad igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género o terrorismo o tiene grado de dependencia II o III.Además, en esta categoría entran de forma general todas las familias numerosas independientemente de sus ingresos, y aquellos hogares en los que el titular o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar reciban la pensión mínima de jubilación o incapacidad permanente y no tengan otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
  • Los llamados consumidores vulnerables severos tienen un descuento del 40% en el consumo de luz.. Se es consumidor vulnerable severo si:
    • Los ingresos de la unidad familiar no llegan al 50% de los fijados para el consumidor vulnerable.
    • En una familia numerosa, la unidad familiar tiene una renta anual igual o inferior al IPREM de 14 pagas multiplicada por dos 2.
    • El titular o todos los miembros con ingresos en la unidad familiar tienen la pensión mínima, y no reciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, con una renta anual igual o inferior al IPREM de 14 pagas.
    • El descuento será del 50% para aquellos consumidores atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50 por ciento del importe de su factura a PVPC. Si temporalmente no pueden hacer frente al pago del recibo, no se puede cortar la luz.
    • En todos los descuentos del bono social de la luz se pone un límite de consumo anual de luz para poder efectuar el descuento (en todo lo que se gaste por encima de ese límite ya no se aplica descuento):
      • Unidad familiar sin menores: 1.380kWh
      • Unidad familiar con 1 menor: 1.932 KWh
      • Unidad familiar con 2 menores: 2.346 kWh
      • Familias numerosas: 4.140 kWh
      • Pensionistas (cuantía mínima): 1.932 kWh

 

 

2021-08-24T12:16:33+02:0024 agosto, 2021|Noticias, Últimas noticias|