Ante la denuncia formulada por el Sector Aéreo de la USO ante la Inspección de Trabajo, la misma ha considerado una vez analizada la documentación, que la cesión realizada por ADECCO a la Norwegian Air Shuttel ASA en el aeropuerto de Madrid-Barajas reviste carácter fraudulento por destinarse a cubrir necesidades permanentes de la empresa cesionaria, vulnerándose por ello lo establecido en el art. 43.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Y ello, pese a que, la compañía aérea denunciada, a través de la empresa AYOZE SPAIN, S.L., ahora denominada Norgewian Air Resources Spain S.L.U., procedió a incorporar a 17 de los trabajadores cedidos por Adecco TT a su base en Madrid, sin que la empresa les haya reconocido la antigüedad real en la prestación de servicios para la empresa desde el inicio de dicha cesión.
La inspección de Trabajo ha estimado procedente la adopción de medidas administrativas sancionadoras, respecto de las empresas responsables sin perjuicio de las acciones que puedan ejercer los trabajadores afectados en defensa de sus derechos ante los órganos competentes de la jurisdicción social.