En fechas recientes tuvimos conocimiento de la sentencia por la demanda presentada por CCOO y en relación a la supervisión de los hoteles, el derecho del disfrute de 30 días de vacaciones para los tcps acogidos a RJ, y el prorrateo de las horas de vuelo 1 para los tcps eventuales en aquellas situaciones en las que el inicio o el fin de sus contratos no abarcan los 30 días del mes.
Dicha demanda ha sido desestimada parcialmente, entendiendo el magistrado de Audiencia Nacional que de los 3 puntos en conflicto, en concreto el de la supervisión de los hoteles y el reconocimiento de los 30 días de vacaciones, así como su abono, prorrateo y disfrute, reconoce que han quedado satisfactoriamente resueltos en la mesa paritaria de fecha 13 de Diciembre de 2013, desestimando éstos.
Se extrae de la sentencia y así lo podemos ratificar, que la parte demandante no aportó documentación alguna para defender los derechos que planteaba.
Podéis ampliar la información en el documento adjunto y sentencia.