USO lleva a la negociación colectiva el nuevo derecho: el trabajador podrá solicitar su horario de trabajo para conciliar
Se trata de un derecho implantado con la Ley de Igualdad de 2007. Tras el decreto aprobado por el Gobierno, cualquier trabajador podrá solicitar modificaciones en la duración o la distribución de la jornada, la ordenación del tiempo de trabajo e, incluso, en la forma de prestación del mismo (incluyendo el teletrabajo), «para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral»
Si el actual convenio no lo regula, el empleado para solicitar estos horarios adaptados con los criterios que se tendrán en cuenta para su concesión.
El trabajador podrá presentar igual su petición y la dirección de la compañía deberá abrir un proceso de negociación que se demorará, como máximo, treinta días.
Vencido el plazo, la empresa tendrá que comunicar la decisión por escrito, ya sea aceptando la petición, planteando «una propuesta alternativa que posibilite las necesidades de conciliación» o bien denegándola, aunque en este último caso deberá indicar «las razones objetivas en las que se sustenta la decisión».
Concretando:
- El trabajador podrá pedir su horario de trabajo
- Desde el pasado 8 de marzo cualquier trabajador puede pedir un cambio en su jornada laboral para conciliar su vida laboral/profesional con su vida familiar/personal.
- Y todo ello sin solicitar una reducción de Jornada y su consecuente reducción salarial.
- Lo único que se necesita es que las peticiones de jornada sean razonables.
- Los expertos recomiendan que las empresas regulen ese derecho a través de la negociación colectiva o con acuerdos con la empresa.