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ERTE: ¿Cómo saber si mi prestación ya ha sido tramitada?

///ERTE: ¿Cómo saber si mi prestación ya ha sido tramitada?

ERTE: ¿Cómo saber si mi prestación ya ha sido tramitada?

  • Está suponiendo una gran incertidumbre para muchos empleados a los que se les ha comunicado su inclusión en un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

En una situación habitual, el trabajador es el que acude a la oficina de empleo a tramitar su paro, ahora es la empresa la que ha remitido esta información al Servicio Público de Empleo (SEPE) y los empleados del sector aéreo no están al día del estado de los trámites.

USO te informa de que existe una forma de saber si la prestación ya ha sido tramitada y cuál sería su cuantía. Para ello, solo es necesario acceder a la web del SEPE a través de su sede electrónica y siguiendo estas indicaciones:

.- Entra en la página web https://sede.sepe.gob.es
.- Accede a "Procedimientos y servicios"
.- Haz click en "Personas".
.- Haz click en "Consulte los datos y recibo de tu prestación"
.- Haz click en "Consulta de la prestación"
.- Haz click en "Datos de contraste"
.- Introduce tu DNI/NIE, los 10 últimos dígitos de tu cuenta bancaria que se dio para el cobro, y el número de móvil.

Aquellos empleados que  tengan DNI electrónico, certificado digital o estén dados de alta en el sistema Cl@ve PIN podrán entrar directamente, mientras que el resto deberá acceder usando la opción «datos de contraste». Es suficiente con tu DNI, tu número de teléfono y los diez últimos dígitos de la cuenta en la que la empresa te paga la nómina.

Si la prestación ya está tramitada, podrás visualizar el importe y plazo de la prestación aprobada. En el caso de que no esté tramitada, se accede a los datos de la última vez que se cobró el paro, o, de ser la primera vez que se pide, un mensaje indicará que la cuenta bancaria no figura en los registros del SEPE.

Prestaciones con Hijos a Cargo

La cuantía de estas prestaciones es el 70% de la base reguladora del trabajador (durante los primeros seis meses), pero tiene unas cuantías mínimas y máximas, que varían en ambos casos en función de si el beneficiario tiene hijos o no.

La cuantía mínima sin hijos a cargo es de 501,98 euros mensuales y, si se tiene uno o más hijos, esa cantidad aumenta a 671,40 euros al mes. Mientras que la prestación máxima es, sin hijos, de 1.098,09 euros al mes; con un hijo a cargo, 1.254,96 euros mensuales y con dos o más hijos asciende a 1.411,83 euros.

Sin embargo, el SEPE solo está reconociendo estas prestaciones incluyendo a los hijos a cargo en los casos de trabajadores sobre los que este organismo ya tiene datos, porque han sido beneficiarios de alguna de sus ayudas con anterioridad. Pero si el SEPE no tiene previamente los datos de un afectado por el ERTE, le reconoce una prestación básica, sin el complemento de los hijos a cargo, aunque los tenga.

Desde el SEPE, se ha remitido a las empresas una carta, con fecha del 12 de abril, en la que explica esta circunstancia. Así, indica que, con objeto de acelerar el reconocimiento de las solicitudes colectivas de ERTE, “inicialmente solo se han tenido en cuenta los hijos e hijas a cargo, de los que el SEPE tenía información en su sistema”. De ahí que las empresas hayan solicitado a todos los empleados que comprueben y regularicen los datos relativos a sus hijos en estos días. Igualmetne, es conveniente que, por tu parte, compruebes que los datos que tiene tu empresa con relación al número de hijos sea el correcto.

Con respecto a ésto, el servicio de empleo aclaró que a los afectados por ERTE con hijos a cargo, que no perciban la cuantía completa de su prestación al no constar información previa en el sistema de su situación familiar, se les regularizará la nómina de oficio. No tendrán, por tanto, que reclamar la diferencia.

USO nuevamente quiere agradecer a todos los empleados su gran esfuerzo en esta situación.

Seguiremos informando

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ERTE: Cobro de prestaciones
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2021-12-27T21:01:17+01:0015 abril, 2020|Noticias|