Jornada Flexible en IBERIA. Nueva propuesta de USO para mejorar la conciliación, motivación y productividad

¿POR QUÉ LA EMPRESA CAMBIÓ DE JORNADA FLEXIBLE A JORNADA FRACCIONADA?

 

La Jornada fraccionada actual de los servicios centrales se planteaba en el 2013 bajo dos pretensiones:

1) Suprimir los sistemas de control de presencia, dejando el control “teórico” del cumplimiento de jornada exclusivamente en manos de los Mánager o superiores,  implementado por el funcionamiento de los tornos de acceso al edificio.

2) Cerrar el centro de trabajo a las 19:00 horas al mismo tiempo, alegando razones de ahorro de costes para la empresa.

 

Dichas pretensiones empiezan a decaer al poco tiempo cuando trabajadores del aeropuerto con jornada sujeta a turnos, llegan a la sede para ocupar otras plantas del mismo edificio, por lo cual desde entonces queda implantado en este centro un servicio H-24.

Finalmente el reciente y nuevo Decreto Ley 8/2019, que obliga a las empresas a llevar un control de presencia o registro de jornada sí o sí, hace decaer el otro supuesto obstáculo a la jornada flexible.

Por otra parte, en un futuro próximo se van a producir situaciones que exigen un tratamiento diferente a este escenario, como es la posible implantación del Teletrabajo.

La USO propone la incorporación de sus trabajadores en Servicios Centrales a una jornada flexible para el próximo año 2020, lo cual no impide que pueda implementarse de forma escalonada.

 

NUEVO MODELO DE REALIZACIÓN DE JORNADA LABORAL

La jornada flexible es una jornada que permite cumplir con el tiempo efectivo de trabajo pactado en el actual convenio (1.712 horas anuales) y conciliar, a su vez, las necesidades tanto de los trabajadores como de la empresa, bajo los principios de LIBERTAD, RESPONSABILIDAD y RACIONALIDAD.

Se trata de un escenario laboral de FLEXIBILIDAD donde las necesidades de producción se concilian, en la medida de lo posible, con las situaciones personales y donde cada trabajador puede organizar su prestación de horas de trabajo dentro de los límites establecidos por la organización de su actividad.

Este planteamiento supone una nueva forma de realización de jornada, que sería aplicable a todos los trabajadores de Servicios Centrales (dentro o fuera de Convenio) y bajo los beneficios de:

  • Mejorar la calidad de vida de las trabajadoras/es.
  • Potenciar la conciliación de la vida laboral con la vida familiar y personal.
  • Sin menoscabo de la productividad.
  • Libertad organizativa, responsabilidad y racionalidad.

 

De nada servirán las Encuestas de Clima de la empresa si no se implantan medidas para corregir las desviaciones negativas. A fecha de hoy, el horario y la calidad de vida son algunas de las claves que los empleados siguen valorando peor.

La propuesta de nueva jornada se basa en:

  • Límites de cómputo de jornada diaria entre las 07:00 y 20:00 horas.
  • Jornada máxima de 9 horas diarias.
  • Periodo de presencia mínima y obligatoria de 10:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
  • Para prolongaciones de jornada además se añaden los siguientes:
  • Interrupción flexible de comida de 1 a 2 horas.
  • Periodo máximo de trabajo de 6 horas para la pausa de comida.
  • Crédito/Débito mensual de +/- 20 horas transferible al mes siguiente.
  • Durante los viernes y los meses de junio, julio, agosto y septiembre, podrán hacerse 7 horas continuadas sin necesidad de corte, atendiendo al juego del crédito/débito mensual y del cómputo anual efectivo de trabajo fijado en 1.712 horas en el actual convenio.
  • Las ausencias diarias completas se contabilizarían como una jornada de 8 horas.
  • Crédito inicial equivalente al excedente general, que se estima en 24 horas para el 2020 (contabilizando los 247 días laborables del año a 8 horas).
  • Posibilidad de dedicar voluntariamente hasta 4 días de vacaciones al crédito/débito general.

 

Para ampliar información, no dudes en dirigirte a nuestros representantes sindicales o directamente en la sección sindical de USO en la planta baja del edificio NEO.

Para la jornada laboral del año próximo 2020, con 247 días laborables, avanzamos las posibilidades que la USO plantea para la realización de la jornada fraccionada establecida en Servicios Centrales y que afecta a los trabajadores del centro de Madrid Ciudad y otros.

 

OPCIÓN A:

  • 8 HORAS 20 MINUTOS en jornada fraccionada de LUNES A JUEVES
  • 7 HORAS como jornada intensiva para los VIERNES
  • 7 HORAS en los meses de VERANO del 22 Junio al 04 Septiembre.

 

OPCIÓN B:

  • 8 HORAS 30 MINUTOS en jornada fraccionada de LUNES A JUEVES
  • 7 HORAS como jornada intensiva para los VIERNES
  • 7 HORAS en los meses de VERANO del 01 Junio al 29 de septiembre.
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