Si has estado en el ERTE en abril, tu nómina de mayo incluirá los conceptos habituales de tu nómina (fijos y variables) y además los siguientes:
– La regularización de los conceptos fijos de abril (en negativo y según la medida del ERTE: al 100% si era suspensión o en el % de reducción si era reducción de jornada)
– El abono del complemento ERTE correspondiente a abril
Si sigues en el ERTE durante mayo, se hará de la misma manera para junio y así sucesivamente.
Si no has estado en el ERTE en abril pero sí lo estarás a partir de mayo, vas a cobrar la nómina de mayo completa y se regularizará en la nómina siguiente de junio, que será también cuando se abone el complemento ERTE de mayo.
Si necesitas más aclaración, podéis contactar con nosotros.
—