El Gobierno en funciones ha prorrogado otro año más la cláusula de salvaguarda incluida en la reforma de las pensiones de 2011, que mantiene las condiciones de jubilación previas -más ventajosas- para las personas cuya relación laboral fue suspendida o extinguida antes de la entrada en vigor de la reforma.
El Gobierno en funciones ha prorrogado otro año más la cláusula de salvaguarda incluida en la reforma de las pensiones de 2011, que mantiene las condiciones de jubilación previas -más ventajosas- para las personas cuya relación laboral fue suspendida o extinguida antes de la entrada en vigor de la reforma.
La edad legal de jubilación se va retrasando cada año en virtud del régimen transitorio establecido en la reforma de 2011, hasta llegar a los 67 años en 2027, mientras que la edad para la jubilación anticipada forzosa en caso de despido será siempre cuatro años inferior (dos años si la jubilación anticipada es voluntaria).
En 2020 la edad legal ordinaria será de 65 años y 10 meses, y la de la jubilación anticipada forzosa subirá a 61 años y 10 meses, si bien los protegidos por la cláusula de salvaguarda lo podrán seguir haciendo a los 61 con 30 años cotizados, frente a los 33 años establecidos con la reforma de 2011