Hasta USO siguen llegando muchas dudas sobre nuestros derechos mientras estemos acogidos al ERTE.
¿Si la empresa me incluye en el ERTE tiene que darme de baja de la Seguridad Social?
En el caso de que la empresa incluya a los trabajadores en un ERTE por suspensión de la actividad, no tiene que darle de baja en el Régimen de la Seguridad Social. La baja se produce únicamente en el caso de que la relación laboral entre la empresa y el empleado finalice, es decir cuando se produce un despido.
Igualmente, en los casos en los que se produzca una reducción de la jornada autorizada por un procedimiento de regulación de empleo, la empresa sigue estando obligada a mantener al trabajador de alta en la Seguridad Social.
Al firmar un nuevo contrato, desaparecería el vínculo laboral con la antigua empresa. La duración de la prestación se extenderá hasta la finalización del período de suspensión del contrato de trabajo o de reducción temporal de la jornada de trabajo de las que trae causa.
¿Como me afecta un ERTE estando en baja o incapacidad laboral?
En el caso de que el trabajador afectado por un ERTE o por una reducción de jornada se encuentre en situación de incapacidad laboral, o bien de baja por un permiso de maternidad o paternidad, las medidas adoptadas por la empresa no le afectarán hasta que presente el alta médica o finalice el periodo de permiso maternal o paternal.
Si durante la vigencia del proceso de regulación de empleo se produce una situación de incapacidad temporal con contingencias comunes, el Servicio Público Estatal (SEPE), por delegación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), abonará al trabajador la prestación por incapacidad temporal. Si se da este supuesto, la persona contratada por la empresa recibirá una cuantía igual a la prestación por desempleo, con el consumo correspondiente de días de prestación.
Además, en situación de maternidad o paternidad, se le suspenderá al trabajador el pago de la prestación por desempleo y comenzará a cobrar la prestación correspondiente por dicha baja, que será directamente gestionada por INSS. Tras el término de dicha baja, el empleado pasará a percibir de nuevo la prestación por desempleo.
¿Puedo trabajar en otra empresa durante el ERTE?
Durante el tiempo en el que el trabajador tiene suspendido el contrato por un expediente temporal de regulación de empleo, puede realizar otra actividad laboral tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
En este caso, lo deberá comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal, que debe estar al corriente de las colocaciones que tenga mientras percibe la prestación por desempleo, con el fin de suspender dicha prestación.
En el caso de que la nueva actividad a desempeñar sea únicamente a tiempo parcial, podrá solicitar la compatibilidad de la prestación con el contrato a tiempo parcial, restándose así la parte proporcional al tiempo que trabaje.
¿Me aplican la retención del IRPF mientras dure el ERTE?
En las prestaciones por desempleo sí se aplica la retención del Impuesto de las Personas Físicas (IRPF). Aun así, mientras la persona afectada esté percibiendo la prestación por desempleo, puede solicitar que se retenga el IRPF o que se aplique un porcentaje mayor de retención en su caso.
¿Me pueden obligar a coger vacaciones?
Muchas empresas han recurrido a la opción de obligar a sus trabajadores a coger vacaciones durante el estado de alarma para no aplicar ERTEs a sus empleados por el paro de la actividad. Es el caso de algunas compañías que no tienen posibilidad de teletrabajo por la actividad que desempeñan o todavía no ha sido implantado.
Sin embargo, obligar a los trabajadores a unas ‘vacaciones forzosas’ «es ilegal», según sostiene la abogada, que explica que en el caso de que el trabajador se vea en esta situación puede demandar a la empresa una vez finalizado el estado de alarma por coronavirus. El empleado dispondrá de 20 días hábiles para presentar la demanda una vez reanudada la actividad en los juzgados.
¿Me tienen que comunicar personalmente el ERTE?
Sí. El empresario debe comunicar personalmente a cada uno de los empleados afectados su nueva situación, afirma de Azúa. La falta de notificación, por otro lado, puede justificar la impugnación del expediente por motivos formales.
Las medidas acordadas tendrán efectos desde esta comunicación, salvo que en ella se contemple una fecha posterior.
¿Tengo que acudir al servicio de empleo?
No, será la empresa la que se encargue de gestionarlo directamente, por lo que no hay que pedir cita al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). El organismo ha informado de que está preparando un procedimiento respecto del que, en breve, dará más detalles.
Durante el ERTE, ¿sigo cotizando a la Seguridad Social?
Si, el empleado seguirá cotizando como lo venía haciendo antes del expediente. El decreto ley establece que este periodo se considera como efectivamente cotizado a todos los efectos. Sin embargo, el empresario con menos de 50 trabajadores quedará exonerado del pago de esta cuota. Si la empresa tuviera 50 trabajadores o más en situación de alta en la Seguridad Social, la exoneración de la obligación de cotizar tan solo alcanzará al 75 % de la aportación empresarial.
¿Tengo derecho a cobrar el paro aunque no tenga la cotización mínima?
Sí. En el caso de suspensión del contrato de trabajo, la norma establece expresamente que los trabajadores podrán cobrar dicha prestación aunque carezcan del periodo mínimo de cotización exigido para ello. Por otro lado, el tiempo que se esté percibiendo el paro por este motivo, no contará a efectos de consumir los periodos máximos de prestación establecidos.
¿Me puede despedir la empresa una vez finalizado el ERTE?
No, al menos en un plazo de seis meses. El decreto ley incluye una disposición sobre salvaguarda del empleo que aclara que las medidas extraordinarias en el ámbito laboral estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad.
¿Computa a efectos de antigüedad el ERTE?
No, no se pierde antigüedad y el tiempo durante el ERTE debe computar a efectos de despido.
En el ERTE de reducción de jornada se sigue trabajando, por lo que no hay duda de que se tienen que contar la antigüedad. Por el contrario, en el caso de suspensión del contrato, se debe computar la antigüedad durante todo el tiempo que dure el proceso, toda vez que es una suspensión del contrato por una causa ajena al trabajador.
¿ Me podrían incluir si estoy de baja por incapacidad temporal?, ¿ Y por baja de maternidad o paternidad?
No, siempre y cuando el trabajador esté de baja por incapacidad temporal con anterioridad al inicio del ERTE. Cuestión diferente es que en la práctica, la empresa lo pueda incluir a la hora de avisar a la autoridad laboral sobre los trabajadores afectados, pero el trabajador no le afectará salvo que le den el alta médica.
Durante la incapacidad temporal la relación laboral está suspendida, y por lo tanto, no le puede afectar un ERE temporal de suspensión. Durante la incapacidad temporal, seguirá cobrando de la empresa o mutua, hasta la fecha del alta.
Ahora bien, sí que se le podrá incluir en el momento que le den el alta por incapacidad temporal.
La misma situación se produce a un trabajador que se encuentre de baja cobrando la prestación de maternidad o paternidad. Se incluirá en el ERTE en el momento en que finalice dicho periodo.
¿Existen trabajadores que tengan preferencia para permanecer en el puesto de trabajo?
El artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores establece que los representantes legales de los trabajadores tienen “Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas.”
Por otro lado, no existe un preferencia en el puesto para trabajadoras embarazadas, o aquellos que estén disfrutando una reducción de jornada, o excedencia.
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¿Puede cobrar el paro durante la suspensión o reducción de jornada?
En caso de que el trabajador se vea afectado por un expediente regulación de empleo el trabajador podrá solicitar la prestación por desempleo si cumple los siguientes requisitos:
Tener cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Si has cotizado un periodo inferior, podrás percibir el subsidio por desempleo si careces de rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.En caso de reducción de jornada de trabajo, ésta deberá de ser entre un 10 y un 70 por ciento de la jornada de trabajo y deberá conllevar una reducción del salario.Se deberá de seguir el procedimiento correspondiente establecido en el Estatuto de los Trabajadores para que la autoridad laboral correspondiente no impugne la medida.
Ante la situación excepcional del coronavirus, todo los trabajadores afectados por un ERTE en el Coronavirus podrán cobrar la prestación por desempleo. Además, no se consumirá nada de la cotización a la que tengan derecho.
Para el cálculo de la prestación por desempleo, se tendrá en cuenta los últimos 180 días cotizados en la empresa, o por una cantidad de días inferiores, si el trabajador no lleva 180 días en la empresa.
Cuantía de la prestación
El importe de la prestación, teniendo en cuenta las cuantías máximas y mínimas, será del 70% de la base reguladora los seis primeros meses y el 50 % a partir del séptimo mes. La base sobre la que se calcula dicho porcentaje es la media de las bases de contingencias profesionales, excluyendo las horas extraordinarias, de los 180 últimos días cotizados.
En el año 2020, la cuantía máxima y mínima son las siguientes:
Cuantía mínima prestación contributiva | Euros |
---|---|
Sin hijos/as | 501,98 € |
1 hijo/a o más | 671,40 € |
Cuantía máxima prestación contributiva | Euros |
---|---|
Sin hijos/as | 1.098,09 € |
1 hijo/a | 1.254,96 € |
2 hijos/as o más | 1.411,83 € |
En el caso de que no se tenga a derecho a la prestación por desempleo, pero sí al subsidio la cuantía mensual será igual al 80 % del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples vigente en cada momento, siempre que el trabajador hubiera trabajado la jornada completa durante toda la vigencia del último contrato de trabajo por cuenta ajena.
Si pido la prestación por desempleo, ¿cobraré lo mismo que si trabajase?
No, se cobrará menos.
Relacionado con el punto anterior, la prestación por desempleo abona el 70% de la base correspondiente. Por tanto, siempre se cobra menos cuando se está desempleado que trabajando. Sin embargo, en algunas ocasiones durante el periodo de negociación se pacta que la empresa complementará parte de la pérdida del salario.
Por ejemplo, si un trabajador tiene una reducción de jornada del 50%, podrá solicitar la prestación por desempleo para cubrir el otro 50 % de la jornada que se reduce. No obstante, de ese 50%, el SEPE solo abonará el 70% . En consecuencia, cobrará el 70% del 50% del salario que le han reducido, es decir, un un 35%. En suma, el trabajador percibirá un 85% del salario que venía percibiendo con anterioridad, un 50% abonado por la empresa y otro 35% abonado por el SEPE.
Además, a partir del sexto mes, el porcentaje que cubre el SEPE desciende hasta el 50%, por lo que ya no sería un 35%, sino un 25%, y en consecuencia, siguiendo con el ejemplo, el trabajador percibirá el 75% de su salario antes de la reducción.
¿Cómo se cuenta el desempleo que gaste? ¿lo puedo recuperar?
Todos los ERTES realizados por Coronavirus, no “gastan” desempleo, es decir, no se descuenta de una futura prestación.
El gasto de la prestación de desempleo solicitada se realizará por horas y no por días. El porcentaje consumido será equivalente al de la reducción de jornada decidida por el empresario.
Esta situación beneficia al trabajador ya que, por ejemplo, en una reducción de jornada de un 50%, podrá extenderse la prestación por desempleo hasta cuatro años, siempre y cuando el trabajador tenga derecho a los dos años de prestación por desempleo.
Lo gastado durante el ERTE no se puede recuperar, salvo que se encuentre otro trabajo y se comience a generar otra prestación.
¿Tengo que solicitar la prestación por desempleo obligatoriamente?
La solicitud de la prestación por desempleo es voluntaria. En caso de no solicitarla, el trabajador podrá solicitarla posteriormente en caso de despido.
¿Cuándo puedo solicitar el desempleo?
El derecho a pedir la prestación nace desde el día siguiente al que empieza la reducción de la jornada de trabajo o suspensión del contrato. Para ello, debe inscribirse previamente como demandante de empleo.
El plazo para pedir la prestación es de 15 días hábiles. Si se solicita en un momento posterior, se podrá perder los días en los cuales se haya superado el plazo.
¿Qué sucede con las vacaciones y las pagas extras?
El trabajador no verá perjudicado su derecho a vacaciones, sin perjuicio de que el salario que percibirá durante las mismas será el correspondiente a la reducción de jornada.
La misma situación ocurre con las pagas extraordinarias, es decir, el trabajador seguirá generándoles pero en una cuantía proporcional al tiempo de trabajo.
En cualquier caso, durante el periodo de suspensión no se generan derecho a vacaciones. Si la suspensión es superior al año, las vacaciones generadas y no disfrutadas así como las pagas extraordinarias deberán liquidarse en el finiquito.
¿Me corresponde algún tipo de indemnización?
No, aunque el contrato se suspenda o se reduzca la jornada el trabajador no tiene derecho a recibir una indemnización, puesto que la relación laboral no se ha extinguido. Se tendrá derecho a una indemnización, si finalmente se produce un ERE de extinción, es decir, un despido colectivo o un despido individual.
Si se suspende el contrato de trabajo, y su duración va a superar el año, la empresa debería liquidar a los trabajadores abonándoles las pagas extraordinarias generadas, si es que no las tiene prorrateadas, así como las vacaciones generadas y no disfrutadas. Esto es, debe abonar el finiquito, pero dichas cuantías no se corresponde con una indemnización.
Realización de horas extraordinarias
Durante el ERTE de reducción de jornada no se podrán realizar en ningún caso horas extraordinarias, salvo las de fuerza mayor.
Cotización a la Seguridad Social
En los casos de suspensión o reducción de jornada la empresa continúa obligada a ingresar el 100% de la aportación empresarial de cotización a la Seguridad Social.
Es decir, que en este aspecto, el trabajador no se ve perjudicado.
¿Cual será la base de cotización del trabajador?
La base de cotización será la media de las bases de los últimos seis meses cotizados.
¿Qué pasa en caso de incapacidad permanente? ¿Pierdo derechos en la jubilación?
La cotización del trabajador sigue siendo la misma, por lo tanto el trabajador no pierde ningún tipo de derecho respecto a una posible incapacidad permanente o jubilación.
¿Me pueden despedir estando en el ERTE?
Antes de nada, es conveniente recordar que existen dos tipo de despidos por los cuales la empresa puede extinguir la relación laboral:
- Despido objetivo: Despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. En principio, las mismas causas que pueden justificar un despido objetivo son las que justifican el ERTE de suspensión o de reducción de jornada. No obstante, la jurisprudencia es más exigente en el caso de acreditar un despido que una ERTE. Para que la empresa pueda justificar un despido objetivo después de haber realizado un ERTE, la empresa tendría que acreditar que las causas se han agravado o que existen nuevas causas. Por ejemplo, el ERTE es por causas económicas, y el despido es por causas técnicas.
- Despido disciplinario: Despido por un comportamiento grave y culpable del trabajador. La empresa puede justificar el despido por esta causa si el trabajador ha cometido algún hecho sancionable. Los hechos cometidos por el trabajador no guardan ninguna relación con los que justificaron el ERTE, por lo que, sí que sería posible un despido por esta causa. En caso de suspensión del contrato de trabajo, sería poco probable un despido disciplinario.
En definitiva, si que sería posible el despido en un ERTE, aunque como cualquier otra decisión de la empresa tendrá que ser justificada y acreditada.
El salario regulador para calcular la indemnización que corresponde en caso de despido será la que percibe el trabajador a jornada completa sin tener en cuenta la reducción temporal de la jornada.
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Al mismo tiempo, hay que tener presente que un ERTE comporta otras cosas:
- Mientras está en un ERTE no se generan ni vacaciones ni la parte proporcional de las pagas extras.
- No necesariamente se tiene que suspender el contrato a jornada completa, sino que se puede reducir e ir en paro. En este caso, se trataría de un ERTE de reducción de jornada.
- Si la persona está de baja y es incluida en un ERTE, sólo lo afectará cuándo vuelva a estar de alta. Si está de vacaciones cuando empieza el ERTE, las deja de disfrutar y se le aplica el ERTE.
- Es la empresa la que tramita las gestiones con el SEPE. Éste ha paralizado los plazos para solicitar el paro, ya que no ofrece atención presencial, sino sólo en línea o por teléfono.
Hola, a causa del coronavirus mi empresa ha realizado un ERTE. Actualmente, en hospitales estan pidiendo administrativos para ayudar en esta ituación. Mi pregunta es si dejaré de tener derecho a la prestación por el ERTE si me pongo a trabajar en esto.
Si te pones a trabajar a jornada completa, no se tiene derecho a cobrar la prestación y a trabajar.
Buenos dìas, me han estado reteniendo en la nómina una cantidad por un embargo de hacienda, mi empresa ha hecho un ERTE y yo estoy entre los perjudicados, se me va a seguir embargando de mi nómina aunque se me haya reducido mi salario¿ muchas gracias
Ahora te pagará el SEPE, y si cobras por encima del SMI, y siempre que el SEPE esté notificado, te seguirán embargando.
Buenos días Alejandro, en primer lugar, gracias por tu labor.
Mi empresa va a comenzar a negociar un ERTE pero nos indican que no pueden presentarlo por fuerza mayor sino por causas comunes, porque solo podría ser por fuerza mayores si te obligara el gobierno a parar la actividad. La causa es la caída de pedidos debido al coronavirus.
Tengo varias preguntas:
Al no ser causa mayor, ¿consumiría paro?.
Por otro lado, en mi empresa, al trabajar con ciertos productos químicos, en el momento de quedarte embarazada te dan la baja por riesgo en embarazo por la mutua. Si entrara en ERTE (en principio durante un año) y durante ese periodo me quedara embaraza, ¿podría coger la baja por riesgo en el embarazo en la mutua?. Porque en caso de que tuviera que ir a trabajar semanas alternas durante el ERTE (nos plantean 2 semanas yo, 2 semanas mi compañero), no podría ir, por el riesgo a exposición a productos químicos. ¿Entonces me tendría que quedar los 9 meses cobrando y consumiendo paro?.
Muchas gracias.
Saludos.
No, no consumes paro. En el segundo caso, dudo. En principio, la relación está suspendida y por lo tanto no habría riesgo, sin embargo, existe alguna sentencia que sí que ha considerado que se debe realizar la baja.
Hola Alejandro, gracias por contestarnos todas las dudas que tenemos.
A mi, me acaban de hacer un erte. El chico de recursos humanos nos dijo que hacian el erte hasta el 15 de junio. En mi caso el contrato acaba el 25 mayo y luego me iban a renovar. En la carta que me acaban de dar no pone ninguna fecha de vuelta. La pregunta es : ¿ debería de ponerla?
Gracias,
Saludos
¿A que carta te refieres? ¿La del ERTE o la del fin de contrato? El fin de contrato se puede indicar aunque la empresa esté de ERTE.
Buenas noches.
Primero que nada agradecerle su labor de estar ayudándonos en nuestras dudas.
Mi consulta es la siguiente.
Mi empresa nos ha mandado a un ERTE , a mis compañeros un ERTE 100% y solo a mí un ERTE parcial de 13h semanales trabajando.
En mi caso, suponiendo que tenemos el mismo contrato y sueldo todos, yo ganaría lo mismo que ellos quedándose en cuarentena? O por el contrario ganaría menos a quitarme IRPF ?
Muchas gracias de antemano
Un saludo
Si te reducen la jornada en parte, ganaras algo más. Ellos no van a cobrar el salario íntegro.
Hola buenas tardes Alejandro, en primer lugar gracias por tu labor y ayuda
Mi situación es la siguiente, estoy contratada 15horas semanales y mi salario neto es 390e supongo que el bruto unos 470e o así aprox. , y compaginaba un subsidio por desempleo parcial de 270e.
Mi duda ahora y en el SEPE nadie responde , es como queda mi situación, ya que mi empresa ha aplicado un Erte
Si puedo seguir compatibilizando el subsidio con la prestación por desempleo del Erte? Puesto que no creo que me quede un paro muy alto
Tenía 6 meses de subsidio, aún me queda abril por cobrar tengo entendido que se prorroga automáticamente por el estado de alarma.
Muchas gracias de antemano.
Saludos
buenas tardes y muchas gracias por la ayuda.
en mi empresa nos informan que van hacer un erte por causas comunes, y no por fuerza mayor, de duración un año, aunque es por el coronavirus y que la empresa va a tardar en recuperar su situación económica porque trabaja a nivel mundial, se me presentan varias dudas
– al ser por causa común consumiré mi paro, no podre acogerme a las medidas y ayudas anunciadas?
– es legal que la empresa no acepte ningún tipo de negociación con los trabajadores?
-puedo trabajar en otros sitios en el año que dure el erte?
-la empresa tendrá la obligación de devolvernos el puesto que teníamos con las mismas condiciones durante 6 meses, como en el caso de los ertes por el virus?
un saludo y muchas gracias de nuevo
Si es derivado por el coronavirus, aunque no se por fuerza mayor, no se consume paro. Debe negociar con los trabajadores, si no negocía y no se llega a un acuerdo, podéis impugnar el ERE ante los tribunaes. Sí, la empresa tiene que respetar las condiciones laborales al finalizar el ERTE, sin perjuicio de que puede modificarlo si existe causa para ello.
Buenas tardes, Alejandro: le escribo de una empresa por la siguiente consulta: El ERTE que vamos a realizar (ERTE de suspensión por fuerza mayor, a la espera de ser aceptado) va a ir mínimo hasta el 11 de abril, y durante ese tiempo tenemos alrededor de 20 finalizaciones de contrato. Mi pregunta es si se pueden dar esas finalizaciones de contrato para luego contratarlos cuando volvamos del ERTE o si hay algún plazo o algún requisito para volver a recontratarlos.
Algunos de estos contratos se podrían prorrogar, pero otros ya hay que hacerlos indefinidos.
Muchas gracias por su ayuda, un saludo.
Los contratos se pueden finalizar durante el ERTE. Ahora bien, si finalizas para luego volver a contratar, es que a lo mejor no existe causa para fin de contrato y se considera un despido improcedente. No existe plazo para volver a contratarlos.
Hola, buenos días trabajo en una empresa en sustitución de una baja de maternidad. La empresa va aplicar una solicitud de ERTE, por la situación de estado de alerta. Pero mi contrato o la sustitución acaba dentro de este periodo. mi pregunta es ¿ Yo entro dentro del plan de suspensión temporal de contrato hasta que finalice de esta situación? ¿ o por el contrario me tiene que finiquitar a fecha del contrato?
Entras dentro del ERTE, y tu contrato finaliza cuando termina la causa que lo motivó, independientemente que esté dentro del ERTE.
Buenos días Alejandro,
Primero de todo agradecer tu labor y la resolución de las dudas.
En el caso de hacer un ERTE una empresa en modalidad de suspensión. ¿Qué se hace con las vacaciones devengadas hasta esa fecha, se abonan en la liquidación o se mantienen para cuando se restablezca la actividad?
Muchas gracias
Se mantienen para disfrutar después del ERTE.
Una pregunta, en caso de efectuar un ERTE y la empresa quiere complementar el 100% cómo se realiza ?
Es una buena pregunta, ya que si la empresa complementa el 30%, el SEPE puede que abone menos del 70%, según alguna jurisprudencia.
Buenos dias
He sido afectado por el erte y voy a ser padre, en dos meses, cambiaria mi situación? Seguria percibiendo el 70% de la base de cotizacion o percibiria el 100%.
Gracias por la info
Saludos y animo.
Se pasa al permiso de paternidad, al 100%.
Buenos días,
Mi empresa va a realizar un Erte, acabé mi maternidad el día 17 de marzo y estoy ahora disfrutando las vacaciones del año pasado, me lo pueden aplicar igualmente? O me deberían incluir cuando acabe el periodo de vacaciones.
Gracias
Habría que ver el tipo de ERTE, y lo que se acuerde con la empresa o lo que decida esta. Si es por fuerza mayor, en mi opinión, te lo podrían aplicar y disfrutas las vacaciones más adelante.
Buenas noches. Mi empresa compuesta de 8 trabajadores va a efectuar un ERTE total a 4 trabajadores (entre los cuales me encuentro yo) y a los 4 restantes los va a mantener con un ERTE de reducción de jornada. En mi caso, de los 4 que estamos fuera, yo si tengo la posibilidad de teletrabajar, pero ni siquiera me lo han permitido pese a que yo lo he indicado. ¿Es correcta esta aplicación en mi caso del ERTE total?
Gracias
Habría que ver el caso, el Real Decreto ha establecido que la empresa está obligada a ofrecer el teletrabajo siempre que fuera posible, y obviamente, haya trabajo.
Trabajo hay, en menor proporción desde el estado de alarma y por fuerza mayor, pero hay, lo que ocurre es que en mi lugar han dejado para trabajar a reducción de jornada a dos personas que tienen menos antigüedad en la empresa que yo, de nivel formativo inferior y de nominas inferior a la mía. Entiendo que lo han hecho para reducir costes de nominas, ¿es eso legal?
La empresa tiene bastante libertad para escoger a que trabajadores afectan, siempre que no exista ningún tipo de discriminación.
Buenas noches
Mi empresa ha solicitado un ERTE por el COronavirus (aún no han transcurrido los 5 días para que sepa si se lo conceden) , yo ,como trabajador, debo de realizar algún trámite ya o cuando sepa si ha sido concedido? Muchas gracias
TE lo debe comunicar la empresa, no tienes que hacer nada.
Hola:
Soy empleador y nos estamos planteando realizar un ERTE. Entre nuestro trabajadores hay muchos combinan el trabajo en nuestra empresa con trabajos parciales en otras empresas, incluso hay un trabajador que es Funcionario público. ¿Todos podrán cobrar el ERTE correspondiente aunque estén trabajando en otros sitios?
Gracias
No, si estás trabajando a jornada completa en otra empresa no se tendrá derecho a paro, y si se tiene a jornada parcial se cobra la parte proporcional.
Perdón Alejandro perdí mi comentario anterior no encuentro, en tu pregunta me decías que si trabajaba para el Ayuntamiento o empresa externa, el efectivamente trabaja para la empresa externa, pero como te dije es fijo de instalación, porque así lo dicto una sentencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de Asturias…. Entonces ahí es la duda…. Porque el Ayuntamiento sería subsidiario, dado que pone unas condiciones tanto técnicas así como administrativas
Si el empleador es la empresa externa es quien decide el ERTE. Habría que ver la sentencia, ya que entiendo que establece el carácter de indefinido respecto a la empresa y no respecto al ayuntamiento.
Hola buenas noches Alejandro
Trabajo en una empresa del sector aeronáutico.
Nosotros tenemos 22 días de vacaciones que nos las distribuimos a lo largo del año( de las cuales algunas de este año ya han sido disfrutadas). Mi empresa hizo un ERTE de tres meses ya que se vio afectada como casi todas por el COVID19. Me gustaría saber si al volver tendríamos que devolver a la empresa dias de vacaciones ya que estaremos por ERtE 3 meses fuera, o al igual que en las bajas y ser una causa de fuerza mayor el ERtE No se vería afectadas los días de vacaciones y seguiríamos teniendo 22.
Muchas gracias
Un saludo
Marta
No, salvo que se acuerde lo contrario, durante el ERTE no se devengan vacaciones. Ahora sería discutible, que si el trabajador ya ha disfrutado de todos los días, tenga que devolver las disfrutadas de más, al ser un caso de fuerza mayor.
Cuando se hace el ingreso de la cuantia del ERTE al q la empresa nos a puesto? Lo tendremos este fin de mes o habrá q esperar?
Si te refieres a la prestación por desempleo, se cobrará seguramente el día 10.
Trabajo en una empresa de logística , mi jefe quiere hacerme un erte del 50% a partir de mañana y también mañana tengo cita para el médico quien quiere darme la baja por ser persona de riesgo (asma).
que sería mejor erte total? O erte parcial y baja médica?
Estoy perdida
Un saludo y gracias
Habría que saber el salario y que es lo que dice el convenio y duración de la baja de incapacidad temporal prevista.
Buenas tardes, mi compañía hará un ERE temporal. Primero quería saber cuál sería la diferencia con un ERTE, en segundo lugar, cuál sería la base a considerar para calcular el posible desempleo. Es decir, el elemento “Salario base” de 1.260,98 €? ¿La de “contingencias comunes” que en mi última nómina fue de € 1859.63 o el ítem “Desempleo” que en la última nómina fue de € 1906.09? y tercero y último. ¿Tendré que solicitar el desempleo o mi empresa se encargará de ello? Muchas gracias y saludos cordiales
ERE temporal es lo mismo que un ERTE. Se coge la base de desempleo. Sobre como solicitar, en principio, se podrá hacer a través de la empresa, pero todavía creo que no está oficializado y sólo se ha anunciado. En una situación normal, es el trabajador el que la solicita.
Buenas tardes. Mi empresa hace ERTE, y ha firmado que asume hasta el 85% del sueldo. Y esta es la parte que no entiendo.
Mi sueldo es de 2000 € brutos. Por lo que ahora cobraré del SEPE el 70% (6 meses), que se queda en 1.254,96 € brutos por tener una hija.
¿Cuál sería el aporte qué hace la empresa?
Habría que ver que es la comunicación de la empresa. Si asume hasta el 85%, entiendo que abona la diferencia entre los 1254 y el 85 % de tu salario. El problema es que si la empresa abona esos 400 €, puede que el SEPE, abone una cuantía inferior.
No creo que el SEPE pague una cuantía menor, porque tiene que hacer los cálculos con las bases reguladoras de lo cotizado anteriormente.
Muchísimas gracias Alejandro por la aclaración.
Un saludo.
El SEPE paga el 70% de la base, pero existe alguna sentencia que establece que si en un ERTE de suspensión, la empresa abona el 50% como complemento por que así se ha negociado, el SEPE sólo debe responder del 70% del 50% restante, a eso me refería. No se si lo aplicarán en este caso.
Buenos dias:
Si voy a cobrar prestación por el ERTE de mi empresa y me ofrecen un trabajo con mejores condiciones, se me finalizaria esa prestación por aceptar el otro trabajo ? cobraria hasta el dia que notifique que me cambio de empresa?
Un saludo
En el momento que te den de alta en la otra empresa, dejarás de cobrar el paro.
Buenas tardes,
Mi empresa se está planteando hacer un ERTE pero nos han llegado rumores que nos pedirán trabajar en casa y posiblemente ir algún día y nos complementarán al 90 %
eso es legal? Si presentan un ERTE pueden seguir con actividad?
Gracias y saludos
Si, el ERTE no tiene por que ser total, ni afectar a toda la empresa. Habría que ver lo que se acuerda con la empresa.
Tengo varias dudas…. ¿Cómo y quién gestiona el ERTE? y ¿Quién corre con los gastos de lo que supone este proceso?
Espero que me puedan resolver la duda.
Gracias!!
Lo gestiona la empresa, que es la parte interesada y de la misma manera es quien corre con los gastos que ello genere.
Buenas tardes,
Mi empresa va hacer un ERTE total a todos los empleados de la empresa, a partir del 01/04/20, es decir todos cobraríamos el 70% del salario bruto y el 30% . Para Así completar el 100%
En mi caso cobro 1795€ brutos y las pagas son prorrateadas. No tengo hijos
Cuanto cobraría en el mes de abril.
Gracias
Si es un ERTE de suspensión, el SEPE, abona el 70% del salario, teniendo en cuenta los límites, en tu caso, estarías en el limite que son casí 1.100 euros BRUTOS a los que habrá que realizar los descuentos de la cotización correspondientes.
Buenas tardes,
Lo primero agradecer la ayuda prestada de antemano, en este chat.
Mi duda es, si teniendo dos hijos, como tengo, y cotizando por encima del tramo superior, cobraría los 1411, estando separado y sin la custodia. Me preocupa, pues soy comercial, y dependo de mis comisiones.
Otra duda que tengo, es si puedo pagar parcialmente la manutención, hasta poder recuperar mi sueldo real. Aun pagando luego la diferencia, por su puesto.
atte.:
ANGEL.-
Lo máximo que se puede cobrar son los 1411 euros. Sobre lo otro es una cuestión civil que tendrás que acordar con tu pareja, o en su caso, solicitar una modificación de medidas.
Buenas Alejandro
Me empresa a presentado ona ERTE
E lo bueno que la semana que viene muy probable que esté en baja de paternidad por tener el bebé…
Me pregunta entraré en baja de paternidad
Estando en erte
Si, debes coger la paternidad.
Hola, tengo una inquietud, tengo dos trabajos uno de 25 horas semanales como teleoperadora desde el 16 de este mes demarzo que fue que me dieron el alta, y otro un contrato de 46 horas al mes en un restaurante, desde el 01/02 ( el primer mes hice 97 horas en ves de las 46)ahora tengo la duda si alguno de ellos hace un ERTE yo lo cobro asi este activa en el otro trabajo?
Podrás cobrarlo si el otro no es a jornada completa, y en la proporción hasta la jornada completa.
Buenas tardes
Tengo la siguiente duda. Actualmente me encuentro de baja por enfermedad común y muy probablemente mi empresa va a efectuar un ERTE. Qué es lo más beneficioso para mí como trabajadora en caso de que se aplique el ERTE que continúe de baja o pedir el alta voluntaria para que me afecte el ERTE?
Gracias
Saludos
Continuar la baja medica.
Soy profesora de formación no regulada, contratada por una academia. Tengo un contrato fijo discontinuo y los meses que no se trabajan son julio y agosto. Debido al coronavirus, mis 9 horas semanales se han reducido a 1,5 horas, que es lo que voy a cobrar. Siendo trabajadora fija discontinua, mi empresa podría incluirme en un ERTE de reducción de jornada? Si no quieren hacerlo, puedo hacer algo al respecto?
Si reduce la jornada debe incluirte en el ERTE. Si por el contrario no lo hace, puedes impugnar la decisión empresarial de reducir las horas, no impugnas el hecho de que no te haya incluido, sino el hecho de que te haya bajado las horas.
Muchas gracias, Alejandro. El hecho de ser fijo discontinuo no influye entonces, verdad?
No sé si la empresa ha hecho algún ERTE. Está obligada a hacerlo si reduce las horas a los empleados?
Imparto clases presenciales a domicilio. A los alumnos se les ofrecieron seguir con las clases online y era decisión suya, pero en mi caso solo uno ha querido, por eso la reducción. Podría impugnar la decisión empresarial como dices de bajarme las horas, aunque la causa sea la decisión de los alumnos de no realizar las clases online? Gracias de antemano por tu ayuda.
El erte es cuando existe una causa temporal, puede hacer una modificación sustancial de las condiciones de trabajo si la modificación va a ser definitiva. Si existe causa para ello, pueden reducir la jornada, pero siguiendo un procedimiento para ello.
Hola! Llevo trabajando en mi empresa durante dos años con contrato de formación. A mediados del mes de Abril cumple el segundo año y pasaría al tercer año de formación. Mi empresa ha hecho ertes a todos los trabajadores, incluido a mí. Mis preguntas son, cómo influye el Erte en los contratos de formación, si al igual que el resto debe de tenerme 6 meses en la empresa o me puede echar cuando llegue Abril y haya que empezar otro año de formación. El tema de los ertes y contratos de formación no sé aún cómo se gestiona. Muchas gracias.
En mi opinión, el contrato se prolonga durante el tiempo del ERTE. Luego, sí, puede extinguir el contrato temporal cuando alcance el tiempo acordado.
Hola,
Cual es la edad maxima de los hijos a cargo, por que tengo un hijo de 19 años universitario que depende de mi economicamente.
Gracias
Menor de 26 años.
Hola,
Yo llevo en una empresa trabajando desde hace un mes con un contrato de seis meses. Van a presentar un erte esta semana y en principio no me han dicho que no me incluyan.
Entiendo que estoy en periodo de prueba. Me pueden despedir?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Sí, se puede extinguir la relación laboral si existe causa para ello, o incluso, entiendo en el periodo de prueba.
Yo tengo una nómina de 600e y no tengo pagas extras cuanto cobraria por el erte que ha pedido mi empresa
Hola mi empresa a echo un erte mi nomina es de 1380 euros yebo 10 meses en eya cuanto cobraria yo con esto del erte. Tengo una hija k le paso mantencion
El 70% de tu sueldo.
Por sentencia judicial mi marido ha pasado a ser fijo de instalacion en una piscina municipal del Ayuntamiento, la empresa externa que lleva estas piscinas quiere hacer un erte a todos los trabajadores incluido el, mi pregunta es si lo pueden hacer con el de igual manera o seria el Ayuntamiento quien debería hacerse cargo de su situacion….
¿Quién es el empleador de tu marido? ¿El ayuntamiento o la empresa externa? El empleador es el que decide el ERTE.
Buenas tengo una duda muy grande soy peluquera en un centro de mayores llevo 3 años resulta que en verano me bajo a dos horas y a primeros de marzo me hizo fija a 4 hora y ahora el 16 de marzo me hacen el erte se supone que tengo todo lo del paro esperando a que se tramite el gestor que paciencia pero sinceramente entre que voy a cobrar muy poco y que no se cuando la ansiedad no entiende de paciencia y los bancos menos por que todavía sigo dada de alta? Que puedo hacer?
Es una situación complicada, pero tienes que esperar a que la empresa te notifique el ERTE, y en ese caso, pasarás a cobrar la prestación por desempleo.
Hola, soy pequeño empresario por módulos y trabajo también en régimen general (pluriactividad Autonomo + SS, Hago un ERTE a mi empresa, tengo derecho a cobrar la ayuda de autónomos y a la vez seguir cobrado del régimen general ?
y en caso que la otra empresa a la que trabajo en régimen de SS hiciera también un ERTE, tendría derecho a la ayuda del Autónomo + el desempleo por SS,
muchas gracias
Lo primero muchas gracias por toda esta ayuda.
Yo trabajaba para una ett por las tardes 5 h oras la cual no nos renovaron por el Coronavirus y por las mañanas 4 h en una empresa la cual solicitó ERTE
Mi pregunta es que cobraría a razón de lo que cotize estos últimos 6 meses en las dos empresas o
Solo en la 4 h de la empresa q realiza el ERTE
Buenas Alejandro.
Mi contrato termina el 1 de abril, después pasaría a ser fijo. Mi empresa a presentado un Erte, tendría que comunicar a la empresa la situación para que haga el nuevo contrato o todo se haría después del Erte? Podrían despedirme si quisieran?
Podrían extinguir la relación laboral si existe causa para ello. Se puede hacer el contrato después del ERTE.
Te pido perdón por no explicarme bien, voy a intentar simplificarlo paro no liarlo mucho.
Si nos hacer un ERTE excepcional a media jornada durante uno o dos meses, cuando nos despidan y cobremos la prestación, el computo lo haran de los ultimos 180 dias trabajados. si de esos 180 dias justo entran en juego uno o dos meses del ERTE,
¿ese mes o dos meses el paro nos lo va a computar a media jornada?
o por ser una excepcion lo computara como una jornada nomal y no de media jornada.
gracias de nuevo de antemano.
En el ERTE por reducción, se cotiza al 100% de la jornada, por lo que no te afecta para un paro futuro.
Mi empresa ha hecho un erte. Tengo un contrato de obra y servicio mi duda es si entro en el erte (por el tipo de contrato) nos dijeron que fuésemos a casa el día 18 miércoles y hoy a día 22 sigo de alta en la seguridad social
Eso es que han aceptado el erte a la empresa y podré cobrar el 70% en el paro. Gracias por anticipado
Te tienen que comunicar si entras dentro del ERTE, y aunque estés con un contrato temporal no impide que te incluyan en el ERTE.
Me acaban de comunicar vía WhatsApp y textualmente-” La empresa ha hecho un ERTE, dame un correo.”- . Llevo de baja por contingencias comunes desde el 28 de febrero, y mi contrato finaliza el 4 de mayo..
Es una forma válida de comunicación ?
Estando de baja me pueden meter en un ERTE?
Si el erte sigue vigente a finalización de mi contrato, se renueva o se acaba ? Si se acaba sigo contando el paro aunq no tenga los días cotizados necesarios?
Te meten en el ERTE, a los efectos de comunicarlo a la autoridad laboral. Ahora bien, te sigue la empresa. El contrato se puede finalizar durante el ERTE, si se acaba, entiendo que no tendría derecho a seguir cobrando el paro si no ha cotizado para ello, pero es una cuestión que dependerá del SEPE, ya que no está del todo claro.
Buenas tardes, Ante todo muchas gracias por el servicio que estáis dando aquí a todas las personas que tenemos un caos generalizado, porque el gobierno a mi juicio no explica o no da detalles de todos los supuestos casos que se pueden dar con esta nueva norma o ley, y creo que se pueden dar bastantes. Mi pregunta es la siguiente:
Ante la situación excepcional del coronavirus, todo los trabajadores afectados por un ERTE en el Coronavirus podrán cobrar la prestación por desempleo. Además, no se consumirá nada de la cotización a la que tengan derecho.
En mi empresa quieren hacernos este ERTE en principio por dos meses y a media jornada, a lo mejor lo amplian como mucho a 8 meses, justo dentro de 8 meses se pueden jubilar mis jefes y como consecuencia nos van a despedir.
¿A la hora de recibir el paro nos correspondera el 100% en base a los ultimos 180 dias trabados a media jornada porque es un ERTE excepcional, o daria igual esta excepcion y esos 180 dias ultimos trabajados a media jornada daria pie a cobrar el paro al 50%.
Espero haberme explicado bien, ya se, que es una teoria un poco enrevesada, pero es lo estan decidiendo para este lunes mis jefes, y si fuera asi no hay dios que aguante recibir un paro al 50% y a los seis meses de seguir cobrando el paro un 50% de un 50%.
Muchas gracias, de antemano y muchas gracias por tu labor.
No, no se cobra el 100%, sino los límites establecidos por la prestación con el descuento a los seis meses. De todos modos, no existe causa para un ERTE, en estos momentos, de ocho meses derivados del COVID. Tendrán otras causas, pero la autoridad laboral no va autorizar los ocho meses.
Soy autónomo y tengo un empleado a mi cargo y por la situación actual no puedo contar con él durante un tiempo. Como no sé exactamente qué tiempo, ¿a través de un erte puedo decidir en qué momento quiero que se incorpore, aunque haya pasado ya el estado de alarma? Muchas gracias
Alfonso
Depende, si es un ERTE por fuerza mayor su duración viene determinada por las causas de la fuerza mayor, si es un ERTE por causas económicas, en función de lo acordad con el trabajador y la causa que motiva el ERTE.
Buenas, una pregunta, tengo dos trabajos y uno me va a hacer un ERTE, ¿Debo comunicar al SEPE que tengo un trabajo activo y si es así que documentos me solicitan para ello?¿Tengo que darme de alta en el SEPE o me lo tendría que dar el trabajo que me hace el ERTE?, Los dos trabajos son de media jornada, ¿Como me calcularian lo que me corresponde de paro?
El SEPE ya sabe que estás trabajando en otro lado. Por otro lado, en una situación normal es el trabajador el que tiene que solicitar el paro, pero el SEPE ha anunciado que se va a tramitar a través de la empresa, sin que en este momento, tenga conocimiento de que ya se haya implementado ese procedimiento.
Bueno días
Me han comunicado por teléfono compañeros, que mi empresa hará un ERTE a partir del día 23-03-20
Mi empresa dice que todo es automático. No necesito firmar nada, etc.
Yo no tengo ninguna comunicación formal y oficial de mi empresa, solo por teléfono de compañeros.
Con eso me basta para saber que estoy en ERTE oficialmente?
Muchas gracias.
Si es por fuerza mayor, se debe realizar una comunicación al trabajador de manera fehaciente. Revisa el informe de vida laboral que no te han dado de baja.
Si te da la empresa a elegir entre acogerte al erte o no ..q es lo mas recomendable hacer cuando eres fijo en la empresa hace 26 años
Es una cuestión que depende bastante del salario que percibes, ten en cuenta que el Paro abona como máximo 1400 euros de salario en términos brutos si tienes dos hijos a cargo. Es decir, la gran diferencia de entrar o no en el ERTE es el salario que vas a percibir, y que durante ese tiempo no se generan vacaciones.
Buenos días!!!
Mi empresa nos quiere hacer un erte por el motivo que a todos,por el coronavirus.
El estado de alarma fue el viernes 13 y el sábado 14 se firmo el decreto.
A la mayoría de las personas que tengo alrededor las empresas les está haciendo el erte desde el día que salió firmado el decreto y que cerró la empresa por fuerza mayor (en nuestro caso el sábado 14) .
Pero nuestra empresa nos quiere poner la fecha del erte del 1 de abril cuando llevamos cerrados desde el sábado 14 de marzo.No estamos de acuerdo porque no lo entendemos con qué motivo lo hace cuando perfectamente puede poner el 14 que ya se cerró del todo. Lo puede hacer? Según un gestor privado nuestro no puede poner esa fecha porque a día de hoy el estado de alarma es del 14 al 30 y de momento el 1 de abril esta fuera de estado( de momento),que pasaría con los días de 14 al 30 si pone fecha de erte día 1??? Gracias
Si estáis en casa desde el 14 sin hacer ERTE, en mi opinión, ese tiempo debe considerarse como un permiso retribuido otorgado por la empresa y os deben abonar el salario como si hubieses trabajado.
Gracias ,en caso de que no pague una vez vuelta a la normalidad se puede denunciar?? Ya que todavia no han mandado el erte a fecha 22 de marzo y estamos en casa ( porque sabemos que solo nos pagará del 1 al 13 de marzo.
Si, se puede demandar.
Cuando se cobran los ertes?? El 1 o el 10 ??? Gracias
El paro se suele cobrar el día 10.
Hola, mi empresa va hacer un erte , mi nómina es de unos 1200€ o 1300€ brutos tengo una hija , quería saber cuanto cobraria mas o menos los meses que este con el erte gracias un saludo
No se si si incluye las pagas extras o no en ese calculo, pero el 70% de esa nómina. Unos 900 euros brutos.
Se cobraria en bruto? O de esos 900€ te quitan irpf?
Gracias un saludo
Eso es bruto, así que hay que descontar las cotizaciones también.
No , en ese nómina de 1.200€ bruto no estan incluidas las paga
Gracias
Entonces algo más, ya que la base de referencia tiene incluida las pagas extras.
Buenas tardes
Te comento mi caso. Mi empresa va a solicitar un ERTE para el 90 % de los trabajadores, y en principio de forma rotativa. Tengo concedidas vacaciones en la segunda quincena de Abril. Mi pregunta es: Si a mi me tocase trabajar en el mes de Abril, ( por que entrase en el ERTE en otro mes) , tengo que coger la vacaciones que tengo programadas en Abril ?. O estas se suspenden ?.
Gracias y Saludos
Salvo que la empresa te indique lo contrario, las vacaciones no se deberían modificar. Si estás dentro del ERTE no se computan.
Hola Alejandro, mi empresa nos ha comunicado Erte por fuerza mayor (covid-19), yo estoy en reducción por cuidado de menor y trabajo 6 horas al día (75%). Me han comunicado que me reducen el 50% de mi jornada es decir me quedo con 37,5% (3 horas). Mis dudas:
– mis compañeros de otro depto me comentan que con reducción por menor no me pueden cambiar mi % de trabajo. Es verdad?
– tengo entendido que con reducción por cuidado de menor sigo cotizando al 100% , con el erte esto sigue vigente o me cotizaran solo para el 75%.
Gracias por tu asesoramiento
Sí, se puede reducir la jornada aunque estés de reducción de jornada. No, la empresa cotiza por la jornada reducida, cuestión diferente es que la seguridad social te lo considere cotizado al 100% a determinados efectos, como puede ser para el paro.
Buenas tardes.
He tenido que solicitar una reducción de jornada del 50% por cuidado de hijos, mis funciones permiten el teletrabajo pero mi empresa me lo niega. Dadas las circunstancias me veo obligado a solicitar una reducción del 100%, si finalmente mi empresa hace un ERTE, ¿cómo queda mi situación para cobrar un prestación si tengo reducción al 100% hasta que acabe esta situación??
Gracias.
Si estás en reducción al 100%, entiendo que deberías cobrar el paro como si no existiera reducción si entras dentro del ERTE.
Hola Alejandro,
Por favor, puedes ayudarme. yo tengo un contrato temporary que tiene fecha de terminacion de 18 de junio pq soy profesora en una academia de ingles. Mi jefa dijo que no puedo tener el ERTES porque primero no tengo contrato fijo y segundo, cuando vuelvo a trabajar, ellos no pueden darme 6 meses trabajo porque la academia cierre para verano como habitual..
Que es correcto
La empresa puede incluirte en el ERTE, aunque tengas un contrato temporal. Sobre la segunda cuestión no la comprendo, si ahora tienes un contrato temporal, tendrán que respetarlo.
Hola, si estando suspendido temporalmente de empleo por estar en situación de ERTE encuentro otro trabajo, ¿sería necesario preavisar a la empresa de la baja voluntaria con 15 días de antelación según convenio para no ser penalizado en el finiquito?
Gracias. Un saludo
Sí, siempre es mejor preavisar con lo que indique el convenio, aunque se esté de ERTE.
Hola, en mi empresa han aplicado un ERTE al 70% de la plantilla Todos con contrato indefinido y empieza a partir del 23/03/2020. La duda que tengo es quien gestiona la documentación para la solicitud del cobro por desempleo en el sepe nosotros como trabajadores o lo debe hacer la empresa???? Muchas gracias por su ayuda..
En una situación normal es el trabajador, ahora bien desde el SEPE y en esta situación excepcional se ha anunciado que se podrá realizar a través de la empresa aunque todavía no es oficial, y que yo tenga conocimiento, todavía no está implementado.
Muchas gracias por la información, otra duda el pago sería el cálculo de los últimos 6 meses de la nómina Bruto sobre ello se le aplica el 70%
Sobre la base de cotización, si teniendo en cuenta los límites que indica el artículo.
Trabajo bajo un contrato temporal hasta octubre, y nos han informado que estaremos en un ERTE, si decido cancelar mi contrato a partir de la fecha en que inicia el ERTE por q estaré fuera del país, es posible para la empresa hacerlo y notificarlo al ERTE, tiene alguna consecuencia?
No se a que te refieres con consecuencias, si para ti o para la empresa. Por lo que comentas, entiendo que quieres notificar una baja voluntaria, y en dicho caso, la empresa no se verá perjudicada.
La cuestión es que si la empresa ya notifico a la ERTE los empleados, y yo presento mi baja voluntaria, la empresa puede notificar esta baja sin problema.
¿Notificar a la seguridad social? Sí que puede.
Mi empresa presentó ayer un ERTE y no estoy incluida en el mismo
Puedo solicitar que se me incluya?
En principio es la empresa la que decide que trabajadores son incluidos. Puedes pedirle a la empresa que se te incluya, pero no tienes el derecho a exigirlo.
Muchas gracias!
Buenos días Alejandro,
Mi caso; ERTE con reducción al 50%.
He leído que la empresa me paga el 50% y el SEPE me pagará el 70% de la otra mitad.
En números, yo cobro 1100€ con 4 pagas prorrateadas incluidas en nómina y con un 2% de cotización.
Son números que cobro neto.
Entiendo que sería así; la empresa me paga 550€ y el SEPE (70% de la otra mitad) 323,50€ = 873,50€ ¿es correcto?
Muchas gracias de antemano.
Si, aunque el cálculo de la base se hace sobre el importe bruto.
Buenas Alejandro,
En primer lugar, gracias por el articulo y por toda la información, está muy bien explicado y nos es de gran ayuda.
Según tengo entendido en mi empresa se baraja hacer algún ERE, dada la situación actual. Mi pregunta es, puede la empresa realizar varios tipos de ERE a la vez? Es decir, uno de reducción de jornada para una parte de la plantilla, oto de suspensión (o ERTE) para otra y otro de extinción para otra parte de la empresa??? Y si se realiza un ERE de extinción, entiendo que el trabajador queda totalmente desvinculado dela empresa, por lo que si quisieran contratarlo de nuevo más adelante, empezaría con condiciones nuevas, no?
En el caso del ERE de suspensión o ERTE entiendo que se mantienen las mismas condiciones…
Gracias!!
Sí, se pueden realizar varios tipos de ERES o ERTES. Si el ERE es de extinción, si se produce la desvinculación del trabajador con la empresa, y en el otro caso, no existe desvinculación y se mantienen las condiciones laborales.
Entendido, muchas gracias!
Buenas
Si estoy con una reducción de jornada por cuidado de los hijos y mi empresa hace un ERTE en el que me incluye ¿cuanto cobraría? ¿El 70% de mi salario total a jornada completa o el 70% de mi jornada reducida al 50?
Muchas gracias de antemano
Me hacen un ERTE
¿Puedo elegir cobrar el desempleo que tengo suspendido de una empresa anterior de la que me quedan casi los 2 años completos y bastante mas importe a cobrar que la de mi actual empresa?
Es para no perder esa bolsa que tengo si en un futuro la necesito cobrar, ya que parece que NO me van a restar los meses de paro que se cobren durante el ERTE
Tengo mis dudas, ya que es cierto que no se pierde, pero esa cuestión considero que está supeditada a cobrar la prestación por desempleo generada con esta empresa y no una anterior.
Hola Alejandro;
Tengo un par de dudas a ver si me puedes ayudar con ellas:
1.Si no tengo las pagas extras prorrateadas y mi empresa comienza un ERTE hoy 21 de marzo, cuando me abonarían la paga extra de julio (la parte proporcional que corresponda)?
2.Estoy de baja por IT actualmente y daré a luz en mayo ¿ en que momento me afecta el ERTE en el que me van a incluir ?¿cuando de a luz en mayo porque ya no estaré de baja por IT? ¿O cuando acabe la maternidad?
Mil gracias por tu altruismo
Marta
Entiendo que la empresa abonará en el momento que corresponda, es decir, junio la parte proporcional generada. En cuanto a la otra duda, no lo tengo del todo claro. En cualquier caso, al estar de baja por maternidad cobrarás el 100% de la base reguladora.
Buenas noches, llevo trabajando en mi empresa desde hace 12 años, a finales del año pasado comenzó el periodo de negociación del proceso de modificación sustancial de las condiciones de trabajo y el acuerdo se firmó con efecto 1 de febrero.
Con fecha el jueves 12 la empresa nos comunica que todo el personal de oficina, dada la situación de crisis que estamos pasando por el Coronavirus, pasa a teletrabajo, salvo unas determinadas personas que tienen que turnarse debido a las características de su puesto de trabajo.
El lunes 16 de marzo, al medio día, la dirección nos comunica a las personas que estamos en la oficina de guardia que el edificio se cierra y se dejan de hacer guardias pasando a teletrabajo todos, salvo el personal que trabaja haciendo desplazamientos a los diferentes clientes.
Con fecha 20 de marzo la empresa nos envía un mail comunicando que la situación de teletrabajo se amplía hasta el viernes de la próxima semana, 27 de marzo y nos dicen que están preparando un ERE por causas organizativas.
No quieren hacer un ERTE por fuerza mayor por no estamos incluidos en actividades que marca el decreto y prevén que no lo aceptarán.
En este tipo de ERE, los trabajadores que derechos tienen.
Nos dicen que habrá algunos trabajadores que seguirán trabajando, pero serán un número mínimo para continuar con la poca actividad que la empresa tiene en estos momentos.
Es la empresa la que elige los trabajadores que se deben quedar trabajando?, Cuál es la posición en la quedan los delegados de personal en este tipo de ERE si son parte de los trabajadores que se quedan en desempleo?, Qué ocurre si no se firma, por parte de los delegados de personal el ERE?.
Gracias por la ayuda en estos momentos tal difíciles para todos
Mar
Los derechos de los trabajadores en cuanto al ERTE por fuerza mayor o por otras causas, son las mismas. Lo que difiere es el procedimiento y las bonificaciones que puede tener. Por otro lado, si los representantes no firman el ERTE, la empresa podrá imponerlo. En cuanto a la permanencia te recomiendo este artículo.
Hola,
Mi empresa hace ERTE parcial al 50%
El tope Máximo con 2 hijos son aprox. 1400€
Si el contrato es a jornada completa, pero la prestación solicitada el 50%, qué tope Máximo aplica, 1400, o 700, la mitad por ser ERTE al 50%?
700.
Buenos días ,me han reducido la jornada 70% por el Erte y cobro 1000€ una parte me la pagan mi empresa y la otra el paro no se cómo es me lo pueden explicar.
Un saludo
Si te han reducido la jornada un 70%, la empresa pagara el 30%, y el paro abonará el 70% de ese 70%.
Buenas noches , con fecha de hoy me ha comunicado la rmpresa que ha solicitado un Erte a la autoridad laboral con fecha 17/03 , yo estoy de baja desde el mes de noviembre y me han metido en el Erte , es legal??? La baja es de larga duración y tengo la duda de quien va a pagar mi nómina , y donde tengo que enviar las bajas ya que la empresa está cerrada.
Una cosa es que te incluyan a los efectos de comunicar a la autoridad laboral, y otra cosa es los efectos del ERTE. Te debe seguir pagando la empresa.
Buenas noches.
Dos casos posibles a los que no se como afectaría un erte presentado por mi empresa.
1. Un trabajador que se encuentra actualmente cubriendo una baja laboral. Dicho erte te afecta hasta que el titular del puesto se reincorpore, o pueden despedirte sin meterte dentro del erte??
2. Un trabajador al que acaban de contratar para reforzar plantilla(precisamente por operarios que se han adelantado al erte solicitando una reducción de jornada). Entraría en el erte o podría ser despedido sin más? Si depende del contrato de trabajo me podrían indicar en qué tipos de contratos afectaría al posible despido o en cuales habría posiblidad de entrar en el erte.
Mi pregunta es porque hasta ayer me encontraba en la situación 1 y al finalizar mi turno me han comunicado que me cambiaban de puesto de trabajo pasando a la situación 2. Y esta tarde me ha llegado un comunicado de que la empresa va a presentar un erte.
Aún no sé si me modificarán el contrato o no, y antes de autorizar (porque no solemos firmar hasta pasado un tiempo…si, el personal de recursos humanos de mi empresa parece de otro mundo, yo acumulo más de tres o cuatro contratos temporales sin firmar) el cambio me gustaría saber cuál de ambos supuestos me perjudica o beneficia más.
Gracias de antemano.
El contrato se debe mantener hasta que no exista reserva del puesto, así que en mi opinión, si lo extinguen antes sería un despido improcedente o nulo. En un contrato de duración determinada entiendo que no se puede extinguir. En el único caso que se puede extinguir la relación laboral entiendo que es el de obra, analizando cada caso de manera particular. De todos modos, una cosa es que la empresa no tenga causa para despedir, y otra es que lo haga, ya que desgraciadamente a veces la improcedencia es más barata que otras medidas.
Muchas gracias por la respuesta.
He consultado en la seguridad social y tengo contrato de interinidad, por tanto me encuentro en la situación 1 que descibrí y entindo que entro en el erte hasta que la persona que estoy sustituyendo reciba el alta médica.
Y en un contrato por circunstancias de la producción, código 402 de la seguridad social…en dicho caso…podrían ser despedidos sin entrar en el erte?? Tengo compañeros en esa situación.
Gracias de nuevo
La empresa debería respetar tanto el contrato de interinidad como el contrato eventual, y si la empresa hace un ERTE a la totalidad, deberán afectar a todos.
Tengo dos trabajos y en uno de ellos van a aplicar un erte. Tengo derecho a la prestación por las horas de ese trabajo aunque siga trabajando en el otro?
Si en el otro no estás a jornada completa, sí.
Hola Alejandro,
Veo que todos estamos con mismas dudas con algunas preguntas resoolvemos otras.
Mi caso concreto es la negociación con la Empresa al formar parte del comité, nunca han surgido problemas y ahora estamos un poco en el aire, al ser un ERTE por causas organizativas:
¿ que debemos exigir a la empresa en la negociación?, ¿ Podemos negociar que nos lleguen al 100% de la base reguladora? ¿ los complementos de cada trabajador, se deben exigir? , ¿ Quien estipula la duración del ERTE: la empresa exclusivamente ?; consensuado con comité?, Estado estipulara tiempo?…
Lo primero es que se complemente la prestación por desempleo, que se generen vacaciones, que se garantice el empleo a la vuelta del ERTE, la duración del ERTE, trabajadores afectados o criterios de elección de trabajadores afectados,
Hola Buenas,
Mi hermano estaba contratado en un hotel como “becario” creo que se dice así, en la zona del comedor. Hoy ha sido el último día. Tiene algún derecho para cobrar algo??
Depende del tiempo que tenga cotizado.
Muy buenas, Alejandro te comento mi caso, yo pedí a mi empresa la baja voluntaria ( dando los 15 días) para incorporarme en otra empresa, visto el panorama me retracté de la baja voluntaria ( dentro del plazo) enviando un burofax , ahora mi empresa me comunica que va a hacer un erte, mi pregunta es ¿ la empresa me puede rescindir el contrato en un erte? ¿ se anularían todos los trámites ? Gracias de antemano.
Se cancela la baja voluntaria, y la empresa puede incluirte en el ERTE.
Puede o debe. Yo comuniqué también mi baja voluntaria acabando mis servicios el 5 de Abril. Mi empresa se ha acogido al ERTE el 18 de Marzo. Tengo derecho a la prestación?
Gracias
Puede, ya que, que exista un ERTE no quiere decir que afecte a toda la plantilla y es la empresa la que decide a que trabajadores afecta. Si afecta a todos los trabajadores, deberá incluirla.
yo tengo el mismo caso. pero mi jefa me ha dicho que ella es libre de readmitirme o no! eso es verda ? a un que me retracte
La legislación no establece nada sobre la cancelación de la baja voluntaria, ha sido la jurisprudencia la que ha considerado que es procedente una cancelación de la baja voluntaria siempre y cuando la empresa no haya contratado a otra persona par ese puesto de trabajo y le cause un perjuicio siempre que la baja no haya sido ya efectiva.
Buenas tardes, el máximo líquido a percibir durante el ERTE es 1411.83€?
O es el 70% De tu Base de liquidación? 4070 euros en mi caso (llevo más de 20 años en la empresa)
Tengo 3 hijos, estoy separado, la custodia es de la madre y paso una pensión mensual por ellos de 1050 euros.
Muchas gracias
El máximo con hijos a cargo es el que indicas, pero eso en términos brutos, no netos. El neto es algo menos.
Hola, expongo mi duda, yo dispongo de dos empleos ambos me han comunicado que van a hacer un erte,
Mi pregunta es podré cobrar de los dos o solo de uno?
Los dos son de 20h cada uno.
Gracias
Si los dos son del 50%, entiendo que podrás cobrar la prestación.
Es decir dos prestaciones del 70% de cada contrato de 20h no?
Muchísimas gracias
En mi empresa va a aplicar un ERTE del 50% de la jornada con lo que la empresa me pagaría el 50% del sueldo a complementar con un 50% del paro.
Para el cálculo de la prestación se toma el 50% de la base reguladora de los últimos 180 días teniendo entonces para este 50% un importe máximo de 1.098€ (sin hijos) o por el contrario se calcula la prestación sobre el 100% de la base reguladora y sobre el 70% de esta se aplica otro 50%?
Osea, que si al estar reducida un 50% de la jornada el máximo de loa 1.098 € se reduce al 50% y lo máximo a pagar sería 549€ salga lo que salga?
Gracias!
En mi opinión, lo máximo a pagar sería 549 €.
Buenas tardes,
Mi empresa me comunico el lunes que quiere realizar un ERTE. Yo actualmente estoy cubriendo una baja de maternidad que me finaliza el proximo 10 de abril, que es cuando se reincorpora mi compañera, pero la idea era realizarme un nuevo contrato de obra y Servicio para continuar trabajando en la empresa. Por lo tanto entiendo que seguiria con el ERTE hasta que finalizara esta situacion y despues me tendrian que hacer el contrato de obra y Servicio? O a partir del 10 de abril entraria en paro y despues, una vez finalizado el erte, me tendrian que hacer el nuevo contrato?
Muchas gracias
Depende de lo que quiera hacer la empresa.
Hola, mi contrato de formación finaliza durante el ERTE. La empresa me ha comentado que al inicial el ERTE mi contrato se pausa y si por ejemplo quedaban 3 días para la finalización, cuando vuelva seguirán quedando esos 3 días. Sin embargo, he escuchado que si finaliza el contrato durante un ERTE, automáticamente dejas de formar parte de la empresa. Que es lo correcto?
Gracias.
Efectivamente en los de formación, opino lo mismo que la empresa.
Trabajo en dos empresas, una a media jornada y otra jornada completa, en la empresa que estoy en media jornada harán un erte, puedo cobrar la presentación por erte estando trabajando a jornada completa en la otra empresa a causa del coronavirus?
En mi opinión no, pero solicítalo igualmente.
Te puede pedir la empresa que te ha hecho un erte que sigas trabajando a distancia?
En un ERTE de suspensión, no es compatible trabajar y el ERTE. Es diferente si es un ERTE de reducción.
Mi empresa va a presentar un ERTE y yo estoy con reducción de jornada al 50% por cuidado de un menos de 12 años. Tengo un complemento de transporte y otro de 100€.
¿Perderé los complementos?
¿Se me aplicará sólo el salario base para cobrar?
¿Que me paga el sepe y que la empresa?
Si del base son poco más de 500€ ¿cuánto me quedará de nómina entre la empresa y el sepe?
Muchas gracias
En principio, salvo que el convenio establezca otra cosa, la reducción de jornada se realiza sobre todo los complementos salariales. Si es un ERTE de suspensión, todo te lo paga el SEPE, si es de reducción, parte el sepe y parte la empresa en función de la reducción.
Estoy de vacaciones desde el día 9 hasta el 22. Me quieren aplicar hoy dia 20 un erte con vigor desde el día 16. Esto es legal??
Gracias y un saludo
No pierdes las vacaciones por ese motivo, sino que las disfrutaras más tarde.
Buenas tardes, mi mujer está de baja porque esta embarazada de 7 meses, la llama ahora la directora del hotel y le indica que a ella la van a meter en el erte, según me informó dice la página oficial del estado que estando de baja no puede entrar en el erte, me pueden informar?
Si está de baja no le pueden meter en el ERTE. Normalmente la empresa la incluye a los efectos de avisar a la autoridad laboral, pero en la práctica a ella le sigue abonando la nómina la empresa como hasta ahora y no le suspenden la relación laboral.
Hola buenos dias, mi empresa me ha comunicado que realizara un ERTE el 1 al 30 abril, por fuerza mayor, mi contrato vence el 15 de abril, mis dudas son ¿pueden finalizar el contrato con fecha 15 de abril? si es si, entonces estare en ERTE del 1 al 14 y el 15 de finalizan contrato? se puede finalizar un contrato estando en ERTE.
Sí, se puede finalizar un contrato estando de ERTE.
Muchas gracias Alejandro por la respuesta.
Entiendo que entonces me tendrán que anular el ERTE al día antes de la finalización del contrato y me darán de baja en SS por fin de contrato. no?
De nuevo muchas por tu profesionalidad y amabilidad, mil aplausos para ti también.
Si, salvo que el contrato sea formativo (en prácticas o para la formación y el aprendizaje)
Hola buenas tardes,
Estoy un poco confundida con todo esto.
Hemos quedado en reducir la jornada.
Ellos tiene que declarar que sea reducción por un ERTE o si es de mutuo acuerdo no tengo derecho al 70% de ese 50%
Si es de mutuo acuerdo no se tiene derecho a paro. Par tener derecho a paro tienen que realizar un ERTE de reducción en vuestro caso.
Buenas tardes, la empresa en la que llevo prestando mis servicios durante 10 años va a aplicar un ERTE con fecha a 15 de Marzo, mi situación actual es que llevo un mes de baja por enfermedad común.
Mis preguntas son las siguientes, dado que la empresa no ha contestado a mis preguntas:
– Estando de baja por enfermedad común pueden aplicarme un ERTE?
– Si me aplican el ERTE quien abona mi nómina, la empresa, el SEPE?
– En cuanto me reincorpore de la baja quien abona mi nómina?
Un saludo y muchas gracias por vuestro trabajo, ya que siempre nos resolvéis las dudas laborales
No, no se te aplica el ERTE hasta que no te den el alta, en ese momento te incorporas al ERTE y te paga el paro la prestación por desempleo.
Buenas noches,
Ante la perspectiva actual, la empresa donde trabajo ha decidido aplicar Erte por fuerza mayor. En este caso todos pasamos al desempleo, y empezamos a cobrar paro, pero nos dicen que no saben cuánto tiempo se prolongará esta situación. Personalmente tengo dos años cotizados, y me corresponden ocho meses de paro. Mi duda es la siguiente: empiezo a cobrar el desempleo, si cuando la empresa decida suspender el erte y volvernos al puesto de trabajo, yo decido no volver al puesto de trabajo. ¿Como afecta eso? ¿Me suspenden el paro? ¿Pierdo la antigüedad por tiempo cotizado y por tanto los meses de desempleo que aun me queden? ¿Necesitaría encontrar un nuevo empleo aunque con carácter temporal para reactivar el paro que aun me quede?
Gracias por el trabajo que realizas.
Un saludo
Si después del ERTE no quieres volver, es una baja voluntaria a todos los efectos. No pierdes el tiempo cotizado, pero no tendrías derecho al paro, par ello tendrías que encontrar otro empleo como explico en este artículo.
Buenas tardes, perdón por hacer esto para publicar un comentario, pero no he encontrado otra manera.
Alejandro, mi pregunta es ¿Qué hacer si la empresa no comunica oficialmente ERTE? Están obligados? En teoría han enviado la solicitud de ERTE a Trabajo, pero no explican en que modalidad ni mandan notificación a los trabajadores.
Añaden que no pueden pagar la nómina de Marzo por falta de solvencia, que se puede hacer?
Michas gracias
Sí, la empresa tiene que comunicar el ERTE. Sobre la nómina, se puede reclamar judicialmente. Revisar el informe de vida laboral para que no os den de baja.
Llevo trabajando por medio de una ETT 5 meses y ahora me han realizado una suspensión de empleo y sueldo sin asegurarme en la S.S el tiempo que dure esta pandemia. Además, me obligan a esperar a que finalice mi contrato que es el mes que viene para solicitar el desempleo. Mi empresa está realizando teletrabajo con normalidad. Eso se ajusta a la normativa de ERTE?
No, el ERTE es una suspensión en que la empresa cotiza y tu puedes solicitar el desempleo.
Mi empresa cree que realizará un erte. Antes de ello me proponen reducir jornada. Se que puedo cobrar el 70% de la jornada que me reduzcan pero…. Me preocupa una duda. Si finalmente después de varios meses me despiden, el paro que tenía acumulado de todos los años anteriores, se me calculará a jornada completa? O me perjudicará trabajar este tiempo con reducción de jornada?
Muchísimas gracias de antemano.
Depende de cómo se realice esa reducción de jornada. Si es un ERTE de reducción de jornada, que entiendo que no lo es por lo que comentas, no te afectará, pero si es una reducción de común acuerdo, sí que te puede afectar.
En el caso de una reducción de común acuerdo (y por tanto, no acudir al ERTE), podrían sancionar a la empresa (soy el administrador) por no acudir a un ERTE?
No, salvo que haya algo más que una simple reducción de común acuerdo. Es decir, se puede reducir de común acuerdo.
Buenas tardes, tengo una duda. En mi empresa creen que terminarán realizando un erte. Empecé en enero y mi primer contrato era hasta septiembre. Me están proponiendo una reducción de jornada y ya me queda claro pero puedo solicitar el 70% de la parte de jornada que me reduzcan pero…. Si finalmente me despiden, estar este tiempo a media jornada me puede afectar a todos los años que tengo cotizados en años anteriores por ser los últimos meses a jornada parcial? o mi paro se calculará a razón de jornada completa?
Muchísimas gracias de antemano!
El paro se calcula en base a la cotización de los últimos 180 días.
Buenas, la empresa nos ha comunicado que va a realizar un erte reduciéndose la jornada al 50%. Mi pregunta es la siguiente, ¿yo cobraria el 50% de la empresa y el 70% del 50% restante del Sepe? Si es así, ¿tendría que ponerme como demandante de empleo y pedir el paro para cobrar ese 70% del 50% restante?
Muchas gracias
Saludos
Sí, tienes que pedir la prestación como explico en este artículo. De todas maneras, parece que ese trámite se va a realizar de manera automática, pero todavía no es oficial.
Buenas noches y gracias por anticipado.
Tengo un contrato de tre mese y me finaliza el 12 de Abril, mi empresa me ha incluido en un Erte, no tengo tiempo acumulado para solicitar paro, tengo derecho a alguna prestación cuando me acabe el contrato el día 12 de abril, quien me pagaría y cuanto tiempo.
Gracias
Buenas noches Alejandro, muchas gracias por la ayuda en estos días de incertidumbre.
Mi caso es el siguiente,
Trabajo en comercio minorista de venta de calzado desde hace 6 años y, debido a la crisis del coronavirus, mi empresa me comunica el 19/03/2020 que va a hacer un ERTE con carácter retroactivo al 14/03/2020.
Entiendo que desde el 14, quien se hará cargo de mi “sueldo” será el paro, con los 13 días anteriores trabajados supongo que los pagará la empresa pero, ¿debe ser en cuanto se haga el erte efectivo o a final de mes?
Por otro lado, tenemos 15 pagas (marzo, julio y diciembre) y, dado que es marzo, deberíamos haberla cobrado, pero no es así. Debido al ERTE, ¿pierdo mi paga?
Muchas gracias de nuevo por tu tiempo y disculpa por la molestia.
Un saludo desde Madrid.
A final de mes pagara la empresa, sin perjuicio de que puede pagar antes si quiere. No, no se pierde la paga. La empresa debe abonarla.
Cuales el motivo de que los empresarios quieran dar vacaciones antes de entrar en un proceso de erte
Es una pregunta bastante amplia, pero es una forma rápida de dar tiempo a la empresa a decidir que hacer, y las vacaciones va a tener que disfrutarlas si o si el trabajador.
Buenas tardes.
Expongo mi caso. Soy estudiante extranjero no comunitario y venía desarrollando un convenio de prácticas remuneradas en Barcelona. El lunes me escriben del departamento de RRHH notificándome la suspensión del convenio universitario por razón de fuerza mayor, COVID-19. Este contrato finalizaba en mayo. Puedo optar a algún tipo de subsidio o ayuda por la Seguridad Social? En los recibos de mi sueldo aparecen las retenciones que correspondían? Gracias por cualquier ayuda o comentario.
Si es un convenio de prácticas, no es una relación laboral y, entiendo que no tendrías derecho a la ayuda o subsidio, pero solicítala en el SEPE.
Buenas tardes,
Desde mi empresa y con todo el tema del coronavirus comenzamos el Lunes 15 a teletrabajar.
El Martes 16 nos comunicaron que habían solicitado un ERTE a fecha de sábado 14 de marzo, pero nos han dicho que hasta que el ERTE esté confirmado por las autoridades competentes tenemos que continuar trabajando y que después ya verán como nos abonan estos días. ¿Es eso legal? O ya deberíamos estar sin trabajar? Muchas gracias
Es cierto que tienen que autorizarlo las autoridades laborales, ya que tienen que certificar la fuerza mayor.
Y mientras lo certifican tenemos que continuar trabajando? Como nos tendrán que abonar posteriormente esta semana que hemos estado trabajando mientras esperábamos que el ERTE se confirmase?
Estoy en el mismo caso y es verdaderamente desconcertante. Conozco a gente a la que les mandaron a casa desde el momento que lo solicitaron, asumiendo la empresa el riesgo de que el ERTE fuese denegado; y otros, sin embargo, han seguido trabajando y no saben cómo van a recibir esos días que quedan duplicados. ¿El ERTE es efectivo desde que se presenta o desde que lo certifica la autoridad competente?
En fuerza mayor, desde el momento de la causa de fuerza mayor, en los otros, después de alcanzar un acuerdo o sin acuerdo lo decida la empresa.
Mi empresa ha aplicado un Erte. Tan sólo llevo un mes u medio en esta empresa. Venía de estar 6 meses en el paro (todavía me queda un año y medio acumulado, pero por cosas de la vida la cotización que tuve los últimos seis meses no fue la “correcta” y tengo el mínimo de paro) . Con el Erte cobraré reanudo la prestación anterior o en este caso con la excepción es que están poniendo con el coronavirus me calcularan la base con el trabajo de ahora?
En mi opinión, te la calculan con la base de ahora.
Buenas tardes. Tengo una duda. He recibido un email comunicándome que me aplican un erte. Pero hasta el 25 de marzo que es cuando se me acaba el contrato. Pasada esa fecha estaré en el paro sin erte. Quisiera saber si eso es correcto y qué debo hacer en caso contrario.
Muchas gracias.
Si tienes un contrato temporal, este se puede finalizar en caso de ERTE. Habría que revisar si el contrato temporal está en fraude de ley, para saber las opciones de impugnació. Si no está conforme, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido.
Hola,
Le expongo mi situación. La empresa en la que trabajo, la semana pasada nos redujo nuestra jornada laboral. A los 3 días nos informó que hacían un ERTE, por no tener ingresos. De manera indirecta nos hacen trabajar desde casa a algunos de los empleados. Tengo dos preguntas:
1- ¿El 70% que paga el Estado es sobre el 100% del sueldo de los últimos 190, no? ¿Afectaría en algo nuestra reducción de jornada?
2- ¿Es legal que te hagan trabajar estando la empresa en un ERTE?
Muchas gracias de antemano 🙂
Sobre la media de cotización de los últimos 180 días, o periodo inferior si se ha trabajado menos en la empresa. Si es un ERTE de suspensión, no es legal trabajar en la empresa mientras.
Hola buenas tardes, yo trabajo en dos empresas a media jornada, y en la que estoy por las mañanas quieren acogerse a un ERTE, ha solicitado voluntarios.
Me puedo acoger solamente en una de las empresas ( en la que cotizo 5,30 horas diarias) o al trabajar en dos empresas diferentes generaría problemas a mi otra empresa.
Por otro lado, nos han pasado los importes que cobraríamos, y diferencian entre trabajadores sin hijos, con 1 hijo o 2 hijos. Yo tengo un hijo de 22 años que vive en casa, aunque trabaja, tiene un contrato de 15 horas semanales. Lo puedo declarar? su salario no llega a los 8000 euros anuales
Si estás de ERTE en una empresa, no afectaría a la otra.
Gracias por tu generosidad!!!
Hola, cuento mi caso para ver si me pueden ayudar. Estoy de baja por embarazo ( 38 semanas), llevo de baja desde el principio por riesgo. Por convenio, actualmente me paga mi empresa un 25% del salario y la SS el 75% restante. Van a realizar un ERTE en la empresa y quería saber como me afectaría a mi en el sueldo, si dejaría de percibir ese 25% que la empresa me paga en nómina, si me afecta el tema de las vacaciones y de las pagas cuando me incorpore…..Gracias y un saludo
Te debe seguir pagando la empresa el 100% como hasta ahora, hasta que des a luz, en cuyo caso tendrás que solicitar el pago de la prestación de maternidad.
Hola Alejandro;
Estoy en la misma situación; cuando de a luz entonces nos afectaría el ERTE entendiendo que se acabó la baja por IT? Es decir, la transición de baja por IT a baja por maternidad cuenta como alta a efectos de que te afecte el ERTE?
Gracias de antemano
Marta
HOLA, BUENAS TARDES, HOY ME COMUNICA LA EMPRESA QUE VA HACER UN ERTE. MI SUELDO PASARIA A SER 50% DE LA EMPRESA Y 70% DEL 50% RESTANTE DEL PARO. NO? Y LAS PAGAS EXTRAS COMO QUEDARIAN? Y LAS VACACIONES?
Entiendo que la empresa va a hacer un ERTE de reducción del 50% por lo que comentas. Las pagas extras, no se si las tienes prorrateadas o no. El SEPE abona el 70% sobre la base de las pagas extras prorrateadas.
Hola tengo un par de dudas. La empresa en la que trabajo, se rumorea que a partir del lunes entramos en ERTE reducción de jornada. Ahora bien, tenemos claro lo que cobraremos por parte del desempleo etc. Las duda es: podemos impugnar este ERTE si lo vemos desproporcionado? Es grupo de empresas unas tienen trabajo y otras no y nos meten dentro del mismo saco. Como no hay representante de los trabajadores creemos que se están aprovechando de la situación. Podríamos conseguir una baja por cambio sustancial si demostramos que no es necesario el erte en nuestra empresa del grupo?. Y la última, si tenemos vacaciones programadas la podemos disfrutar en fecha aunque estemos en ERTE de reducción de jornada?
Gracias por tu atención
Si, se puede impugnar un ERTE de suspensión o reducción. Si es en ERte de reducción, sí se pueden disfrutar vacaciones.
Hola mi empresa va al erte pero a mi se me acaba el
Contrato el 18 de abril por sustitución por maternidad yo voy al erte con ellos? Cuando se me acabe la sustitución tengo que arreglar los papeles para el
Paro?
La empresa te puede incluir en el ERte, y también puede finalizar el contrato si se está en ERTE.
Hola, a ver si lo entiendo : me llama hoy mi jefe y me dice que va hacer un ERTE, para todos (hosteleria); pero, yo estoy de baja desde hace unos meses y es el el que me paga cada mes.
Me dice hoy , que solo me va a pagar 15 dias y que los otros los pagará el INSS. 🙁
– Me puede incluir en el ERTE Si estoy de baja. ?
– Si es que NO , sigo llendo cada mes a que me page, como hacemos cada mes en mano ?
– Si es que SI , los otros 15 dias, cuando los cobraré ? el 31-3-2020
Gracias.
Buenas tardes
Tengo una duda, yo tengo dos trabajos, en uno de ellos se va a hacer un erte, en el otro no se nada todavia, yo podria cobrar paro del trabajo que ha hecho erte?
Gracias
Sí, siempre que en el otro no estés trabajando a jornada completa.
Alejandro, muchisimas gracias por brindarnos tu tiempo y conocimientos! Gracias!!
Las empresas de alimentación también se pueden acoger a un erte?yo trabajo en una fábrica de frutos secos,seguimos trabajando pero no hay pedidos casi y ya han dicho que nos duran haber que se va hacer
Si existe causa para ello sí, aunque no sería por causa de fuerza mayor.
Si me veo afectado por un ERTE debido a la situación actual por el COVID-19, una vez que me reincorpore al puesto de trabajo, debe la empresa cumplir con algún plazo mínimo contratándome, quiero decir, si mi contrato finaliza al mes de incorporarme, podrían despedirme al mes o tienen que mantenerme un mínimo de tiempo, de ser así, cual sería ese plazo?
Espero su respuesta.
Un saludo
Gracias
Si tiene un contrato temporal, en mi opinión, pueden extinguirlo si existe causa para ello. Es cierto que si es un ERTE por fuerza mayor y la empresa se beneficia de las ayudas del gobierno, existe un compromiso de mantener el puesto de trabajo durante seis meses, pero es una clausula muy interpretable ya que entiendo que se refiere a despidos, no a fin de contratos temporales.
Y si se scaba el erte y a los dias finaliza el contrato y no renueva la empresa Como es . Mi caso que no me van a renovar…. ¿Tengo derecho a finiquito? ¿O al haber hecho un erte anteriormente no me perteneceria?
Finiquito siempre corresponde, aunque este puede ser cero. Es decir, en el finiquito se abona las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extras. Por otro lado, la indemnización depende del tipo de contrato.
Hola,
Hoy me han comunicado que me van a reducir la jornada a la mitad a causa del coronavirus. Ellos me han dejado escoger entre: vacaciones, ERTE total o reducción de jornada. Por preferencia suya, voy a hacer media jornada, pero mi duda es: voy a cobrar mitad de la empresa y mitad del paro?
Muchas gracias!
Saludos.
Cobrarás parte del paro, pero no el 50% de reducción de jornada, sino algo menos.
Hola ayer la empresa nos informaron que nos van hacer un ERTE. Que tengo que hacer para darme de alta. Gracias
Si te refiere al paro, lo explico en esta entrada.
Hola, tengo reducción de jornada por guarda legal, si la empresa me incluye en el ERTE y paso a cobrar de la Seguridad social, entiendo que me hacen el calculo en función de las bases de los 180 ultimo días, pero ¿me liquidan proporcionalmente a la jornada actual por reducción de jornada o a jornada completa?
El paro se debe cobrar teniendo en cuenta la jornada completa.
Hola, en mi empresa (telefonia) han decidido dejar abiertas 2 tiendas y la mia es una de ellas, han presentado un ERTE en el cual yo no estoy incluido, si luego en 1 semana la empresa decide cerrar esa tienda, pueden incluirme a mi en ese ERTE??
Deberían de hacer otro ERTE.
Buenos días yo tengo 1 año y medio trabajando en un hotel a tiempo completo con contrato indefinido, ayer le llego una comunicación al dueño del hotel donde la xunta les indican que tienen que cerrar y están contemplando hacer un ERTE, mis preguntas son:
1. si el erte se tramita el día 20 o 23 la empresa puede pagar el mes de marzo completo ?
2. puedo solicitar que me tomen unos días de vacaciones para completar el mes de marzo y me lo paguen completo ?? ( en lo que va de año no he disfrutado ni un dia )
Si el ERTE es por fuerza mayor, los efectos del ERTE se harán efectivos desde la fecha de la causa, con lo cual la empresa te pagará hasta ese día y no el mes completo.
Buenas tardes, puedo entrar en el Erte de una empresa si estoy de excedencia en otra empresa?
Sí, puedes entrar en el ERTE. Depende del tipo de excedencia, puede que no tengas derecho a desempleo.
Buenos días,
tengo una duda… me encuentro en excedencia voluntaria de la empresa “A” desde hace un tiempo.
Actualmente estoy trabajando en otra empresa (“B”) y acaban de anunciar la realización de un ERTE.
¿Tengo derecho a prestación de esta empresa B?
En caso de que no, ¿podría anular rápida y voluntariamente la excedencia que tengo en la empresa “A” para que no afectara a la prestación por el ERTE en “B”?
Sí, tendrías derecho a desempleo, aunque habría que ver la fecha de finalización de la excedencia en A para que el SEPE no te ponga problemas.
Hola, el día 12-3-20 presenté preaviso para baja voluntaria a efectos del 31-3-20… el 16-3-20 la empresa me manda para casa por la alerta saniataria y me pide posponer el preaviso al fin de la alerta sanitaria, cosa que manifiesto no estoy conforme… el 18-3-20 me comunican que entro dentro de un ERTE… pueden no tener en cuenta mi preaviso y penalizarme por ello? Mi intención es empezar a trabajar en la nueva empresa el día 1-4-20
Gracias!
En mi opinión, el peraviso no varía por el hecho de que te metan en un ERTE. En cualquier caso, puedes empezar a trabajar el 1 de abril en la otra empresa, aunque ésta no te haya dado de baja. Sólo ten en cuenta que no puedes percibir el desempleo, desde el día uno de abril
Buenos días,
Mi empresa me ha realizado un erte, anoche me enviaron la carta por email. ¿Que hago la acepto?
Me obligan mientras a trabajar desde casa, indicando que quizás más adelante me puedan retribuir el la diferencia de mi nómina.
Si no lo realizo me insinúan despido, tanto si no trabajo como si no acepto la carta, todo ello mediante llamadas de teléfono.
Habría que ver la comunicación que te ha hecho la empresa, pero la comunicación del ERTE no necesita la firma del trabajador para ser efectiva, sino que simplemente la firma significa que el trabajador ha sido notificado. No es compatible estar en un ERTE de suspensión y trabajar, sí que sería posible si es un ERTE de reducción de jornada. Además, con la nueva legislación, y más concretamente el Real Decreto 8/2020, se obliga a la empresa a ofrecer teletrabajo antes que realizar un ERTE.
Hola buenas tarde yo trabajo en 2 trabajos uno de 24 horas semanales y otro de 32 horas semanales mi pregunta es que el trabajo de 32 horas me a enviado al erte tengo derecho a cobrar el paro teniendo 2 trabajo
Si el otro trabajo es a jornada completa, en mi opinión, no te corresponde. Pero solicita el paro en el SEPE, por si acaso estoy equivocado.
Buenos días :
La empresa en la que trabajó ha realizó un ERTE , al ser una empresa de seguridad nos comunican que según las necesidades de la empresa nos va a ir llamando para trabajar cada semana dos personas , ¿ puede darnos de alta nuevamente y mandarnos al ERTE todas las veces que quieran ?
Gracias y mucho ánimo a tod@s.
Sí, habría que revisar las causas del ERTE y el acta final del acuerdo en su caso para saber si pueden.
Hola, me acabo de incorporar el día 2 de Marzo de una excedencia de un año por nacimiento de un hijo y me he incorporado a media jornada.
La empresa va a hacer un erte por coronavirus, mi pregunta es cuánto voy a cobrar? Se supone que es el 70% de la base reguladora de los últimos 6 meses, de los anteriores a la baja por maternidad?? O a cuáles?
Gracias
Se cogen los últimos 180 días cotizados en la empresa. De la redacción dada por el nuevo real decreto se podría interpretar que se coge sólo a base desde el 2 de marzo, pero entiendo que se tiene que coger los últimos 180 días cotizados en la empresa.
Debido a la situación del COVID-19, mi empresa me ha dicho que no puede hacerme erte porque llevo trabajando desde el 2 de enero y es poco tiempo, están en su derecho o deberian de incluirme en el erte?
¿Y que es la otra opción que baraja la empresa? La inclusión o no dentro del ERTe, depende de la empresa, pero la antigüedad no influye a la hora de realizar un ERTE
Hola, en mi caso, la empresa, una pyme con pocos trabajadores, entró en pánico ante la situación y despidió a tres trabajadores, dos fijos-discontinuos y uno con contrato temporal, el viernes 13 de marzo a las 15:00 horas, comunicando la baja de manera inmediata a la seguridad social, y luego a los trabajadores ante la sorpresa de estos, de manera que ya es efectiva. La empresa entiende que ha cometido un error y la baja no procede, ya que se puede demostrar que el despido es improcedente. La obra no ha finalizado, pero por su naturaleza se ve obligada a parar de forma temporal ante esta situación de fuerza mayor. El resto de los trabajadores se acogerán a un erte. Es posible subsanar por parte de la empresa este error administrativo a día de hoy, ya que hay voluntad por su parte, e incorporar al erte a estos trabajadores cuando se subsane?
Muchas gracias por tu ayuda y por tu trabajo en estos tiempos difíciles, es un gran apoyo.
Entiendo que de común acuerdo se podría readmitir a los trabajadores. La única duda, es que no se considere un fraude a la seguridad social.
Si estos trabajadores no fueran readmitidos y se vieran obligados a solicitar el subsidio de desempleo, al que tienen derecho, a contar desde el viernes 13 de marzo de 2020 que fue efectiva la baja, se le descontaría de su cuenta , ó como los acogidos al erte a partir del 14 de marzo, tendrían acceso a él sin que se le descuente hasta el final de la aplicación del real decreto?
Muchas gracias de nuevo
Se le descuenta, no se benefician de las medidas del Real Decreto 8/2020 puesto que ese supuesto sólo se aplica a los que cobran el desempleo por una causa de un ERTE.
Hola Alejandro,
Imagino que ya sabes lo importante que es lo que estás haciendo en estos días. Nos estás ayudando muchísimo. He leído los comentarios para ver si alguno se ajustaba a mi situación, pero tengo un par de dudas que si pudieras aclararme te estaría muy agradecida:
-Tengo un contrato indefinido con una empresa desde Junio 2019. La empresa va a hacer un ERTE pero a mi se me comunicó el 12 de Febrero oralmente que me despedían el 3 de Abril. La empresa asume que es improcedente entonces, y que me indemnizarían. No me ha llegado notificación escrita desde entonces, solo tengo un WhatsApp en el que pedí la fecha exacta por escrito.
Sé que me pueden despedir dentro del ERTE, el tema es:
– ¿Cambiarían las condiciones?¿Perdería la indemnización o la liquidación o alguna cuantía?
– ¿Pueden cambiarme las condiciones al no habérmelas notificado por escrito?
Mil gracias
¿Qué tipo de comunicación te han realizado para saber que el despido se efectúa con fecha de tres de abril? Es raro, un despido con tanto preaviso. Si no te comunican lo contrario, por prudencia entendería que ese despido se efectúa, y lo impugnaría. Recuerda que si es improcedente para que la indemnización no tribute, la improcedencia tiene que venir reconocida en el SMAC o en sede judicial. Por otro lado, si te cambiar las condiciones laborales, deberían preavisarte. No deberías perder indemnización por el hecho del ERTE.
Hola Alejandro, gracias por tu respuesta.
El jefe se sentó conmigo a hablar el 12 para comunicarme que en semana santa finalizaría. Al no darme fecha, una semana después le escribí por Whatsapp para que me diera un día concreto.
Es improcedente porque así mismo me lo dijeron, que yo no había hecho nada malo para que me echaran, pero que iba a ser así.
¿Es prudente preguntarle si sigue en pie el despido?
Bueno, gracias de nuevo por todo. Un saludo.
Si no te han dado fecha entiendo que te deberían comunicar de manera fehaciente la extinción de la relación laboral.
Buenas noches,
la empresa me acaba de comunicar que en mi caso me van a hacer un ERTE. Es una empresa donde estoy contratada a 16 horas semanales. A parte, tengo dos trabajos más, también a tiempo parcial que, por el momento, siguen activos.
Mis preguntas son las siguientes:
– Sabiendo que tengo, de momento, 2 trabajos más, entiendo que aunque me hagan el ERTE no tengo derecho a cobrar ningún desempleo, ¿no?
– ¿Tengo derecho a no incorporarme de nuevo a mi trabajo cuando la empresa vuelva a contactar conmigo?¿Les tengo que avisar con antelación o es suficiente con decirles que no deseo incorporarme en el momento que vuelvan a llamarme?
¡Muchas gracias!
Depende de la suma de las otras jornadas, podrás tener derecho o no a cobrar prestación. Si quieres irte, lo mejor es preavisar con lo que indique el convenio colectivo, a pesar de estar de ERTE.
Hola, ante todo gracias por toda la información que nos das.
Actualmente estoy trabajando en una empresa a jornada completa, la cual va a realizar un ERTE, además trabajo para otra empresa contratada solo unas 5horas en todo el mes, ojo no diarias, sino mensuales. Y soy autónoma desde hace casi 1 año. Si la empresa donde trabajo a jornada completa hace el ERTE, tengo derecho al pago del 70% que informas.
Muchas gracias.
Un saludo.
Buenas noches.
En mi empresa se ha hecho un ERTE con fecha 16.03.2020 (por el coronavirus).
Mi contrato de trabajo tenía fecha fin 31.03.2020y además de eso, la empresa cambiaba el día 26.03.2020.
Trabajo a media jornada.
Llevo en la empresa desde noviembre.
Qué pasará!?
Gracias 😊
Se puede extinguir la relación laboral a pesar del cambio de empresa o ERTE.
Si, imagino que se extingue en un principio el día 31, pero podría extinguirse el día 26 que es cuando se supone que se hace el cambio de empresa, o ese cambio no se lleva a cabo con la situación.
Las vacaciones acumuladas tendrían que liquidarlas?
MILLONES DE GRACIAS POR LEER CADA UNA DE NUESTRAS PREGUNTAS Y CONTESTAR A CADA UNO DE NOSOTROS.
ES DE GRAB AYUDA.
AGRADECIMIENTOS INFINITOS.
El cambio de empresa no afecta al contrato, o no debería hacerlo ya que hay una sucesión de empresa y se mantiene todos los derechos laborales. Las vacaciones acumuladas se abonan en el finiquito, cuando finaliza la relación laboral.
Buenos días
El día 15 de Marzo 2020 me cumplió el contrato temporal , y la empresa me dijeron que ya no me renuevan , Y no me han renovado porque por causa de COVI 19 han cerrado la empresa temporalmente, a una parte de mis compañeros que tenían otro tipo de contrato les han mandado ayer un documento parar firmarlo con la ERTE pero a mi no , cuáles son mis derechos no estar incluida en el ERTE? Gracias
Si se extingue la relación laboral, puedes impugnarlo ante los tribunales si no estás conforme. Por otro lado, tendrás que solicitar la prestación por desempleo si tienes derecho a ello.
Gracias
Tengo otra duda
Al no estar incluido en el Erte de la empresa se me computa la antigüedad que tengo para el paro ?
El ERTE no te computa a los efectos de la antigüedad, puesto que no estás incluido en el mismo. Se computa la antigüedad que tienes cotizados en los últimos seis años a los efectos del paro.
Gracias
Buenos días.
Mi empresa ha comunicado que va a realizar un erte. No han dicho ni cuándo ni a quuen. Yo tengo contrato con duración determinada que después de 2 años. Se me cumple el día 26 de marzo. Si no me renuevan, y el erte se hace antes, me afectaría el erte? O directamente el día 26 que se cumple el contrato se estaría en el paro y se extingue la relación con la empresa?
Un saludo
Te afecta el ERTE si la empresa te incluye en el mismo, pero puede extinguir la relación laboral aun estando de ERTe.
Buenas Alejandro.
Antetodo, agradecerte tu tiempo y el ofrecimiento de tus conocimientos de manera altruista . Tengo contrato a tiempo completo por un período de 6 meses (con 1 mes de prueba). Actualmente no he llegado a cumplir ni el mes de prueba (24/03/20) y me acaban de comunicar que me incluyen en un ERTE por Coronavirus. ¿Podría afectarme el hecho de no haber cumplido el mes de prueba para extinguir la relación laboral antes del 24/03/20?. De no afectar esta circunstancias,¿ durante cuantos meses recibiré el 70% de la base salarial en concepto de prestación por desempleo?. Muchas gracias nuevamente.
Se puede extinguir el contrato sin necesidad de preaviso ni causa durante el periodo de prueba. En cuanto al desempleo, lo percibirás mientras dure el ERTE.
Hola. Muchas gracias por toda la información que estás aportando. Mi duda es la siguiente: yo trabajo a media jornada en una academia. A la vez, recibo la prestación de desempleo por el otro 50%. Si la academia hace un erte por lo del coronavirus, ¿cómo me afecta a mí?
Gracias
Pasarías a percibir el desempleo restante hasta la jornada completa.
Pero, el 50% que cobró de paro coge la base de cotización de mi anterior empleo, si mi empresa actual me hace un erte, ¿puedo cobrar en base a la cotización de mi empresa anterior o tendría que ser en base a la actual que me hace el erte?
Gracias
Es un caso particular, que tengo mis dudas de cómo lo hará el SEPE. Entiendo que se debe coger la base del trabajo actual, pero no se puede superar los límites de lo que se paga la prestación.
Hola buenas tardes, me gustaría que nos explicaseis los pasos que se tienen que seguir al producirse estos ERTE´s por coronavirus al no haber consultas, ni alegaciones, ni firma presencial; si pudiese ser los pasos desde que te lo comunican hasta que solicitas la prestación por desempleo, muchas gracias de antemano.
Si es por fuerza mayor, en esta entrada explico los pasos que tiene que seguir la empresa y las comunicaciones que tiene que hacer al trabajador. No existe negociación sólo comunicación.
Muchas gracias Alejandro, eres de gran ayuda, un saludo.
Buenas tardes, tengo un par de dudas, mi empresa va a presentar en ERTE por el COVID-19, aunque aún no me lo han comunicado a mi personalmente, no se si es porque me cumple el contrato de trabajo el próximo 8 de abril. Mi pregunta es ¿me pueden despedir por finalización del contrato mientras la empresa tiene un ERTE? o está obligada a mantener los puestos de trabajo tal y como me han informado porque si no la sancionarían.
Y la otra duda, mi compañera está de baja maternal y tiene una sustituta, pero ella se tendría que reincorporar en breve, ¿qué les pasaría a cada una?
Que incertidumbre!!!!
Muchas gracias
Lo que comenta esa disposición de mantener el empleo, es en caso de que la empresa se beneficie al realizar un ERTE por fuerza mayor. De todas maneras, habla de despidos, y no de extinción de la relación laboral por fin de contrato, así que sin perjuicio de cómo pueden entender la citada cláusula los tribunales, en mi opinión, si que pueden extinguir la relación laboral.
Hola trabajo en una empresa desde hace 20 años, desde ayer nos han reducido la jornada a 5 horas en lugar de 8, sin aviso ninguno y sin consultar a nadie, unilateralmente. De momento siguen las ventas y el trabajo no se ha reducido. A algunos compañeros les dejan trabajar desde casa,las 8 h. y al resto no, aún pudiendo hacerlo. Nos han dicho que van a hacer un ERE, pero de palabra, no nos han dado nada por escrito. Todo esto lo pueden hacer como lo están haciendo? Nos lo tienen que comunicar todo por escrito? Quién debe presentar la documentación para percibir el paro en caso de ERTE o ERE? Cuánto se tardaría en cobrar? La paga extra del mes de marzo, tienen la obligación de pagarla?
Gracias
Os tienen que comunicar la apertura del expediente del ERTE, esa modificación que pretende sólo la puede realizar de manera temporal mediante un ERTE. Es el trabajador el que tiene solicitar el desempleo.
Hola.
Mi cuestión sería la siguiente:
Durante un ERTE se puede solicitar la baja voluntaria de la empresa.
Muchas gracias de antemano.
Sí, se puede.
Buenas tardes.
Contáis en vuestro artículo que la prestación por desempleo en un ERTE corresponde al 70% de la base reguladora. Pero eso no es cierto, existe un máximo y un mínimo que establece el SEPE, por lo que, por mucho o poco que uno cobrara la prestación estará limitada a:
Cantidades máximas de la prestación contributiva en 2020
Por mucho que haya cotizado un trabajador, hay un tope máximo que por ley puede cobrar de paro en 2020. Prestación contributiva máxima sin hijos (175% IPREM): 1.098,09 euros. Prestación contributiva máxima con un hijo (200% IPREM): 1.254,86 euros.
Es esto así?
Efectivamente, gracias por la aclaración. Procedemos a completar la información.
Hola buenas……en mi empresa van a realizar un ERTE hasta ahora estaba cobrando el 50%del paro y 50 %de la empresa, al estar a media jornada……. al entrar en el ERTE ahora me completan el paro hasta el 100% de la jornada?
No, cobrarás algo menos, ya que el paro paga como máximo el 70% de la base, y teniendo en cuenta los límites correspondientes.
Tengo un contrato indefinido de 30 horas semanales y estoy embarazada de 18 semanas. Me informaron que a partir de la semana 22 puedo solicitar a la mutua la baja por riesgo en el embarazo.
Si hacen un ERTE en la empresa ¿cómo me afectará en mi situación? ¿no sería más lógico que me diesen la baja por riesgo en el embarazo y me pagase la mutua?
Gracias
Entras en el ERTE, y puede que la mutua no te de la baja por riesgo al no estar trabajando, sino suspendido el contrato.
Buenas tardes
Muchas gracias por tu gran esfuerzo en contestar todos los comentarios,
Mi pregunta es la siguiente; en mi empresa van a hacer un ERTE por fuerza mayor, y me encuentro de permiso por paternidad, disfrutándolo a jornada parcial, trabajando desde el 17 de febrero hasta el 7 de junio a media jornada, cobrando de la empresa y de la seguridad social. En tal caso, cómo me afectaría?? cobraría de la seguridad social y del INSS? o cómo debería proceder?? en la empresa no lo tienen muy claro y aun no me han dado respuesta.
Muchas gracias de antemano!
Entiendo que se suspende la relación laboral con la empresa, el 50% que tienes ahora, esa parte solicitas el paro, y la otra, sigues cobrando la prestación de paternidad. Cuando la paternidad finalice, si sigues en el ERTE, cobrarás más de paro.
Ha salido una letra pequeña sobre el ERTE,
“1. Protección del empleo durante 6 meses
Las empresas que se acojan a un ERTE deberán mantener el empleo durante un plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad. Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral “estarán sujetas” a ese compromiso de la empresa, de acuerdo con la disposición adicional sexta ‘Salvaguarda del empleo’.”
Esta opcion es aplicable a todos los que somos trabajadores independientemente del contrato si es temporal o indefinido? O solo para trabajadores indefinidos?
Muchas Gracias por la Ayuda!
Gran duda. Lo cierto es que es bastante ambigua esa disposición. En mi opinión, no debería impedir finalizar los contratos temporales. Pero no se que interpretación tendrán los tribunales.
Hola, tengo contrato indefinido de 40 horas desde hace 15 años, en mi empresa se hará ERTE, pueden modificarte tras el ERTE el contrato anterior a un contrato en el que me paguen menos?
Gracias
Pueden hacerlo, pero no como consecuencia del ERTE. Es decir, pueden hacerlo siguiente el procedimiento para ello, pero no puedes llegar después del ERTE y sin que te hayan comunicado nada bajarte el sueldo.
Buenas tardes. En estos momentos mi empresa está pensando hacer un Erte.mi pregunta es la siguiente:
Mi mujer va a dar a luz el viernes 20 y la empresa declara un erte el jueves 19.en el caso que se dé. Apartir del 20 empieza mi baja por paternidad. El certificado de baja que tiene que emitir la empresa que tendría que presentar para cobrar la prestación por paternidada la siguen emitiendo la empresa?? El importe que cobraré mensualmente durante la baja es la misma que la nomina anterior?? Tiene alguna influencia el erte para la prestación por paternidad?
Muchas gracias
Hola Juan, estoy en una situación parecida a la tuya, Mi empresa hizo el ERTE el día 17 y mi mujer sale de cuentas el 15 de abril… Haber si alguien nos lo puede aclarar…
Mchas gracias!
Buenos dias ¿ que pasaria si encuetro otro trabajo durante un erte? ¿Habria la obligacion de volver al primer trabajo cuando la empresa lo solicitara? O ¿podria hacer esperar a la primera, asta terminar el contrato con la segunda empresa?
Sí, tienes que volver cuando finalice el ERTE, sino lo hace será una baja voluntaria. La empresa no está obligada a esperarte.
Muchas gracias, me ha resultado muy útil . Abrazos.
Hola.
Hace 15 días empecé en una empresa, el lunes me despidieron y solicite el mismo día en el sepe la tarjeta del paro y me la dieron, ahora quieren añadirme al erte que van a hacer en la empresa.
Como tendría que actuar el gestor en mi caso?
Tendría derecho a erte si me dieran de alta en la empresa a fecha de hoy?
Gracias de antemano.
Entiendo que esa actuación se podría considerar como un fraude a la seguridad social.
Buenas noches,
Cual es la duración maxima del ERTE de fuerza mayor por el coronavirus? El 29 de marzo que es cuando acaba el estado de alarma o la empresa puede hacerlo de antemano por mas tiempo?
Y que pasa con los días transcurridos hasta que soliciten el ERTE?
Gracias de antemano y felicidades por el blog!
Debe durar en función de la causa alegada por la empresa, no hay duración máxima de un ERTE.
Buenas, hace 15 dias estoy trabajando en un Hotel en Canarias, debido a la situacion de la pandemia me informan que me van a dar de baja, asumo que seria ERE. En ese caso tengo derecho a ingresar en algun caso por desempleo?
gracias
Si es por ERTe derivado del coronavirus sí, prestación por desempleo.
HOLA EXPLICO MI SITUACION, ESTOY DE BAJA POR LA MUTUA ACTUALMENTE POR RIESGO DE EMBARAZO, ESTOY DE 33 SEMANAS, PROBABLEMENTE MI JEFE VA HACER UN ERTE.
* ¿ENTRO DENTRO DE ESE ERTE O ME SIGUE PAGANDO LA MUTUA?
* CUANDO ME DE DE BAJA POR MATERNIDAD(SEGURIDAD SOCIAL) CUANDO VUELVA ES CUANDO ENTRO EN EL ERTE?
*SOY INDEFINIDA ¿ PUEDE DESPEDIRME CUANDO ME REINCORPORE EN EL CASO DE QUE SIGA EL ERTE?
GRACIAS DE ANTEMANO!
Al estar la relación suspendida, no se debe entrar en el ERTE. Cuando des a luz tienes que solicita la prestación por maternidad, que lo pagará el INSS. Si, es posible despedirte si existe causa para ello después de la reincorporación.
Es necesario personarse para firmar el ERTE o es posible firmarlo telemáticamente? Somos muchos y no nos agrada la idea de reunirnos en la oficina para ello.
Y una cosa más, los días que han pasado desde que detuvimos nuestra actividad hasta que firmemos el ERTE, la empresa ha decidido imponernos vacaciones, consumiendo así nuestros días que ya teníamos asignados a lo largo del año, es eso legal, podemos tomar alguna acción?
Gracias
No, en mi opinión, no es legal imponer las vacaciones de manera unilateral. Se puede firmar de manera telemática, en este aspecto, la legislación no obliga a ninguna formalidad en cuanto al tipo de firma.
Buenas, la empresa en la que estaba trabajando va a aplicar un ERTE y yo estoy en excedencia por cuidado de un familiar desde el lunes . Me pueden incluir en el ERTE? O tengo que solicitar el alta en la empresa para que me incluyan.
Muchas Gracias
En mi opinión, no tendrías derecho a desempleo y al estar suspendida la relación laboral se te incluirá en el ERTE en el momento que acabe la excedencia.
Al ser el tipo de excedencia que es puedo pedir reincorporación en cualquier momento “creo” y además tiene reserva de puesto, si no me equivoco.
Gracias por tu respuesta
Sí, te puedes reincorporar cuando quieras, y tienes reserva.
Hola llevo 2 años y medio trabajando en hostelería acaba de llamar me jefe para ir a firmar el erte.si firmo pierdo la antigüedad y mis vacaciones
No, no se pierde ni vacaciones ni antigüedad.
Desde finales de diciembre de 2019 estoy de baja por estar embarazada (entiendo que es baja por IT) ya que mi trabajo no podia realizarlo bien al estar ya de 6 meses. Me han programado el parto por cesarea para el lunes 23 de Marzo de 2020 pero mi empresa ha ejecutado un ERTE desde el 17 de Marzo en el cual estoy incluida. me gustaria saber si me afecta o no y si tengo que pedir la prestacion por desempleo hasta el dia 23 de marzo, dia en el cual tendria que pedir la baja por maternidad. Mi preocupacion es saber, como yo tenia previsto, si cobrare mi nomina mensual de mi empresa durante la baja por maternidad maternidad o ya sera otro importe porque habria pedido prestacion por desempleo. Estoy bastante perdida y no se que hacer y como actuar. Muchas gracias de antemano. Saludos
Seguirás de IT y te pagará la empresa hasta el nacimiento, que tendrás que pedir la prestación al INSS. La baja por maternidad no la paga la empresa, la paga el INSS.
Mi duda es si puedo cogerme solo las 4 semanas obligatorias de baja de paternidad y acogerme al erte de la empresa después y si al volver a trabajar me seguiría correspondiendo las 8 semanas restantes de la paternidad?
O me vería obligado a disfrutar de la baja de paternidad completa de 12 semanas por estar de vacaciones erte por el tema del coronavirus?
Gracias de nuevo.
En una situación normal, sí que podrías. En este caso, entiendo que también, la cuestión es cómo se puede tramitar ante el INSS. Intenta informarte en el INSS.
Buenas
A causa del coronavirus la empresa llamó ayer a la tienda comunicando q mantenía a dos compañeros en la empresa y los otros entrábamos en ERTE. Nos dijeron que acabáramos la jornada de ayer y no volviéramos hasta nuevo aviso que ellos se encargaban de todo y nosotros no hemos firmado ningún papel de conformidad y estamos en casa. La gente que conozco está en esta situación han firmado un papel no sé en qué posición estoy ahora mismo, sabrías decirme si eso se puede hacer?
Gracias
Si es un erte por fuerza mayor la ley obliga a comunicar a los trabajadores y representantes legales de los trabajadores. Ante la ausencia de representantes, lo normal sería comunicar a todos los trabajadores.
Hola, van ha hacer un ERTE en mi empresa, mi contrato finaliza el 4 de abril, si aún continuará el ERTE, en qué situación me quedaría. Muchas gracias
En mi opinión, te deben incluir en el ERTE y finalizar el contrato cuando llegue la fecha de fin de contrato. Sería discutible si fuese un contrato formativo.
hola
llevo trabajando desde el 1 de febrero… se me termina contrato el 12 de abril… .. su mi empresa hace un erte.. a q tengo derecho?… no tengo paro acumulado..lo terminé dias antes de entrar a trababar en esra empresa.
Si es un ERTE derivado del coronavirus, a la espera de que mañana publiquen el Real Decreto, todos tendrán derecho a la prestación por desempleo.
Mi contrato se terminaba en mayo de este mismo año y pasaria a ser fijo.
La empresa tiene ma obligacion de reincorporarme una vez finalizado en erte si ya vence ese plazo en el que me tenian que hacer fijo?
Con el ERTE no se extingue la relación laboral, sino que se suspende. Salvo que te comuniquen el fin de contrato, seguirás trabajando cuando termina el ERTE.
Hola, llevo en una empresa dos meses y mi contrato termina el día 31 de este mes , debido a la crisis por corona-virus nos ha aplicado un erte , en mi situación que plazo duraría el erte al terminar mi contrato en los días de aplicación de dicho erte , gracias
Finalizaría el contrato durante el ERTE.
Hola. Buenas tardes.
La empresa va ha hacer un erte.
A la vuelta al trabajo se descuenta las vacaciones proporcionales de los meses que he estado en erte? O me pertenecen las vacaciones de todo el año
Si es de suspensión, no se generan vacaciones durante el ERTE.
Buenas tardes. Estoy embaraza de 33 semanas, he intentado coger la baja por incapacidad pero me la deniegan. Mi empresa va hacer un ERTE, cuando coja la baja por maternidad, si esta situación aún no ha cambiado, se paraliza el ERTE y me acogeré a la baja maternal, en la que cobraré el 100% de mi nómina actual. ¿Es así??
gracias.
No se paraliza el ERTE en la empresa y cobrarás el 100% de la base cuando inicies la baja por maternidad.
Buenas tardes. Mi consulta es sobre lo siguiente:
El viernes 13 de marzo fue mi último día en mi empresa, y el lunes día 16 de marzo me incorporaba a una nueva empresa. Con todo el tema del coronavirus, la nueva empresa me escribió diciéndome que finalmente empezaríamos el día 31 de marzo. Ahora con el discurso del Gobierno, como esto va para largo, les he consultado si me podrían incluir en el ERTE para poder así cobrar la prestación por desempleo (porque ahora mismo no tengo derecho a la prestación por haberme ido yo voluntariamente de mi empresa…). Su gestoría me ha dicho que no se puede poner en el ERTE a nadie que no estuviese de antes en la empresa. Pero yo en principio iba a incorporarme el lunes… ¿Qué puedo hacer? Estoy desesperada.
Muchas gracias de antemano.
Añadir que no he firmado ningún contrato, iba a hacerlo este lunes día 16 de marzo.
La solución no es sencilla, la único sería demandarles por incumplimiento de precontrato laboral.
Buenas tardes desearía saber en caso de que nos incluyan en un erte, supongamos que por dos meses por causa de coronavirus, como habría que computar las horas de trabajo estipuladas por convenio al ser estas anuales, habría que hacer un porcentaje o seria la totalidad?
La parte proporcional, no la totalidad.
Muchas gracias Alejandro por tu pronta respuesta
Buenas, consulta, si me hicieron un contrato temporario por 6 meses y a los 20 días me dieron la baja definitiva con un ERE por esto de los cierres. Pueden hacer eso? Me corresponde algún subsidio? muchas gracias!
¿Suspendieron el contrato o te incluyeron en un ERE temporal de suspensión? Son situaciones diferentes. Si es un ere de suspensión, tienes derecho a desempleo.
Mi situación es la siguiente. Resulta que hice una baja voluntaria de mi anterior trabajo por una oferta que tenía y por supuesto paso todo esto y no están contratando por los momentos. Tengo entendido que por baja voluntaria no se puede aplicar al paro pero como haría en este caso ?? Me preocupa ya que es como si me hubiera disparado yo mismo.
Después de una baja voluntaria, la única forma para cobrar la prestación por desempleo es encontrar otro empleo como indicamos en este artículo. La única opción sería demandar por incumplimiento de un precontrato de trabajo o revocar la baja voluntaria si todavía no ha sido efectiva.
Buenas tardes. He pedido hace 3 meses excedencia en otra empresa para empezar a trabajar en la que estoy. Ahora por el virus van a hacer ERTE. Me corresponderia paro o al estar en excedencia no? Muchas gracias.
¿Que tipo de excedencia? Si es voluntaria si, pero habría que ver la fecha de fin de la excedencia.
Buenas! Muchas gracias por toda la información, y por responder a todos los mensajes. Es, sin duda, una obra social, sobre todo en estos tiempos que estamos viviendo, por desgracia.
Me gustaría que me ayudaran con una duda.
En la empresa en la que trabajo, van a iniciar un ERTE mañana. Por otro lado, a finales del mes pasado, me di de alta de autónomo con la tarifa plana para unos cursos que estoy ofreciendo vía internet.
¿Podría cobrar el paro?
Con las medidas anunciadas hoy, ¿cambia la situación?
Muchas gracias de antemano. Me harían un gran favor si me lo aclararan.
Saludos y mucho ánimo para todo el mundo!
Buenas tardes;
Cual es la fecha de baja en un ERTE, la de presentación o la de autorización del la autoridad laboral …
Muchas gracias
Depende de la causa del ERTE. En fuerza mayor la fecha es con efectos retroactivos desde el momento que existe esa cuasa de fuerza mayor, en el otro caso no.
Si la empresa promueve un Erre debido a la crisis del coronavirus,una vez se produzca la reincorporación al puesto de trabajo, en que situación se encuentran los contratos, en las mismas condiciones que tenían antes de la suspensión o son contratos nuevos.
Gracias.
Mismas condiciones.
Hola, tal vez ya hayas respondido esto y lo siento, pero no está muy claro para mí.
Nuestra empresa está mirando a Erte. Cuál es el salario neto máximo que uno puede esperar recibir durante este período?
Solo unas pocas personas me han dicho que es un máximo de 1000e por mes, pero actualmente tengo una hipoteca que pagar, que es más que esto.
Lo que se cobraría de paro, que es de algo más de 1.000 euros o algo más de 1.300 en caso de tener a dos hijos dependientes a su cargo.
Hola buenas tardes , Gracias de antemano por la ayuda que nos facilitas.
Mi caso es que van a hacer un Erte en mi Empresa en la que estoy a Jornada Completa , y los fines de semana trabajo en otro trabajo 7horas el sabado /7 horas el domingo .
Mi pregunta es que si me hacen el Erte , puedo cobrar la prestación ? O al tener el trabajo del fin de semana no puedo Cobrarlo ? Gracias
Podrás cobrar la parte proporcional hasta completar la jornada completa.
Buenas tardes, estoy trabajando en un banco y el contrato se termina el día 30 de Marzo.No lo renovarán por el tema del coranovirus,ya que la oficina no está abriendo.El día 31 de Marzo tendré que ir a solicitar la reanudación de la prestación por desempleo que estaba cobrando anteriormente ¿verdad?.
Un saludo.
Tienes un plazo de 15 días para ello.
Hola buenas tardes ..explicó mi situación…estoy embarazada de 25 semanas pero estoy de baja por seguridad social…me ha llamado mi jefe para comentarme que iba a hacer un ERTE…que se iba a personar en mi domicilio con mascarilla y demás…para que le firmara el comunicado de suspensión de contrato….tras varios minutos le llamé y le dije que yo no iba a bajar a firmar nada…que me lo mandara x correo….al final me ha mandado por wasap….qué hago se lo firmo ..le firmó no conforme..??? No sé qué hacer muchas gracias y salud a todos
Habría que ver exactamente que es lo que te manda. Ante la duda, no firmes.
Gracias…aún así podrían tomar medidas si no lo firmo en unos días…?!!
Buenas tardes. He pedido hace 3 meses excedencia en otra empresa para empezar a trabajar en la que estoy. Ahora por el virus van a hacer ERTE. Me corresponderia paro o al estar en excedencia no? Muchas gracias.
Depende de la excedencia, si es voluntaria, si que te corresponde.
Buenas tardes, antes de nada, muchas gracias por el trabajo que estáis haciendo, somos muchos con muchas dudas y mucha incertidumbre en estos momentos…
En breve caerá en mi empresa el ERTE… y, me temo que seré de las seleccionadas…. tengo una reducción de jordana por cuidado de menores desde agosto de 2018 (no hace 2 años aún) por lo que mi duda es si la paga me correspondería al 70% sobre mi salario actual o si sería sobre la base de cotización al 100%.
Muchas gracias y ánimo a todos!
Saldremos de ésta!
Julia
El paro no se ve afectado por la reducción de jornada por cuidado de un menor, por lo que se deberá coger la base al 100%.
Buenas y muchas gracias
Mi empresa hace un ERTE llevo 6 meses trabajando en ella me puedo coger al paro,y si cobro el 70% en base a que al salario bruto o neto.
Muchas gracias
Salario Bruto
Buenas tardes Alejandro
gracias por tu atención. En el caso de que la empresa presente un ERTE, y yo solicite la baja y prestación por paternidad a la semana siguiente, cuál sería la cuantía de la prestación económica? La base de cotización del mes anterior (que es superior al tope del desempleo)?
gracias
El 100% de la base de contingencias comunes.
Puede la Empresa aplicar el ERTE si me debe dinero? es decir me puede obligar a firmar? o deberia de Pagarme primero antes de hacerlo.
Puede hacer el ERTE aunque te deba dinero.
Buenos días:
Enhorabuena por tu página y la dedicación que empleas en informarnos y respondernos.
Pedí una semana de vacaciones con un mes de antelación, antes de que se diera toda esta situación. Justo la semana del 23 al 29 de marzo. Con el estado de alarma y la orden de las autoridades de confinamiento, ¿pierda esta semana de vacaciones?¿la empresa puede computarla como disfrutada? Si la próxima semana, que hubiera estado de vacaciones, nos comunicaran un erte, ¿qué pasaría con esa semana de vacaciones?.
Muchas gracias
Si os comunican un ERTE, no pierdes las vacaciones, las disfrutas en otro momento. En caso de que no haya ERTE, no se debería variar la fecha de las vacaciones.
Mi empresa ha hecho un ERTE por la situación actual. Mi contrato vence el 31 de marzo. ¿El 1 de abril sería indefinida pese al ERTE o cuando me reincorpore se siguen contando los días que me restaban de contrato hasta pasar a ser indefinida?
El contrato temporal, puede finalizar durante el ERTE. Si no te dicen nada, o se prorroga o te conviertes en indefinida.
Buenos días Alejandro,
Ante todo agradecerte el que te tomes el tiempo para responder a tantas preguntas, nos ayudas mucho a los que desconocemos los detalles de estas leyes.
Intenté buscar información sobre la situación en la que me encuentro y no he podido encontrar nada en ésta última hora y media.
El año pasado empecé a trabajar el 28 de Febrero y soy fijo discontinuo pero ahora con el tema del COVID-19 aún no han realizado el llamamiento ni nos han enviado ninguna información. Se que algunos empleados están trabajando y ya están de alta por eso me pregunto si tengo que tomar alguna acción legal o esperar?
Muchas gracias de antemano por tu ayuda.
Saludos.
Lo cierto es que un fijo discontinuo, las fechas son inciertas. Habría que ver el contrato y si ya deberían de haber realizado el llamamiento.
Hola,
Se sospecha que mi empresa debido al Covid19 va a realizar un erte, teniendo una reducción de jornada por Guardia Legal te pueden incluir en el Erte?
Sí.
Buenos días,
Gracias por la info, muy útil.
En mi caso somos una empresa de unos 7 trabajadores y me avisaron por teléfono de mi reducción de jornada, durante un periodo de 3 meses. Sin embargo, no me plantean ni reducción de jornada ni me dan ningún tipo de escrito , simplemente me instan a contestar un mail en el que viene esto indicado.
¿Tengo derecho a pedirles que hagan un ERTE?
No se si estabas a jornada completa o parcial, si era completa la única manera de hacer lo que comentas es mediante un ERTe.
Buenos días, si me hacen una reducción de mi jornada laboral a la mitad, ¿la otra mitad la puedo cobrar como si estuviese en el paro? ¿o solo puedo cobrar lo que estoy trabajando?
Sí es un ERE de reducción, sí se puede cobrar el paro, pero no el 50%, restante, sino el 70% de dicho 50%.
Buenas, actualmente cuento con reducción de jornada de una hora por atención a mis hijos, quisiera consultarle si estando en esta situación entraría en el ERTE con reducción de jornada al 50% que tienen previsto realizar mi empresa a parte de la plantilla por el coranovirus o esta situación “me blinda” en alguna medida como en el caso de un ERE a los sindicalistas para no entrar en el ERTE?
En el caso de entrar en el ERTE, la reducción del 50% sería respecto del total de la jornada de 8 horas o respecto de la jornada de 7 horas que actualmente tengo?, esto es me quedaría con 4 horas o con 3,5 horas?
Sobre todo saber si mi situación de reducción de jornada por atención a mis hijos que “blinda” en alguna medida como en el caso de los ERES.
Gracias
No, no te blinda, puedes ser incluida en el ERTE. La reducción sería sobre la jornada que realizas.
Buenos días,
actualmente tengo dos trabajos fijos (trabajo en una oficina y en una discoteca).
En el caso que la discoteca, haga un ERTE, tengo algún derecho a una prestación? Si de la otra empresa sigo cobrando la totalidad de la nómina (unos 1200 euros) porque teletrabajamos.
¿puedes explicar un poco lo que pasaría en caso de pluriempleo?
Muchas gracias de antemano por tu blog.
En caso de pluriempleo, si la otra jornada que queda es a jornada completa, seguramente no tenga derecho a desempleo.
Y en el caso que la jornada que queda es parcial, ¿tendría derecho a la prestación? y ¿como se calcularía el importe de la prestación a percibir?
gracias
Hay que ver las medidas que toma mañana el gobierno, pero en ese caso, puede percibir la parte proporcional hasta alcanzar la jornada completa.
Hola,
Aprovechando tema de 2 trabajos. Yo tengo un trabajo a 32 horas semanales y otro con25 semanales y ambos con ERTE ahora mismo.
¿IMAGINO que cobraré la parte proporcional de los 2 pagadores?
Gracias.
Sí, pero no puedes percibir más de paro que un trabajador a jornada completa.
Gracias por contestar. Y otra cosa a tu respuesta. ¿Sabes. Cual sería la cantidad maxima a percibir de jornada completa?
Está indicado en la entrada. Depende de si se tiene o no hijos a cargo.
Buenos días. ¿Se puede incluir en un ERTE a un trabajador con contrato por obra y servicio? Parece que si no se puede trabajar es causa de fin de obra y por tanto fin de contrato? Muchas gracias
Sí, se puede incluir.
Hola,mi empresa ha decidido hacer un erte y están negociando si nos pagan el 80 o el 90 por cien del salario,no se supone que nos paga el estado,porque está negociación entonces?gracias
El estado paga el 70% de la base con unos máximos del paro, es decir casi 1.100 euros. La empresa puede complementar dicha cantidad.
La empresa nos va a hacer un Erte por causa del coronavirus, tenemos una serie de beneficios como seguro médico y herramientas como teléfono personal ,vehículo, etc.
Dichas herramientas y beneficios se mantienen durante el Erte?.
Gracias
Hola buenas , yo estoy trbajando en 2 empresas , y en las 2 esty de baja por coronavirus , mi pregunta si una d ellas ha echo un erte el mismo día q mande la baja , quien me paga de la empresa del erte la seguridad social o la
Empresa
Habría que ver la fecha de efectos del ERTE, y que es anterior si la baja o la fecha de efectos del ERTE.
Buenos días.
Si estoy en dos trabajos a media jornada en cada uno de ellos, y en uno de los dos van a realizar un ERTE, tengo derecho a paro aunque estuviese a media jornada?
Gracias
La parte proporcional, sí.
Hola buenos días!!
Me incorpore en esta empresa hará 3 meses el proximo día 22 de Marzo.Mi primer contrato de tres meses..me dijeran k me renovaría…pero dado al coVID19 ,dejamos todos de trabajar este sábado por el estado de alarma..
Mi empresa anuncio ayer mismo 16/03/2020 que nos hará un ERTE,trabajo para una boutique.
Mis preguntas;se suspende la finalización de mi contrato?o sea…a pesar del Erte y que mi contrato terminaría el 22 de este mes sigo en la empresa?
Por otro lado…estuve en un trabajo anterior con duración de 6 meses y me cambie a este ..
Anteriormente estuve en el paro por k perdí mi anterior trabajo y estuve un mes cobrando ..
Creo que me quedaban cinco meses de prestación.
No se si tengo derecho a algo…me comentaran que en un Erte la empresa te pagara un 25 % de tu sueldo y la otra parte el gobierno….pero en mi caso es así tambien…o como quedare en todo esto?
En un erte de suspensión, percibes la prestación por desempleo. Sobre el contrato temporal, se puede finalizar igualmente durante el ERTE.
Hola Alejandro.
Mi empresa realilza un ERTE, mi consulta es, en la actual situación que no podemos acceder a los servicios presenciales del INEM, que pasos debemos seguir para solilcitar la prestación del desempleo.
Gracias por todo .
Emilio
Los plazos se suspenden para solicitar la prestación, pero lo intentaría de manera telemática.
Gracias por la toda la información. Tras el ERTE, ¿la empresa nos tiene que reincorporar con lo mismo que teníamos antes (mismo sueldo, puesto, horario, etc.) o puede obligar cambios (menos sueldo, menos horas…)?
Se deben respetar las condiciones laborales que tenían los trabajadores, sin perjuicio de que la empresa pueda adoptar otras medidas laborales. Pero en ese caso, y en función de lo que haga la empresa, tendrá que seguir el procedimiento adecuado.
Hola, tengo una duda estoy embarazada y de baja por IT, me ha comunicado la empresa que me incluye en un ERTE. Es legal?
Tenía concedida la baja por riesgo dentro de dos semanas que me empezaba a pagar la mutua… La pierdo por estar en el ERTE? La empresa me dice que me de el alta el día d antes para empezar la d riesgo aunque este con el ERTE. Que se mantiene. Eso es así?
Muchas gracias!
Sí, te puede incluir en el ERTE. Sobre la otra cuestión, tengo mis dudas. Lo cierto es que si ya estuvieras con la baja por riesgo en el embarazo, no te podrían incluir en el ERTE.
Buenas noches , en un ERTE por la situación actual , una vez termine el plazo:
Están obligados a volver a contratarte?
Si lo hacen por un periodo de dos meses y la situación se recupera , pueden llamarte para empezar antes de terminar el plazo de los dos meses ?
Estoy obligado a solicitar la prestación al SEPE , o puedo esperar esos 2 meses hasta ver lo que pasa?
Si no estoy obligado a solicitar la prestación y espero estos dos meses , si después me despiden pierdo la prestación?
Cual sería su recomendación, no solicitar la prestación o solicitarla en caso de no estar obligado o perjudique en caso de despido al finalizar el plazo del ERTE
Muchas gracias por su respuesta y por su ayuda
La relación no se extingue, así que técnicamente no te vuelven a contratar, ya que nunca se terminó el contrato, sólo se suspende. Sobre llamarte antes, depende de lo que se acuerdo o te notifique la empresa. El plazo para solicitar el paro es de 15 días, aunque ahora está paralizado. En una situación normal no podrías esperar. Sobre la prestación, no perjudica solicitarla.
Muchas gracias por su respuesta Alejandra Alejandro , un saludo a todos y mucho ánimo y suerte
Mi empresa me ha comunicado un despido objetivo para el 31 de Marzo! Ahora por el tema del cierre por el coronavirus quieren que me coja vacaciones o que suspenda temporalmente el contrato, les he dicho que no! Pueden hacer un ERTE habiéndome comunicado el despido objetivo?
Si, se puede hacer un ERTE. Salvo acuerdo o cuestión establecida en el convenio, no se puede imponer de manera unilateral las vacaciones.
Buenos
En mi empresa harán un ERTE por lo del coranovirus , ¡ YO LLEVO UN MES DE BAJA POR ENFERMEDAD COMÚN.. ¿ Debo firmar la regulación de empleo que me exigen mi encargado firmarla? Y QUIEN ME PAGARÍA A PARTIR DE AHORA?
Te pagara la empresa mientras mantengas la baja.
Buenos días, trabajo en una piscina como monitora de natación y la empresa ha tenido que cerrar las instalaciones por orden del ayuntamiento. Nos han mandado a todos los trabajadores una carta avisándonos de que van a hacer un ERTE por causas de fuerza mayor durante dos meses. El contrato lo tenemos hasta el 30 de Mayo y en principio la activaidad se retomaría el 11 de Mayo si todo evoluciona favorablemente… El caso es que estoy embarazada de 7 meses y aunque se supone que con el ERTE nos mandan al paro, yo no tengo cotizados suficientes días para tener derecho a la prestación por desempleo. Mi pregunta es, si doy a luz durante esta situación de ERTE (antes de que cumplan los dos meses) y sin tener derecho a desempleo, ¿podía acceder al permiso de maternidad de 16 semanas?
Muchas gracias, un saludo.
Buenas tardes,
En mi empresa van a aplicar un ERTE (completo, nada de reducción de horas), y obligarnos a teletrabajar durante ese periodo ??? Entiendo que si te aplican un ERTE no tienes que trabajar ni teletrabajar, no ??
Es decir si te aplican un ERTE estas exento de teletrabajar?
Efectivamente, teletrabajo y ERTE de suspensión no es compatible.
Buenas, si durante el ERTE encuentro otro trabajo? tengo derecho a indemnización? que sucedería? Gracias
Que encuentres otro trabajo no implica que se extinga la relación laboral con la otra empresa. Lo que habría que mirar es que no sea competencia desleal o incumpliendo algunos acuerdo pactado. En caso de que finalice el ERTE y no te reincorpores a la empresa, será considerado baja voluntaria y no tienes derecho a indemnización.
Buenas pedi en mi anterior empresa la baja voluntaria para irme a otea y llevo solo un mes y va a presentar un erte, tenfo derecho al paro, anteriormente llevaba trabajando mas de 4 años
Dependerá del SEPE, pero entiendo que si.
Estimado Alejandro,
Me encuentro de baja por estar embarazada, pero no por riesgo en el embarazo, si no por contingencias comunes, porque trabajo de cara al público y el médico decidió darme la baja por todo el tema del COVID-19.
En este año, todavía no he disfrutado ni un día de mis vacaciones, ya que mi intención es guardarlas para después del parto. Mi pregunta es, si en este tiempo que yo estoy de baja la empresa decide hacer un ERTE y me incluyen en él, ya que entiendo que sería por fuerza mayor, ¿qué pasaría con mi salario? ¿Me lo abonaría la Seguridad Social? ¿Perdería todo lo acumulado de vacaciones?
Agradecía enormemente su respuesta y toda la información posible ya que estoy bastante perdida.
Gracias de antemano.
Un cordial saludo.
Si se encuentra de baja por incapacidad temporal, no pueden incluirla en el ERTE. Le incluirán en el momento que le den el alta médica.
Yo aquí tengo la misma duda, porque en principio no esta de baja por incapacidad temporal sino por baja por enfermedad común. ¿ que pasaria?
baja por enfermedad común, es un tipo de baja por incapacidad temporal.
Buenos días,
Se que en la empresa en la que trabajo van a realizar un ERTE, pero tengo intención de irme de ahí ya que voy a incorporarme proximamente a otra empresa. Si solicito la baja voluntaria y doy el preaviso de los 15 días podrían meterme en el ERTE?
Un saludo y muchas gracias.
En el momento que sea efectiva la baja voluntaria, termina la relación laboral con todo lo que ello conlleva.
Hola ,
Me van a aplicar un erte y parte de mis últimos 180 días estuve de permiso de paternidad. Influye eso a la hora de hacer el cálculo del dinero que me quedaría de parao?
Muchas gracias.
No, no influye.
Buenos días, nos acaban de informar que nuestra empresa hará un ERTE, pero tenemos poca información. Sabemos que cobraremos el paro el 70% de la base durante los 6 primeros meses, y que no se pierde antigüedad, pero estos meses que estaremos de ERTE, se descuentan del paro acumulado, es decir, si tengo 24 meses de acumulación y al gastar dos en el ERTE me quedarían 22?
Vacaciones y pagas extra? como nos perjudican?
Gracias y un saludo
Laura Fernandez
Si, ahora mismo se gasta paro. Digo ahora mismo, ya que se esperan mañana unas medidas por parte del gobierno, y una de las cuestiones que están sobre la mesa es que no se consuma paro.
Buenas tardes. La empresa de mi marido hará un ERTE durante dos meses, yo estoy embarazada de 7meses, si diera a luz en el periodo del erte, mi marido perdería el derecho a la paternidad cuando se reincorpore al trabajo? Gracias
No, no la pierde. Tiene que pedir la paternidad estando dentro del ERTE.
Hola:
Ante la situación de estado de alerta las empresas van a tomar medidas o decisiones y hay uno de los casos que no me queda claro,¿es posible que la empresa me obligue a coger un Permiso No retribuido?Gracias
No. Puede hacer un ERTE, pero no te puede mandar a casa de manera unilateral sin cobrar el salario.
Si mi empresa hace un erte a parte de la plantilla,tienes preferencia para quedarse los que tiene más antigüedad? O puede elejir libremente a quien se lo ejecuta independientemente del tiempo que lleve en la empresa
Salvo los representantes legales de los trabajadores, delegados de prevención o sindicales, nadie tiene preferencia. La empresa puede escoger a los trabajadores, sin que pueda existir algún tipo de elemento discriminativo a la hora de escoger trabajadores.
Es necesario firmar algo cuando te mandan al erte?
Cuanto es el plazo maximo del cese de la empresa para volver a coger sus empleados?
Si en el paro no se puede entregar la documentacion para solicitar el paro, como podemos proceder? Si la empresa opta solo por cerrar un mes es mejor no solicitar el paro?
Puede una empresa ir ampliando el plazo del erte para provocar que el trabajador se de baja voluntaria?
Si te mandan al erte la empresa tiene que enviarte algun documento en el haga constar esta situacion por coronavirus? Porque me temo que si no lo hacen saber pir escrito el estado no se hace cargo enneste caso de la liquidacion del trabajor
La empresa te notifica el ERTE, y la firma significa que has recibido la notificación. No existe un cese sino una suspensión, no hay tiempo máximo, pero la medida tiene que ser temporal acorde a la causa que lo motivo. Sobre el paro, intentarlo hacerlo de manera telemática. La empresa no puede ampliar el ERTE, puede hacer otro.
Que pasa si mi médico me da la baja antes de el erte? necesito respuesta gracias
El ERTE se te aplicará en el momento que te den el alta, aunque te pueden incluir igualmente. Te pagará la empresa.
Por eso preguntaba
Al llevar solo en esta empresa 2 meses,esta solo presentara certificado de solo dos meses.
Entiendo que los otros 4 meses lo cogeran de la anterior empresa ?
Gracias
Sí, lo cogen de la anterior empresa.
Soy autónomo colaborador en un restaurante (hijo de la administradora de la sociedad). Se va a plantear un ERTE por fuerza mayor, ya que cierra temporalmente la empresa ¿En este caso me pagaría por desempleo? (he estado cotizando durante el último año)
Buenos días.
En primer lugar gracias por la ayuda.
En mi empresa han dicho que vamos a estar turnando por semanas por el problema del corona virus y que se nos descontara de las vacaciones.
Es legal que me lo descuenten de las vacaciones
Muchas gracias
En mi opinión no. Habría que mirar que es lo que indica el convenio colectivo, pero las vacaciones han de establecerse según lo que indique el convenio o de común acuerdo.
Buenos días,
La empresa en la que trabaja mi padre ha comunicado que va a presentar un ERTE. He leído lo siguiente: “cuando las causas que lo originen sean de carácter catastrófico, el SEPE puede autorizar que el tiempo en que se perciban las prestaciones por desempleo no se compute a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos”. ¿Se sabe si finalmente va a ser así?
¡Muchas gracias y fuerza y ánimo a todxs!
Aunque lo están solicitando los sindicatos, por ahora que yo tenga conocimiento no.
Que bueno. La pongo en favoritos.
Gracias.
Hola:
Soy la única empleada de un herbolario parafarmacia el cual es unos de los comercios que permiten la apertura.
En un principio estamos abriendo en horario normal, mis jefas me insinuaron que abrirían en media jornada.
¿Cobraría el 100% de la nómina en el caso de que ellas decidan abrir en ese horario? o eso sería aplicar un ERTE de reducción de jornada,y si finalmente deciden no abrir por voluntad propia o por decreto como a hostelería etc….¿cobraría el 100% de la nómina? O eso sería también aplicar un ERTE,en ambos casos ¿me lo tienen que dar por escrito con fecha de inicio y fin e indicando la obligación? Gracias
Si se aplica un ERTE, no cobras el 100% del salario. Respecto a las demás situaciones, depende de cómo lo haga la empresa.
Mi consulta es:
Actualmente tengo reducción de jornada por guarda legal.
Si la empresa hace un ERTE… A la hora de readmitir se mantiene la guarda legal??
Gracias de antemano!
Saludos
Sí, se mantiene.
Muchísimas gracias por responder a nuestras dudas en estos momentos de tanta incertidumbre!
Hola Alejandro,
Primero, muchisimas gracias por el blog y por responder a todas las personas. Me ha parecido muy util.
Te explico mi caso para ver si me puedes arrojar algo de luz.
Mi empresa por el Coronavirus ha hecho un Erte y nos ha reducido las horas y el salario al 50%.
Entiendo que recibiria el 35% del otro 50% por parte del Sepe si no tengo otra renta de mas del 75% del SMI. Yo dispongo de un piso en alquiler del que percibo 850 e al mes es diferente del que yo vivo( tambien de alquiler) del cual tengo hecho un contrato, aunque no esta registrado en el ningún sitio del gobierno, el año pasado pagué IRPF, por los 850 euros( aun que es verdad que hay que deducir, escalera, agua, ibi etc).
Mi preguntas son:
1. Creo que al ser una renta mayor de 830e no podria pedir la ayuda al SEPE?
2. Podría firmar un acuerdo nuevo con validez a partir de mañana con el inquilino por 800 euros y si seria menos del 75% del SMI? O no valdría.
3. Podría, no decir nada y no sé muy bien si el Estado podria saber esto y arriesgarme. Al estar, tan en el limite es complicado.
Muchisimas gracias.
Hola. Hoy mi jefe nos ha dicho que nos hacía un erte,que nos enviaba al paro pero que nos volverá a llamar. Cual es nuestra sorpresa que nos ha dado una hoja en la cual dice que la empresa se desvincula de los trabajadores, que no tenemos derecho a recibir indemnizaciones, que no le podemos denunciar y pone muy claramente la palabra despido. Yo no he firmado pero mi compañero si. Llevamos casi 20 años trabajando los dos allí. ¿Esto es legal? ¿Pueden falsificar mo firma? ¿Esto es un ere y no un erte? Gracias.
Con lo que me comentas, da igual que lo hayáis firmado o no, impugnar el despido en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de la medida.
Hola buenos dias
Llevo teabajando dos meses y mi empresa va a hacer un erte por coronavirus
Anteriormente estuve trabajando en otra empresa mas de 2 años y me despidieron por fin de de obra y empalme con la empresa actual.
¿Como van a coger las base de corizacion de los 180 dias ultimos
cotizados,teniendo en cuenta que la actual empresa solo llevo 2 meses?
¿Tendre que enviar aparte el certificado de empresa con la bases de cotizacion,que tengo yo, de la anterior empresa gracias
Es la empresa la que remite el certificado al SEPE, pero si se cuenta los últimos 180 días.
¿Y despedir así es legal? Es decir,que no es un erte ¿no?¿ Y como podríamos impugnar el despido sin salir de casa? Gracias.
Los plazos procesales de impugnación han sido paralizados.
Hola soy un empleado de una bodega y parece que mi empresa va a realizar un ERTE de reducción de jornada del 50% y me gustaría saber si el ERTE funciona de la siguiente forma:
– 50% de mi salario lo paga mi empresa
– 50% de mi salario lo paga el SEPA, este parte se descuenta del PARO que tenga y si cobro el 100% de esta parte
– la empresa sigue pagando mi cotización por el 100%
Un saludo
Si, salvo que el SEPE no paga el 50%, sino que paga el 70% del 50%.
Buenas tardes . Hoy domingo 15/03/20 mi empresa me ha remitido un mail diciéndonos que mañana no asista a mi puesto trabajo ( tienda telefonía) que están valorando la posibilidad de hacer un erte por el tema del virus. Y que se pondrán en contacto con nosotros para informarnos mejor.
El caso es que me suena todo raro. Creo que me presentaré mañana en mi puesto . Ya que no he recibido ninguna comunicación de erte. Como debería proceder? Por que me piden que no vaya? Además mañana tengo cita en mi médico a media mañana , porque estoy muy constipado. Que pasa si mi médico me da la baja antes de el erte?
No te pueden incluir en el ERTE, te pueden meter en el cuando te den el alta.
Hola Alejandro . Parece ser que no es tan fácil lo del Erte. Aún no lo han aprobado . Además con la última información de el gobierno y lo que tengo entendido es que no podrán hacer un erte por fuerza mayor ya que es una tienda de telefonía .. y aquí surge mi duda:
Me comentan que la empresa tendrá que ponerse de acuerdo con el representante de los trabajadores para llegar a un acuerdo.No tenemos sindicato, siendo una empresa bastante grande.
Phonehouse.
Que hacemos?
Los trabajadores deben crear un comité específico para la negociación del ERTE.
Buenas tardes.
Mi empresa acaba de presentar los papeles a la autoridad laboral para hacer un ERE temporal por fuerza mayor, por el tema del coronavirus. Han tenido que cerrar. Se van ha suspender los contratos a todos los trabajadores, mientras dure esta situacion. Yo tengo un contrato en practicas que finaliza el próximo día 30 de marzo. ¿Pueden despedirme por finalizacion de contrato aunque siga el ERE temporal ?¿Tengo que solicitar el paro cuando comience el ERE o es mejor que me espere, por si me despedirme cuando finalice el contrato?¿Que pasa si solicito el paro y luego me despiden?.
Gracias
No pierdes nada por solicitar el paro en el momento del ERTE, y al ser un contrato formativo, en mi opinión, tu contrato no se puede extinguir hasta que no cumplas el tiempo de trabajo efectivo. Es decir, que no se debe extinguir el 30 de marzo.
Hola. Llevo más de 10 años trabajando en mi empresa, contrato indefinido. Actualmente llevo 2 semanas de baja por IT, pero no debían quedarme muchas semanas más de baja. Van a realizar un ERTE derivado de la actual situación.
¿Es mejor darme de alta o seguir de baja hasta mi completa recuperación? En su caso, mejor darme de alta ya o durante el ERTE?
Seguir de baja.
Muchas gracias. ¿Habría diferencia económica entre los que estarían en el ERTE y yo estando de IT?
Te seguirá pagando la empresa con la misma cuantía de ahora.
Buenas tardes, mi empresa hoteleras debido al virus va hacer un erte. Estoy embarazada de 5 meses, dada la situación es mejor que me pida la baja que me la puede dar la medica de cabecera o acogerme al erte? Si me acojo al erte cuando me llegue la baja maternal me lo cambian sin problema? Gracias ante todo y un saludo.
Puede ser mejor coger la baja médica antes de que la empresa realice el ERTE.
En primer lugar darte la enhorabuena por.tu página y las gracias por toda la.informacion que estás ofreciendo en estos tiempos difíciles.
Nos han comunicado que harán un ERTE por fuerza mayor a causa de coranvirus con reducción de jornada (teletrabajando las horas correspondientes) para que podamos cobrar al menos la mitad del salario y nos adelantan que no tienen fondos para pagar el otro 50%. Tengo bastante claro que no es legal que no nos pagan el salario correspondiente, pero que debemos hacer los trabajadores cuando quieran hacernos firmar la decisión, y como nos podemos anticipar a las faltas de pagos de salarios. Muchas gracias de nuevo.
No existe forma de anticipar un impago de salarios, la única manera es reclamarlos en el momento que se deje de pagar, teniendo en cuenta que existe un plazo de un año para reclamar.
Hola, mi empresa va a realizar un ERTE por la situación del virus. Al tener pluriactividad (cotizo régimen general y autónomo) ¿podre pedir el paro? Supongo que no, pero si me doy de baja de autónomo (porque lo poco que hago se ha cancelado también) antes de pedir la prestación? O la fecha que manda en la presentacion del ERTE por parte de la EMpresa?
¿Y si le empresa me deja trabajando al 50% y al ERTE el otro 50% ?
Gracias por la ayuda.
Estoy en la misma situación, a ver si alguien nos puede ayudar.
Hola Alejandro, alguna respuesta pa esta cuestion? Gracias.
En principio, considero que no se tiene derecho a prestación por desempleo. Salvo que se estuviera cobrando el desempleo antes de darse de alta como autónomo y no hayan transcurrido 24 meses.
Buenos días.
Si en mi empresa hacen un ERTE y en lugar de aceptarlo solicito la extinción del contrato, ¿tengo la obligación de respetar el preaviso de 15 días? ¿Y si lo hago durante o poco antes de terminar el ERTE?
Entiendo que no tendría derecho a compensación por desempleo ni indemnización.
Gracias
Tienes que respetar el preaviso que indica el convenio colectivo, efectivamente no tendrás derecho a indemnización ni desempleo. De todas maneras, no le veo ninguna ventaja a solicitarlo, si es un erte de suspensión no tienes que trabajar y la empresa cotiza por ti mientras. Quiero decir igual que en la baja voluntaria, pero cotizando.
Buenos días,
Mi empresa va a ejecutar un ERTE por causa del Coronavirus, es decir, va a ejecutar un ERTE por causa de fuerza mayor. Mi pregunta es la siguiente: ¿La efectividad de este ERTE se produce solo durante el período de tiempo en qué el Gobierno mantenga el estado de alarma, o bien, puede prolongarse en el tiempo? En caso que la respuesta sea esta segunda opción, entiendo que la empresa puede alargar la duración del ERTE hasta recuperar índices económicos similares al momento del cierre de la empresa por este estado de alarma o cuando tenga índices similares a un período de tiempo similar de años anteriores. ¿Es así?
Si es por fuerza mayor entiendo que es por que la empresa se ve afectada de manera directa como consecuencia de que el gobierno decreta el cierre del centro de trabajo en el estado de alarma, sobre la duración, debería de ser lo que dura dicho estado, pero habrá que analizar cada caso de manera concreta.
Nuestra empresa hará un ERTE a toda la plantilla. Pueden aplicarlo también a los que son mayores de 50 años?
Sí, pueden.
Hola buenas hoy acaban de comunicarnos la opción de un erte , trabajo en hostelería y el motivo de mi consulta sería ,soy extranjero estoy en proceso de renovación , la resolución sigue en espera y no sé si aceptar el erte me afectaría en en la respuesta del gobierno en caso de ser favorable y sino que opción tengo porque mi ignorancia del tema podría causarme malos sabores de boca y no es dinero gracias a Dios sino que no se que hacer ,llevo en espera de más de un mes en relación con la renovación , tengo la tarjeta de residencia vencida hace 4 meses y no sé si lo empresa pueda optar al momento de comunicar de mi necesidad se lo ponga más fácil en decidir despedirme y claro en el paro sino tienes l tarjeta renovada no me darían el beneficio de paro en fin espero haberme explicado bien y muchas gracias
No soy experto en extranjería, con lo que no te puedo ayudar en lo que me comentas.
Hola, mi pregunta es la siguiente: trabajo en un restaurante y a partir del lunes cerrara como consecuencia de la crisis del Covid-19. Probablemente hará un Erte de suspension de contratos a toda la plantilla (somos 4) por fuerza mayor. Están obligados a negociar con nosotros aun siendo por fuerza mayor? Cuantos de nosotros tendríamos que negociar como representantes?
No es necesario negociar, pero si comunicar.
Holaa mi empresa cogió un erte por el corona virus.. Y me pillo estando de vacaciones.. Tengo derecho a qe me las vuelvan a dar? O las pierdo? Y si cuando levanten el erte me echan me pagarían lo correspondiente a lo que llevaba trabajado que eran 2 años y medio??
Depende de la fecha de efectos del ERTE, disfrutas las vacaciones o no. En caso de que te hayan notificado la suspensión, no pierdes las vacaciones.
Hola, debido a la situacion actual mi empresa va a presentar un ERTE de 4 meses, si todo va bien pretenden reincorporar a gente paulatinamente hasta la actividad normal antes de cumplirse el plazo. Mi pregunta es si pueden llamarme los 2 meses y obligarme a volver o puedo decir que no quiero volver todavia por alguna razon (estar en el extranjero) y quisiera cumplir los 4 meses?
Depende de lo que ponga en la comunicación de la empresa.
Mi empresa con todo esto del coronavirus va a hacer un ERTE de reducción del 50%. Estoy embarazada de 6 meses.
1.- Si cobro la parte proporcional de paro y el 50 % de mi empresa… cuando llegue la baja de maternidad, se suman las dos bases o solo 1
2.-Sería mejor cogerme una IT (estoy con ciática y casi no me puedo mover) para no entrar en el ERTE
3.- Si entro en el ERTE, y luego tengo que cogerme baja… en que situación me quedaría?
4.- No se donde he leído que mi empresa sigue cotizando por el 100%, en ese caso, cobraría mi sueldo íntegro en la maternidad…
Gracias
Cobrarás el 100% de la base, la base no varía aunque cobres menos salario. Si coges una IT sólo te pueden incluir en el ERTE cuando te den el alta.
Buenos días,
Gracias por la respuesta pero… para ver si lo he entendido bien… Me dices que cuando llegue el momento de la baja de maternidad, cobraré igual que si no estuviera en ERTE?
GRACIAS
Cobrarás el 100% de la base reguladora que tengas para el paro, que será a media de las últimas 180 días cotizados. Es decir, puede variar algo, pero cobras el 100% de la baja que se ha calculado para el ERTE.
Viendo la situación por el coronavirus mi empresa posiblemente planteé un erte ahora mi dudas son:
1¿Como nos lo tiene que notificar la empresa?
2. ¿Como hemos de solicitar el paro?
3. ¿ Está la empresa obligada a pagar el 30% restante del salario base?
Muchas gracias y un saludo
DE manera fehaciente, siendo lo lógico por escrito. En momento que sea efectiva, debes acudir a la oficina del SEPE, que viendo la situación, quizás lo mejor es intentar realizarlo de manera telemática. No, la empresa no está obligada a complementar el salario. Está obligada a seguir pagando las cotizaciones de la seguridad social al 100%.
Otras dudas al respecto
¿nosotros tenemos las pagas extras prorrateadas a la hora de percibir el subsidio por el SEPE también incluye esa parte en el pago ?
¿ Que papeles nos debe facilitar la empresa para acudir al SEPE?
Muchas gracias Alejandro por tu ayuda
La base de contingencias comunes que se utiliza como base para el desempleo o subsidio, incluye las pagas extras prorrateadas. En principio, el SEPE recibirá todo de manera telemática de la empresa y la empresa sólo os tiene que comunicar el ERE. De todos modos, si cuando llegáis al SEPE, falta documentación, aquí os explico lo que tenéis que hacer.
mi empresa quiere realizar un ERTE, llevo 20 años trabajando y hace 4 años he reducido la jornada por cuidado de un menor… Mi pregunta es: Si me voy al paro, ¿Cuánto cobraría? y si pasado ese tiempo no reanuda la actividad, ¿Quién me abona mi liquidación?
Si es un ERTE de suspensión, cobrarás el paro como si estuvieras a jornada completa. Con liquidación, no se si te refieres a indemnización, pero en este caso no se tiene derecho a ello.
Trabajo en un comedor escolar y debido al corona virus mi empresa ha presentado un erte. He ido al I.N.E.M. a solicitar la demanda de empleo sin recibir todavia documentacion alguna de mi empresa, y mi duda ahora es saber si he hecho bien o me he adelantado y ahora voy a tener problemas cuando vaya a formalizar todo
No tendrás problemas, si todavía no estás en situación de solicitarla, te dirán que lo tramites más adelante.
Buenos días, debido al coronavirus, la empresa en la que trabajo como no puede aplicar el erte por tratarse de un despacho y poder abrir, va a aplicar un ere porque se ha reducido muchísimo la afluencia de clientes y con ello, la reducción de ingresos. Llevo 25 años trabajando, me gustaría saber si tendría derecho a indemnización en caso de que nos despidan por ere.
Si es despido, sí corresponde indemnización. Si es un ERE temporal de suspensión o reducción, no, no se indemniza.
Buenos dias.
Tengo pendientes de pago parte de las vacaciones del año pasado, las vacaciones de este año aun no las he disfrutado y no me han pagado la nomina del mes de marzo ni las horas extra del mes febrero.
Debo firmar el ERTE sin firmar el finiquito de todo lo que me adeudan?
Muchas gracias.
Son dos cosas independientes. Que la empresa te incluya en el ERTE, no hace que no te deba esas cantidades.
Hola, debido al coronavirus, mi jefa me a dicho que hará un erte, y yo estoy muy preocupada por qué mi pareja está en paro y solo trabajo yo, tengo que pagar el alquiler y demás y no sé qué salario me va a quedar, cobro unos 1000€ podríais ayudarme a saber cuanto más o menos voy a cobrar y que más opciones puedo tener para cobrar el 100 % o para que sea más o menos el 100% de lo que cobro?? Muchas gracias
Cobrarás lo que te corresponde de paro, que es el 70% de la base reguladora. Habrá que ver las medidas que propone el gobierno, pero en principio no hay forma de cobrar el 100%.
Buenas tardes, trabajaba en un hotel con contrato temporal hasta 30 de abril. El día 14 de marzo nos reúnen y nos dicen que nos vamos todos fuera y que solo habrá servicios mínimos que no nos preocupemos que en cuanto esto se arregle volveremos todos. Nos informan que nos Dan de baja con fecha día 15. El día 16 el hotel cierra y por compañeras fijas nos dicen que han echo un erte y que les han enviado la documentación. Ha día de hoy al personal fijo discontinuo y a los de contrato no nos han dicho nada y ni siquiera han mandado a sepe certificado de empresa. No sé si estaré incluida en el erte o si me han cancelado el contrato por circunstancias de la producción. Si no estoy incluida como se entendería la extinción del contrato? Que derechos tengo? Nos deberían incluir a todos en el erte?
Es la empresa la que decide que trabajadores entran en el ERTE, te recomiendo que veas el informe de vida laboral para ver si te han extinguido la relación laboral.
Hola buenas noches mi empresa esta noche al terminar la jornada nos ha dicho que nos despide con un ERTE sin darnos nada de documentacion ni dias de aviso, ni seguridad de volver solo que si la cosa funcionara de nuevo nos hirian llamando ,nos han dicho que nos pagaran los 15 dias de este mes trabajado,somos todos indefinidos y no nos han dado ni filiquito,que tenemos que hacer pedir el paro?denunciarlos?estan obrigados a rellamarnos?o a pagarnos una indemnizacion?Por favor ayuda no se que hacer.
Gracias anticipadas ,un saludo.
¿Van a hacer un ERTE de suspensión o un ERE de extinción de contratos? La cuestión es bastante diferente. En cualquier caso, en ambos casos tenéis 20 días para impugnar la actuación empresarial.
Buenos días,
Por causa de Coronavirus, mi empresa va a hacer un ERTE hasta el 1 de Julio.
Además voy a ser padre en breve y estoy algo confundido.
¿Como afecta a mi baja por paternidad?
¿Debo de pedir la baja o voy al paro y despues cuando me readmitan pido la baja por paternidad?
Si alguien pudiera ayudarme, le estaría muy agradecido
Pides el paro, y cuando tengas el hijo, solicitas la paternidad. Cuestión diferente es que tendrás que solicitar la lactancia cuando te reincorpores, pero la paternidad tienes que solicitarla en el momento del nacimiento.
Hola,
Mi empresa es un Grupo de empresas. Una de ellas ha cerrado siendo la que trabajaba. Ha habido un pro eso de recolocación en el que se ha dado 15 días para negociar, expirando este lunes. Con todos mis compañeros han alcanzado un principio de acuerdo menos conmigo.
Con el tema del coronavirus la empresa se ha acogido a un ERTE. Todavía estoy de alta hasta el lunes 16 siendo hoy sábado 14 y entrado en vigor el viernes 13.
Quisiera saber, si en este caso, me pueden despedir estando de alta en fase de negociación.
Muchas gracias
Siempre se puede despedir a un trabajador si existe causa para ello, ahora bien, habría que ver si existe causa. No puede ser motivo de despido, el hecho de que hayas querido alcanzar un acuerdo.
Muchas gracias por contestarme.
La única causa que creo se puede dar, es que no lleguemos a un acuerdo. Las pretensiones de la empresa pasan por despojarme de mi categoría profesiónal, con todo lo que conlleva incluido una buena cantidad del sueldo. De ahí mi enconamiento por intentar sacar el máximo, y de ahí que haya recibido una amenaza de despido sino acepto sus condiciones.
Un saludo
Hola, si la empresa en la q trabajo se va a ERTE y mi contrato es de jornada completa pero se acaba en 15 días, comencé a cotizar en la tesorería desde octubre 2019, puedo pedir un subsidio por desempleo?
Con los datos que me indicas no te puedo indicar si cumples o no los requisitos para cobrar el subsidio. Deberás solicitarlo en el SEPE cuando se produzca el ERTE o la extinción de la relación laboral.
Hola, mi empresa cerró anoche, hoy me han comunicado que va hacer un Erte, mi situación es contrato de 16 horas y cobro la parte proporcional de paro,apartir del miércoles me suspenden el contrato que firme hasta mayo, que debo hacer ahora? Tienen que pagarme finiquito? Gracias de antemano
Si es un ERTE de suspensión, no es del todo obligatorio finiquitar, tendrás que pedir el paro en el momento del ERTE.
Con la situación actual de Coronavirus mi empresa va a hacer un ERTE. En la actualidad yo tengo una reducción de jornada por guardia y custodia de un menor (trabajo 35 horas semanales). Es legal que me incluyan en el ERTE? Gracias por la ayuda.
Sí, es legal.
Soy una trabajadora extranjera. He llegado a españa hace casi 2 meses por un contrato de 6 meses con una empresa que ahora va a implementar un ERTE. Tengo derechos de pedir el desempleo aunque hace menos de dos meses que trabajo en españa?
Si no tienes cotizado lo suficiente, y salvo que el gobierno autorice en las medidas extraordinarias que va a implementar otra cosa, no se tiene derecho.
Buenos dias,
Estoy mas o menos en el mismo caso salvo que antes de volver este año a Barcelona, hice unas practicas de 6 meses en Gelida (Barcelona) pero con un sueldo muy bajo de becaria. a qué tengo derecho por si acaso me ponen en ERTE por favor?
gracias de antemano
Si son prácticas con una relación laboral, has cotizado al desempleo. A espera de las medidas que tome el gobierno, tienes que tener un año de cotización para tener derecho al desempleo.
Buenas tardes hoy me han comunicado que debido al Coronavirus y a la bajada de actividad es posible que nos hagan un ERTE a varios empleados, trabajamos para una compañía de servicios financieros. Mis dudas son las siguientes:
– Que plazo de tiempo toma realizar un ERTE desde que te lo informan hasta que se ejecuta.
– Si cobro el desempleo esto afectará a mi paro futuro en caso de que me terminarán despidiendo o contaría con el 100% de mi paro?
Muchas gracias de antemano, un abrazo!
Depende de si es fuerza mayor o no, ya que el tiempo varia bastante. Sí, se gasta paro y luego no tendrás el 100%. En cualquier caso, estas respuestas pueden variar cuando se sepa las medidas del gobierno que parece que va a anunciar el martes.
Buenas, mi empresa nos ha comunicado que por asuntos economicos tiene que hacer una reduccion de jornada de 50%. Mi pregunta es si despues de los 3 meses la empresa da suspension de pagos y cierra, en el paro cuanto deberia cobrar segun los 3 ultimos meses o lo qque tenia a jornada completa?
gracias
Si es un ERTE temporal, la base de cotización no varía, pues la empresa sigue cotizando al 100%. Es decir, te quedaría el paro al 100%.
Buenas tardes,
Me han comunicado que van a ejecutar un erte en mi empresa, y me van a reducir la jornada en un 50%.
Mis dudas son: desde que momento tengo que darme de alta para cobrar la prestación, desde el momento de comunicación, del momento de resolución,?
Cuanto me darían? El otro 50%?
Cuanto cotizaría el tiempo que este en el erte? Solo el 50% ? O cuanto?
Gracias un saludo.
Carolina
La empresa cotiza el 100%, te pagará desde el momento en que sea efectivo el ERTE, y no, no te abonará el 50%, te abona menos.
Buenos días.
Planteo unas dudas por mi situación de ERTE. Nos han comunicado en primer lugar que entramos en ERTE el pasado día 18 incluido. Pero sin embargo no nos facilitan los papeles del ERTE porque aún no se lo han aprobado en la comisión de trabajo. ¿Pueden aprobarle un ERTE con fecha de entrada anterior al de la “adjudicada” por así decirlo? En caso contrario, es decir, en el caso de que hasta que no acepten el ERTE no se aplica, ¿que pasaría con los días que ya no estamos iendo a trabajar porque se supone que estamos de ERTE?
La segunda pregunta es, sobre los plazos para dar un aviso e incorporarse. En mi caso en concreto voy a realizar un viaje a los Estados Unidos, y me iba a quedar en principio hasta después de Navidades, pero la empresa no tiene claro que día va a reabrir aún. De hecho no depende solo de la empresa. Entonces querría saber con cuanta antelación me deben de comunicar mi reincorporación y por tanto salida del ERTE, y si cambia según te encuentres a más o menos distancia (en mi caso en otro país incluso).
Por último en mi caso aún dispongo de más de la mitad de vacaciones sin disfrutar, y en principio se va a acabar el año y no las voy a disfrutar. ¿Que pasa con esas vacaciones? ¿Se me amplia el plazo para disfrutarlas? ¿Se me pagan automáticamente al finalizar el año? ¿Se pierden?
Gracias por la ayuda que prestas en ésta web.
Un saludo.
Cuando finalizan las negociaciones con o sin acuerdo comunica de manera formal a la autoridad laboral la decisión que toma sobre el ERTE. De manera paralela, la empresa tiene que mandar al SEPE los certificados de empresa para que los trabajadores puedan cobrar la prestación. Lo lógico es la comunicación al trabajador sea por escrito, pero puede ser verbal sin que exista un problema por ello. Puede que el SEPE ya tenga la documentación. Sobre la comunicación y final del ERE, debería de estar en el acta de final del acuerdo. Lo mejor es que hables con los representantes legales de los trabajadores o con la empresa. Además, si viajas al extranjero puede que no tengas derecho al desempleo como explico en este artículo.
Buenos días.
El ERTE aún no se lo han aprobado a nuestra empresa. A los trabajadores nos lo han comunicado únicamente de manera verbal. Al parecer por ser por fuerza mayor (si al final se lo conceden) no hay que llegar a ningún acuerdo. En caso de que no se lo concedan y se solicite por causas organizativas, si habría que llegar a un acuerdo con los trabajadores (con su representante). Esto es lo que me he podido informar por mi cuenta y no de una manera profesional, por lo que no se si será cierto.
Con respecto a que pasaría con mis vacaciones, y con respecto a con cuantos días de antelación han de comunicarme mi reincorporación… ¿Que podrías decirme?
Disculpa, ¿te han dicho algo algo respecto a esto que pones? “Al parecer por ser por fuerza mayor (si al final se lo conceden) no hay que llegar a ningún acuerdo”. Gracias
buenos días,
muchas gracias por su pagina/blog.
Les quería consultar. La empresa donde trabajo va a ejecutar un erte.
Quería saber si existe la posibilidad de no aceptar el ERTE y extinguir el contrato de trabajo, con indemnización y posibilidad de cobrar el paro por despido.
Muchas gracias,
Un saludo,
No.
Buenas si te tiene q dejar la empresa en un erte a q trabajadores afectaría primero mira la antigüedad o al q quiera echar primero
Depende de lo que se acuerde en la propia negociación del ERTE.
Hola la empresa está en concurso de acreedores nos paga un administrador concursal, hace unos meses nos hicieron un Erte en el servicio en el que trabajo y ahora hacen un Erte en general en todas las provincias, la misma empresa. Nos pueden hacer dos Erte en un año?. Gracias
Si existe causa para ello sí. No existe un impedimento legal para hacer dos ERTES, todo dependerá de si tienen causa o no para ello.
Hola. En mi empresa van a ejecutar un ERTE y nos ha comunicado el comité que tenemos que gastar todas las vacaciones y horas generadas durante el periodo de este. Mi pregunta es ¿Me pueden obligar a gastar mis vacaciones y mis horas? Entiendo que es para tocar lo menos posible el paro. Gracias de antemano.
En mi opinión si que estáis obligados si lo acuerda el comité en el ERTE.
Hola mi empresa ha cerrado por la pandemia y nos han comunicado que nos van a pasar a un ere el lunes la verdad la empresa lleva haciendo menos recaudaciones tiempo , pero no sé si esto es lo mejor para nosotros si es legal al haber tenido el cese por fuerza mayor no sé si sabéis algo sobre el tema podríais decirme algo..
Puede hacer un ERE si tiene causa para ello, que puede que el coronavirus lo haya aumentado. En este sentido, dependerá de si le afecta o no directamente el ERTE puede ser por fuerza mayor, que facilita el procedimiento de la empresa.
Hola
Mi empresa por el Covid, va hacer un ERTE. Mi pregunta es, si estando en situación de un ERTE, soy padre, puedo solicitar la paternidad o la pierdo , por no cobrar de las empresas en ese momento por estar en un ERTE.
Gracias
No la pierdes. Tienes que solicitarla.
En el caso de que tras un ERTE suceda un ERE de extinción ¿no se recupera parte del tiempo consumido? Recuerdo haber leído que podía ser hasta un máximo de 120 días pero desconozco si esta norma sigue vigente.
Gracias de antemano.
Saludos
Creo recordar que hace un par de años se recuperaba, pero tampoco estoy muy seguro. En cualquier caso ahora no.
Hola tengo un contrato temporal que se terminaba el 9 setiembre de este año y todavía no me renueva el contrato ya que estoy trabajando normal y ya estamos 22 setiembre. Me perjudicaría estoy quisiera saber gracias
Se entiende prorrogado hasta la duración máxima del contrato temporal, o en se entiende la relación laboral indefinido.
En el paro me dicen que no estoy en ERTE, ni en la seguridad social tampoco. El jefe me dice que si, a quien creo?
¿No te han comunicado por escrito que estás incluido en el ERTE? ¿ Te han dado de baja en la seguridad social o han reducido la jornada por la que te tenían contratado?
Vamos a comenzar un ERE de 180 días en un periodo de un año.
El asesor de la empresa nos ha dicho que es mejor no hacer reducción de jornada, por que computaría como días enteros.
¿Es cierto?
No se si te refieres a días enteros la prestación por desempleo, pero no, no computa como días enteros, sino por horas, cuando la reducción de jornada es parcial y no total.
Buenos días, trabajo desde hace casi, los 2 años en una empresa de madera,en octubre del 2018, empezó a pagar el mes a últimos osea casi el 30,esto se fue agravando y en diciembre no paga la extra, el comité no le pidió que firmará como que nos devia la extra, solo se quedó en palabras, el mes de diciembre lo cobramos el 30,al final empezó a pagar mitad de nómina, osea enero cobramos, 450 euros el día 17 y el día 30 el resto, así emos estado hasta el día 7 de abril, que al ir a trabajar el día 6 nos encontramos, que cortaban la luz, sin aviso ni nada, solo un papel el mismo día de empezar la semana. Nos dieron fiesta porque no podíamos trabajar sin luz, claro esta, aquí empezó ya más aún. Comité de empresa con el nuevo director, ya que vinieron unos a ver la empresa, y se quedó uno a dirigir, el día 14 de mayo entramos en concurso y ahora vamos a entrar en ERTE, el comité nos comenta que, cuando firmen todo de el ERTE cojemos como fiesta unos 45 días y el que quiera coje el paro, durante ese periodo de 45 días, nos dicen que no se puede ir nadie y el que quiera extinguir el contrato que lo tiene que decidir el administrador si puede irse, así vamos a estar unos 6 meses en ERTE, empezamos 45 días sin trabajar y uego 11 días sin trabajar. Ahora mi dudas son, yo me puedo ir de la empresa, lo que es extinguir contrato o como se diga, para poder irme, ya que ami me mandan cartas por impagos, ya sean algunas de luz o de seguros o incluso de la comunidad. La otra es si te tiene que pagar la extra de verano completa o solo desde que está en concurso, ya que dijeron el comité que a la semana que viene osea del 3 a 7 de junio, cobramos la nómina de mayo un 90% y la extra dicen que también, pero no dicen si es entera. Muchas gracias. A soy de calatayud (Zaragoza) y la empresa es industrias Monzón XXI. SL si ponéis en Google sale la noticia en heraldo de aragon, ABC, etc
Si te vas es baja voluntaria, y no tendrías derecho a paro ni a indemnización. Tendrás que esperar a que la empresa te despida para no perder esos derechos. La extra de verano no te la pagaran durante el ERTE.
Muchas gracias, entonces el comité junto con la abogada, nos toman el pelo, al decir que podemos extinguir contrato o como se diga he irnos. Claro está que pierdes paro y indemnización. Pero lo de la extra pensé que pagaba o entera o la parte de ella. Muchas gracias.
Empece a trabajar hace 24 meses en una empresa que al poco realizó un erte por producción, llevo 15 meses en el erte, finaliza el 31 de Mayo y el 3 de Junio me convocan a una reunion para despedirme, la pregunta es, ese tiempo cuenta para la indemnización por despido improcedente.. que son 33 dias por año trabajado?
Mil gracias
Si, se computa a efectos de antigüedad. En caso de despido improcedente son 33 días por año trabajado.
Gracias
Mi empresa por causas de un incendio sufrido nos va hacer a todo el personal una suspensión de contrato durante un mes que tardará en abrir.ahora cobraremos paro se sigue manteniendo antigüedad pierdo mi finiquito de 9 años trabajados si yo ahora cobró paro solo un mes perderia los dos años de paro acumulados.caducaria?gracias
No se pierde antigüedad, ni ningún otro derecho, pero sí que habrás consumido un mes de prestación de los dos años de paro.
Hola buenis días, tengo dudas y estoy hecha un lío, he estado trabajando en dos trabajos a la vez,hace un mes dejé mi puesto de limpiadora de 10 años de antigüedad porque me ampliaban a jornada completa en el otro trabajo, ayer nos comunican en el trabajo donde estoy hoy día de limpiadora también que van a proceder a hacer un Erte…. Es increíble…. Trabajaremos dos días a la semana y cobraremos el paro a la vez….que cobraré de paro…que nóminas tendré que entregar? Solo las del trabajo actual o también las del antiguo trabajo? Porque cobraba dos nóminas diferentes en el mes… Por favor si me podríais aclarar un poco os lo agradecería. Gracias!
Cobrarás en función del porcentaje de reducción y el SEPE ya tendrá el certificado con los que calculara el importe del paro.
Soy fija discontinua de 180 días. Estaba disfrutando de una excedencia por cuidado de hijos que finaliza el próximo 1 de Mayo. Me informan que la empresa para la que trabajo se ha vendido y la nueva empresa presenta un Erte para la temporada 2019 y que todos los que estamos de excedencia, teníamos que presentar una carta de reincorporación para dicha temporada. Recibí un burofax por parte de la nueva empresa explicando que el hotel para el que trabajo permanecerá cerrado toda la temporada 2019 por obras y que se suspende los contratos de trabajo desde el 1 de Mayo hasta 31 de Octubre que sería el periodo de mi contratación. Ellos pagarán las vacaciones correspondientes y una indemnización de 300e más, en caso de no querer que me recoloquen en otro trabajo. Tengo entendido que la empresa está obligada a seguir cotizando por nosotros a la seguridad social. Ahora mismo estoy embarazada y salgo de cuentas en Mayo y tenía pensado cobrar mi prestación por maternidad, ya que, estando de excedencia por cuidado de hijos, hay una situación similar a la de dada de alta para cobrar algunas prestaciones como la de maternidad. Lo que no sé ahora y aquí va mi pregunta, es si este Erte me perjudica, porque para yo solicitar y poder cobrar mi prestación por maternidad tengo que estar dada de alta en la seguridad social al finalizar mi excedencia por cuidado de hijos. Ya me dijeron en el INSS que no puedo cobrar si sigo de excedencia y para ello, el día 1 de Mayo,que es cuando finaliza mi excedencia por cuidado de hijos, la empresa tendría que darme de alta y luego dar de baja por maternidad al dar a luz y así poder cobrar la prestación, pero si la nueva empresa me mete en ese expediente de suspensión de contrato de trabajo temporal desde el 1 de Mayo hasta 31 de Octubre, ¿puedo presentar esa baja cuando dé a luz y cobrar la prestación por maternidad? Mi fecha probable de parto sería el 18 de Mayo. Gracias de antemano y un cordial saludo.
Como es una excedencia con reserva de puesto de trabajo tiene que incluirte en el ERTE. Entiendo que no debes de tener problemas para cobrar la prestación por maternidad, lo que dudo es si cuando se produzca el ERTE, tendrás que solicitar la prestación por desempleo para tener derecho a la prestación por maternidad.
Muchas gracias por su respuesta! No podré solicitar la prestación por desempleo porque ya en su día agoté el paro y el subsidio y desde que estoy de excedencia por cuidado de hijos, pues no he cotizado para este tipo de prestación, únicamente para prestación para maternidad y jubilación. De todas formas gracias por responder tan rápido y por el post que ayuda mucho a orientarse en estos temas.
Un saludo!
Buenos dias, mi empresa quiere hacer un erte de 5 dias. Puede incluirnos en ese erte si nos debe dias de vacaciones del año pasado?
Lo normal es gastar antes las vacaciones.
En mi empresa quieren hacer un erte temporal, pero que sigamos trabajando 30 horas y las otras 10 cobrarlas del paro a efectos de desempleo aunque quieren que las horas de erte también las trabajemos. Es eso posible? Cuántos días de desempleo se pierden de esa forma? Tengo tantas dudas que ruego información. Gracias
Se puede hacer un ERTE de reducción de jornada, y sólo se perderían las horas que se solicitan de desempleo. No se calculan como días enteros. El paro no complementaría hasta el 100$ de salario, por lo que se cobraría algo menos.
Hola!!
Te explico mi caso a ver si me puedes ayudar o aclarar mis dudas. Yo soy fijo discontinuo en un hotel de una cadena de hoteles en el que ahora están haciendo obras, el comité se a reunido con la empresa, y esta, a comunicado que va hacer un ERE , ya que la re apertura del hotel no esta asegurada para este verano. Yo estoy trabajando en la obra de este mismo hotel desde que se cerro el hotel pero con otra empresa que también pertenece al mismo grupo hotelero. Mis dudas son las siguientes:
* Cual es mi situación habiendo declarado la empresa el ERE?
* Si continuo trabajando en esta nueva empresa, perdería mi antigüedad en el hotel?
Tu situación no varía con el ERE, y no perderías la antigüedad.
Muchas gracias
Actualmente estoy en un ERTE por obras en el hotel. El empresario nos comento que teniamos una bonificación para formación durante estos meses que estamos en paro, con un maximo de 400€. Esto es correcto?
Estoy trabajando en una de las flotas de conductores de VTC de Barcelona, nos han convocado para elegir a 3 representantes de los trabajadores que estamos contratados por ETT , ya que no tenemos sindicato ni nada, para poder iniciar el trámite de un ERTE . Nos dicen que vamos a seguir cobrando, que nos reservamos el puesto de trabajo una vez se solucione el lío, y que desde la ETT nos buscarán otro puesto de trabajo (que originales) . Creo que no están obligados a pagarnos, aunque sí a cotizar , por lo cual creo que nos quieren engañar con esta condición,para que no pongamos pegas en todo lo demás, la cuestión es si esto ocurriese, que herramientas de reclamación tenemos, ya que se ha dicho en presencia de cientos de trabajadores, que por otra parte no tenemos más sindicato que 3 representantes , que recogeran todo lo dicho en actas, lo harán lo mejor que sepan pero no somos un colectivo organizado. Gracias, un saludo
Si el ERTE es sin acuerdo siempre podréis impugnarlo judicialmente, si es con acuerdo, será más complicado, ya que el tribunal no va a entrar en las causas que indica la empresa.
En este caso, es con acuerdo? Nisiquiera sé qué significa impugnar judicialmente algo, o sea que no resuelve mi duda, que ventaja ofrecería eso, si es que la hay? Yo solamente quiero volver a trabajar normalmente lo antes posible. Gracias.
En el ERTE existe un proceso de negociación con la representantes de los trabajadores que puede acabar con acuerdo, es decir la empresa y los trabajadores pactan las condiciones del ERTE, o sin acuerdo, pero la empresa decide unilateralmente las condiciones del ERTE. Impugnar judicialmente, es ya sea el acuerdo o ya sea la decisión unilateral de la empresa, demandarla ante los tribunales para que un juez resuelva si la medida impuesta por la empresa es adecuada y se ha seguido el procedimiento establecido.
Hola, estaba tramitando mi renovación del NIE y fue denegado, entonces envié un recurso, y estoy aguardando respuesta, pero el problema es que yo estaba trabajando y la empresa me ha dado de baja, y yo me he enterado que tengo derecho al finiquito y la empresa me ha dicho que no tengo derecho porque mi contrato ha sido anulado. Gostaria de saber se eso es cierto, y como devo proceder.
Tendrás que demandar por despido a la empresa.
Mi empresa está afectada por un ERTE. Nos manda a casa 2 días al mes y nos complementa hasta el 90% de nuestro salario. Si decido NO coger la prestación por desempleo para poder seguir acumulando paro, los días en que esté de ERTE en mi casa ¿quién paga la seguridad social para estar protegido ante un posible accidente que tenga ese día? Ya que si no cobro prestación, no me paga el SEPE, y en teoría, ¿la empresa tampoco?
Muchas gracias.
La empresa está obligada a cotizar.
Hola, estando de ERE si la empresa me llama debo de acudir?? Tengo obligación?? No han llegado a ningún acuerdo sindicatos y empresa, y la empresa nos ha dado el calendario del ERE de todo el año, con 48 h de antelación nos pueden llamar a trabajar cuando estamos de ERE, si nos negamos nos descuentan un complemento, pero mi pregunta es si yo puedo seguir ese ERE según el calendario y no ir a trabajar, es decir negarme. Y durante ese ERE puedo trabajar en otro sitio?? Es un poco complicado?? Sé que puedo estar pluriempleado. Gracias e antemano. no
Si estás de excedencia voluntaria no tiene obligación de incluirte en el ERE, si lo hacen deberán indemnizarte. Habría que ver como hacen el ERE, pero lo normal es que no te incluyan, tampoco se si es de extinción o de reducción.
Hola. Mi empresa comienza un ERE de 20 meses al 50% 2 semanas de trabajo y 2 semanas al paro. Mi intención es no solicitar el paro para no gastarlo y durante las semanas que vamos al paro, buscar trabajo en alguna ETT o similar. ¿ Se puede trabajar en otra empresa durante esas semanas que vamos al paro ? Gracias de antemano.
Sí, salvo que tengas un pacto de no competencia o hagas competencia desleal.
El pasado mes de septiembre se paralizó el servicio de la empresa para la que trabajaba, por lo que una semana después, la empresa solicitó un ERTE, informándonos verbalmente a los trabajadores. (El representante legal de los trabajadores es familiar directo del responsable de la empresa).
El día 8 de octubre renuncié a mi puesto de trabajo en dicha empresa porque encontré otro trabajo. Días después se aprobó el ERTE. Ahora la empresa me pide firme la comunicación del ERTE y la devolución de parte de la nómina de septiembre. ¿Debo devolver la cuantía que me reclaman si yo ya estaba fuera de la empresa cuando dicho ERTE fue aprobado por la Autoridad Laboral?
Si has renunciado con fecha de 8 de octubre ahí comienzan los efectos de la baja voluntaria, por lo tanto, no te deberían de pagar más salarios que hasta esa fecha.
Estimado Alejandro, mi duda no refiere a mi baja voluntaria. Mi cuestión respecta sobre el ERTE solicitado en septiembre, cuando yo aún formaba parte de la empresa, y aprobado con posterioridad a mi renuncia.
El salario de septiembre lo percibí completo, por eso ahora me piden devolución de parte del mismo. Mi duda es ¿yo formo parte del ERTE sino firmé nada sobre el mismo y si mi renuncia es anterior a la aprobación?
En mi opinión no, por que tu baja fue anterior al ERTE. Eras trabajadora cuando se inició pero no cuando se acordó.
Si tengo un año y 6 meses de paro y me acojo a un erte de 20 dias, cuantos meses de paro pierdo❓
pierdes el paro que pidas, 20 días. No se si ese paro ya lo tienes “abierto” o no. En caso de que no lo hayas solicitado ya, revisa lo que es el derecho de opción, ya que a lo mejor no te compensa pedirlo en función de la situación de la empresa y cuanto vas a tardar en pedir el paro después de este ERTE.
Gracias‼️entiendo q si solo pierdo 20 dias, al tener un año y 6 meses me conviene no❓
no, es perder los 20 días, es abrir las prestaciones. Es decir, que no te puedo decir si te compensa o no sin ver el caso.
Hola, mi empresa va a hacer un erte desde el día 16 de marzo y tengo 2 dudas, si me puedes ayudar a resolverlas te lo agradecería mucho; 1) cuánto tiempo tardan en dar respuesta de si aceptan el erte. 2) A partir del lunes me faltan 4 días de cotización para poder cobrar el paro entonces mientras aceptan el erte mi empresa tendrá q seguir pagando la seguridad social de los trabajadores??? Y ese tiempo contaría para completar los 360 días q dice la ley para tener derecho al paro??? Gracias
Si es por fuerza mayor, deberían tardar cinco días. Pero creo que estarán algo saturadas, pero los efectos son desde la fecha de efectos de la causa de fuerza mayor. Si no cumples los 360 días, no tendrás derecho a la prestación. No se de cuanto es la duración del ERTE, pero quizás una solución sería solicitar a la empresa del disfrute de vacaciones ante de iniciarlo, para cotizarlos.
Mi empresa ha empezado un ERE en el que hay despidos y reducción de jornadas, yo estoy pendiente de una operacion, sino me quedo de baja estando en ERE me pueden despedir? Todavía no están aplicadas las reducciones, si me quedo de baja ahora cobro sobre la jornada completa o sobre la jornada reducida?
Te pueden despedir estando de ERE.
Mi pregunta es la siguiente.
Si durante las negociaciones de un ere temporal
Podemos exigir a la empresa que nos pague L 35% que nos falta hasta completar nuestro salario mínimo .
Los trabajadores podemos impugnar el ere ? Y si es así que ocurriría
Los trabajadores puede solicitar lo que estimen conveniente y negociar, en caso de que se alcance un acuerdo estas son las opciones de impugnación.
En mi empresa van a hacer un ERE de reducción de jornada del 25% somos 45 y a excepción de 3 personas al resto nos lo aplican. Mi pregunta es la siguiente, sino estoy de acuerdo con la aplicación del ERE, me puedo negar porque entiendo que es una modificación sustancial de horas y sueldo y entonces podría acogerme cobrar paro pero no indemnización o tengo que aguantarme y si me voy no tendría opción cobrar paro.
gracias
Puedes impugnar el ERE, pero no te puedes negar. No es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y por lo tanto, no puedes solicitar la extinción con derecho a paro. De todos modos, durante el ERE puedes cobrar el paro.
Hola mi contrato se acaba el día 12 de agosto y mi jefe sin contar conmigo ni mencionarlo me lo a renovado 3 meses más sin saver si yo quería seguir o si quería unos días libres o algo porque creo que tengo derecho aunque no tenga jornada completa. Y ayer que me vio me lo dijo así sin más y me dejó muda
Si tu no quieres renovar, tienes que indicarlo. Si el contrato ha durado más de un año, tienes que preavisarlo con 15 días. El contrato se entiende prorrogado si ninguna de las dos partes dice nada.
La empresa quiere aplicar un erte y yo la semana que viene me voy de vacaciones, puede la empresa aplicarme el ertesi estoy de vacaciones?
Gracias
si.
Muy buenas, he estado 2 años en un ERTE con una reducción de la jornada en un 37, 5% y ahora me ha sacado de ERTE y vuelvo a trabajar a jornada completa, mi pregunta es, el salario deberá ser el mismo que antres de la entrada en el ERTE?, muchas gracias.
Si, debería de ser el mismo.
En el caso de un erte, explicas que las pagas extraordinarias se generarian por los dias trabajados, pero como afectaria en ese caso a pluses como el de asiduidad o presencia, productividad.
Habría que mirar que es lo que dice el convenio colectivo sobre su devengo, pero en principio igual que una paga extraordinaria.
Estando en un ERTE al 100% del tiempo, puede llamarte la empresa para sustituir a un compañero que se va de vacaciones y una vez que regrese enviarte de nuevo, si la respuesta es positiva, ¿Se puede hacer algo para evitarlo?
Gracias y un saludo.
Tengo mis dudas, y desconozco jurisprudencia al respecto. En mi opinión, no pueden hacerlo, pero le recomendaría que antes de negarse a cualquier orden empresarial revisara la jurisprudencia al respecto. (Respondo demasiadas consultas y no puedo buscar ahora)
Estamos en ere temporal de reducción de jornada desde hace 3 años, ahora la empresa quiere iniciar otro ere de reducción de jornada, pero dentro del ultimo periodo de ere, han contratado otra persona a tiempo completo, no es contrato de sustitución es indefinido y la misma categoría profesional que el resto de afectados por el ere, además esta incorporación se ha realizado con la máxima opacidad, sin consultar a los afectados por ere. ¿Es legal esta incorporación?, ¿pueden realizar un nuevo ere con este precedente?
Gracias por su atención
Habría que mirar las causas del ERE. Si no estáis conformes, no acordéis un nuevo ERE y en su caso, impugnarlo ante los tribunales.
Mi empresa acaba de presentar los papeles a la autoridad laboral para hacer un ere de reducción de jornada. Según ellos ya estamos en reducción a pesar de que todavía no hemos firmado ningun papel ni nos han dado los papeles para el Sepe ni nada de nada. ¿cuando empieza realmente el Erte para los trabajadores? ¿Cuándo se firma algún papel? ¿cuando te dan los papeles para el paro? Estamos a 12 de marzo y según ellos estamos en reducción ya mismo, sin papeles de ningún tipo de por medio y sin haber reducir ido nuestra jornada porque en estos momentos hay trabajo y trabajamos al 100%.
La reducción se aplica una vez realizada las negociaciones con los representantes legales de los trabajadores, con o sin acuerdo, y se notifica el acuerdo y la fecha de efectos de la medida. No se puede aplicar si no se sigue el procedimiento.
entonces, tanto si solicitas la prestacion por desempleo, como sino, ¿la bolsa se parte en dos?
No entiendo la cuestión.
El caso es que la empresa ha presentado un erte y no tengo mucho paro, seis meses o así y como no es de mucho tiempo (el erte) preferiría no pedir el paro para no gastarlo pero si no voy a seguir acumulando paro en la bolsa de 6 meses si no en otra nueva pues lo pido ya que en 2 o 3 años harán otro erte.
Si no lo solicitas no lo gastas y sigues acumulando para un paro posterior.
Mi empresa me va a realizar un ERTE con una reducción de jornada del 70% por 6 meses. Pero me dice que esa reducción de jornada no será diaria/semanal fija sino variable en función del trabajo. Esto es, si no hay trabajo no hago ninguna hora diaria y si hay trabajo paso a trabajar todas las horas necesarias seguidas hasta completar el tope de 30% de horas de trabajo que debería realizar en el ERTE o hasta acabar ese trabajo puntual, momento en que volvería a no cobrar nada de forma diaria. Esto quiere decir que podría haber meses que no cobre nada y otros que si cobre. Yo veo que esto puede degenerar que si durante estos 6 meses no sale trabajo, este ERTE de reducción de jornada de 70% se convierte en reducción al 100%. ¿Es esto legal? ¿Qué repercusiones jurídicas podría tener para mi a la hora de solicitar el cobro de prestaciones por desempleo si el plan que mi empresa presenta a la autoridad laboral le indica que trabajaré 2,40 horas diarias cuando en realidad no será así sino que habrá días que trabaje menos (o nada) y otros que trabaje más?
Eso que pretende hacer la empresa no lo veo posible. Si reduce un 70% te tiene que pagar el 30%, independientemente que de trabajo. Por otro lado, habría que mirar hasta que punto puede hacer una distribución irregular de la jornada como pretende.
Si después de un ERE de reducción de jornada te despiden. Sobre que base de cotización se calcula la prestación, sobre el 100% de antes del ERE o sobre la base de cotización de reducción de jornada? Porque la prestación cambiaría notablemente ….
Si solicitaste el paro con la reducción de jornada, ya comenzaste a cobrar la prestación por lo que seguirás cobrando según la base que tenías en ese ERE y te quedará el tiempo que no hubieras consumido. Si después estuviste trabajando más de un año habrás generado dos prestaciones, por lo que tendrás que optar entre una de ellas.
¿Y si soy yo la que se quiere ir de la empresa? Estoy afectada por un ERE de reducción de jornada durante un año. Llevo 5 meses. ¿Puedo irme voluntariamente de la empresa? ¿Basta con que presente una carta con 15 días de aviso? Me ha salido otro trabajo y estoy barajando la opción de irme.
Si, puedes irte avisando con el preaviso que indica el convenio colectivo.
Tengo contrato indefinido y estoy afectado por un ERE temporal que provoca la suspensión de la actividad laboral un día a la semana, día que estoy en paro y cobrando la prestación correspondiente. Me he visto afectado por una IT de larga duración. Esto afecta al cobro de la prestación?
No.
Llevo trabajando en la empresa más de 25 años, en los últimos años he estado en varios ertes consecutivos todos ellos por reducción de jornada (es decir, he venido a consumir un año de desempleo).El último erte venció el 31/12/2017 y la empresa me despidió por causas objetivas el día 03/01/2018, mi pregunta es la siguiente: a la hora de solicitar la prestación contributiva, me informaron en el sepe que he ido generando otra bolsa de 18 meses de prestación pero que yo no tengo derecho a ésta opción, sino a la de continuar con la anterior prestación, la de los 12 meses restantes. Es correcto?
Si has generado dos prestaciones tienes derecho a escoger una de ellas.
estuve en un ere de reducción de jornada 50% un año y luego renaude el trabajo otra vez normal en la misma empresa dos años y medio casi tres y ahora el 31/12 la empresa cierra, sé que he generado otro nuevo desempleo en el que me corresponden 10 meses de prestación. Pero si eligo la opcion 1 que sería los 18 meses que me quedaron cuando el ERE ya que solo use 6 meses, los 18 meses¿ cobraria lo mismo que entonces el 50%? o se me haria el calculo del 100% sobre la base reguladora anterior al ERE. Gracias
Se haría el cálculo del 100% sobre la base