¿Qué nos han pagado, cómo y por qué de los atrasos?

Las dudas generadas sobre lo que hemos cobrado y lo que no en el abono de IB del pasado 20 de enero, en concepto de anticipo han sido numerosas, fundamentalmente por lo enrevesado de su cálculo, por falta de información como consecuencia de la falta de interés de la Empresa en explicarlo bien.
Desde USO y gracias a la aportación de un compañero de Barcelona, os vamos a detallar qué se ha ingresado, en concepto de qué y lo que falta por regularizar.
En esta nómina  se contemplan cuatro conceptos:
  • Anticipo No consolidado 2018 (antes paga de participación de beneficios de 2018)
  • Anticipo No consolidado 2019 (antes paga de participación de beneficios de 2019)
  • Anticipo subida salarial (dinero consolidado)
  • IB075 Pago Único (anticipo que nos dieron en Julio)
Los tres primeros conceptos están neteados, lo que significa que se han restado de manera bruta todas las deducciones que nos descuentan a cada uno en particular, normalmente en cada nómina (IRPF, Seguridad Social, Fondo social, Fondo solidario etc…). Por ello lo que se ha ingresado sería es neto.
¿Por qué hacen esto así? 
Porque son anticipos y cuando se firme el Convenio, que esperemos que no tarde mucho más, en la siguiente nómina de febrero o marzo (la que corresponda según cuando se firme) nos pagarán los atrasos, unidad por unidad, de manera bruta. Ahí será cuando nos descuenten los anticipos que nos dieron el pasado lunes.
¿Por qué el anticipo de julio de 2019 viene en negativo?
Nos han descontado la paga que ya nos dieron en julio del 2019, ya que se acordó que era un adelanto de los atrasos totales del Convenio y de todo lo que nos deben.
Muchos trabajadores se preguntan por qué aquel adelanto ha sido restado por el bruto cuando el dinero que ahora nos han dado es neto. Esto se debe a que por tema de tributación fiscal, no pueden devolvernos el IRPF que ya nos descontaron en julio, así que ahora nos descuentan el bruto. A final de año nos encontraremos nuestro salario anual menos esta cantidad, de esta forma no pagamos IRPF por ese dinero otra vez.
¿Como se va a regularizar todo esto?
Cuando se firme el Convenio, que supongamos que es mañana, para la nómina de febrero ya tendremos las tablas salariales y las claves actualizadas y en la parte de variables de la nómina, vendrán los atrasos desde el 1 de enero de 2018 al 31 de Enero de 2020. Ahí se contemplarán todos estos conceptos que hayamos cobrado en los dos últimos años, más lo de enero 2020 tanto con las variables, como con los atrasos de enero.
Por ejemplo:
Sueldo Base: si en 2018 yo he cobrado de sueldo base xxx le tengo que aplicar el 2,78% de subida y lo que me salga son los atrasos de 2018 (solo del concepto sueldo base), ahora en 2019 he cobrado xxx y a eso le tengo que aplicar el 4,98% (esto es un 2,78% de 2018 y algo más 2,2% de 2019 a redondear) y el resultado de eso son los atrasos de 2019 (solo del sueldo base); además habría que añadir lo de enero de 2020, porque todavía no están las tablas actualizadas y cobramos como en 2017, (la subida de 2020 no se aplicará hasta el año que viene que se sepan los resultados de la empresa, pues está ligada a una tabla con el ratio de EBIT/INGRESOS que hasta que no acabe el año no se puede calcular).
¿Por qué una subida del 2,78% si se ha firmado un 2,5%?
Esto se debe a que en la masa salarial del Colectivo Tierra, hay una parte grande y fija que son las claves Ad-persom (IB303 y IB304) por antigüedad, que no se revalorizan. Para que la subida efectiva sea del 2,5% de la masa salarial, sobre todos los demás conceptos que sí se revalorizan, se tiene que aplicar un 2,78%, y así en sucesivos años, por eso para el 2019 es un 2,21% aproximadamente y para que la subida efectiva quede en un 2% como aparece en el Pre-Acuerdo.
Una vez realizado esto con todos los conceptos de la nómina para los dos últimos años, nos saldrá el total de atrasos (pago Consolidado) y vendrán desglosados clave a clave, en la parte de la nómina de febrero (siempre que se firme el Convenio antes de que cierren nóminas, si no vendrán en la siguiente).
Para puntualizar, hay dos conceptos que ya hemos dicho que no se revalorizan: las claves de antigüedad Ad-Persom IB303 y IB304; a esos no le apliquéis porcentaje porque no sufren subida.
Hay un par de detalles más: la paga extra de abril, es la decimoquinta paga y se refiere siempre al año anterior. La que nos pagaron en abril de 2018 corresponde a 2017, y por tanto no se le aplica subida, y a la que nos pagaron en abril de 2019 le corresponde una subida del 2,78%, no de 4,98% ya que corresponde a 2018.
Todo esto es para calcular el pago consolidado.
Adicionalmente, tenemos en el convenio unos pluses nuevos que son los siguientes:
2018
Plus DSA – 17,81€
Plus DT – 17,81€
Plus ADM Neo – 53,19€
Grados TMA (sustituyen al antiguo Plus de competencia)
      – Grado 1.   152,38€
      – Grado 2.   182,03€
      – Grado 3.   269,92€
      – Grado 4.   428,11€
      – Grado 5.   511,79€
Estos pluses son retroactivos desde el 1 de Enero de 2018 y también se tienen que abonar:
17,81€ x 12 meses
53,19€ x 12 meses
Los Grados de los TMA: dependiendo del que te encuentres, se resta el plus de competencia que venías cobrando al nuevo grado que te corresponde y el resultado lo multiplicas por 12 meses.
Después todos estos pluses sufren la subida de 2019 del 2,21% ya que en principio los estábamos cobrando desde el 1 de Enero de 2018.
Una vez sufragada esa subida también se multiplican por 12 meses, lo mismo con los Grados de los TMA que se resta la diferencia del plus de competencia y se multiplica por 12.
Los pluses más o menos quedarían así en 2019:
Plus DSA – 18,20€
Plus DT – 18,20€
Plus ADM NEO – 54,36€
Grados TMA (sustituyen al antiguo Plus de competencia)
      – Grado 1.   155,75€
      – Grado 2.   186,05€
      – Grado 3.   275,89€
      – Grado 4.   437,57€
      – Grado 5.   523,10€
Todas estas cantidades por los 12 meses de 2019 y si queréis enero de 2020.
Todo este dinero de los pluses también cuenta como consolidado, así es como lo han calculado, pero solo de 2018 y 2019 (enero no lo han metido) y le han aplicado también un IRPF simulado, SS,  etc… y esa es la cantidad que os han abonado en concepto de anticipo.
Los pagos no consolidados cómo se calculan:
Según el ultimo acuerdo, se  incluyen todos los conceptos salariales y extrasalariales, incluso las claves IB303 y IB304.
Así para saber qué me corresponde como pago No Consolidado del 2018, cogemos el dinero que hemos cobrado en 2018 le sumamos la subida salarial más los nuevos pluses de ese año, y al resultado le aplicamos un 1%.
Ejemplo:
Alguien en 2018 ganó 30.000€ y con la subida serán 700€ más, más los nuevos pluses otros 300€ añadidos, en total son 31.000€, a eso le aplico un 1% y el resultado que me da es 310€ como pago No consolidado de 2018.
Recordad que en el anticipo pagado ya se ha realizado una estimación del IRPF y SS. Por eso es menos dinero.
El pago No consolidado de 2019 es igual pero aplicando el 1.5% sobre el anual de 2019 e incluyendo atrasos y nuevos pluses.

Por último, comunicaros que de momento no es posible abonar las cantidades por el nuevo plus de FD a tiempo completo y la regularización 2018/2019  ni por el plus de jornada irregular diario en las jornadas reducidas por guarda legal de hijos o cuidado familiar de los FD.

Todo ello se abona también a todos los trabajadores que hubiesen estado en activo, trabajando en esos periodos, aunque no lo estén en el momento actual.