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Audiencia Nacional sobre vigencia convenios tras la reforma

////Audiencia Nacional sobre vigencia convenios tras la reforma

Audiencia Nacional sobre vigencia convenios tras la reforma

Los jueces se han pronunciado ayer por primera vez sobre la «ultraactividad» de los convenios colectivos tras la modificación de la normativa laboral, es decir, si continúan en vigor o no, una vez finalizado el periodo para el que fueron pactados y hasta la aprobación de uno nuevo.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional analiza el cambio introducido con la modificación de la Ley 3/2012, en el que se estableció que aquellos convenios que hubieran sido denunciados antes de su entrada en vigor, el 7 de julio de 2012, tendrían, salvo pacto en contrario, una vigencia de un año hasta el 8 de julio de 2013, en que quedarían suspendidos.

Los magistrados en la siguiente sentencia consideran que las condiciones laborales de los trabajadores plasmadas en Convenios Colectivos mantienen su vigencia después de la reforma laboral.  Así han dado la razón al SEPLA en su demanda contra la aerolínea Air Nostrum, en la que se solicitaba la permanencia del III convenio colectivo hasta la aprobación de uno nuevo que sustituyera al anterior, al entender que así se había pactado entre ambas partes y porque se acordó específicamente mantenerlo hasta que hubiera uno nuevo.

2013-07-25T07:33:50+02:0025 julio, 2013|Últimas noticias|