Uso mejora el permiso de fallecimiento en Iberia

Uso mejora el permiso por fallecimiento de dos a cinco días en Iberia

EL ACUERDO CONSEGUIDO POR LA USO MEJORA EL PERMISO POR FALLECIMIENTO DE DOS A CINCO DÍAS.

USO MEJORA LOS DÍAS DE PERMISO RECOGIDOS EN LA ÚLTIMA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO GRACIAS A SU DEMANDA EN LA AUDENCIA NACIONAL

GRACIAS A LA DEMANDA DE USO y firmada en un Acta de Conciliación de la Audiencia Nacional, con fecha de 25 de abril de 2024 ….

Las personas trabajadoras de Iberia podemos disfrutar de cinco días laborables de permiso en los supuestos recogido en el artículo 162 de Convenio Colectivo de Tierra.

Como todos sabéis, el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores se modificó en el Real Decreto 5/2023 y esta modificación consistía en ampliar el permiso retribuido en los supuestos de hospitalización, intervención quirúrgica, enfermedad grave… de dos a cinco días laborables.

USO ante la posición de Iberia de no reconocer este derecho interpuso demanda ante la Audiencia Nacional.

Iberia, para sortear el juicio, el día de antes, 24 de abril de 2024, envió una comunicación al Comité Intercentros y a los Comités de Centro diciendo que reconocía los cinco días laborables.

Para USO una comunicación vía mail el día previo al juicio no es suficiente, por lo tanto, mantuvimos nuestra intención de celebrar el juicio. Finalmente, se llegó a un acuerdo que recoge:

“La empresa manifiesta que se ratifica en el contenido del artículo 162 del XXII Convenio Colectivo entre Iberia y el personal de Tierra, interpretando la expresión dos días laborables por cinco días laborables en los supuestos de: enfermedad grave o internamiento clínico o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, fallecimiento, entierro o funeral del cónyuge, hijos, padres y hermanos, abuelos y nietos, incluido parentesco político”.

Este acuerdo mejora lo modificación del Estatuto ya que en el artc.37.38bis del mismo sólo se reconocen dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta segundo grado de consanguineidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesita hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días. Por lo tanto, el ACUERDO CONSEGUIDO POR LA USO MEJORA EL PERMISO POR FALLECIMIENTO DE DOS A CINCO DÍAS.

Uso mejora el permiso de fallecimiento en Iberia