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Apreciaciones nuevas en la inclusión de beneficiarios para las tarjetas IB49 e IBF49

////Apreciaciones nuevas en la inclusión de beneficiarios para las tarjetas IB49 e IBF49

Apreciaciones nuevas en la inclusión de beneficiarios para las tarjetas IB49 e IBF49

 

El otro día ya adelantábamos algunas apreciaciones que USO había comprobado en esta falta de información y normativa sobre los cambios/modificaciones de las condiciones de les beneficiarios de los billetes de empleado (tarjetas IB49 – blanca – e IBF49 -rosa  o de familiares-)

 

Esperamos que todas estas dudas que están surgiendo sean resueltas en breve con un Manual actualizado a 2020 y no el que actualmente cuelga de la Intranet correspondiente a años anteriores.

 

Hasta ahora y a falta de una Normativa elaborada, USO ha llegado a estas conclusiones que tenemos que tener en cuenta a la hora de incluir a los  nuevos beneficiarios y que no figuran en ningún lugar, menos en el desplegable de Ayuda o jeroglífico de letras…

 

  • Siempre realizar todas las operaciones de inclusión de beneficiarios en el navegador «Google Chrome», nunca en otros navegador porque no están habilitados para ello.
  • La inclusión se puede hacer a través de la Intranet (Ibpróxima) – (hoy nos comunican que no se puede hacer a través de la Aplicación (APP) Iberia Now) En estos días ,hay que tener suerte cuando se trata de acceder a ellas ya que debido a la cantidad de incidencias reportadas y que se están tratando de resolver en el momento por falta de previsión, suelen estar caídas gran parte del día.
  • Asegurarse de que se tiene la contraseña actualizada o habilitada tanto para Iberia Próxima (Intranet) como para la App Iberia Now. La contraseña se solicita en el email ssi@iberia.es (hay que poner en el Asunto – Solicitar contraseña para acceder a Intranet) y en el contenido dar los datos de nombre y apellido/Dni y Nómina).
  • El personal pasivo mayor de 80 años tiene que aportar a la empresa una Fe de Vida. Lo pueden hacer a través del email: billetesconvenio@iberia.es.
  • El PERSONAL ACTIVO tendrá: titular + dos beneficiarios sin necesidad de parentesco y el PERSONAL PASIVO : titular + cónyuge o pareja de hecho + dos beneficiarios sin necesidad de parentesco. Esto supone como todos os habéis dado cuenta que el personal pasivo adquiere mayores beneficios que el activo. No solo por el incremente de un beneficiario más sino porque en el caso del personal activo el segundo beneficiario no accede a billetes zonales de Iberia Express o Air Nostrum y en el caso del personal pasivo es el tercer beneficiario el que no accede a billetes zonales de Iberia Express o Air Nostrum ( en el caso de tener hijos menores de 26 años no tendría ninguno de los beneficiarios derecho a billetes zonales de iberia Express ni Air nostrum).
  • Con esto ya adelantamos también que lo que comunicó la empresa de concedernos dos beneficiarios con los mismos derechos que el titular parece tampoco ser cierto.
  • El código de los beneficiarios varía según la modalidad familiar. Hay que consultar primero la Modalidad a la que se pertenece. Esto aparece en el desplegable que nos encontramos a la hora de incluir a un nuevo beneficiario.
  • Muchos TCP prejubilados o jubilados han sido informados – no se sabe bien por quién – que tienen el mismo tratamientos que el personal pasivo de Tierra. Entendemos que esto hasta que no esté firmado su Convenio no se conoce por lo que les pedimos que se aseguren en Billetes Convenio. Rogamos al personal de vuelo que consulte a sus sindicatos ya que estarán mucho mejor informados que nosotros con respecto a lo que les corresponde a ellos.
  • El estar en una tarjeta no excluye al beneficiario de poder estar en otra; sin embargo, un beneficiario no puede estar al mismo tiempo en una la tarjeta IB49  (blanca) y en la IBF49 (rosa o de familiares) del mismo titular.
  • Con respecto a las tarjetas IBF49 (tarjeta rosa o de familiares) las condiciones son las mismas que antes de las modificaciones, excepto que ahora los zonales con Iberia son ilimitados, y éstas las podéis encontrar en Intranet / Normativa / Billetes Familiares 2016.
  • Con respecto a los billetes zonales de otras coneworld u otras aerolíneas hay que remitirse a los acuerdos interline que se tengan con cada una de ellas y que se pueden consultar en la sección MyIDtravel de la Intranet.
  • Los beneficiarios se pueden cambiar cada seis meses pero hay que tener en cuenta el cupo anual. Si dentro del cupo anual se cambia el beneficiario, el nuevo arrastra los derechos del anterior, lo que supone que arrastra los billetes consumidos del anterior en el cupo anual del titular.
  • La fecha de caducidad de los billetes  FREE II y FREE I: 31 de enero del año siguiente y de los billetes zonales (Tres meses)
  • Los beneficiarios no se cambian automáticamente, es el trabajador quien los tiene que dar de baja o alta; teniendo en cuenta siempre el periodo de seis meses.
  • IMPORTANTE: Mejor no mover al cónyuge como beneficiario. Si quitamos de una tarjeta al cónyuge para meter a otros beneficiarios porque nuestro cónyuge está en la de otro familiar hay que tener en cuenta que si el titular fallece el cónyuge pierde todos los derechos de viudedad con lo que se quedaría sin derecho a billetes de empleado al igual que el resto de los beneficiarios que tuviese el titular excepto hijos menores de 26 años. En el caso de que no sea cónyuge y fuese pareja de hecho en el caso de fallecimiento del titular se pierden los derechos de viudedad. Parece ser que en los acuerdos con los pilotos las parejas de hecho adquieren en caso de viudedad los mismos derechos que los cónyuges. Si esto es así, se tendría que aplicar en igualdad con el resto de los colectivos.
  • Las parejas de hecho en Tierra ya no necesitan de dos años para demostrar que lo son. En este caso si se nos ha igualado con las condiciones de los Pilotos.
  • Cuando el titular no tiene cónyuge o pareja de hecho el primer beneficiario siempre será con equivalencia a cónyuge, código L)
  • El derecho a billetes R2 (billete free sin reserva) para Iberia Express no supone un cupo adicional al cupo anual de Iberia (se engloban dentro del cupo anual de R2 del titular)
  • Parece ser que las condiciones para viudos/viudas se encuentran en estos momentos en estudio por parte de la empresa.
  • Observamos un supuesto error en la Modalidad 2 del personal activo o una igualación al caso del personal pasivo. Se trata de Empleado con cónyuge o pareja de hecho y sin hijos… Según el Manual de ayuda tendría derecho a cónyuge/pareja de hecho + dos beneficiarios (beneficiario con derecho equivalente a hijo y beneficiario adicional solo IB).
  • Por último, se está a la espera de saber qué ocurre con los billetes ya emitidos en 2020 sin reducción de precio de billetes. La empresa tendrá que informar si procede al reembolso de estas cantidades y de qué manera. Como ya sabréis el porcentaje de reducción que soportará la empresa para los billetes gratuitos sin reserva (R2) será de un 50 por ciento para los billetes de corto y medio radio y de un 90 por ciento para los billetes de largo radio; en el caso de los billetes con descuento sin reserva (z2), el porcentaje de reducción que soportará la empresa será de un 25 por ciento.

 

RECORDATORIO DE CÓMO ACCEDER A LA INCLUSIÓN DE LOS NUEVOS BENEFICIARIOS:

 

Lo primero de todo es comunicaros que todos estos trámites tan solo se pueden hacer entrando en lbPróxima desde Google Chrome ya que desde ningún otro navegador es posible, o a través de Iberia Now. Tendremos que acceder a través de  Área Personal/En primera persona/miBillete.free/Mi gestión/Alta, baja, cupo actual… Pinchar en Nueva Solicitud/Tipo: Beneficiario Alta, baja/ Tarjeta IB49 (blanca) – Tarjeta IBF49 (rosa)… Y una vez seleccionada la operación que se desee, en la misma pantalla saltará un desplegable con toda la normativa y distintos casos. Hay que leer detenidamente este desplegable de AYUDA en el que encontraremos cómo dar de alta a los nuevos beneficiarios o modificar los que ya se tenían, así como las condiciones de los mismos.

Poco a poco desde USO iremos podremos ir aclarando todo aquello de lo que la Empresa  ni otros sindicatos ni informan ni actualizan, confiando en que al menos, para la firma del Convenio, tengan todas las dudas atadas y no se limiten a remitirnos a unos manuales antiguos que ya nada tienen que ver.

Igualmente confiamos en que la Empresa vea la forma de actualizar a la contrata habilitada para resolver todas estas incidencias. No olvidemos que es personal subcontratado, que se encuentran trabajando desde otros países y que todavía son mucho menos conocedores de Billetes Convenio. Tampoco estaría mal que comprendiesen el desmadre que se nos ha venido encima y que dispongan de medios y personal para poder resolverlo, así como enviar una carta al personal pasivo informándoles de las nuevas condiciones.

 

POR ÚLTIMO… USO está a disposición del personal de Tierra en su oficina del NEO este miércoles y jueves (12 y 13 de febrero) y habilitaremos otros días las semanas que viene para resolver vuestras dudas Igualmente para los afiliados a USO les ayudamos y facilitamos la inclusión de sus beneficiarios (antes de acudir os aconsejamos tener habilitada la clave y traer fotocopia de los DNI o NIE de los beneficiarios a incluir)

 

 

2020-02-13T10:30:49+01:0011 febrero, 2020|Últimas noticias|