Se ha conseguido llegar a un Preacuerdo y aunque todavía está pendiente de la firma el Acuerdo definitivo, desde USO os presentamos un resumen dividido por temas según su relevancia, con los cambios que más nos afectan..
En cuanto a RETRIBUCIONES:
Subida salarial años 2018 – 2021.
Nuevos Pluses en algunas áreas de trabajo.
Plus diario fiji en jornada reducida
Importe horas perentorias
Retribución Flexible (nuevo sistema de retribución)
- DÍAS DE PRESENCIA EN LA DSA
y VACACIONES DE LOS FIJOS A TIEMPO PARCIAL - TELETRABAJO
- BILLETES
- EMPLEO
- OTROS: Permiso de lactancia, jornada mínima eventuales, incremento aportación al
Montepío de Loreto. - MEDIDAS DE PRODUCTIVIDAD
- ACUERDOS PARA HANDLING
1.1. Modificación de las funciones de Agente Administrativos
1.2. Modificación en las funciones de Agentes de Servicios Auxiliares
1.3. Fijos Discontinuos - RELATIVO A LA DIRECCIÓN TÉCNICA
1.4. Estacionalidad
1.5. AQCESS
RETRIBUCIONES
Subida Salarial 2018-2021
2018: Consolidado 2,5%, retroactivo desde el 1 de enero de 2018. No
consolidado 1,00%
2019: Consolidado 2,00% retroactivo a 1 de enero 2019. No consolidado 1,5%
2020-2021: Según la siguiente tabla:
TABLA AÑOS 2020 – 2021
EBIT/ingresos CONSOLIDADO NO CONSOLIDADO TOTAL
En cuanto a lo no consolidable para los años 2020 y 2021, se abonara conforme
a lo recogido en la tabla.
Los atrasos correspondientes a los años 2018 y 2019 hay que regularizarlos por
el cobro de la paga de beneficios del año 2018 puesto que se cobró según la
tabla vigente en ese momento y el nuevo convenio recoge un porcentaje
inferior (cobramos un 2,5% y el nuevo convenio supone un 1,00 % para el no
consolidado).
Nuevos PLUSES
Para la Dirección de servicios Aeroportuarios: 17,81€ en 12 mensualidades para
el año 2018. Este plus se revisará con la revisión salarial del convenio y no es
absorbible ni compensable.
Para la Dirección Técnica: 17,81€ en doce mensualidades (este plus se abonará
a todos los trabajadores adscritos a la Dirección Técnica que no pertenezcan al
grupo laboral de los TMA’s) para el año 2018. Este plus se revisará con la
revisión salarial del convenio y no es absorbible ni compensable.
Para servicios corporativos se acuerda un plus de 53,2 € en 12 mensualidades
para el año 2018. Este plus se revisará con la revisión salarial del convenio y no
es absorbible ni compensable.
Plus de Fijo Discontinuo: sustituye al plus actual y su cuantía será de 153,50 €
para todos los fijos discontinuos de la Red a tiempo completo.
1.3 Plus diario fiji en jornada reducida
Se acuerda que los trabajadores Fijis en jornada reducida cobrarán el plus diario
1.4 Importe Horas perentorias
A partir de 1 de enero de 2020, el importe mínimo equivalente al convenio de sector,
si el trabajador compensarlas por tiempo libre, se retribuirá hora por hora más el 75%
del importe.
RETRIBUCIÓN FLEXIBLE
Sistema de retribución voluntario que permite el empleado sustituir salario por
productos y/o servicios con ventajas fiscales. Incluye los siguientes productos:
Seguro médico
Guardería
Tarjeta transporte
Tarjeta comida
Formación (relacionada con el puesto de trabajo)
Renting coches (retribución mínima 50.000€/año)
Plan de pensiones
Se puede destinar hasta el 25% del salario bruto anual a la obtención de estos
productos/servicios. El trabajador es el responsable de no superar esta cifra. Se debe
tener en cuenta la retribución en especies (billetes, concierto colectivo de vida, Loreto).
DÍAS DE PRESENCIA EN LA DSA
Para los años 2020 y 2021, el número máximo de días de presencia se reducirá en
cuatro respecto al máximo previsto en el anterior convenio para los trabajadores Fijos
a tiempo completo.
VACACIONES PARA FIJOS A TIEMPO PARCIAL
A partir del año 2020 los trabajadores a tiempo parcial disfrutarán de 30 días de
vacaciones al año como el resto de trabajadores fijos.
TRABAJO EN REMOTO (TELETRABAJO)
Se incluirá en el convenio la posibilidad de prestar servicios en régimen de teletrabajo.
Las condiciones aplicables a dicha modalidad se tratarán en una Comisión específica
creada a tal efecto.
BILLETES
Reducción Precio (50% R2CortoyMedioradio, 90% R2LargoRadio, 25% Z2)
R2 Iberia Express
Derecho a billetes en red nacional/europea desde la contratación y en resto de
red a los 6 meses
2 beneficiarios libre designación para activos y pasivos. En el caso de los pasivos
se incluye el cónyuge.
Tarjeta rosa en Convenio Colectivo, para familiares de 3º grado
Cónyuges. Parejas de Hecho. Reducción nivel exigencia parejas de hecho
Cambio de beneficiarios cada 6 meses
Billetes óbito en Iberia Opco en caso de fallecimiento del cónyuge /pareja de
hecho
Billete de óbito en caso de fallecimiento del trabajador, para el cónyuge /
pareja de hecho o familiar en Iberia Opco
Creación de comisión que analice incidencias y estudie mejoras
Billetes free para los hijos solteros que convivan con la persona trabajadora y
que dependan económicamente de ella (sin requisitos de edad)
EMPLEO
Se acuerdan 800 transformaciones a la firma del convenio. Para los años 2020 y 2021
se reunirá la comisión de seguimiento en el primer trimestre para analizar las
necesidades que se harán efectivas en el mes de junio.
PERMISO DE LACTANCIA
Se amplía hasta quince días
JORNADA MÍNIMA DE EVENTUALES
Se fija una jornada mínima de 2 horas diarias para los trabajadores eventuales
APORTACIONES AL MONTEPÍO DE LORETO
Se incrementa en un 6,38% las bases de cálculo de las aportaciones al Fondo
Social de Tierra.
Se acuerda también revisar el régimen disciplinario y el artículo 41 y siguientes de la
Bolsa de Empleo.
MEDIDAS DE PRODUCTIVIDAD HANDLING
7.1.1 Modificación funciones Agentes Administrativos
Se añaden las siguientes tareas:
Aquellas relacionadas con las mejores prácticas de atención al cliente en aeropuertos
definidas por la compañía, en lo referente a la adecuación de las zonas de facturación y
embarque, así como en lo referente a una especial atención a los colectivos especiales.
Toda aquella función del área de plataforma relacionada con la adecuación del avión
para su asistencia (calzos, conos cuando el avión esté en finger y no esté el AGSA).
Cortinas de aeronaves. Correcta estiba según plan de carga del avión.
Toda aquella función relacionada con la salida del avión, así como la utilización de
manera autónoma de vehículos no tripulados para realizar dichas funciones.
7.1.2 Modificación en las funciones de Agentes de servicios auxiliares
Se añaden dos nuevas ítems en la descripción de tareas de los Agentes de servicios
auxiliares:
h) Siempre y cuando tengan la cualificación y formación adecuada, mantener una
comunicación continua tanto con la tripulación, como con el equipo de carga y
descarga, y con el departamento de hojas de carga.
i) Siempre y cuando tengan la cualificación y formación adecuada, toda aquella función
relacionada con la salida del avión, así como la utilización de manera autónoma de
vehículos no tripulados para realizar dichas funciones.
7.1.3 Fijos discontinuos
Modificaciones en los siguientes artículos:
Artículo 6: Se recoge llamamiento Adicional voluntario, regulado antes en la
Disposición final cuarta. Se introduce que en caso de no cubrir las necesidades
productivas la empresa podrá celebrar contratos eventuales
En ningún caso los periodos de llamamiento total (sumado el ordinario y el adicional)
podrá excedes de los 10 meses.
Artículo 13 .- Jornada en periodos de contratación a tiempo completo.- se establece
las reglas de cálculo para el número de días de presencia que será el resultante de
restarle a los días totales de contrato los días de vacaciones , los días de festivos y los
días de descanso semanal.
El promedio de horas por cada día de presencia será de 7,54 horas/día
Los horarios se publicarán con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su
realización.
Se abonará el plus de FD.
7.2 DIRECCIÓN TÉCNICA
Medidas de presencia específicas con relación a la estacionalidad y la producción
continuada que modifican el contenido de los punto 1 y 2 del artículo 99,
perteneciente al aportado c) conforme a lo siguiente: Días de presencia, estacionalidad
y vacaciones.
Nuevo Ordenamiento laboral AQCESS, desarrollo de la carrera profesional de los
TMA’s