El Consejo de Ministros aprobó que los trabajadores que se hayan quedado en situación de desempleo o que hayan sufrido el cese de actividad como consecuencia de la crisis del Covid-19 podrán disponer del ahorro acumulado en sus planes de pensiones.
900 844 855 y solicitar los dos documentos a cumplimentar (El primero de ellos es el Documento de Liquidación Excepcional Crisis Sanitaria COVID19 y el segundo una DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD)
Los planes de pensiones son productos financieros diseñados para conseguir un ahorro extra que complete la pensión pública de jubilación. Los motivos por los que se pueden rescatar están tasados por la ley. El principal es haber alcanzado la edad legal de jubilación, pero además están contemplados otros supuestos especiales de liquidez, como estar en paro, estar en riesgo de desahucio o sufrir una enfermedad grave. A estos, se añade ahora el haber sufrido el impacto económico del coronavirus.
Además, en 2015 se aprobó la posibilidad de que se rescatara el dinero que había acumulado en un plan de pensiones a partir de los 10 años. Pero la medida solo podrá poder hacerse efectiva a partir de 2025.
El año pasado, los dueños de planes sacaron 240 millones de euros por estos supuestos especiales de liquidez. En los años más duros de la crisis se rozaron los 500 millones de retiradas.
La nueva posibilidad de rescate se podrá hacer efectiva durante seis meses, por un importe que no podrá superar el salario dejado de percibir mientras se mantenga la vigencia del ERTE o los ingresos netos estimados que se hayan dejado percibir por el cese de actividad o la suspensión de apertura al público del establecimiento.
La medida aprobada también afectará a los planes de previsión asegurados (PPA), que es el equivalente a las pensiones privadas pero en formato de póliza de seguros, además de a los planes de previsión social empresarial y a las mutualidades de previsión social (como la Mutualidad de la Abogacía o Loreto).