Nota informativa sobre paga participación en beneficios IBERIA

Ante las preguntas efectuadas en relación a la paga de participación en beneficios contemplada en la Disposición Transitoria Tercera del XX Convenio de Tierra en IBERIA, desarrollamos esta nota aclaratoria.

El pasado lunes se firmó el Acta relativa a este asunto y ahí se determinó el haber regulador como sigue:

—  Se define el haber regulador como el constituido por los siguientes conceptos: sueldo base, prima de productividad, complemento transitorio y antigüedad (clave 3 «antigüedad», clave 303 «complemento antigüedad ad personam» y clave 304 «complemento compensatorio antigüedad), y la clave 122 en su caso, de cada uno de los trabajadores afectados, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016 y percibidos en dicho periodo por cada uno de ellos. —

Estas claves suponen aproximadamente el 61,5% de la masa salarial. Teniendo en cuenta que corresponde un incremento del 1,75% de la masa salarial según se indica en el Acta, hemos estimado que el porcentaje de incremento a aplicar es el 2,84% sobre las claves percibidas durante el año 2016 que conforman el haber regulador según se detalla en el párrafo anterior.