Devolución del dinero del abono transporte de Madrid por los días de confinamiento

Instrucciones para la devolución del dinero del abono transporte de Madrid por los días de confinamiento. El Gobierno regional va a compensar la falta de uso del abono mensual por los días en confinamiento obligatorio, previa reclamación de los interesados. Los usuarios del abono de 30 días podrán realizar una carga equivalente a los días que no han hecho uso del mismo a través de una «APP» específica, en estancos y puntos de venta habituales. También se prorroga la validez de los abonos anuales por 3 meses más, hasta el fin de marzo de 2021. La compensación del abono mensual por Covid, deberá tramitarse desde la web del Consorcio Regional de Transportes de Madrid a partir del próximo 6 de julio, mientras que la del abono anual no tendrá trámite alguno, pues la recarga se hará de forma automática. Saludos SECCIÓN SINDICAL USO Madrid
Loreto permite rescatar parte del Plan de pensiones en ERTE

El Consejo de Ministros aprobó que los trabajadores que se hayan quedado en situación de desempleo o que hayan sufrido el cese de actividad como consecuencia de la crisis del Covid-19 podrán disponer del ahorro acumulado en sus planes de pensiones. De ahí que Loreto permita recuperar parte del Plan de Pensiones a los empleados de Iberia en función de los ingresos no percibidos. Es decir, aquellas cantidades que resten del cobro del desempleo junto con el complemento que la empresa estableció hasta el importe completo de la nómina, podrá ser recuperado del Plan de Pensiones de manera excepcional dadas las circunstancias. Para ello, tenéis que poneros en contacto con la Mutua en los siguientes teléfonos: 917 589 650 900 844 855 y solicitar los dos documentos a cumplimentar (El primero de ellos es el Documento de Liquidación Excepcional Crisis Sanitaria COVID19 y el segundo una DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD) Los planes de pensiones son productos financieros diseñados para conseguir un ahorro extra que complete la pensión pública de jubilación. Los motivos por los que se pueden rescatar están tasados por la ley. El principal es haber alcanzado la edad legal de jubilación, pero además están contemplados otros supuestos especiales de liquidez, como estar en paro, estar en riesgo de desahucio o sufrir una enfermedad grave. A estos, se añade ahora el haber sufrido el impacto económico del coronavirus. Además, en 2015 se aprobó la posibilidad de que se rescatara el dinero que había acumulado en un plan de pensiones a partir de los 10 años. Pero la medida solo podrá poder hacerse efectiva a partir de 2025. El año pasado, los dueños de planes sacaron 240 millones de euros por estos supuestos especiales de liquidez. En los años más duros de la crisis se rozaron los 500 millones de retiradas. La nueva posibilidad de rescate se podrá hacer efectiva durante seis meses, por un importe que no podrá superar el salario dejado de percibir mientras se mantenga la vigencia del ERTE o los ingresos netos estimados que se hayan dejado percibir por el cese de actividad o la suspensión de apertura al público del establecimiento. La medida aprobada también afectará a los planes de previsión asegurados (PPA), que es el equivalente a las pensiones privadas pero en formato de póliza de seguros, además de a los planes de previsión social empresarial y a las mutualidades de previsión social (como la Mutualidad de la Abogacía o Loreto).
Actualiza tus hijos a cargo con el SEPE

Como muchos recordaréis, cuando el SEPE empezó a reconocer las prestaciones por desempleo ante los ERTES por fuerza mayor, no se tuvieron en cuenta los hijos a cargo en la mayoría de los cálculos, porque no dio tiempo a actualizar la situación de cargas familiares debido a la avalancha de solicitudes. En un principio, se indicó que se regularizaría todo más adelante de oficio por el SEPE sin que el trabajador afectado tuviera que hacer ninguna reclamación. Pues bien, dado que ya ha transcurrido bastante tiempo desde el inicio del estado de alarma, la mayoría de las empresas recomiendan establecer contacto directo del trabajador con el SEPE mediante correo electrónico para corregir la prestación y que abone la diferencia. Para ello es necesario rellenar un documento donde se declaran los hijos a cargo y debe enviarse a cada Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo correspondiente. Estas son algunas de las direcciones: BALEARES dpfamiliar@sepe.es BARCELONA doc08.hijoserteno@sepe.es MADRID dp28hijos@sepe.es MALAGA dp29declarahijos@sepe.es LAS PALMAS G.C. dp35ert.hijos@sepe.es S.C. TENERIFE dp38prepara@sepe.es CANTABRIA DP39Prepara@sepe.es TARRAGONA dp17prestaciones@sepe.es VALENCIA dp46envios@sepe.es VIZCAYA DP48Prepara@sepe.es La declaración jurada puede rellenarse y firmarse con alguna aplicación disponible para móvil, sin necesidad de imprimir y escanear. Por ejemplo con Adobe Fill & Sign. El documento para descargar lo tenéis al final del artículo en nuestra web.
Las redes sociales y canales de difusión de USO

En USO, nos adaptamos a cada persona y difundimos las noticias e información relevante para tu día a día laboral por múltiples canales. Por ello, te animamos a seguirnos y a promover que nos sigan en la red que más se ajuste a tu modo de informarte. Para eso, te recordamos que USO está: En internet, con nuestro sitio web www.uso.es, con la información diaria y la documentación laboral más completa en los apartados de Acción Sindical, Salud Laboral, Elecciones Sindicales e Igualdad. En Facebook, en nuestra página Unión Sindical Obrera Uso, usuario @UnionSindicalObreraConfederal En Twitter, síguenos en @USOConfe En Instagram, síguenos también en @USOConfe Tenemos LinkedIn, tanto para compartir noticias como para que puedas registrar tu puesto de trabajo en USO – Unión Sindical Obrera Difusión inmediata de los contenidos de nuestra web a través del canal de Telegram: Sindicato USO (https://t.me/sindicatouso) En Youtube, Unión Sindical Obrera Confederal Y, por supuesto, todo a golpe de clic si te descargas la APP de USO: https://www.uso.es/ya-os-podeis-descargar-la-app-de-uso/ Además, no olvides que tu Federación y tu Unión Territorial también cuentan con canales de difusión especializados en vuestro sector y territorio. ¡Gracias por seguirnos y por difundir la actividad de USO! Por otro lado, en cuanto a las aerolíneas, contáis con la web www.usosectorareo.com, la página de Facebook (Uso Iberia) y el Twitter (@USOAereo) y el Instagram (usoaereo) Os seguiremos informando
Gracias por darnos las gracias: «Habéis sido de una ayuda inestimable en la incorporación de los nuevos beneficios del Billetes para Empleados»

Antes de la crítica situación por la que todos estamos pasando, la Empresa, acorde con el nuevo Convenio Colectivo firmado, modificó las condiciones en Billetes para Empleados incrementando el número de beneficiarios, disminuyendo el cargo a tasas aéreas, las aerolíneas con acceso a ellos e incluyendo a los jubilados. Pese a esta mejora, no cabe duda de que se quedaron muchos flecos por cubrir como es la agravante discriminación del acceso a los mismos de las viudas/viudos del persona de Tierra frente a las viudas/viudas del personal de vuelo; o que el personal pasivo tenga más beneficiarios que el activo. Privilegios que son incomprensibles de unos frente a otros. Pero no solo fue la falta de equidad de nuevo en el mal hacer, sino que como todos pudimos comprobar se desatendió facilitar la incorporación de los nuevos beneficiarios, la edición de una normativa con las nuevas condiciones, o tener personal formado para atender la avalancha de dudas que se nos venía encima (tres trabajadores en Billetes Convenio sin mando a cargo, y uno de ellos a media jornada). Ante esta situación USO se puso manos a la obra para atender a todas las personas – jubilados y no jubilados- que no sabían cómo proceder y creó una normativa adecuada a las nuevas condiciones. Y durante este confinamiento estamos agradecidos a muchos de esos empleados que nos han estado enviando mensajes por wasap y por email como los siguientes que adjuntamos a modo de ejemplo: «La ayuda de USO en el wasap que dispuso para ello y la publicación de su normativa FREE ha sido estupenda, rápida, eficiente, profesional. Un trato amable e inclusive fuera de horario. Me habéis atendido así de bien y siempre con amabilidad a partir inclusive de las 22:00 y en fines de semana. Es de agradecer esta facilidad, especialmente porque no hemos tenido otra forma de comunicarnos con Billetes Convenio nada más que por email. En lo que a mi respecta, gracias». «Os doy las gracias por la ayuda que me prestasteis. Gracias por los emails que nos enviasteis para aclararnos las nuevas condiciones y por atendernos presencialmente y ayudarnos en la inclusión de los beneficiarios» «Gracias a los enlaces que publicó USO, con explicaciones claras, su atención telefónica 24 horas, todos los días – laborales o no laborales-, terminé entendiendo qué es lo que tenía que hacer, el nuevo acuerdo y cómo dar a mis familiares de alta». «Habéis sido una gran ayuda inestimable para mí en lo que a información relativa a los nuevos acuerdos se refiere. Os estoy muy agradecida» «Si no hubiese sido por vosotros, habría tenido que desistir de incluir a mis hijos como nuevos beneficiarios. Era muy complicado que te pudiesen atender desde Billetes Convenio aunque hacían lo que buenamente podían. Si no os hubieseis puesto vosotros mano a mano para agilizar la situación estaríamos todavía con este problema». Como estos son muchos los mensajes que hemos recibido y somos nosotros (USO) ahora quienes os agradecemos vuestro agradecimiento porque esto nos motiva a seguir trabajando para vosotros que es lo que os prometimos en las pasadas elecciones sindicales. Confiamos que la información veraz, de ayuda y de calidad, os haya podido llegar igualmente durante esta pandemia y hayamos podido ser de utilidad en una situación tan crítica. Trabajamos para ti. Os seguiremos informando
No he cobrado el ERTE

Desde USO seguimos trabajando para dar solución a los trabajadores que no han recibido la prestación por desempleo del SEPE. Son ya muchos los que llevan en el ERTE y desesperados porque no consiguen respuesta alguna, con todo lo que conlleva y agrava la situación familiar de cada uno. Aquí mostramos los correos a donde podéis escribir, explicando vuestra situación brevemente y aportando los siguientes datos: – Nombre y Apellidos – DNI – Últimos 10 dígitos de la cuenta bancaria – Teléfono – Empresa – Localidad y provincia – Código postal -ASUNTO: INCIDENCIAS ERTE 1) A nivel nacional, tenéis el buzón miprestacion2020@sepe.es Podéis intentar contactar por esta vía, pero lo más recomendable es escribir también a la Dirección Provincial del SEPE que os corresponda según la localidad o domicilio de empadronamiento. 2) A nivel provincial, tenéis más posibilidades de que contesten y hay otros correos poniendo en XX los dos primeros digitos del código postal de tu provincia: dpXXere@sepe.es dpXXacuerdos.ere@sepe.es dpXXnominas@sepe.es dpXXvoluntarios@sepe.es (Por ejemplo para Madrid XX será 28) 3) Podéis escribir también directamente a una oficina en concreto según el domicilio de empadronamiento, poniendo el código de la oficina con sus 7 dígitos. bopXXXXXXX@sepe.es (Por ejemplo para la oficina central de la Dirección Provincial de Madrid en la calle Victor de la Serna, 43 su código es 2807900) Las oficinas del Sepe se pueden buscar en internet. Si alguno de los correos sale rechazado es porque el buzón está lleno. Recomendamos escribir a todos. 4) También podéis llamar por teléfono a la Dirección Provincial. (Para Madrid el teléfono es 910504598). Aunque suele estar saturada también esta vía. 5) Otro recurso es pedir cita previa en la web del SEPE pero no es seguro que os llamen en el día reservado. Hasta que no se abran las oficinas tampoco es posible la atención presencial. 6) En la mayoría de los casos, el retraso y las incidencias se deben a errores en la transmisión de los datos personales, por lo tanto, lo primero que debéis hacer es confirmar todo con la unidad de Recursos Humanos de la empresa y si hay diferencia, es la empresa quien debe enviar de nuevo tus datos en un excel con las correcciones al SEPE. Sabemos de las dificultades para que os atiendan, pero no queda más remedio que insistir por todos los medios. Esperamos que recibáis una rápida respuesta y se solucione esta situación definitivamente. Mucho ánimo. Estamos a vuestra disposición.
INGRESO MÍNIMO VITAL

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR ESTE FORMULARIO 1.- DATOS DEL SOLICITANTE. 1.1. DATOS PERSONALES.- Si ha contraído matrimonio y posee apellidos distintos de los que tenía de soltera, indique también los de soltera. 1.2. DATOS DE EL/LA RESPRESENTANTE LEGAL 1.3. DATOS RELATIVOS AL ALOJAMIENTO 1.4. ¿FORMAR PARTE DE UNA UNIDAD DE CONVIVENCIA?.- Unidad de convivencia: Se considera unidad de convivencia la constituida por todas las personas que residan en el mismo domicilio y estén unidas entre sí por vínculo matrimonial o como pareja de hecho en los términos del artículo 221.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, así como sus familiares u otros con un vínculo familiar análogo hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. 1.5. SITUACIÓN LABORAL.- Exprese su situación laboral especificando así mismo si cobra o ha solicitado alguna prestación o subsidio de alguna entidad tanto pública como privada. 2.- DATOS DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA UNIDAD DE CONVIVENCIA. 2.1. DATOS DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA UNIDAD DE CONVIVENCIA. INGRESOS Y PATRIMONIO.- Referidos al ejercicio presupuestario anterior a la fecha de la presentación de la solicitud. – Rendimientos netos del trabajo: indicar el importe de las retribuciones íntegras percibidas (en dinero y/o en especie) menos los gastos deducibles, de acuerdo con la legislación fiscal (cotizaciones a la Seguridad Social, cuotas a sindica- tos, …). – Rendimientos íntegros del capital mobiliario (intereses de cuentas corrientes, libretas de ahorro, depósitos, …): indicar el importe bruto, sin efectuar descuento alguno, de los rendimientos obtenidos por el capital. – Rendimientos netos del capital inmobiliario: indicar el importe de las rentas derivadas de la titularidad de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, sin tener en cuenta la vivienda habitual, por arrendamientos de los mismos u otro concepto similar menos los gastos deducibles, de acuerdo con la legislación fiscal. – Rendimientos netos de actividades económicas: indicar el importe de los ingresos obtenidos con motivo de la realización de la actividad económica menos los gastos deducibles, de acuerdo con la legislación fiscal. – Ganancias patrimoniales: saldo neto positivo de las ganancias patrimoniales imputables al ejercicio de referencia de los ingresos, derivado de la venta de bienes muebles (acciones, fondos de inversión, …) o de bienes inmuebles. – Prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada que se derivan de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. – Prestaciones económicas en concepto de renta mínima de inserción, así como las demás ayudas establecidas por las entidades locales para atender situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales o necesidades de alimentación y escolarización. Así como las ayudas públicas concedidas a las víctimas de violencia de género. – Prestaciones y ayudas familiares percibidas de cualquier otra Administración Pública, ya sean vinculadas a nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores. 2.2. DATOS DE LAS PRESTACIONES SOLICITADAS CON CARÁCTER PREVIO A LA PETICIÓN DEL INGRESO MÍNIMO VITAL. 3.- DECLARACIÓN DE INGRESOS Y PATRIMONIO.- En relación con los ingresos especificados en el punto 2. 4.- OTROS DATOS. 4.1. DATOS FISCALES. Si el futuro titular de la prestación tiene establecida su residencia fiscal (más de 183 días al año) en un país extranjero o en una Comunidad o Ciudad Autónoma o Territorio Foral distinto del lugar en donde solicita su prestación, debe indicarlo. 4.2. DOMICILIO DE COMUNICACIONES a efectos legales sólo debe indicarse cuando desee recibirlas en otro distinto al suyo habitual, incluidas las comunicaciones oficiales en las que se le pidan actuaciones en plazos determinados. 5- ALEGACIONES.- Si quiere añadir algo que considere importante para tramitar su prestación y no lo vea recogido en el formulario, póngalo en este apartado de la forma más breve y concisa posible. 6.- COBRO DE LA PRESTACIÓN.- En la cuenta corriente que nos facilite para el cobro de la prestación, deberá figurar el solicitante como titular de la misma. Ponga especial cuidado en rellenar las casillas de la cuenta corriente para que no haya problemas cuando hagamos el ingreso. La solicitud la puedes encontrar Aquí:
Finalización de la suspensión de plazos

Desde USO os informamos de una importante novedad, sobre todo para nuestras asesorías jurídicas, recogida en el Real Decreto 537/2020, de 22 mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Este RD, que entró en vigor el mismo día de su publicación, el 23 de mayo, además de prorrogar el estado de alarma declarado por el RD 463/2020, de 14 de marzo, en las mismas condiciones establecidas en dicho RD, desde las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020, también regulan temas vinculados a la desescalada, la autoridad competente delegada y anuncia el alzamiento de la suspensión de plazos procesales administrativos, dato fundamental para el trabajo de nuestras asesorías. ALZAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS PROCESALES, ADMINISTRATIVOS Y DE PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD (artículos 8, 9, 10 y Disposición Derogatoria Única) Con efectos desde el día 4 de junio de 2020 – Se alza la suspensión de los plazos procesales – Se alza la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad Con efectos desde el día 1 de junio de 2020 – El cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas Por lo que se derogan las Disposiciones Adicionales Segunda y Cuarta (con efectos del 4 de junio) y la Disposición Adicional Tercera (con efectos del día 1 de junio) del RD 463/2020, de 14 de marzo, que habían establecido, respectivamente la suspensión de los plazos procesales, de los plazos de prescripción y caducidad y de los plazos administrativos durante la vigencia del estado de alarma y de las prórrogas que pudieran adoptarse. Madrid, 26 de mayo Secretaría de Acción Sindical y Salud Laboral
USO llega a un acuerdo con ASISA con unas condiciones muy favorables par sus afiliados

Gracias al acuerdo entre USO y ASISA de asistencia sanitaria, ahora tenemos la oportunidad de confiar a ASISA el cuidado de tu salud y la de los tuyos en unas condiciones muy ventajosas y con importantes novedades, debido a la situación excepcional en la que nos encontramos por la crisis sanitaria de la pandemia del covid-19. Ponemos a disposición de todos los afiliados, una oferta que esperamos sea de vuestro interés. Para ello podéis entrar directamente e informaros en este enlace: ASISA ESPECIAL USO Colectivos: 21936 y 22616 – Unión Sindical Obrera PROMOCION ESPECIAL: SIN PERIODOS DE CARENCIA Con efecto desde el 1 de junio al 1 de julio de 2020 para nuevas ALTAS Asimismo de forma totalmente gratuita, durante todo el año 2020, se puede acceder los servicios del chat médico y videoconsulta. Estas opciones de telemedicina se pueden consultar en la web https://www.asisalive.com/
Última información sobre los ERTES en Baleares

Hasta el momento, a la hora de calcular el porcentaje de parcialidad de los fijos discontinuos, el criterio que seguían era la del último llamamiento, criterio que cambian de inmediato por el que se tenía que haber utilizado desde el principio, es decir, la media ponderada de los últimos 180 días, tal y como marca la ley, y tal y como a todos/as ya os habíamos informado. Para hacer lo anterior – que nadie se asuste – van a dar de baja en el sistema a todos los trabajadores a fin de que quede todo limpio. Empezarán de nuevo a introducir datos, pero esta vez con el cálculo de la media ponderada de los últimos 180 días. Este fin de semana se asignará a un equipo de expertos en ERTES que trabajaran durante todo para intentar que esto se solucione lo antes posible, y que alcanzar el objetivo implica necesariamente la colaboración de las empresas, por tanto, han solicitado que se traslade a los distintos RRHH (Recursos Humanos) de las empresas del sector la necesidad de que cumplimenten un nuevo Excel con el cálculo ya ponderado de los últimos 180 días y se haga llegar a una dirección de correo – la del subdirector del SEPE — habilitada exclusivamente para esto. Ello afecta a todas las empresas del sectro: compañías de Handling comoAcciona, Groundforce, etc…, y aerolíneas. En cuanto a la pregunta de los hijos a cargo: el programa que manejan no les deja que estos datos se incluyan automáticamente, por lo que tendrán que incluirlos en el sistema a mano y eso tardará algo más, – sobre junio – ya que su prioridad inmediata es arreglar el tema de la parcialidad de los fijos discontinuos. Con respecto a las situaciones de pluriactividad que en el sistema cuando aparecen dos ERTES automáticamente rechaza uno, algo que no debería ser, y que está en proceso de ser regularizado. Un saludo, os seguiremos informando. PDF ADJUNTO DE LA NOTA DE PRENSA. USO INFO ERTES (1)
Cómo reclamar al SEPE si a día de hoy no has cobrado la prestación por desempleo…

Si a día de hoy no has cobrado la prestación por desempleo, te contamos cómo puedes reclamar al SEPE (INEM) el cobro de ella. Tienes dos opciones: esperar a que el SEPE tramite la solicitud o presentar una reclamación. Si optas por la primera vía, os aconsejamos poneros en contacto con vuestra empresa para confirmar todos los datos Ella es quien ha tenido que comunicar al SEPE por el ERTE de la empresa, cuántos trabajadores son los afectados y la documentación para recibir la prestación correspondiente. Si te confirma la empresa que lo ha comunicado, puedes optar por presentar de forma oficial una reclamación al SEPE por la vía administrativa. Presentar una reclamación vía administrativa Para presentar esta reclamación el interesado/a deberá de cursar dicha solicitud a través de la web del SEPE (mediante certificado digital, DNIe o correo certificado). Existe la posibilidad de presentar dicha solicitud de forma presencial, pero al estar las oficinas de empleo cerradas, es inviable. El SEPE tiene seis meses de plazo para contestar a esa solicitud. En el caso que no recibiéramos por parte del INEM una contestación formal se entiende que hay un «silencio administrativo, y tendremos entonces la posibilidad de interponer una demanda judicial. Si recibes la contestación por parte del SEPE rechazando o denegando tu solicitud, tendrás un plazo de 45 días para presentar alegaciones. Si nuevamente se volviera a repetir esa situación, dispondrás de 30 días para reclamarlo nuevamente. Si tras ésto la respuesta sigue siendo denegada, tan solo quedaría la vía judicial. Para presentar una demanda judicial al SEPE deberá de hacerse siempre en los juzgados de lo social de tu localidad. Para este procedimiento te contamos que no es necesario contar ni con abogado ni con procurador, pero desaconsejamos llegar a este extremo. Pues es la empresa quien debe de solicitar la prestación por desempleo a un trabajador afectado por un ERTE. El Ministerio de trabajo llegó a un acuerdo con las entidades bancarias para que toda persona que se le reconozca su derecho a la prestación por desempleo, le sea adelantado el abono de la prestación a los días 3 y 4 de cada mes. De esta forma, los afectados por un expediente de regulación de empleo que todavía no han cobrado el paro por ERTE, podrían recibirla este mismo mes de mayo y no tendrán que esperar hasta el siguiente mes de junio. En Iberia podéis contactar con vuestros Business Partner de Recursos Humanos.
Baleares sólo: Posibles irregularidades por parte del SEPE y también de algunas empresas

Si ya el pasado viernes 1 de mayo informamos en https://usoib.es/2020/05/01/posibles-irregularidades-en-el-calculo-de-las-prestaciones-por-parte-del-sepe/ de posibles irregularidades por parte del SEPE a la hora de calcular las bases de cotización -y con ello, la cuantía total- de las prestaciones para las personas en situación de ERTE por fuerza mayor (cuestión sobre la que anunciamos seguir informando y, de ser necesario, llevar a nuestros servicios jurídicos), hoy volvemos a dar a conocer nuevos hechos en torno a la gestión de las prestaciones que podrían estar incurriendo en posibles irregularidades. Cabe destacar que, como en la cuestión antes citada, las siguientes informaciones nos llegan a través de casos concretos de personas trabajadoras, afiliados, delegados, representantes de empresas de diferentes sectores o conversaciones de estos con personal de la administración. A los casos en los que podrían estar cogiéndose las medias del último contrato -y no de los últimos 180 días al hecho causado (fecha de su inclusión en el ERTE), como marca la ley- para establecer las prestaciones, sumamos hoy que en su intención por ayudar e informar a las personas acerca del estado de la tramitación de sus datos y prestaciones, el Servicio Estatal Público de Empleo sigue facilitando números de teléfono que no son hábiles. También que el propio organismo público está enviando comunicaciones a las instancias colegiadas afirmando que son las empresas las que deben gestionar las reclamaciones de los trabajadores (práctica que estaría imitando, en el caso de Illes Balears, el SOIB), si bien es cierto que el SEPE deja claro en esas comunicaciones que, una vez las empresas reciban esas reclamaciones, estas pueden mandar el caso al órgano estatal para, de manera prioritaria, tratar de resolverlo. La gravedad de esta cuestión reside que en que las empresas en cuestión afirman que ya enviaron al SEPE en su día todos los datos de sus trabajadores, y que por tanto debe ser este el que lidie con las reclamaciones de los afectados directamente…, y mientras se da ese cruce de ‘acusaciones’, el trabajador sigue en medio de todo, resultando el gran afectado: nadie atiende sus reclamaciones, el tiempo pasa y su prestación no se resuelve correctamente. Igualmente, vemos que el SEPE no dispone ningún email específico (para reclamaciones) al que la persona trabajadora, una vez descargada de la web su resolución, pueda enviar y acreditar su situación particular con el fin de ser esta solucionada. Al contrario, el organismo insta al usuario a tramitar la reclamación en su sede provincial (del SEPE), es decir, presencialmente en muchos casos, lo que roza el sinsentido cuando estas sedes provinciales, al recibir la llamada del trabajador para coger cita previa, responden con explicaciones que no encaja con las facilitadas desde Madrid. Empresas que tampoco cumplen con su parte Por si fuera poco, y pasando ahora a otro plano, no solo por parte del SEPE estamos observando posibles irregularidades en las últimas semanas, sino que también algunas empresas podrían estar vulnerando ciertos derechos de sus trabajadores. El de los llamamientos a trabajadores con contratos fijos discontinuos es un buen caso. Hablamos de personas a las que sus empresas no solo no les están haciendo llamamientos, sino que tampoco les están aplicando las condiciones de ERTE que les corresponderían. Recordamos que la falta de llamamiento en tiempo y forma tiene la consideración de despido improcedente. Por su parte, muchas de las empresas que están actuando de esa manera responden que aún están a tiempo de hacer los llamamientos estipulados en los contratos, y se remiten a determinadas condiciones de garantía de actividad u ocupación de las que dependería la posibilidad de ejercerlos. En cualquier caso, los casos individuales, empresariales o sectoriales en los que se pueden estar infringiendo ciertas normas ya están en manos de servicios jurídicos. Ejemplo: cuando, teniendo en cuenta la fecha de llamamiento de 2019, hoy aún no se ha producido una comunicación de llamamiento ni se ha aplicado un ERTE. Eso sí, recordamos que en muchos de estos casos, la demanda ha de ser individual. Asimismo, instamos al papel que Inspección de Trabajo pueda jugar en las denuncias en las que haya materia para actuar, siempre haciendo un llamamiento a que ninguna persona trabajadora debería verse afectada por condiciones que, siendo ajenas a ella, pueden agravar aún más las propias de la crisis que vivimos. En este caso, nos referimos a denuncias contra empresas que no estén incluyendo a sus trabajadores fijos discontinuos en situación de ERTE. Cabe recordar que, de comprobarse que esas actuaciones incumplen lo marcado por la ley, a las empresas en cuestión podrían serle retiradas subvenciones o podrían ser sancionadas. En USO Illes Balears seguiremos haciendo nuestra labor: informando de estas u otras posibles irregularidades, trasladando a nuestros servicios jurídicos los casos pertinentes, invitando a los sindicatos mayoritarios a trabajar de manera conjunta -y no unilateralmente- en defensa de los intereses de los trabajadores, presionando a las autoridades con los argumentos que nos aporta la ley para que estas no se relajen en la aplicación de las medidas con las que combatir la crisis del coronavirus, y fomentando un clima de trabajo y colaboración con las mismas para ayudar a subsanar las deficiencias del sistema y mejorar todo aquello que sea necesario con tal de no dejar desasistido/a a ningún/a afectado/a por la crisis. Pero, sobre todo, en USO Illes Balears continuaremos haciendo aquello por lo que existimos: defender los derechos y la dignidad de las personas trabajadoras, especialmente en estos tiempos tan complejos.
USO solicita la activación del Protocolo de actuación ante el trabajador con COVID19 como consecuencia de los resultados positivos de los distintos centros

Ante los casos que se están dando con resultado positivo en distintos centros de trabajo por las pruebas de test serológicos realizadas en estos días por parte del servicio médico de Quiron Prevención y el servicio médico de Iberia, USO solicita que se recuerde y se active en los centros de trabajo que se está produciendo esta situación, el protocolo existente: «PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE TRABAJADOR CONFIRMADO DE PADECER Covid-19 EN CUALQUIER CENTRO DE TRABAJO» revisión 2º. 20-03-2020. A su vez, USO solicita la entrega a los trabajadores/as que den positivo del informe correspondiente con las especificaciones del test serológico utilizado, para evitar posibles problemáticas ante Seguridad Social. Igualmente USO solicita: – Que las pruebas se ajusten más a los horarios de trabajo de estos empleados y que no suponga un trastorno para los mismos, y que dentro de lo posible puedan realizarse las mismas dentro de la jornada laboral. La razón es la baja actividad, las horas de inactividad existentes a lo largo de la jornada de los trabajadores y la rapidez de las pruebas. – Hacer extensible las pruebas a los trabajadores que han estado trabajando en el mes de abril de forma voluntaria. – Que fuera facilitado a los miembros del Comité Intercentros de Seguridad y Salud los números de teléfono o contacto por defecto por tema de incidencias varias de todos los centros de trabajo donde sean realizadas estas pruebas: ejemplo trabajadores que no han sido llamados o tengan alguna duda. – Que se entregue la especificaciones de los test que se están utilizando y estudio de su efectividad a los miembros del Comité Intercentros de Seguridad y Salud.
DEMANDA POR CESIÓN ILEGAL DE NAR ES A NAS (Norwegian)

Ante la consecución de los actos en los últimos días de Norwegian nos hemos visto obligados, colectivo de tcps y pilotos, a solicitar una mediación previa en el SIMA (Servicio de Interconfederal de Mediación y Arbitraje) como paso previo a la demanda por cesión ilegal de NAR ES a NAS. Si bien hasta ahora NAR ES venía siendo una empresa que operaba a todos los efectos como filial del grupo en España, Norwegian pareció poner en práctica ahora el modelo externalizado que creó, de cara a los accionistas, y compartimentar el riesgo en situaciones como estas. Esto significa “en caso de quiebra, los costes mas baratos”. Estamos profundamente preocupados y decepcionados. Norwegian dejó de asistir a las reuniones del ERTE que abrió en abril, dejando en manos de una subcontrata externa (OSM) la negociación a la que por supuesto se acabó sin acuerdo. Más tarde, Norwegian afirmó la cancelación de los acuerdos de aprovisionamiento a la filial en España, y por tanto los ingresos a su propia filial. El anuncio de que se recopilaban CV’s provocó indignación y desconcierto a partes iguales, ya que es incomprensible que Norwegian haga como que no conoce a las tripulaciones a las que hasta hace nada instruía, programaba vuelos, dejaba al cargo de los caros aviones, etc. Esto responde a la ficción creada de “son trabajadores de agencias externas a Norwegian (NAS), por tanto, no los conozco y no tengo sus datos”. Este insultante comportamiento, no sólo desde el punto de vista moral, si no lo que es mas importante, legal, mientras se llama a este colectivo de trabajadores de la aerolínea “Guerreros de Norwegian”, es inaceptable y así lo se reclamará legalmente. El mismo día que anuncia el acuerdo con accionistas & acreedores y, por tanto, cumplir los requisitos para las ayudas del Gobierno noruego, informa a los trabajadores que deben devolver el uniforme y la tarjeta de compañía. Cuando se preguntó en conferencia con Norwegian antes del 4 de mayo si Norwegian (NAS) se haría cargo de las compensaciones por despido, en caso de un ERE, así como la seguridad social en caso de mantener el ERTE de fuerza mayor actual (25% de las cotizaciones sociales) o un ERTE posterior al estado de alarma (100% de las cotizaciones), la respuesta es que no se pueden comprometer a nada . Este comportamiento lleva a pensar en un despido de facto y con intención de dejar una deuda de la que se encargue el estado español y sus contribuyentes, mientras la matriz recibe ayudas por 300 millones de euros. Ni es de recibo este trato a los trabajadores, ni el contribuyente español se debe hacer cargo de esta deuda. En esta mediación, USO reclamará que Norwegian (NAS) se haga cargo de los 1300 trabajadores en España, sea cual sea la situación o las medidas que se apliquen en materia de reestructuración. Os seguiremos informando de cualquier novedad que se produzca, de la mejor manera posible. SECCIÓN SINDICAL USO NAR ES.
Sepla y USO denuncian a Norwegian por cesión ilegal de trabajadores

• Un día después de superar el trámite para su recapitalización, Norwegian ha obligado a sus trabajadores españoles a despojarse de sus uniformes y credenciales. • Norwegian ha externalizado la contratación de su plantilla a terceras empresas para no asumir los costes de la Seguridad Social, indemnizaciones por despido o trámites de desempleo. Los sindicatos que representan a los trabajadores de Norwegian en España, Sepla y USO, han presentado una demanda de conciliación ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) -paso previo a la celebración de un juicio ordinario- contra Norwegian por cesión ilegal de trabajadores. En esta demanda, que se dirige tanto contra la matriz Norwegian Air Shuttle, con sede en Noruega, como contra su filial Norwegian Air Resources (propietaria de un 51% de Norwegian Air Resources Spain, empleadora de los 400 pilotos y 900 tripulantes de cabina de Norwegian en España), USO y Sepla instan a que se determine judicialmente el empleador real de la plantilla de Norwegian en España. El pasado lunes 4 de mayo, mismo día en el que se aprobó la recapitalización de las acciones de Norwegian y se aseguró su supervivencia, la compañía solicitó a pilotos y tripulantes de cabina que se desprendieran de todos los credenciales que les acreditan como trabajadores de Norwegian, incluyendo tarjetas de identificación e, incluso, uniformes. Esta acción, que supone un paso más en el intento de Norwegian Air Shuttle de desvincularse de sus trabajadores en España, ha detonado la presentación de esta demanda ante el SIMA. Con ella, los sindicatos Sepla y USO pretenden que Norwegian asuma las obligaciones sociales que le corresponden como empleador real de los pilotos de Norwegian en España, entre ellas, una posible indemnización por despido, así como pagar las posibles deudas a la Seguridad Social. Un complejo conglomerado societario USO y Sepla acusan a Norwegian Air Shuttle de ocupar la cúspide de un complejo conglomerado societario, del que dirige las áreas financiera, operacional, de recursos humanos y demás servicios inherentes a cualquier aerolínea. Sin embargo, Norwegian Air Shuttle ha desplegado un entramado de empresas para contratar a sus tripulaciones e inhibirse de sus responsabilidades como empleador. En España, la contratación de tripulantes pilotos se hacía en un principio a través de dos empresas mercantiles: Norwegian Air Resources Spain (NAR ES) y OSM Aviation Spain, que operaban a efectos de empresa de trabajo temporal aportando pilotos a la matriz. Posteriormente, OSM pasó a comprar el 49% de NAR ES, quedando el 51% restante en manos de Norwegian Air Resources Limited, a su vez propiedad al 100% de Norwegian Air Shuttle. Ninguna de las empresas de contratación de personal, ya fuera en su día OSM o actualmente NAR ES, son operadoras de aviones ni realizan ningún tipo de actividad aérea. Los pilotos, cuya labor es principalmente operar aviones de un punto a otro, deben ser considerados por tanto trabajadores de Norwegian Air Shuttle, que es quien posee la titularidad de la actividad productiva así como el certificado de operador de los aviones. A lo largo de la demanda, Sepla despliega una serie de argumentos jurídicos que demuestran que es Norwegian Air Shuttle la empleadora real de los 300 pilotos de Norwegian en España. Entre otros hechos, Sepla apunta a la utilización del correo corporativo, la programación de los pilotos, las incidencias sobre bajas o vacaciones retribuidas, la antigüedad o la promoción profesional de los pilotos, todos ellos procesos asumidos por Norwegian Air Shuttle. En el caso de los tripulantes de cabina, representados por el sindicato USO, tras declararse la cesión ilegal de trabajadores de Norwegian Air Shuttle y Adecco, Norwegian Air Shuttle constituyó en España la empresa Norwegian Aire Resources Spain (NAR ES), califica como filial en España, para la contratación en España de los tripulantes de cabina que operan rutas desde y hacia España de la compañía aérea noruega. USO argumenta en la denuncia que NAR ES incumple todos los requisitos legales para la actividad de puesta a disposición de trabajadores a un tercero, solo reservado conforme a nuestra legislación a las ETT, sin que tampoco pueda considerarse su actividad como de una subcontrata legal, constituyendo la prestación de mano de obra que realiza a Norwegian Air Shuttle como ilícita y constitutiva de una clara cesión ilegal de mano de obra. Además, el sindicato USO detalla en el texto de la denuncia que es Norwegian Air Shuttle quien realiza las tareas de dirección, control y organización del trabajo de la plantilla en España; su reclutamiento, promoción profesional y formación de TCP, y quien posee todos los materiales y medios para desarrollar la actividad en España. Preocupación sindical “Desde que comenzaron a amenazar con cerrar sus bases en España, Norwegian ha hecho todo lo posible por desvincularse de sus tripulantes en España -han apuntado desde la Sección Sindical de Sepla en Norwegian-. Nos tememos que su intención real sea la de eximirse de sus obligaciones sociales con nosotros en esta situación tan delicada, especialmente las indemnizaciones que nos corresponderían por despido o los trámites con el servicio de desempleo”. “Estamos profundamente preocupados y decepcionados. Norwegian dejó de asistir a las reuniones del ERTE que abrió en abril, dejando en manos de una subcontrata externa la negociación. Cuando preguntamos si Norwegian se hará cargo de las compensaciones por despido, en caso de un ERE, así como el pago a la Seguridad Social, en caso de mantener el ERTE de fuerza mayor actual o un ERTE posterior al estado de alarma, la respuesta es que no se pueden comprometer. Este comportamiento lleva a pensar en un despido de facto y con intención de dejar una deuda de la que se encargue el Estado español y sus contribuyentes, mientras la matriz recibe ayudas por 300 millones de euros”, denuncia la Sección Sindical de USO-Norwegian
Iberia comienza hoy a realizar las pruebas del COVID-19 a sus empleados

Tal y como comunicó USO, Iberia está trabajando con los representantes de los trabajadores y los delegados de prevención laboral en un Plan Integral de Seguridad e Higiene, con el asesoramiento del Grupo Médico Quirón, para todos los empleados, de cara a la progresiva incorporación al trabajo de los empleados en las distintas áreas y colectivos. Este Plan Integral abarca a todos los empleados y a todos los colectivos acorde a la incorporación de los mismos a la actividad de la empresa, motivo por el que, como USO ya dijo ayer, ser irá implementando en distintas fases. A partir de hoy se irán implementando las diferentes fases de la siguiente forma: Hoy, martes 05 de mayo, en La Muñoza Mañana miércoles, 6 de mayo, en el aeropuerto de Barajas, Barcelona y en las oficinas centrales del NEO, a empleados de vuelo y servicios centrales. Quedan pendientes las pruebas para la Antigua Zona Industrial (AZI) y Terminal de Carga, que se realizarán mediante una Unidad Móvil, que está pendiente de la tramitación del permiso de AENA para el acceso y la organización de esta unidad médica. Para el resto de centros de trabajo se prevé que se comiencen con las pruebas la próxima semana. A los trabajadores que se encuentren bajo un ERTE, las pruebas se les realizará según se vayan incorporando. Las citaciones son cada hora y con un máximo de 5 ó 6 personas. Los empleados son citados por correo electrónico. Los resultados serán entregados al trabajador en torno a 15 minutos después. En el supuesto de que el resultado fuese positivo, al trabajador se le hará entrega de un documento con la confirmación del mismo para que pueda acudir a su centro de la Seguridad Social y hacer entrega de la misma.
En estos días se empezará a pagar la prestación del desempleo a los trabajadores afectados por el ERTE de fuerza mayo

Según han informado fuentes oficiales del SEPE, en estos días se empezará a pagar la prestación del desempleo a los trabajadores afectados por el ERTE de fuerza mayor. Por ello, los afectados podríais recibir el ingreso correspondiente a partir del próximo lunes 4 de mayo, salvo que lo haya adelantado vuestro banco de forma personal. En la cantidad recibida se habrá descontado la parte de cotización a la Seguridad Social a cargo del trabajador (6,35%) y también una retención a cuenta del IRPF. Tendréis que recibir también una resolución por la que se reconoce dicha prestación y los datos de cálculo. En muchos casos se está detectando que no han aplicado la carga familiar real para el cálculo, es decir no han contabilizado los hijos totales y eso afecta al mínimo y máximo a cobrar, porque no han actualizado esa información para todos, dada la sobrecarga de trabajo. Os recordamos revisar cuidadosamente dicha resolución y comprobar que los datos son correctos. Si no es así tendréis que contactar con el SEPE, a través de la oficina online vía web o por teléfono para abrir directamente una incidencia y subsanarlo, así como para recibir las instrucciones sobre el procedimiento. Por otro lado, si alguien tuviera alguna deuda con el SEPE, que tuviera pendiente por devolver alguna prestación o subsidio cobrado indebidamente, debéis saber que van a compensar esa deuda en esta nueva prestación y podría ser una cantidad todavía inferior. Sin embargo, para evitar el descuento total, existe la posibilidad de fraccionar la deuda, previa solicitud a la Dirección Provincial del SEPE. Esperamos que esta información os resulta de utilidad. Os seguiremos informando. —
Iberia hará test serológicos o PCR a todos sus empleados

La empresa convocó la semana pasada a todos los miembros del Comité Intercentros de Seguridad y Salud de forma urgente para comunicar a sus miembros el preacuerdo alcanzado para proceder a la realización de diferentes pruebas de COVID-19 a su plantilla. Se trata de algo que USO no dejó de poner de manifiesto y solicitar a la empresa para que se hiciese desde el comienzo de la pandemia. Nos ha informado de que van a hacer un gran esfuerzo económico para poder hacer diferentes pruebas a toda la plantilla que se incorpore de baja por posible contagio de COVID-29 de forma voluntaria y a todos los trabajadores que quieran. Si todo sale bien y los trabajadores se involucran en esta iniciativa, su intención es hacer a su vez un estudio epidemiológico y entregárselo a Sanidad. La realización de estas pruebas será en todos los centros de trabajo que la infraestructura de Quirón Prevención lo permita. En los centros de trabajo que no exista infraestructura quieren que se desplace una unidad de Quirón Prevención. La primera fase implicará a los trabajadores que procedan de un alta (caso confirmado o patología). Posteriormente habrá dos fases más dependiendo de si el empleado ya está trabajando después de haber sufrido una baja por patología o caso confirmado. La intención era la de comenzar durante esta semana y se realizarán a todos los trabajadores que estén físicamente en instalaciones de Iberia tanto de Convenio como de Fuera de Convenio para tratar de evitar el contagio entre personas. El Servicio Médico de Iberia ha solicitado a todos los negocios de la compañía que les facilite el listado de las personas que están yendo a trabajar y les llamarán desde Quirón para realizarles las pruebas Os iré ampliaré está información a medida que nos vayan informando.
Pruebas COVID-19 para trabajadores en Iberia

PRUEBAS COVID-19 EN IBERIA La empresa ha convocado hoy, 1 de mayo, a todos los miembros del Comité Intercentros de Seguridad y Salud de forma urgente, para comunicar a sus miembros el preacuerdo alcanzado para realizar diferentes tests y pruebas de COVID-19 a la plantilla. Nos informan que van a hacer un gran esfuerzo económico para poder hacer diferentes pruebas a toda la plantilla que se incorpore tras una baja médica con patología o con confirmación del COVID19, de forma voluntaria. Si todo sale bien y los trabajadores se involucran en esta iniciativa, su intención es hacer a su vez un estudio epidemiológico y entregárselo a Sanidad. La realización de estas pruebas será en todos los centros de trabajo donde la infraestructura de Quirón Prevención lo permita y donde no exista infraestructura, quieren que se desplace una unidad de Quirón Prevención Cualquier duda o incidencia podéis contactar con nosotros.
Ryanair readmite a los afectados por el despido colectivo

Ryanair readmite a los afectados por el despido colectivo de Las Palmas, Tenerife, Arrecife y Gerona. Igualmente se pretende incluirlos en el ERTE por causas de fuerza mayor.