La deducción de 1.200€ por familia numerosa, familia monoparental con 2 hijos o personas a cargo con discapacidad

Las familias numerosas, las familias monoparentales con dos hijos y las familias con personas a cargo con discapacidad, os recordamos que pueden aplicarse deducciones en la Renta. Existe la opción de no tener que esperar a hacer la Declaración de la Renta que se presenta al año siguiente, y que estas deducciones se puedan cobrar mensualmente o de forma de anticipada.  A través de este artículo os vamos a contar cuánto puedes cobrar según tu situación cómo pedir el cobro anticipado de la deducción por familia numerosa, la deducción por familia monoparental con dos hijos y la deducción por personas a cargo con discapacidad. Lo primero de todo es conocer los requisitos para poder acceder a ella:   Que al menos uno de los dos progenitores  esté cotizado a jornada completa durante al menos 15 días de cada mes en la Seguridad Social o a jornada parcial  de al menos el 50 por 100 de la jornada ordinaria durante todo el mes, ya sea por estar trabajando por cuenta ajena o propia o cobrando  una prestación o una pensión. En el caso de las familias monoparentales, tienen que serlo con dos hijos o más, además la deducción se aplica cuando no existe  derecho a percibir anualidades por alimentos. En el caso de las familias que tienen a su cargo una persona con discapacidad, si se trata del cónyuge este debe tener ingresos anunales infferiores a 8.000 euros.  En la Ley de Presupuestos Generales del Estado de julio de 2018 se creó  una deducción por cónyuge con discapacidad (a partir del 33%) de hasta 1.200 euros/año (100 euros/mes). La deducción se empezó a aplicar desde el mes de agosto de 2018 y ya se hizo efectiva en la Declaración de la Renta de 2018 que se presentó en abril y junio de 2019.Los requisitos para poder tener derecho a la deducción por cónyuge con discapacidad son: Que exista vínculo matrimonial y el matrimonio no esté separado legalmente. Que el cónyuge tengan  un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que acreditará  mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente de las Comunidades Autónomas. Que el cónyuge con discapacidad no obtenga  rentas anuales superiores a 8.000 euros (excluidas las rentas exentas del IRPF). Que el cónyuge con discapacidad no genere derecho a las deducciones por ascendientes o descendientes con discapacidad. En todos los casos, estas deducción es compatible con la deducción por maternidad, que también se puede cobrar de forma anticipada, a razón de 100 euros/mes. Importe de la deducción Deducción por familia monoparental con dos hijos El importe de la deducción por familia monoparental con dos hijos es de hasta 1.200 euros (100 euros/mes).Importe de la deducción por persona a cargo con discapacidad Deducción por persona a cargo con discapacidad El importe de la deducción por persona a cargo con discapacidad es de hasta 1.200 euros (100 euros/mes), tanto si se trata de un descendiente, ascendiente o cónyuge. Puedes ampliar información en los artículos ayudas por discapacidad  y ayudas por hijos con discapacidad. Deducción por familia numerosa De forma general el importe de la deducción por familia numerosa es: Hasta 1.200 euros (100 euros/mes) para Familias numerosas de categoría general con tres hijos, Hasta 2.400 euros (200 euros/mes) para las familias numerosas de categoría especial con cinco hijos o cuatro hijos que cumplan determinados requisitos económicos. En el resto de tipos de familia numerosa, la deducción por familia numerosa se  incrementa hasta en 600 euros anuales (50 € por mes) por cada hijo que forme parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que la familia sea reconocida como familia numerosa de categoría general o familia numerosa de categoría especial. La deducción por familia numerosa cuando alguno de los hijos tiene discapacidad, en este caso cada hijo con discapacidad computa como dos en el recuento de hijos para ser familia numerosa. Cómo pedir el cobro anticipado de la deducción Se solicita presentando la Agencia Tributaria el modelo 143 del IRPF que se puede descargar en este enlace de internet. La solicitud del cobro anticipado se puede hacer: Por internet: en la web de Hacienda Tributaria. Es necesario tener DNI electrónico, certificado digital o estar registrado en el sistema Cl@vePIN. Por teléfono: en el número 901 200 345 aportando el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF. En persona: presentado en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, presentado el formulario rellenado y firmado En todos los casos conviene tener a mano el NIF de todos los solicitantes y, en su caso, descendientes y ascendientes con discapacidad, certificado de discapacidad o título de familia numerosa. El cobro anticipado de la deducción por familia numerosa puede ser individual o colectivo Cuando los dos padres pueden tener derecho a pedir la deducción, la solicitud del cobro anticipado puede ser individual o colectiva. Individual: Cada progenitor presenta su solicitud y recibe, por lo tanto, la mitad de la ayuda (si son 100 euros, cada padre recibe 50). Colectivo: la solicitud la presentan los dos padres y la ayuda se abona mensualmente al solicitante que aparece primero. La modalidad de solicitud se puede cambiar en cualquier momento. Dos deducciones a la vez: No. La deducción por familia numerosa y la deducción por familia monoparental con dos hijos no son compatibles. Solo se aplica una. La deducción por familia numerosa sí es compatible con la deducción por ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo, la deducción por maternidad y la nueva deducción por guardería para madres trabajadoras. La deducción por ascendiente con dos hijos (familia monoparental) es compatible con la deducción por ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo.

Nuevo procedimiento de pago del SEPE a mes vencido

Informamos de un cambio sustancial en el procedimiento del SEPE para pagar las prestaciones de desempleo por ERTE derivado del Covid-19, a aquellos trabajadores afectados desde el 1 de julio en adelante. Con la aprobación del Real Decreto-Ley 24/2020, de 26 de junio, cualquier variación en la medida del ERTE que se aplique a un empleado -cambio de suspensión a reducción, variación del % de afectación, etc.- la empresa debe comunicarlo al SEPE entre los días 1 al 20 del mes vencido. El motivo se encuentra principalmente en el elevado volumen de cambios de inactividad de las empresas que están siendo por semanas, por días, por tipo de jornada, etc. Por tanto, las variaciones que podéis haber experimentado en la actividad en vuestro trabajo durante julio,  se están comunicando al SEPE en agosto y la regularización correspondiente no se aplicará hasta el pago de septiembre, y así sucesivamente en los meses siguientes. Por esa razón, en agosto habréis podido cobrar como prestación de julio, la misma cantidad que la de junio, sin variaciones. Os ponemos un ejemplo de cómo se va a hacer: un empleado pasa del 70% al 50% de afectación en julio, pero en agosto habrá cobrado su prestación con un 70% de afectación al ERTE. La empresa lo comunicará al SEPE una vez concluido el mes de julio, es decir, del 1 al 20 de agosto. El SEPE lo tramitará y hará el nuevo cálculo para ordenar su regularización en el pago de septiembre, respecto a lo cobrado en agosto. Lamentamos este cambio en el procedimiento, del que debería haber informado ya la empresa a los afectados y que se traduce en retrasos en los pagos y en regularizaciones a posteriori, con el consiguiente perjuicio a los trabajadores. Por nuestra parte, exigimos a la empresa que informe de esta situación a todos los empleados en los canales oportunos de comunicación, al igual que han hecho otras empresas. Como siempre, si surge cualquier novedad en este tema, nos pondremos de nuevo en contacto con vosotros para comunicarlo. Saludos y disfrutar mucho del verano, sin descuidar las recomendaciones sanitarias y la distancia social. USO SECCIÓN SINDICAL IBERIA

Positivo por COVID19 en el vuelo de A Coruña: El Delegado de prevención de USO solicitó de inmediato a Intercentros la actuación de los protocolos

Tras conocerse ayer la noticia de que varios jugadores y miembros (12 personas) del equipo del club de futbol del Fuenlabrada daban positivo por Covid-19 en un test rutinario previo al partido y que habían viajado de Madrid hasta A Coruña por la mañana, la USO, a través de nuestro Delegado de Prevención, solicitó inmediatamente al Comité de Intercentros de Seguridad y Salud Laboral de Iberia, que se activaran todos los protocolos existentes por parte de AENA e IBERIA ante esta situación. Hemos podido actuar con rapidez, gracias a la acción de nuestro delegado de USO en A Coruña quien dio la voz de alarma. Este equipo de fútbol utilizó las instalaciones de los aeropuertos de Barajas y A Coruña, siendo atendido por personal de tierra y vuelo de Iberia en su traslado del día de ayer por la mañana, en un vuelo desde el Aeropuerto de Madrid Barajas hasta el de A Coruña y nadie fue advertido de nada. Algo que parece inaudito cuando hoy se ha dado a conocer, que ya había un jugador que no se trasladó porque está padeciendo el virus. También se ha solicitado al Comité Intercentros un seguimiento y realización de nuevas pruebas de Covid-19 a todo el personal involucrado. La Xunta de Galicia ha obligado a los jugadores y a los miembros del club a pasar la cuarentena allí en un hotel, para evitar extender este nuevo foco, hasta que les realicen las pruebas de PCR. A día de hoy, el Comité en Coruña sigue esperando que la empresa emita algún comunicado sobre lo sucedido y sobre las medidas que piensa adoptar tras esta situación. Para USO, el descontrol y la situación de “coladero” en los aeropuertos no puede continuar más así. A pesar de que el riesgo sea mínimo y los trabajadores lleven los epis correspondientes, exigimos más medidas de control a los pasajeros ya. Os seguiremos informando.

¿Has estado haciendo horas extraordinarias? Si tu respuesta es afirmativa, esto es lo que tienes que saber

  Hasta este sindicato han llegado la supuesta infracción por parte de la empresa a este respecto en algunos departamentos o direcciones. Y desde estas lineas queremos recordaros que el incumplimiento de la legislación vigente a este respecto significa no solo incumplir con la política por la que se implanta un ERTE por fuerza mayor sino el encubrimiento de la contratación de trabajo por otro que se está haciendo de forma gratuita. La prohibición de la realización de horas extraordinarias durante un ERTE es tajante. Mientras una empresa está en un ERTE la Ley prohíbe expresamente la realización de horas extras, horas complementarias y prolongaciones de jornada pudiendo llevar a sanciones a la empresa ( ya sean empleados Fuera o Dentro de Convenio). Las empresas en ERTE por fuerza mayor como en las que opten por las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción no podrán hacer horas extra ni concertar nuevas contrataciones si todavía tienen a personas afectadas por el ERTE Como empleados tenemos que tener en cuenta que se ha llegado a la situación de ERTE porque la empresa ha acreditado una disminución de la actividad normal y, como consecuencia, tienes compañeros y compañeras que están en sus casas temporalmente sin trabajar con una merma importante en su salario. No es coherente  que las personas no afectadas por el ERTE prolongaran su jornada sin dar la opción de desafectar a otras. En estos momentos es  más importante que nunca ser rigurosos en el respeto del horario asignado y los descansos y pausas establecidos. Desde estas líneas advertimos a la empresa de la necesidad del cese de la realización de horas extraordinarias en el supuesto de estar llevándose a cabo y a los trabajadores, en caso de ser uno de los afectados, poner a su disposición todos nuestros servicios en caso de necesitarlos.      

Subsidio excepcional por desempleo por fin de contrato temporal

USO INFORMA *SUBSIDIO EXCEPCIONAL POR DESEMPLEO POR FIN DE CONTRATO TEMPORAL   El Real Decreto-ley 11/2020 aprueba un subsidio excepcional para quien finalice un contrato temporal en estos momentos de crisis de coronavirus, que será un subsidio de un mes, ampliable. Serán beneficiarios del subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal (incluidos los contratos de interinidad, formativos y de relevo) los trabajadores a quienes se les hubiera extinguido un contrato de duración determinada y que cumplan los siguientes requisitos: – La duración del contrato finalizado debía ser de al menos de dos meses de duración. – La extinción del contrato temporal se ha producido con posterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma . – No cuenten con la cotización necesaria para acceder a otra prestación o subsidio. – Carezcan de rentas en los términos establecidos para los subsidios por desempleo.   El importe de este subsidio excepcional

Solicitud de excedencia voluntaria por cuidado de familiar (Coronavirus)

  USO INFORMA *SOLICITUD DE EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR CUIDADO DE FAMILIAR (CORONA VIRUS COVID-19) El art. 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, regula las medidas para favorecer la conciliación laboral, mediante el derecho de los trabajadores por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado a personas dependientes por las circunstancias excepcionales relacionadas con la prevención de la extensión del COVID-19, a acceder a la adaptación o reducción de su jornada, con la consiguiente disminución proporcional del salario. Por lo que ponemos a disposición de cualquier trabajador o trabajadora que lo necesite en la sección sindical de USO correspondiente, un modelo que permite la solicitar la excedencia para cuidado de familiar ante la situación extraordinaria causada por el impacto del COVID-19 y la declaración del estado de alarma sanitaria.

Razones para afiliarse al sindicato USO

¿Para qué sirve afiliarse a un sindicato? Afiliarse a un sindicato, además de para tener todo el apoyo que pudieras necesitar por causa de un conflicto laboral, sirve para estar representado en todo momento ante tu empresa, para que se garanticen tus derechos y sobre todo para formar parte de un proyecto basado en apoyar a tus propios compañeros y luchar por unas condiciones laborales justas. ¿Por qué a USO y no a cualquier otro? Porque USO es un sindicato de base. ¿Qué quiere decir esto? Que las secciones sindicales son las que deciden su modo de actuación, y nadie del sindicato les puede imponer nada, tal y como está recogido en los estatutos. Por ejemplo, no se puede obligar a una sección sindical a firmar un acuerdo con la empresa a la que pertenece con el que no esté de acuerdo, mientras que a otros sindicatos sí les pueden obligar. ¿Cuánto me va a costar? La cuota de afiliación varía entre  13 € y 14 € mensuales dependiendo de tu número de pagas y de si estás en activo o en carácter pasivo (parado, prejubilado o jubilado). La cuota se puede deducir en su totalidad de la base imponible del IRPF, por lo que al final resulta muy poco lo que se paga realmente. Normalmente, se suele descontar en el IRPF cerca del 80% de la aportación anual al sindicato, dependiendo del tramo impositivo en el que te encuentres. Además, en USO te asesorarán convenientemente acerca de cómo cumplimentar tu declaración y, en caso necesario, te ayudarán a cumplimentarla solicitando una cita personal con los asesores del sindicato. Este servicio es completamente gratuito para afiliados. Además, existen distintas cuantías para las cuotas, en función de tus ingresos, que puedes consultar en el resumen de cuotas sindicales que ponemos a tu disposición. ¿Qué obtengo a cambio? Obtendrás todo el apoyo del sindicato a través de los Servicios Jurídicos para temas laborales y podrás participar en todas y cada una de las acciones de tu Sección Sindical, puesto que todas las opiniones son tenidas en cuenta. Tendrás acceso a formación gratuita por parte del sindicato, representación legal en asuntos no laborales y acceso a la Caja de Resistencia y Solidaridad (CRS), que te garantiza parte de tu salario en caso de conflicto laboral, sanciones o despidos injustos. Desde el primer momento, y con sólo firmar un compromiso de permanencia de dos años, el acceso a los Servicios Jurídicos es completamente gratuito para asuntos de índole laboral, y en temas penales o civiles, los precios son casi simbólicos, resultando de un 80% a un 90% más baratos que los precios que podrías conseguir en otro sitio. Además, por el simple hecho de afiliarte, USO te ofrece la posibilidad de contratar un seguro de salud con ASISA, en condiciones muy ventajosas, ahorrándote hasta el 30% de la cuota mensual.

Los riesgos del teletrabajo improvisado. Es hora de que Iberia lo regule

  Hasta ahora y dadas las circunstancias todo fue improvisado, pero va siendo hora de dejar de improvisar y de comenzar a regular, porque para muchos personas, teletrabajar está siendo sumar dos trabajos. Iberia, como muchas empresas ha delegado muchos servicios que ofrecía en los hogares. El teletrabajo no se puede improvisar y, aunque hasta ahora todos hemos dejado que la improvisación se adentrase en nuestras vidas por las circunstancias, esto no puede ser una solución PER SE. No cabe duda de que el teletrabajo tiene grandes ventajas, tanto para la empresa como para los trabajadores, pero también desventajas si este no está amparado por una normativa. El descontrol de horarios ha generado mucho más estrés en los empleados de la compañía. También los gastos que se han estado asumiendo durante estos meses: wifi, internet, Adsl, material de oficina inadecuado.. Y todo esto ha repercutido mucho en  los padres, que está totalmente preocupados si la situación se mantiene el próximo otoño con la falta de escolarización de sus hijos y las clases online. No podemos seguir pensando que el teletrabajo es ilimitado e inagotable. Iberia tiene la fortuna de haber aprobado la inclusión del Teletrabajo en su último Convenio Colectivo y desde USO hemos instado varias veces a que aplicase cuanto antes su regulación. Para ello les hicimos llegar un Proyecto completo sobre el mismo y que os adjuntamos aquí para vuestro conocimiento aquí. Recordaros que el único Proyecto presentado a la Empresa fue el de USO. Por ello, USO os muestra una serie de pautas para evaluar las condiciones frente a las altas temperaturas y, si se necesita, solicitar ayuda del Servicio de Prevención para adoptar las medidas preventivas oportunas. Control de las condiciones de teletrabajo El método EVALTER-OBS se basa en la observación directa de las condiciones habituales de trabajo para determinar: Si los riesgos térmicos a los que están expuestos los trabajadores cuando trabajan en condiciones de estrés térmico son aceptables o inaceptables por acumulación o pérdida excesivas de calor corporal que puedan dar lugar a daños para su salud. Si se trabaja en condiciones que producen incomodidad o molestias inaceptables por calor o frío o, por el contrario, molestias aceptables. Los daños a la salud como las molestias térmicas se producen debido a la interacción entre factores “objetivos”, propios de las condiciones de trabajo, que en este método se denominarán “factores térmicos objetivos” y factores personales. Por eso, EVALTER-OBS tiene en cuenta 7 factores: 6 “factores térmicos objetivos” más otro factor relativo a “opinión de los trabajadores” sobre su sensación térmica. Los 7 factores sobre los que quien realice la evaluación debe recoger información observando detalladamente las condiciones de trabajo son: La temperatura del aire. La humedad del aire. La radiación térmica. Las corrientes de aire. La actividad física desarrollada. La ropa o vestimenta de los trabajadores. La opinión de los trabajadores. La información que debe recogerse es la que tiene que ver con las causas u origen de la temperatura, la humedad y las posibles corrientes de aire en el puesto de trabajo, como, por ejemplo, fuentes internas o procesos que originen calor, frío, humedad y corrientes de aire; elementos o procesos que resequen el ambiente; elementos estructurales con influencia en las fuentes exteriores de frío/calor, ubicación y orientación del lugar de trabajo, ausencia de aislamiento térmico en paredes, ventanas, tejados; condiciones climáticas en las épocas calurosa (verano), fría (invierno) e intermedia (primavera y otoño) de la zona donde está el lugar de trabajo. Si la aplicación de EVALTER-OBS no suscita dudas y los resultados merecen confianza, habrá casos en los que la normativa legal de prevención de riesgos laborales imponga la obligación de aplicar medidas preventivas para reducir los riesgos o molestias y otros para los que no existe esa obligación legal, pero, sin embargo, sea recomendable hacerlo. Podrían darse estos escenarios: Si los riesgos y molestias son aceptables, desde el punto de vista preventivo siempre es aconsejable reducir los riesgos, y las molestias, al mínimo posible, ya que la mejora continua de las condiciones de trabajo es beneficiosa para el trabajador y la productividad. La legislación laboral, aunque recomienda la reducción al mínimo posible de los riesgos y molestias y la mejora continua de las condiciones de trabajo, no obliga en estos casos a aplicar medidas de prevención y control. Si los riesgos son aceptables y las molestias inaceptables porque no se cumple la legislación, se deben aplicar medidas preventivas. Si los riesgos son inaceptables se exige la adopción de medidas de prevención y control, debiéndose contar con la participación de las personas trabajadoras, éstas son las que mejor conocen su puesto de trabajo y destinatarias de las mejoras. Cuando sea necesario aplicar medidas preventivas, se deberán volver a evaluar los riesgos o molestias después de haberlas aplicado para comprobar su eficacia. Suprimir los riesgos de origen térmico En USO recordamos que la eliminación o reducción de los riesgos de origen térmico hasta el mínimo posible y siempre por debajo de los niveles límite aceptables es una obligación para las empresas y un derecho de las personas trabajadoras, también en el teletrabajo. Asimismo, en la medida de lo posible, en todos los lugares de trabajo se deben evitar la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalados. En cualquier lugar de trabajo cerrado donde se realicen trabajos sedentarios tipo oficinas o ligeros, se deben cumplir las disposiciones del apartado 3.a del anexo III del RD 486/97 sobre Lugares de Trabajo, que son las que figuran en el cuadro siguiente:  

Nuevo acceso para consultar tus datos y el recibo de tu prestación del SEPE

En la pagina web del SEPE, dentro del área de «Procedimientos y Servicios» para «Personas» , se ha habilitado un nuevo acceso para consultar tus datos y el recibo de tu prestación. Os recomendamos entrar en esta opción para comprobar los datos personales y la prestación reconocida, según consta en las bases de datos del Servicio Público de Empleo. Se entra sólo con el NIF y el teléfono móvil. En caso de que hubiera algún error, se puede que escribir un email a error@sepe.es indicando las discrepancias observadas. Podéis acceder a través de este enlace: https://sede.sepe.gob.es/contenidosSede/generico.do?pagina=proce_ciudadanos/ Si son necesarias más aclaraciones, no dudéis en acudir a USO. Estamos para ayudar. Saludos SECCIÓN SINDICAL USO IBERIA  

Cinco razones para afiliarse a USO

Cinco razones para afiliarse en estos momentos a USO Después de la carta que los empleados hemos recibido por parte del presidente de Iberia, Luis Gallego, es clara la situación que trasciende de la misma: Iberia pasa por su peor momento y la producción actual no se volverá a recuperar a corto plazo. A partir del 1 de julio se reinician algunos vuelos pero los de Latinoamerica tardarán algo más, no se van a comprar ni alquilar nuevos aviones, serán devueltos otros, el cierre del hangar 3 y «ya veremos». La situación requiere sacrificios y los recortes pasarán sin duda por el empleo, con menos plantilla. Todas las aerolíneas sufrirán transformaciones. En Iberia esperamos un nuevo ERE o despidos colectivos pactados, todo negociado con los sindicatos. Desde USO estamos luchando porque las condiciones del  ERTE por fuerza mayor se mantengan lo máximo posible, aunque su causa sea otra, productiva o técnica. Igualmente vamos a luchar para que la negociación de un nuevo ERE permita ofrecer a los trabajadores un plan de acompañamiento social con carácter voluntario y parecido al anterior como mínimo. Por eso te invitamos a conocer mejor los motivos para estar afiliado a USO en estos momentos y que tu decisión sea estar con nosotros. 1.- Durante el confinamiento, desde el minuto uno hemos estado ahí, proporcionando toda la información necesaria sobre el ERTE, ayudando en todo momento a todo aquel que lo necesitaba o que no ha cibrado aún y que contactaba con nosotros a través de las redes o wasap que habilitamos para ello. 2.- Atendimos 24 horas a todos los empleados que llamaban para consultar sus dudas y preocupaciones. 3.- Resolvimos situaciones como la suspensión del pago del alquiler de parking en el NEO (de abril a septiembre), mediando desde el primer momento con la empresa Colonial, que tuvo a bien condonar ese pago y tener en cuenta la situación de las personas que no formaban parte del paquete de plazas adjudicadas a la Empresa, la mayoría en el ERTE durante la alarma sanitaria. 4.- Hemos conseguido que la Empresa extienda la posibilidad de  trabajar, no solo para el CCPO sino a todo el que lo solicite, fuera de la comunidad de residencia, inclusive en otro país, mediante una adenda al teletrabajo firmada por el interesado. 5.- Contamos con el asesoramiento y experiencia de nuevos Delegados sindicales en USO que son grandes profesionales dentro de la Empresa en direcciones como Comercial, Clientes, Desarrollo de Red, Comunicación, Negocio Digital… Por último, somos buenos conocedores de la situación de los trabajadores Fuera de Convenio y su incertidumbre ante el futuro que se presenta y estamos en condiciones de ofrecer un asesoramiento excelente. Por todos estos motivos, invitamos a todos los trabajadores (Fuera y Dentro de Convenio) a afiliarse en estos momentos a USO. Nuestro COMPROMISO es seguir trabajando para vosotros  compañeros, ayudaros, escucharos, ofrecer propuestas a la empresa y soluciones a los diferentes conflictos a los que os enfrentéis… Nuestros RECURSOS son una fuerte implicación y el valor del trabajo responsable, ampliamente demostrado durante este confinamiento. Os esperamos en nuestro equipo. Con vuestro apoyo conseguiremos más. Escríbenos para completar la afiliación a usoibneo@gmail.com si estás decidido. —

Medidas de seguridad para la reincorporación paulatina de los trabajadores del NEO

Con motivo de la pandemia y de la situación crítica que estamos viviendo, el Comité de Seguridad y Salud Laboral de Centro tuvo una primera reunión desde el confinamiento. Cabe decir que la Empresa lleva varias reuniones sin asistir al mismo, cuestión que desde USO es incompresible, dada la urgencia de ciertas medidas muy necesarias ante la paulatina incorporación de los empleados a las oficinas centrales. En esta reunión se tuvieron en cuentas cuestiones pasadas que quedaron pendientes como la renovación del aire, la limpieza de los filtros del aire acondicionado, la señalización del cuadro eléctrico en la planta octava del edificio o el establecimiento de un procedimiento que permita citar a los empleados de forma más eficiente en sus reconocimientos médicos. Igualmente USO ha resaltado la importancia de conocer la situación de los trabajadores de las empresas subcontratadas por Iberia que se encuentran ubicadas en el NEO. Pero de vital importancia fue todo lo concerniente a las necesidades que se han generado frente a la situación actual de los empleados que se vayan reincorporando al trabajo presencial. Y ante esto, no cabe duda de que se requiere de un protocolo de reincorporación para implementar todas las medidas necesarias que garanticen que el centro es un lugar seguro ante el Covid19. Este protocolo ha de ser notificado a los trabajadores y con tiempo suficiente, de la forma que la Empresa considere más oportuna – de ahí la necesidad de su asistencia a estos comités –, para que cuando se produzca la reincorporación, todos los trabajadores estén informados. Es incomprensible que cuestiones tan importantes como nuestra seguridad, se eviten con la no asistencia. La Empresa debería ser más consciente de la situación por la que estamos pasando y la importancia de las medidas de prevención.

USO denuncia que el aeropuerto de Barajas retoma actividad sin protección

Pide que los turistas vengan con un test PCR de origen o que sean sometidos a la prueba cuando lleguen a Madrid para saber si tienen coronavirus (Noticia publicada en Libertad Digital) La responsable de USO-AENA, Marta López Pinilla, ha denunciado este jueves que la mayoría de los aeropuertos españoles recuperarán la normalidad operativa este lunes 22 con los deberes de la prevención sanitaria ante el coronavirus sin hacer. Una situación especialmente preocupante porque algunos de ellos se encuentran entre los que más tráfico de pasajeros tienen en Europa e, incluso, en el mundo. «El próximo lunes 22 se abren fronteras con todo el mundo. Ya hemos tenido la llegada de turistas, en el mal llamado corredor seguro. A Madrid-Barajas llegarán turistas y gente del resto de España y no hay el más mínimo protocolo de prevención. Se han puesto cámaras térmicas, pero los trabajadores ni siquiera hemos terminado de realizarnos los test serológicos para saber si somos positivos o no en coronavirus», ha denunciado la responsable sindical. Durante una entrevista en Es la Tarde de Dieter, el programa que dirige y presenta Dieter Brandau en esRadio, se ha mostrado convencida de la necesidad de abrir las fronteras para que se pueda recobrar cuanto antes la actividad económica, sobre todo en un país eminentemente turístico como España, pero ha considerado que «se puede hacer de otra manera«. «No tengo conocimientos de los protocolos en otros países, pero dudo de que sean tan laxos como en territorio español», ha añadido. López Pinilla ha solicitado que los turistas y pasajeros que lleguen al aeropuerto de Madrid-Barajas lleguen con un test PCR de origen o que se les haga en el propio aeropuerto de la capital española, para evitar que esos pasajeros se puedan convertir en un peligro para la salud. «¿De verdad es tan inconcebible que se tenga que establecer que por la seguridad del que viene y la seguridad de las personas que estamos aquí que puedan perder 20 minutos en asegurar que estás bien y no eres un riesgo para los demás?», se ha preguntado. «Nosotros tomamos como origen la salida del vuelo en el que llegan, si es un origen conexionado, por ejemplo, Pekín-Bruselas-Barajas, se cambia de avión. El pasajero viene de Pekin, sabemos que tiene un rebrote, pero para nosotros, a nivel de información aeronaútica, ese pasajero viene desde Bruselas, donde igual no hay rebrote ninguno, por lo cual se le atenderá como un pasajero sin ningún riesgo, cuando sabemos que en Pekín hay un rebrote», ha explicado. «Vendrá en su avión, con las medidas establecidas por la compañía, saldrá por la pasarela o por la jardinera (los autobuses, si el avión aparca en remoto) e irá a la sala de recogida de equipajes. Pasará por una cola para controlar su temperatura térmica y ya está, no se le va a hacer más control. Salvo que veamos que viene sudando, rojo como un tomate, y con signos de fiebre alta. Ese es el único control que se va a hacer a los pasajeros cuando lleguen a España», ha continuado. «Hacer los test son 20 minutos«, ha insistido, tras lo que ha planteado que un viajero que llega de Nueva York (Estados Unidos), por ejemplo, tarda casi una hora en recoger su maleta, tiempo más que suficiente para que pueda ser sometido en el aeropuerto de Madrid-Barajas a un test PCR para saber si tiene o no el coronavirus. «Para viajar a determinados países de Sudamérica hay que vacunarse y nadie pone el grito en el cielo. Si tú en Barajas coges un vuelo para ir a Nueva York, no solo pasas los requerimientos fronterizos y aeroportuarios de España, pasas las medidas específicas de los vuelos americanos. Es una hora más, casi, y nadie protesta, porque todos entendemos que son medidas de seguridad que nos salvaguardan a todos», ha proseguido. La responsable sindical de USO también ha censurado que los empleados del aeropuerto vuelvan a la actividad sin que haya medidas aprobadas sobre «cuánto tiempo hay que ventilar una oficina o cada cuánto hay que desinfectar un coche que se comparta entre compañeros» y ha criticado que no se hayan aumentado los servicios de limpieza «para garantizar que las instalaciones que vayamos a usar los trabajadores y los usuarios mantenga un mínimo de desinfección e higienización». Necesitamos tu colaboración para seguir informando Si eres seguidor de Libertad Digital o esRadio hoy puedes resultarnos más útil que nunca. La emergencia del coronavirus ha ocasionado un lógico desplome sin precedentes de la publicidad, nuestro único sustento económico para poder informar. Necesitamos a todos y cada uno de nuestros trabajadores y colaboradores que, cada día, están demostrando su valía en un entorno de trabajo complicado por las restricciones que impone el virus. Jornadas laborales interminables y medios tecnológicos no habituales hacen aún más difícil y costosa nuestra labor. Con la publicidad en crisis, el lector de Libertad Digital y el oyente de esRadio pueden ser un asidero de enorme importancia. No hay tiempo que perder.

Devolución del dinero del abono transporte de Madrid por los días de confinamiento

Instrucciones para la devolución del dinero del abono transporte de Madrid por los días de confinamiento. El Gobierno regional va a compensar la falta de uso del abono mensual por los días en confinamiento obligatorio, previa reclamación de los interesados. Los usuarios del abono de 30 días podrán realizar una carga equivalente a los días que no han hecho uso del mismo a través de una «APP» específica, en estancos y puntos de venta habituales. También se prorroga la validez  de los abonos anuales por 3 meses más, hasta el fin de marzo de 2021. La compensación del abono mensual por Covid, deberá tramitarse desde la web del Consorcio Regional de Transportes de Madrid a partir del próximo 6 de julio, mientras que la del abono anual no tendrá trámite alguno, pues la recarga se hará de forma automática. Saludos SECCIÓN SINDICAL USO Madrid

Loreto permite rescatar parte del Plan de pensiones en ERTE

El Consejo de Ministros  aprobó que los trabajadores que se hayan quedado en situación de desempleo o que hayan sufrido el cese de actividad como consecuencia de la crisis del Covid-19 podrán disponer del ahorro acumulado en sus planes de pensiones. De ahí que Loreto permita recuperar parte del Plan de Pensiones a los empleados de Iberia en función de los ingresos no percibidos. Es decir, aquellas cantidades que resten del cobro del desempleo junto con el complemento que la empresa estableció hasta el importe completo de la nómina, podrá ser recuperado del Plan de Pensiones de manera excepcional dadas las circunstancias. Para ello, tenéis que poneros en contacto con la Mutua en los siguientes teléfonos: 917 589 650 900 844 855  y solicitar los dos documentos a cumplimentar (El primero de ellos es el Documento de Liquidación Excepcional Crisis Sanitaria COVID19 y el segundo una DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD) Los planes de pensiones son productos financieros diseñados para conseguir un ahorro extra que complete la pensión pública de jubilación. Los motivos por los que se pueden rescatar están tasados por la ley. El principal es haber alcanzado la edad legal de jubilación, pero además están contemplados otros supuestos especiales de liquidez, como estar en paro, estar en riesgo de desahucio o sufrir una enfermedad grave. A estos, se añade ahora el haber sufrido el impacto económico del coronavirus. Además, en 2015 se aprobó la posibilidad de que se rescatara el dinero que había acumulado en un plan de pensiones a partir de los 10 años. Pero la medida solo podrá poder hacerse efectiva a partir de 2025. El año pasado, los dueños de planes sacaron 240 millones de euros por estos supuestos especiales de liquidez. En los años más duros de la crisis se rozaron los 500 millones de retiradas. La nueva posibilidad de rescate se podrá hacer efectiva durante seis meses, por un importe que no podrá superar el salario dejado de percibir mientras se mantenga la vigencia del ERTE o los ingresos netos estimados que se hayan dejado percibir por el cese de actividad o la suspensión de apertura al público del establecimiento. La medida aprobada también afectará a los planes de previsión asegurados (PPA), que es el equivalente a las pensiones privadas pero en formato de póliza de seguros, además de a los planes de previsión social empresarial y a las mutualidades de previsión social (como la Mutualidad de la Abogacía o Loreto).

Actualiza tus hijos a cargo con el SEPE

Como muchos recordaréis, cuando el SEPE empezó a reconocer las prestaciones por desempleo ante los ERTES por fuerza mayor, no se tuvieron en cuenta los hijos a cargo en la mayoría de los cálculos, porque no dio tiempo a actualizar la situación de cargas familiares debido a la avalancha de solicitudes. En un principio, se indicó que se regularizaría todo más adelante de oficio por el SEPE sin que el trabajador afectado tuviera que hacer ninguna reclamación. Pues bien, dado que ya ha transcurrido bastante tiempo desde el inicio del estado de alarma, la mayoría de las empresas recomiendan establecer contacto directo del trabajador con el SEPE mediante correo electrónico para corregir la prestación y que abone la diferencia. Para ello es necesario rellenar un documento donde se declaran los hijos a cargo y debe enviarse a cada Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo correspondiente. Estas son algunas de las direcciones: BALEARES  dpfamiliar@sepe.es BARCELONA doc08.hijoserteno@sepe.es MADRID dp28hijos@sepe.es MALAGA dp29declarahijos@sepe.es LAS PALMAS G.C. dp35ert.hijos@sepe.es S.C. TENERIFE dp38prepara@sepe.es CANTABRIA DP39Prepara@sepe.es TARRAGONA dp17prestaciones@sepe.es VALENCIA dp46envios@sepe.es VIZCAYA DP48Prepara@sepe.es La declaración jurada puede rellenarse y firmarse con alguna aplicación disponible para móvil, sin necesidad de imprimir y escanear. Por ejemplo con  Adobe Fill & Sign. El documento para descargar lo tenéis al final del artículo en nuestra web.    

Las redes sociales y canales de difusión de USO

En USO, nos adaptamos a cada persona y difundimos las noticias e información relevante para tu día a día laboral por múltiples canales. Por ello, te animamos a seguirnos y a promover que nos sigan en la red que más se ajuste a tu modo de informarte. Para eso, te recordamos que USO está:  En internet, con nuestro sitio web www.uso.es, con la información diaria y la documentación laboral más completa en los apartados de Acción Sindical, Salud Laboral, Elecciones Sindicales e Igualdad.  En Facebook, en nuestra página Unión Sindical Obrera Uso, usuario @UnionSindicalObreraConfederal  En Twitter, síguenos en @USOConfe  En Instagram, síguenos también en @USOConfe  Tenemos LinkedIn, tanto para compartir noticias como para que puedas registrar tu puesto de trabajo en USO – Unión Sindical Obrera  Difusión inmediata de los contenidos de nuestra web a través del canal de Telegram: Sindicato USO (https://t.me/sindicatouso)  En Youtube, Unión Sindical Obrera Confederal Y, por supuesto, todo a golpe de clic si te descargas la APP de USO: https://www.uso.es/ya-os-podeis-descargar-la-app-de-uso/ Además, no olvides que tu Federación y tu Unión Territorial también cuentan con canales de difusión especializados en vuestro sector y territorio. ¡Gracias por seguirnos y por difundir la actividad de USO! Por otro lado, en cuanto a las aerolíneas, contáis con la web www.usosectorareo.com, la página de Facebook (Uso Iberia) y el Twitter (@USOAereo) y el Instagram (usoaereo) Os seguiremos informando

Gracias por darnos las gracias: «Habéis sido de una ayuda inestimable en la incorporación de los nuevos beneficios del Billetes para Empleados»

Antes de la crítica situación por la que todos estamos pasando, la Empresa, acorde con el nuevo Convenio Colectivo firmado, modificó las condiciones en Billetes para Empleados incrementando el número de beneficiarios, disminuyendo el cargo a tasas aéreas, las aerolíneas con acceso a ellos e incluyendo a los jubilados. Pese a esta mejora, no cabe duda de que se quedaron muchos flecos por cubrir como es la agravante discriminación del acceso a los mismos de las viudas/viudos del persona de Tierra frente a las viudas/viudas del personal de vuelo; o que el personal pasivo tenga más beneficiarios que el activo. Privilegios que son incomprensibles de unos frente a otros. Pero no solo fue la falta de equidad de nuevo en el mal hacer, sino que como todos pudimos comprobar se desatendió facilitar la incorporación de los nuevos beneficiarios, la edición de una normativa con las nuevas condiciones, o tener personal formado para atender la avalancha de dudas que se nos venía encima (tres trabajadores en Billetes Convenio sin mando a cargo, y uno de ellos a media jornada). Ante esta situación USO se puso manos a la obra para atender a todas las personas – jubilados y no jubilados- que no sabían cómo proceder y creó una normativa adecuada a las nuevas condiciones. Y durante este confinamiento estamos agradecidos a muchos de esos empleados que nos han estado enviando mensajes por wasap y por email como los siguientes que adjuntamos a modo de ejemplo: «La ayuda de USO en el wasap que dispuso para ello y la publicación de su normativa FREE ha sido estupenda, rápida, eficiente, profesional. Un trato amable e inclusive fuera de horario. Me habéis atendido así de bien y siempre con amabilidad a partir inclusive de las 22:00 y en fines de semana. Es de agradecer esta facilidad, especialmente porque no hemos tenido otra forma de comunicarnos con Billetes Convenio nada más que por email. En lo que a mi respecta, gracias». «Os doy las gracias por la ayuda que me prestasteis. Gracias por los emails que nos enviasteis para aclararnos las nuevas condiciones y por atendernos presencialmente y ayudarnos en la inclusión de los beneficiarios» «Gracias a los enlaces que publicó USO, con explicaciones claras, su atención telefónica 24 horas, todos los días – laborales o no laborales-, terminé entendiendo qué es lo que tenía que hacer, el nuevo acuerdo y cómo dar a mis familiares de alta». «Habéis sido una gran ayuda inestimable para mí en lo que a información relativa a los nuevos acuerdos se refiere. Os estoy muy agradecida» «Si no hubiese sido por vosotros, habría tenido que desistir de incluir a mis hijos como nuevos beneficiarios. Era muy complicado que te pudiesen atender desde Billetes Convenio aunque hacían lo que buenamente podían. Si no os hubieseis puesto vosotros mano a mano para agilizar la situación estaríamos todavía con este problema».   Como estos son muchos los mensajes que hemos recibido y somos nosotros (USO) ahora quienes os agradecemos vuestro agradecimiento porque esto nos motiva a seguir trabajando para vosotros que es lo que os prometimos en las pasadas elecciones sindicales. Confiamos que la información veraz, de ayuda y de calidad, os haya podido llegar igualmente durante esta pandemia y hayamos podido ser de utilidad en una situación tan crítica. Trabajamos para ti. Os seguiremos informando

No he cobrado el ERTE

Desde USO seguimos trabajando para dar solución a los trabajadores que no han recibido la prestación por desempleo del SEPE. Son ya muchos los que llevan en el ERTE y desesperados porque no consiguen respuesta alguna, con todo lo que conlleva y agrava la situación familiar de cada uno. Aquí mostramos los correos a donde podéis escribir, explicando vuestra situación brevemente y aportando los siguientes datos: – Nombre y Apellidos – DNI – Últimos 10 dígitos de la cuenta bancaria – Teléfono – Empresa – Localidad y provincia – Código postal -ASUNTO: INCIDENCIAS ERTE 1) A nivel nacional, tenéis el buzón miprestacion2020@sepe.es Podéis intentar contactar por esta vía,  pero lo más recomendable es escribir también a la Dirección Provincial del SEPE que os corresponda según la localidad o domicilio de empadronamiento. 2) A nivel provincial, tenéis más posibilidades de que contesten y hay otros correos poniendo en XX los dos primeros digitos del código postal de tu provincia: dpXXere@sepe.es dpXXacuerdos.ere@sepe.es dpXXnominas@sepe.es dpXXvoluntarios@sepe.es (Por ejemplo para Madrid XX será 28) 3) Podéis escribir también directamente a una oficina en concreto según el domicilio de empadronamiento, poniendo el código de la oficina con sus 7 dígitos. bopXXXXXXX@sepe.es (Por ejemplo para la oficina central de la Dirección Provincial de Madrid en la calle Victor de la Serna, 43 su código es 2807900) Las oficinas del Sepe se pueden buscar en internet. Si alguno de los correos sale rechazado es porque el buzón está lleno. Recomendamos escribir a todos. 4) También podéis llamar por teléfono a la Dirección Provincial. (Para Madrid el teléfono es 910504598). Aunque suele estar saturada también esta vía. 5) Otro recurso es pedir cita previa en la web del SEPE pero no es seguro que os llamen en el día reservado. Hasta que no se abran las oficinas tampoco es posible la atención presencial. 6) En la mayoría de los casos, el retraso y las incidencias se deben a errores en la transmisión de los datos personales, por lo tanto, lo primero que debéis hacer es confirmar todo con la unidad de Recursos Humanos de la empresa y si hay diferencia, es la empresa quien debe enviar de nuevo tus datos en un excel con las correcciones al SEPE. Sabemos de las dificultades para que os atiendan, pero no queda más remedio que insistir por todos los medios. Esperamos que recibáis una rápida respuesta y se solucione esta situación definitivamente. Mucho ánimo. Estamos a vuestra disposición.