Los tcps de Iberia Express ratificaron la firma del II Convenio Colectivo

Los tcps de Iberia Express ratificaron la firma del II Convenio Colectivo efectuada en solitario por la USO , con un apoyo del 82 por ciento de los trabajadores participantes en la consulta efectuada los pasados 5 y 6 de junio de 2023. La confianza depositada por parte de los trabajadores del sector aéreo en USO es día a día un logro por parte del sindicato que ha demostrado, demuestra y demostrará que las cosas se pueden hacer de forma diferente; de forma que los beneficiados en derechos sean los trabajadores y no la empresa siempre. #usosindicatoaereo Facebook: Usosectoraereo Instagram: @usoiberiaempleadosysectoraereo

¿Cómo reclamar las 16 semanas del permiso de paternidad siendo familia monoparental?

    Todo comenzó con la batalla de Zuriñe por conseguir un permiso de maternidad más justo para las familias monoparentales y luchó en los Tribunales acusando a la Seguridad Social (INSS) de discriminar a este modelo de familia frente a las familias biparentales restando semanas de cuidados a sus hijos. El resultado fue que un tribunal vasco condenó a la Seguridad Social a conceder 24 semanas a una mujer tras el nacimiento de su hija. Es curioso que, esto ocurra, cuando desde el mes de marzo del año pasado, ambas prestaciones están unificadas en una única denominada “Nacimiento y cuidado del menor”. Desde entonces ya son otras cuatro como mínimo las madres que han puesto en manos de los tribunales y la justicia esta discriminación y, muchas de vosotras, preguntáis cómo hacerlo. La última fue una jueza que ha conseguido que para el colectivo de las juezas estas 16 semanas les sean sumadas. Pues bien, con motivo de estas reclamaciones, el sindicato USO os acerca los pasos que tenéis que dar si sois familia monoparental para reclamar la suma de esas 16 semanas: El primer paso que tienes que dar es el de pedir tu permiso de maternidad, la prestación. Después de registrar el nacimiento del bebé, ya sea en el propio hospital o en las oficinas del Registro Civil, el siguiente paso es acudir al médico de cabecera para solicitarle el papel de baja por maternidad. Luego hay que comunicar a la empresa de la madre el día que el facultativo certifica que se inicia la baja para que ésta empiece a tramitar los papeles necesarios. Habrá que acercarse hasta el lugar de trabajo para recoger el documento y llevar la baja al médico de cabecera La tramitación del permiso de paternidad o maternidad puede hacerse de forma presencial con cita previa y aquí te dejo el impreso que tienes que presentar o que tendrás que completar También podrás tramitar la baja de forma online a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social si dispones de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. En primer lugar, accede al apartado ‘Tu Seguridad Social’ que se encuentra en la web de inicio. Accede con tu certificado digital, DNI electrónico o con Cl@ve. Una vez que hayas accedido, selecciona el apartado ‘Familia’. A continuación accede a ‘simular prestación‘. Rellena la información solicitada a la izquierda de la pantalla: tipo de solicitud, fecha de nacimiento e inicio de descanso. Selecciona ‘simular’.  El portal te ofrecerá la información relativa a la prestación como el número de días de baja que te corresponden y la cuantía. Si es correcto y estás de acuerdo selecciona ‘pedir prestación’ Una vez este permiso te ha sido concedido y solo dentro de los 12 primeros meses del menor (lamentablemente para menores mayores de un año ya no es válido) se puede llevar a cabo una reclamación previa La Reclamación Previa es un escrito de reclamación que se presenta ante la Seguridad Social: y es por donde hay que comenzar aunque nos vayan a dar la negativa por respuesta…. En este escrito tienes que alegar: “Tras la sentencia N° 1217/2020 del TSJPV que entiende que las normas de protección de la maternidad han de ser interpretadas a la luz del principio general del Interés Superior del menor conforme a lo establecido en el artículo 8 del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, y al mandato del artículo 39 de la Constitución española siendo familia monoparental, SOLICITO ampliar el permiso de 16 semanas hasta las 28/32 para el cuidado del menor en igualdad de condiciones al resto de familias puesto que la estructura familiar no puede suponer discriminación alguna para éste. Esta presentación de la reclamación previa debe presentarse ante la entidad gestora o colaboradora de la Seguridad Social, pudiendo presentarse también en las oficinas, organismos o entidades previstas para ello. En caso de recibir respuesta negativa que será lo habitual (hay 30 días para recibir respuesta). Pasados esos días hay que interponer una reclamación Previa. El impreso que has de rellenar es este: Modelo Denegada_Reclamación Previa INSS ,  En el caso de Negativa o silencio administrativo (hay otros 30 días para tener respuesta), en el transcurso de 45 días hay que ir vía judicial. Hay que contratar un servicio jurídico que lleve el caso.

UN NUEVO BENEFICIARIO EN LA SEGURIDAD, CÓMO DARLE DE ALTA

  La Seguridad Social ha recordado cómo dar de alta a los hijos para que tengan tarjeta sanitaria. Para hacerlo resalta que es necesario incluirlos como beneficiarios de la Seguridad Social y luego ir al centro de salud para gestionar la tarjeta. Requisitos para dar de alta a un beneficiario De acuerdo con la Seguridad Social, cualquier asegurado del sistema de Seguridad Social puede dar de alta a un beneficiario, siempre que se encuentre en alguna de estas situaciones: – Ser cónyuge de la persona asegurada o convivir con ella en una relación análoga a la conyugal, constituyendo una pareja de hecho. – Ser ex cónyuge o estar separado judicialmente si se tiene derecho a percibir una pensión compensatoria por parte de la persona asegurada. – Ser descendiente, o persona asimilada a éste, de la persona asegurada o de su cónyuge (aunque esté separado judicialmente) y menor de 26 años o, en caso de ser mayor de dicha edad, tener una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65%. Cómo dar de alta a un beneficiario Para facilitar este trámite, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) acaba de ampliar las vías para hacerlo de manera telemática a través del portal Tu Seguridad Social y permite el acceso a este servicio mediante un representante que disponga de certificado digital o cl@ve, lo que simplifica y facilita el acceso a este trámite en cualquier momento, desde cualquier dispositivo con conexión a internet.    

Elecciones Norwegian Málaga Vuelo: USO se alza con la mayoría

USO se alza con la mayoría absoluta en las elecciones sindicales de Norwegian Málaga de vuelo. El resultado ha sido de 9 delegados de un comité de 9. Tras las nuevas elecciones los afiliados/as de USO han vuelto a manifestar su apoyo incondicional al sindicato y su puesta en valor en todas las acciones de mejora que ha llevado a cabo durante estos años. Desde estas líneas daros a todos los trabajadores de Norwegian las gracias por vuestro apoyo. Luchamos por tus derechos, no por los de tu empresa  

Firmado el V Convenio Colectivo de trabajadores de tierra (excepto TMAs) de Air Europa.

  El pasado 16 de mayo del 2023, se firmó el V Convenio Colectivo de trabajadores de tierra (excepto TMAs) de Air Europa. El convenio se denunció en el año 2019 y tras la constitución de la mesa negociadora en enero del 2020, donde USO cuenta con mayoría. Meses más tarde quedó todo paralizado a consecuencia de la COVID-19 que originó la pandemia y el estado de alarma. A finales del 2022 y viendo que la situación se volvía más estable, desde la USO solicitamos retomar las negociaciones. Tras varios meses de duras negociaciones, donde ambas partes, mesa negociadora y empresa estuvimos intentando acercar posturas, finalmente las condiciones pactadas más destacadas son: 1. Vigencia convenio 2023, 2024 y 2025 2. Incremento salarial con efecto retroactivo del 1/1/2023 2023= 5% 2024= 4% 2025= 2,5% 3. Teletrabajo. Posibilidad de trabajar hasta 2 días a la semana durante el 2023 y negociables 3 días a la semana para el resto de vigencia del convenio 4. Jornada de trabajo. Se ha fexibilizado la entrada y salida de la jornada para trabajadores  no sujetos a turnos. 5. Prima de vinculación. Es una fórmula de bajas voluntarias incentivadas para mayores de 58 años. 6. Jubilación Parcial, recogida en Convenio 7. Posibilidad de solicitar la excedencia voluntaria con reserva del puesto de trabajo. 8. Inclusión en convenio de los billetes frees. Mejoras para  los trabajadores y sus beneficiari@s. 9. Permiso retribuido de 2,5 horas para visita o prueba medica de la persona trabajadora. 9. Regulación del Fijo discontinuo. Evidentemente también hemos tenido que ceder en algunos puntos solicitados por la empresa en términos de mayor productividad, como el incremento de jornada anual para los trabajadores no sujetos a turnos, flexibilizar los turnos de trabajo si es necesario,….   USO valora de forma muy positiva el acuerdo alcanzado, el cual es el fruto de un esfuerzo por todas las partes. Agradecemos a todos nuestros afiliados y simpatizantes su apoyo durante todo el proceso negociador.

USO ha firmado el II Convenio Colectivo de Tripulantes de cabina en EasyJet

El sector aéreo de la USO, como sindicato mayoritario en EasyJet, ha firmado en solitario el II Convenio Colectivo de TCPS. Tras 39 reuniones de negociación desde el pasado 10 de febrero de 2022. Como resultado de las negociaciones mantenidas entre EasyJet Airline Spain, Sucursal en España y las secciones sindicales de USO (Unión Sindical Obrera) y SITCPLA (Sindicato Independiente de Tripulantes de Cabina de Líneas Aéreas), se llegó a un preacuerdo entre la Compañía y la sección sindical de USO, mayoritaria en la Comisión Negociadora, sobre el texto definitivo del II Convenio Colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros. El acuerdo fue firmado únicamente con el sindicato USO. Este Convenio se aplicará a 438 trabajadores e incorpora mejoras en el ámbito salarial, la extensión del periodo de actividad para los fijos discontinuos a 9 meses y otras mejoras significativas en el ámbito de la relaciones laborales, que incluye el derecho a la representatividad real del colectivo, la ordenación del personal en escalafón, la introducción de la reducción de jornada voluntaria en las bases estacionales, la introducción de una sugerencia de patrones opcionales de trabajo a cualquier adaptación y/o reducción de jornada por guarda legal/cuidado familiar, ampliando en estos últimos el disfrute completo de 30 días naturales de vacaciones, tal y como marca la ley. Pero, además, este Convenio Colectivo estipula una subida del salario básico de un 22 % hasta la vigencia trienal del convenio (4 % desde marzo 2021, 13 % desde marzo 2023, y 5 % desde marzo de 2024), que ya se está abonando de forma retroactiva a partir de la nómina de mayo. Las mejoras salariales abarcan también un incremento en el pago de idiomas, de las prestaciones flexibles y de la compensación por cada trabajador de trabajar en su día libre.

Lo sucedido en la Inspección de Trabajo con respecto a las progresiones de GSGT y Administrativos de Iberia

Inspección de trabajo a Iberia por progresiones

En la vista de hoy con la Inspección de Trabajo La empresa no ha cumplido con los requerimientos exigidos por el inspector El hecho de no presentar toda la documentación requerida es sancionable con una importante multa económica En el día de hoy, USO ha asistido a la vista solicitada por el Inspector de Trabajo con relación a la denuncia sobre las progresiones de GSGT y Administrativos. El trabajo de USO sobre este asunto ha sido reiterativo desde que en diciembre de 2013 (el director de Recursos Humanos de aquel entonces, José Luis Romero Castaño, envía una comunicación individual a cada trabajador informándole de que su puesto de responsabilidad se iba a transformar y, por tanto, el complemento de función asociado podría verse también suspendido. Por este motivo, desde entonces, únicamente USO, en todos los Comités de Centro ha insistido en solicitar a la empresa el catálogo anual de puestos de responsabilidad. En la mayoría de los plenos, a las otras dos fuerzas sindicales les bastaba con pedirlo por escrito a la empresa. Este trabajo está recogido en algunas actas del Comité de Centro. Durante la pasada negociación del XXII Convenio Colectivo de Tierra, desde USO se solicitó subsanar esta situación, a lo que ninguna de las otras dos fuerzas sindicales unieron, y firmaron el Convenio aún sabiendo que todo esto quedaría sin resolver. Es incomprensible esta actitud en ambos sindicatos. No lo exponemos, firmamos y luego nos quejamos de una situación de la que somos responsables de no haber subsanado en la mesa negociadora. USO, el 6 de febrero de este año, denunció la situación añadiendo que el trabajador debe conocer las funciones inherentes a su puesto, más allá de lo que dice el Convenio. En el puesto hay que concretar el objetivo, las funciones, los productos y servicios que justifican la necesidad del mismo y los proveedores/clientes del producto/servicio generado. Y el trabajador tiene que haber dado su conformidad a las tareas encomendadas. Consideramos necesario que esta información se facilite al trabajador porque de cara a la evaluación es fundamental saber qué es lo que te exigen. Gracias a USO, se ha constatado que la empresa ya ha incluido el grado y nivel salarial del empleado, pero no se constata las competencias y funciones que se le asignan. Asimismo, a la vista de los impedimentos que se ponían para progresar, entre ellos que se obtuviera una EVD (Evaluación de Desempeño) negativa, hemos considerado necesario exponer al inspector que la empresa no está cumpliendo con la normativa interna para realizar las evaluaciones en lo que afecta en los tiempo de realización de la misma, planteamiento de los objetivos y desarrollo de las competencias en el periodo de evaluación, como tampoco se realizan todas las entrevistas establecidas en el manual. USO tramitó su propia denuncia ( no se ha sumado a ninguna) porque consideraba que la de UGT no estaba completa y se requería de una mayor información ante lo que está sucediendo con los trabajadores en su derecho a progresar (faltaba información y documentación). Entendíamos que había que interponer una denuncia más amplia, precisamente en todo lo que afecta a las progresiones. Por este motivo el inspector nos ha llamado hoy y, de hecho, volverá a citar a USO en días venideros con motivo de nuestra propia denuncia ampliada. Durante la vista, la representación de la empresa, sorprendentemente, alegó que hay artículos que llevan siglos sin ser revisados en las mesas negociadoras, también ha negado que existiese un catálogo de puestos de responsabilidad ni que tuviera obligación de hacerlo, igualmente desconocía la existencia de la ficha identificativa del puesto y de qué hubiese existido en algún tiempo los manuales de EVD (que durante muchos años estuvieron publicados en la Intranet). Recordar a la empresa, que con fecha de 13 de julio de 2018, envía al Comité de Centro un inventario de GSGT y puestos de mando. Desde hace meses, desde la asesoría jurídica de USO se está revisando la situación de todo aquel afiliado que lo solicita. De hecho durante la semana que viene se tramitarán cinco demandas. Cualquier afiliado que necesite revisar su progresión y EVD puede contactar con USO y pedir cita a través del email: usolocalbarajas@gmail.com o el teléfono 634 54 27 29 . Del mismo modo, si no eres afiliado, puedes contactar con nosotros y te indicaremos cómo proceder para poder ayudarte. Igualmente, este próximo lunes 13, a las 13:30 horas, se os convoca a los afiliados de USO, a una reunión telemática (os enviaremos el enlace correspondiente) para aclarar vuestras dudas.

USO NO DESCANSARÁ HASTA QUE NO SE CONSIGA TODO AQUELLO QUE NO SE ABORDÓ EN LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE IBERIA

USO NO DESCANSARÁ HASTA QUE NO SE CONSIGA TODO AQUELLO QUE NO SE ABORDÓ EN LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO

Nos hemos vuelto a concentrar en el NEO. Aunque parezca lo contrario, no es en vano. Después de tantas concentraciones: • La empresa sigue sin conceder la reunión que se le ha solicitado. • El Comité de Centro no fuerza esa reunión, cuando más bien parece que sirve a los intereses de la empresa. • Tampoco se mueve para celebrar una asamblea informativa de trabajadores, que desde 2015 no se realiza a pesar de nuestra insistencia. Pese a ello, que no decaigan los ánimos. Esto puede cambiar, si se quiere. Los derechos se consiguen luchando dia a dia. Seguiremos trabajando por lo que es de justicia. Agradecemos la asistencia y el apoyo incluso de los que no hayáis podido asistir. Gracias por alta participación en todas las asambleas que realizamos. Se palpa el interés que existe entre la mayoría de los trabajadores, ante la falta de transparencia de la empresa en el inventario de puestos de responsabilidad y las progresiones de su personal cualificado. Seguiremos aquí, defendiendo lo que no se incluyó en la negociación del último Convenio: • Progresiones Administrativos/GSGT, • Incremento del importe de menú diario y acceso a todos los empleados a turnos a la tarjeta Edenred, • Actualización de las dietas de viaje y gasolina, entre otras.. • Medidas que puedan facilitar la llegada de los trabajadores y aparcar a las oficinas del NEO. Y más… Y SI HAY QUE SEGUIR CON LAS DENUNCIAS Y LAS DEMANDAS, SEGUIREMOS USO IBERIA

USO vuela alto y sigue consolidando posiciones

USO vuela alto y consolida posiciones

USO VUELA ALTO Y SIGUE CONSOLIDANDO POSICIONES Para ser la primera vez que USO se presenta a las elecciones sindicales de Swiftair, el resultado es más que plausible. Elecciones Swiftair Comité 13 miembros SEPLA: 8 MIEMBROS (37 votos) USO: 2 MIEMBROS (33 votos) UGT: 2 MIEMBROS (44 votos) CCOO: 1 MIEMBRO (13 votos)

Declaran nulos los servicios mínimos de las huelgas de Ryanair e Iberia Express

Declaran nulos los servicios mínimos de las huelgas de Ryanair e Iberia Express

Los servicios mínimos establecidos en las últimas huelgas convocadas en Ryanair e Iberia Express fueron excesivos. Así lo ha determinado la Audiencia Nacional a raíz de la denuncia interpuesta por USO (Ryanair: fin a la huelga de los tripulantes de cabina). En el caso concreto de los paros de Ryanair (del 8 de agosto de 2022 y al 7 de enero de 2023), el sindicato consideraba que eran “abusivos, por un lado, e inmotivados, por otro”. Ahora, meses después, la Audiencia Nacional los ha declarado nulos. En la sentencia, con fecha 10 marzo de 2023, la sala de lo contencioso-administrativo considera que los criterios utilizados por la Administración “son de una inconcreción incompatible con las exigencias de motivación y proporcionalidad”, tal y como denunció USO, puesto que no era posible conocer ni siquiera aproximadamente cuántos trabajadores se verían llamados a prestar servicios mínimos ni cómo se asignarían las operaciones aéreas. El fallo concluye que no se precisaron los criterios objetivos en función de los cuales se fijan los servicios mínimos, “adoleciendo la resolución de la necesaria motivación que es exigible, al tratarse de la limitación de un derecho fundamental”. ¿Cuáles son las consecuencias prácticas de esta sentencia? Para USO, el Tribunal Supremo tiene que pronunciarse sobre la posibilidad de poder ejercer el derecho de indemnización por parte del sindicato, una vez exista un fallo favorable de nulidad de los servicios mínimos. Por ello, de momento, dicho derecho debe ser ejercido, en su caso, por los trabajadores afectados, entre otras consecuencias jurídicas, pudiendo hacer valer aquélla en defensa de sus derechos. Respecto a Iberia Express (los paros se desarrollaron en agosto y septiembre), la Audiencia Nacional se ha pronunciado en el mismo sentido. En este caso, la sección octava de la sala de lo contencioso-administrativo declara que “no se precisan los criterios objetivos en función de los cuales se fijan los servicios mínimos, adoleciendo la resolución de la necesaria motivación que es exigible, al tratarse de la limitación de un derecho fundamental” (Los tripulantes de cabina en Iberia Express van a la huelga). USO considera que ambas sentencias ponen en evidencia al Ministerio de Transportes, al que acusa de “posicionarse del lado de las empresas que abusan de los trabajadores, excediéndose por su parte en limitar un derecho fundamental como es el de huelga”. “Son ya cuatro las sentencias que han declarado nulas las decisiones del Ministerio, lo que debería hacer recapacitar seriamente a esta Administración y animar a centrarse en respetar el derecho a la huelga, en lugar de proteger en exceso a las empresas”, concluye el sindicato.   USO considera que ambas sentencias ponen en evidencia al Ministerio de Transportes, al que acusa de “posicionarse del lado de las empresas que abusan de los trabajadores, excediéndose por su parte en limitar un derecho fundamental como es el de huelga”. “Son ya cuatro las sentencias que han declarado nulas las decisiones del Ministerio, lo que debería hacer recapacitar seriamente a esta Administración y animar a centrarse en respetar el derecho a la huelga, en lugar de proteger en exceso a las empresas”, concluye el sindicato.

El importe del menú diario de Iberia a sus trabajadores no da ni para una hamburguesa

El importe del menú diario de Iberia es vergonzoso

Como sabéis USO lleva años solicitando una regularización del vale de comida o importe del menú diario que ha quedado completamente obsoleto con relación al incremento del IPC de los últimos años y las correspondientes subidas de los menús entorno a los 15 euros actuales. USO llevó a la mesa negociadora este asunto como otros muchos que afectaban a Servicios Centrales , AEROPUERTOS, NZI La Muñoza y algunas otras unidades de la compañía. En la misma mesa, las otras dos fuerzas sindicales con representación en el NEO , AEROPUERTOS, NZI dijeron que no era un tema a debatir y que corría prisa firmar este último Convenio ante la urgencia de la empresa para presentarse a los concursos de Handling. Si ahora emiten comunicados relativos a ello es toda una sorpresa porque hubo un momento en el que lo pudieron subsanar. Por nuestra parte comunicaros que seguimos insistiendo a la empresa en esta regularización y ya con importe de 15 euros porque el menú diario no deja de subir. Pero no solo eso. Parece ser que a otras fuerzas sindicales se les olvida que no todos los trabajadores tienen acceso a la Tarjeta Edenred y que aquellos que están a turnos no llegan ni a los 7 euros diarios por menú. No es por tanto de extrañar que los trabajadores de Iberia en el NEO, AEROPUERTOS y NZI La Muñoza saturen los comedores y las zonas del vending a la hora de comer con sus tupper. El importe que reciben diario para comer no alcanza ni a un menú del cercanos ,La arboleda, Casa Fermin, Castilla Leon etc ( que de paso hay que decir que no es comida saludable). Seguiremos insistiendo en esto como en el tema de progresiones de TMAs, GSGT, ADMINISTRATIVOS, opciones de aparcamiento en la zona, discriminación entre empleados en materia de billetes de compañía, etc… Mucho Javier responde y poco Javier resuelve. Seguiremos informando.. Madrid 19 de Abril de 2023 See insights Boost a post Like   Comment Share

Preacuerdo firma convenios colectivos Air Europa e Iberia Express

Firma el preacuerdo del II Convenio Colectivo de TCPS en Iberia Express y el V Convenio Colectivo del personal de Tierra en Air Europa. En ambas aerolíneas, USO es el sindicato mayoritario. Desde estas líneas dar las gracias a todos los afiliados y personal de ambas compañías que han depositado su confianza en nosotros. USO continúa avanzando posiciones porque el trabajo bien hecho bien parece

Iberia Madrid: USO REALIZA TU DECLARACIÓN DE LA RENTA GRATIS SI ERES AFILIADO

Comienza la cuenta atrás para la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al año pasado. En este 2023 se han añadido algunas novedades que en breve os comunicaremos con respecto al anterior. Estas son las fechas más importantes para la Declaración de la Renta 2022-2023: Del 11 de abril al 30 de junio. Este será el plazo para presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio de 2022 por internet. Del 5 de mayo al 30 de junio. Se podrá realizar la declaración de la Renta 2022 por teléfono. Para ello, será necesario pedir una cita previa hasta el 29 de junio. Del 1 de junio al 30 de junio. La declaración se podrá hace de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria. También se necesita una cita previa. En las secciones sindicales de USO en Iberia Madrid, puedes obtener más información y nuevamente este año seguiremos haciendo las declaraciones de forma telemática y gratuita a todos nuestros afiliados.  Si no estás afiliado y te interesa que podamos ayudarte de forma gratuita, no dudes en hablar con nosotros para ofrecerte la ayuda necesaria en tu afiliación. Nuestros emails de contacto: Ø  Para el centro de trabajo del NEO:   usoibneo@gmail.com Ø  En zonas industriales (La Muñoza o Antigua Zona Industrial) : usoiberianzi2@hotmail.com Ø  En el aeropuerto de Madrid Barajas : usoibbjs@yahoo.com Si eres afiliado y te interesa, te agradeceremos que nos escribas con los datos necesarios para acceder a tu información fiscal. USO cuenta en la actualidad con un equipo muy comprometido, que defiende el trabajo digno y que atiende los problemas con la importancia que tienen,  escuchando, informando y ayudando en todo momento ante cualquier situación que os pueda inquietar.

Iberia: IMPORTE DEL MENÚ DIARIO VERGONZOSO E INDIGNANTE

IMPORTE DEL MENÚ DIARIO VERGONZOSO E INDIGNANTE

Como sabéis USO lleva años solicitando una regularización del vale de comida o importe del menú diario que ha quedado completamente obsoleto con relación al incremento del IPC de los últimos años y las correspondientes subidas de los menús entorno a los 15 euros actuales.   USO llevó a la mesa negociadora este asunto como otros muchos que afectaban a Servicios Centrales y algunas otras unidades de la compañía. En la misma mesa, las otras dos fuerzas sindicales con representación en el NEO dijeron que no era un tema a debatir y que corría prisa firmar este último Convenio ante la urgencia de la empresa para presentarse a los concursos de Handling. Si ahora emiten comunicados relativos a ello es toda una sorpresa porque hubo un momento en el que lo pudieron subsanar. Por nuestra parte comunicaros que seguimos insistiendo a la empresa en esta regularización y ya con importe de 15 euros porque el menú diario no deja de subir. Pero no solo eso. Parece ser que a otras fuerzas sindicales se les olvida que no todos los trabajadores tienen acceso a la Tarjeta Edenred y que aquellos que están a turnos no llegan ni a los 7 euros diarios por menú. No es por tanto de extrañar que los trabajadores de Iberia en el NEO saturen los comedores y las zonas del vending a la hora de comer con sus tupper.  El importe que reciben diario para comer no alcanza ni a un menú del cercano Burger King ( que de paso hay que decir que no es comida saludable).   Seguiremos insistiendo en esto como en el tema de progresiones de GSGT/Administrativos, opciones de aparcamiento en la zona, discriminación entre empleados en materia de billetes de compañía, etc… Mucho Javier responde y poco Javier resuelve. Seguiremos informando.. Madrid 19 de Abril de 2023

Ya se puede solicitar la ayuda de 200 euros

Ayuda de 200 euros

A partir del próximo 15 de febrero y hasta el 31 de marzo, los ciudadanos que lo soliciten podrán obtener la ayuda de 200 euros que anunció el Gobierno en el mes de diciembre, para paliar los efectos de la inflación y la crisis. Una ayuda que se podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria cumplimentando un sencillo formulario. ¿Quiénes pueden pedir esta ayuda? Aquellas personas que tuvieran la residencia habitual en España, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, del 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, (permanecer más de 183 días o núcleo principal de la actividad en territorio español). Las que hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad. Aquellos que hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo. Las personas que no superen los 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).Para el cálculo de las rentas, la Agencia Tributaria explica que «deben sumarse las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa». Desde la Agencia Tributaria explican que no es necesario aportar ninguna documentación ya que «la Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda». ¿Quién no puede solicitar la ayuda? Desde la página de la Agencia revelan que no tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022: Requisitos: Aquellos ciudadanos que percibieran el Ingreso Mínimo Vital (incluye complemento de ayuda a la infancia) Las personas que tuvieran una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes percibieran prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos). Por último, si durante 2022 alguna de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y/o ascendientes hasta segundo grado por línea directa, fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022, o fuesen titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados. La Agencia Tributaria explica que el plazo para ingresar la ayuda es de «3 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo de 2023, el plazo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023». Asimismo, cuando la solicitud presentada o la información disponible no resulte procedente, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación. Si ha «transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada», exponen desde la página de la Agencia Estatal. Por último, si desea algún tipo de información adicional, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los ciudadanos un teléfono de Información (91 554 87 70 o 901 33 55 33), que estará disponibles de lunes a viernes, de 9 a 19 horas. Los solicitantes cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco o Navarra «deberán solicitarla a las Instituciones Vascas o Navarra». Para solicitarlo pinchar en el siguiente enlace: Agencia Tributaria: NUEVA ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio.

¿Qué ayudas para familias monoparentales hay en 2023?

Ayudas familias monoparentales 2023

Existen varias ayudas que ya se aplican a más personas pero que tienen una protección reforzada, como es el caso del Ingreso Mínimo Vital. Ahora bien, tenemos que tener en cuenta que la mayoría de estas ayudas están englobadas en las ayudas para familias en riesgo de exclusión social. Pocas van dirigidas específicamente a las familias monoparentales. El Ingreso Mínimo Vital se puede pedir de tres maneras diferentes: Sin certificado digital o cl@ve. La solicitud se tramita a través del servicio del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Con certificado digital o cl@ve. En este caso el IMV se solicita a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. En nombre de otra persona. Anteriormente gestionada a través de la ayuda por hijo a cargo. La prestación o ayuda por hijo a cargo estaba dirigida a aquellas familias que tengan, al menos, un hijo menor de edad. También se podía solicitar en caso de que tuvieras un hijo mayor de edad con algún tipo de discapacidad (del 65%)  y que esta esté reconocida. Actualmente esta prestación está incluida en el Ingreso Mínimo Vital. Igualmente ocurre al pedir la prestación por maternidad ya que, incluso si no has cotizado lo suficiente como para solicitar la prestación, puedes solicitarla por ser familia monoparental. La prestación por maternidad o paternidad, es  una ayuda económica al empleo que pueden solicitar los padres que acaben de tener, adoptar, tutelar o acoger un niño. Por otro lado, puedes solicitar algunas ayudas que están dirigidas a colectivos más específicos: Pensión de viudedad y prestación temporal de viudedad. En caso de que el padre/madre de tus hijos haya fallecido Pensión de orfandad. La podrán solicitar tus hijos y es del 20% de la base reguladora de la pensión de viudedad. Prestación de orfandad. Una prestación que es del 70% de la base reguladora. Se aplica si los ingresos de la familia son muy bajos. Existen diversas ayudas por nacimiento que puedes solicitar, algunas de ellas dirigidas específicamente a familias monoparentales: Prestación por nacimiento. Ayuda de 1000 € por nacimiento o adopción. Familia monoparental requisitos Para ser más específicos, aquí te dejamos todos los casos en los que se considera que es familia monoparental: Un progenitor, que tenga a su cargo uno o más hijos y que estén inscritos en el Registro Civil como tal. Es decir, que en el Registro no aparezca otro padre o madre. Otra opción sería en el caso de que se haya establecido que solo un progenitor tiene la patria potestad de los hijos. En este caso se formaría una familia monoparental por divorcio o separación. Al mismo tiempo, una persona que haya adoptado a uno o más hijos sola. Para poderse considerar familia monoparental, la adopción o acogida tiene que ser de, por lo menos, 1 año de duración. Para poder solicitar ser familia monoparental, el hijo tiene que haber sido adoptado mientras fuera menor de edad. Una persona que se haya quedado viuda y tenga a los hijos (huérfanos) que tuvo con esa pareja a su cargo. Por nacimiento de un hijo con discapacidad, podrás solicitar la deducción por descendientes con discapacidad. Ayuda por nacimiento o adopción múltiple. Casos especiales por los que se considera familia monoparental: Si una persona que tiene la custodia de los hijos y, dividiendo los ingresos que recibe entre el número de integrantes de la familia, el resultado es inferior al 150% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). En los casos en los que una mujer que ha sufrido violencia de género tiene la custodia de los hijos. Las familias formadas por una pareja, siempre y cuando uno de ellos esté en prisión u hospitalizado durante más de un año. El principal requisito es que los ingresos de la familia divididos por integrante serán inferiores al 150% del IPREM. También se consideran familias monoparentales en el caso de que, en una pareja, uno de ellos sea discapacitado. El nivel de discapacidad tiene que ser de un grado 3 de dependencia, que tenga la incapacidad permanente o gran invalidez. Al igual que en otros casos, el requisito es que los ingresos divididos por cada integrante sean inferiores al 150% del IPREM Tengo dos o más hijos. ¿Soy ya familia numerosa? Con la nueva LEY DE FAMILIAS, las/los monoparentales con dos o más hijos pasarán a ser consideradas como familia numerosa. Todavía se está pendiente de la aprobación de la LEY y de momento no se puede obtener el título ni el carné. En el momento en que esto sea posible se comunicará. Deducciones fiscales por ser familia monoparental Hay que partir de la base de que para este tipo de ayudas no solo se engloba a las madres o padres solteros, se consideran como familia monoparental a separados/as, divorciados/as y viudos/as. A nivel fiscal, existen algunas deducciones y reducciones que puedes aplicar en tu declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Para poder acceder a estas deducciones la Agencia Tributaria es clara. En caso de que hayas tenido hijos con tu pareja y te hayas separado, es fundamental que te hayas divorciado para poder considerarte familia monoparental. Si no hay sentencia de divorcio, no podrás beneficiarte a nivel fiscal de las deducciones. A continuación te detallamos cuáles son esas deducciones que puedes aplicar independientemente de la Comunidad Autónoma en la que residas: Acceso al cheque familiar. Una deducción de 1.200 € que puedes solicitar que te ingresen mes a mes a lo largo de año. La base imponible se reduce en 2.150 € anuales. Existe una grave discriminación frente a las familias biparentales que desgravan 3.450 euros. Bonificación del 45% de las cuotas que se pagan a la Seguridad Social por contratar a un cuidador familiar. Deducciones por ser familia monoparental en algunas Comunidades Autónomas Las Comunidades Autónomas tienen la libertad de ofrecer las deducciones que vean convenientes a diferentes colectivos. En el caso de las familias monoparentales, las Comunidades que las ofrecen son: Andalucía. Deducción de 100 € + pago del 15% de las cuotas de la Seguridad Social en caso de que se contrate a alguien como ayuda doméstica. Asturias. Deducción de 303 € siempre y cuando solo se conviva con los

Continúa en vigor el Convenio con REPSOL y los afiliados de USO

*Continúa en vigor el Convenio con REPSOL y los afiliados de USO* La promoción consta de todas las ventajas de los usuarios de la aplicación Waylet de Repsol por ser del colectivo USO. Descuentos en carburante y ofertas exclusivas en las Estaciones de Servicio REPSOL, CAMPSA y PETRONOR. Para acceder a los descuentos y ventajas, hay que descargar la app de Waylet en el teléfono móvil (IOS o Android) e introducir un código de colectivo que se solicita individualmente, al siguiente correo electrónico: elena.fernandez@uso.es En dicho email, debéis especificar los siguientes datos: Nombre y apellidos, DNI (incluida la letra), Teléfono, Provincia y Empresa. Se verificará ser afiliad@ cotizante a la USO y estar al corriente de pago en la cuota al sindicato. La respuesta es por correo electrónico y puede demorarse unos días. El código es personal e intransferible. SECCION SINDICAL USO

XXII Convenio Colectivo de Iberia Tierra publicado en el BOE

Publicado en el BOE el XXII Convenio Colectivo de Iberia Tierra

    Debido a la celeridad con que se firmó  este Convenio Colectivo, después de todo un año parados, y dejándose demasiadas mejoras en el tintero, en los meses posteriores, la mesa negociadora se tuvo que reunir en bastantes ocasiones para subsanar las muchas rectificaciones que solicitaba el REGCON (Registro y Depósito de Convenios Colectivos). Por fin el XXII Convenio Colectivo de Iberia Tierra se encuentra publicado en el BOE (Boletín Oficial del Estados) del que adjuntamos copia del mismo:   XXII Convenio Colectivo de Iberia Tierra

USO REGISTRA DENUNCIA EN INSPECCIÓN DE TRABAJO POR LA SITUACIÓN DE ADMINISTRATIVOS Y GSGT

Uso denuncia a Iberia por la situación de Gestores y administrativos

Durante la pasada negociación colectiva no quisieron ni oír hablar de ello, pese a ello hubo quienes firmaron el XXII Convenio Colectivo. No fue el caso de USO, cuyos afiliados dijeron que NO. Y he aquí los motivos por los que USO registró el pasado 6 de febrero una denuncia ante la inspección de trabajo: 1. La empresa lleva más de cinco años sin especificar cuáles son los puestos de Contenido Técnico, Destacado y Alto Contenido, para los GSGT. 2. No ofrece un catálogo anual de puestos actualizado a los últimos cambios de la organización. 3. No todos los trabajadores de esta categoría conocen los requerimientos del puesto que desempeñan, porque no tienen una ficha identificativa que describa las funciones de su puesto y las competencias exigidas. Se incumple así el artículo 51 del XXII Convenio colectivo para Tierra. 4. Se impide a la mayor parte de estos trabajadores la progresión o promoción a un nivel salarial superior. 5. La empresa no informa tampoco sobre las vacantes que puedan existir en la categoría de Mando para que los de la categoría de Técnico Administrativo puedan optar a un ascenso con mayor nivel salarial. Se incumple el artículo 63. Y hay varias circunstancias que impiden esta progresión: La empresa no permite el ascenso alegando que no se ocupa un puesto con “Destacado Contenido Técnico” o “Alto Contenido Técnico sin especificar las funciones; la obtención de una valoración negativa por parte del superior y, además, la empresa no cumple con su propia normativa descrita en el Manual EVD sin actualizar desde 2016; por otro lado, la empresa lo solventa ofreciendo contratos individualizados fuera de Convenio. Añadimos que no se ha informado al Comité Intercentros o comités de centro, cuando ha habido evaluaciones “insuficientes”, que impiden la progresión o promoción, o sobre progresiones especiales como queda establecido en el artículo 25 y en el 50; y por último, cuando no se admite la progresión, los trabajadores no reciben acciones formativas para optar a puestos con mayor grado de contenido técnico o con categoría de mando, como estipula el artículo 55, 66 o 71. View insights 76 post reach