USO suma un delegado más al Comité Intercentros de Iberia

Teniendo en cuenta la desaparición del centro de trabajo de la Antigua Zona Industrial en Madrid y también los resultados de las elecciones en el centro de trabajo de Alicante, en las que USO ganó 2 delegados más el pasado 25 de junio, era necesario modificar la composición del Intercentros de Iberia. Por eso ayer 15 de julio, se celebró un nuevo Pleno para actualizar los miembros de cada grupo sindical y de esta forma USO coloca el segundo en dicho Comité, tras el balance total de 29 delegados en toda la compañía. La composición del Intercentros ha quedado de esta manera: – 5 de CCOO – 4 de UGT – 2 de USO – 1 de CGT – 1 de CESHA Hubo también que plantear de nuevo la formación de las distintas Comisiones de Trabajo que emanan del XXI Convenio Colectivo de Tierra en vigor. Para ello, la propuesta de USO fue siempre acorde a lo expuesto en ocasiones anteriores. USO considera que todos los grupos sindicales que hayan firmado el XXI Convenio Colectivo han de estar presentes en dichas comisiones y el número de miembros debe repartirse proporcionalmente a la representatividad, tanto si está fijado el número de miembros como si no. Es más, si dicho número es muy reducido, también sería posible acordar la alternancia cada seis meses de los grupos sindicales, por ejemplo en la Comisión de Seguimiento de Empleo que solo tiene dos. CCOO y UGT de la mano otra vez, en un evidente abuso de su mayoría, fueron aprobando la composición de cada una excluyendo a USO en 23 de 26 comisiones, consintiendo nuestra presencia solo en las relacionadas con la Dirección Técnica, Paritaria de Seguimiento, ordenamiento TMAs y AQCESS. Ni que decir tiene que excluyeron de todas al resto de grupos con menos representatividad. Desde la USO, estamos decididos a seguir adelante con tesón y defendiéndonos de todos aquellos que pretenden vulnerar nuestro derecho a la negociación colectiva. Para ello, seguimos empleando todas las herramientas legales disponibles para impedir el bloqueo y la falta de respeto hacia el resto de los representantes de los trabajadores que están legitimados por las urnas.
ERE IBERIA VUELO 65/17 Subcomisión seguimiento
¿Qué derechos tienen los trabajadores de un ERTE en tiempos del coronavirus?

Hasta USO siguen llegando muchas dudas sobre nuestros derechos mientras estemos acogidos al ERTE. ¿Si la empresa me incluye en el ERTE tiene que darme de baja de la Seguridad Social? En el caso de que la empresa incluya a los trabajadores en un ERTE por suspensión de la actividad, no tiene que darle de baja en el Régimen de la Seguridad Social. La baja se produce únicamente en el caso de que la relación laboral entre la empresa y el empleado finalice, es decir cuando se produce un despido. Igualmente, en los casos en los que se produzca una reducción de la jornada autorizada por un procedimiento de regulación de empleo, la empresa sigue estando obligada a mantener al trabajador de alta en la Seguridad Social. Al firmar un nuevo contrato, desaparecería el vínculo laboral con la antigua empresa. La duración de la prestación se extenderá hasta la finalización del período de suspensión del contrato de trabajo o de reducción temporal de la jornada de trabajo de las que trae causa. ¿Como me afecta un ERTE estando en baja o incapacidad laboral? En el caso de que el trabajador afectado por un ERTE o por una reducción de jornada se encuentre en situación de incapacidad laboral, o bien de baja por un permiso de maternidad o paternidad, las medidas adoptadas por la empresa no le afectarán hasta que presente el alta médica o finalice el periodo de permiso maternal o paternal. Si durante la vigencia del proceso de regulación de empleo se produce una situación de incapacidad temporal con contingencias comunes, el Servicio Público Estatal (SEPE), por delegación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), abonará al trabajador la prestación por incapacidad temporal. Si se da este supuesto, la persona contratada por la empresa recibirá una cuantía igual a la prestación por desempleo, con el consumo correspondiente de días de prestación. Además, en situación de maternidad o paternidad, se le suspenderá al trabajador el pago de la prestación por desempleo y comenzará a cobrar la prestación correspondiente por dicha baja, que será directamente gestionada por INSS. Tras el término de dicha baja, el empleado pasará a percibir de nuevo la prestación por desempleo. ¿Puedo trabajar en otra empresa durante el ERTE? Durante el tiempo en el que el trabajador tiene suspendido el contrato por un expediente temporal de regulación de empleo, puede realizar otra actividad laboral tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. En este caso, lo deberá comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal, que debe estar al corriente de las colocaciones que tenga mientras percibe la prestación por desempleo, con el fin de suspender dicha prestación. En el caso de que la nueva actividad a desempeñar sea únicamente a tiempo parcial, podrá solicitar la compatibilidad de la prestación con el contrato a tiempo parcial, restándose así la parte proporcional al tiempo que trabaje. ¿Me aplican la retención del IRPF mientras dure el ERTE? En las prestaciones por desempleo sí se aplica la retención del Impuesto de las Personas Físicas (IRPF). Aun así, mientras la persona afectada esté percibiendo la prestación por desempleo, puede solicitar que se retenga el IRPF o que se aplique un porcentaje mayor de retención en su caso. ¿Me pueden obligar a coger vacaciones? Muchas empresas han recurrido a la opción de obligar a sus trabajadores a coger vacaciones durante el estado de alarma para no aplicar ERTEs a sus empleados por el paro de la actividad. Es el caso de algunas compañías que no tienen posibilidad de teletrabajo por la actividad que desempeñan o todavía no ha sido implantado. Sin embargo, obligar a los trabajadores a unas ‘vacaciones forzosas’ «es ilegal», según sostiene la abogada, que explica que en el caso de que el trabajador se vea en esta situación puede demandar a la empresa una vez finalizado el estado de alarma por coronavirus. El empleado dispondrá de 20 días hábiles para presentar la demanda una vez reanudada la actividad en los juzgados. ¿Me tienen que comunicar personalmente el ERTE? Sí. El empresario debe comunicar personalmente a cada uno de los empleados afectados su nueva situación, afirma de Azúa. La falta de notificación, por otro lado, puede justificar la impugnación del expediente por motivos formales. Las medidas acordadas tendrán efectos desde esta comunicación, salvo que en ella se contemple una fecha posterior. ¿Tengo que acudir al servicio de empleo? No, será la empresa la que se encargue de gestionarlo directamente, por lo que no hay que pedir cita al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). El organismo ha informado de que está preparando un procedimiento respecto del que, en breve, dará más detalles. Durante el ERTE, ¿sigo cotizando a la Seguridad Social? Si, el empleado seguirá cotizando como lo venía haciendo antes del expediente. El decreto ley establece que este periodo se considera como efectivamente cotizado a todos los efectos. Sin embargo, el empresario con menos de 50 trabajadores quedará exonerado del pago de esta cuota. Si la empresa tuviera 50 trabajadores o más en situación de alta en la Seguridad Social, la exoneración de la obligación de cotizar tan solo alcanzará al 75 % de la aportación empresarial. ¿Tengo derecho a cobrar el paro aunque no tenga la cotización mínima? Sí. En el caso de suspensión del contrato de trabajo, la norma establece expresamente que los trabajadores podrán cobrar dicha prestación aunque carezcan del periodo mínimo de cotización exigido para ello. Por otro lado, el tiempo que se esté percibiendo el paro por este motivo, no contará a efectos de consumir los periodos máximos de prestación establecidos. ¿Me puede despedir la empresa una vez finalizado el ERTE? No, al menos en un plazo de seis meses. El decreto ley incluye una disposición sobre salvaguarda del empleo que aclara que las medidas extraordinarias en el ámbito laboral estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad. ¿Computa a efectos de antigüedad el ERTE? No, no se pierde antigüedad y el tiempo durante el ERTE debe computar a efectos de despido. En el ERTE de reducción de jornada se sigue
El Ministerio ya ha publicado la guía para las ayudas a las familias 2021

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha publicado la” Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2021″. Esta guía, recoge los cambios que ha habido en los permisos por nacimiento de hijo, y los derechos de los padres para conciliar con todas las opciones que contempla la ley para facilitar el cuidado de los hijos, las ayudas por nacimiento de hijo, las prestaciones para las personas que están en paro, las novedades en las prestaciones familiares de la Seguridad Social, como el Ingreso Mínimo Vital, las deducciones fiscales para las familias y las ayudas para los diferentes tipos de familias. Dónde pedir ayudas En primer lugar ,en la guía de ayudas para las familias se explican los tres niveles administrativos en los que se pueden obtener ayudas, que pueden variar dependiendo de donde se resida: La administración General del Estado Las comunidades autónomas Las corporaciones locales (ayuntamientos y diputaciones…). En la guía se recomienda dirigirse al punto de información más cercano para conocer las ayudas a las familias y acceder a ellas, es decir al ayuntamiento, los servicios sociales autonómicos, la agencia tributaria o el centro de atención e información de la Seguridad Social. Tienes más información en el artículo Dónde pedir ayudas y prestaciones Ayudas sociales (Seguridad Social) para las familias Prestaciones por nacimiento o adopción de hijos Hay dos tipos de prestaciones de pago único por nacimiento o adopción de hijos Prestación económica por parto o adopción múltiple, puedes ampliar información en el artículo ayudas por parto múltiple. Prestación económica por nacimiento o adopción en familias numerosas, monoparentales y de madres o padres con discapacidad superior al 65%. Puedes ampliar información en el artículo ayudas por nacimiento de hijo. Ayuda por hijo a cargo con discapacidad Puedes ampliar información el artículo cómo pedir la prestación por hijo a cargo con discapacidad. Ingreso Mínimo Vital El Ingreso Mínimo Vital se aprobó por el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo. Puedes ampliar información en el artículo el ingreso mínimo vital en 2021. Permisos parentales por cuidado de hijos La ley contempla diferentes permisos para facilitar el cuidado de los hijos. La guía recoge de forma detallada información sobre los siguientes permisos: Permiso por nacimiento y cuidado del menor Desde enero de 2021 el permiso por nacimiento de hijo es idéntico para los progenitores. Puedes ampliar información sobre los detalles y la forma de disfrutarlo en el artículo sobre el permiso por nacimiento de hijo. Prestación por riesgo durante el embarazo y lactancia natural Cuando en el desarrollo de su trabajo, la mujer está expuesta a a condiciones que pueden influir negativamente en el embarazo, la salud de la madre o el feto o la salud del lactante puede dejar de trabajar y recibir una prestación por riesgo durante el embarazo o una prestación por riesgo durante la lactancia natural Permisos de ausencia o reducción de jornada laboral Los trabajadores pueden reducir su jornada o pedir permisos para ausentarse del trabajo por diferentes razones: Permiso por cuidado de hijo lactante (lo que antes era el permiso de lactancia). Reducción de jornada por cuidado de hijo y otros familiares, con la reducción proporcional de salario. Reducción de jornada por cuidado de menores hospitalizados o con enfermedad grave. La Seguridad Social abona una prestación por cuidado de hijo con enfermedad grave que compensa la reducción del sueldo. Permisos laborales retribuidos por diferentes situaciones: puedes ampliar información en el artículo Permisos laborales retribuidos: en qué casos se pueden coger horas o días libres en el trabajo. Excedencia Los trabajadores pueden solicitar un permiso laboral, sin sueldo durante un tiempo por cuidado de hijos menores o cuidado de familiares. Puedes ampliar información en este artículo sobre la excedencia por cuidado de hijos. Prestaciones por desempleo En la guía también se recogen todas las ayudas para los trabajadores que han perdido el empleo. La prestación por desempleo contributiva Lo que se conoce popularmente como el paro. Puedes ampliar información en el artículo cómo pedir el paro por internet El subsidio por desempleo Cuando finaliza la prestación contributiva, la ley prevé un subsidio adicional dependiendo de las circunstancias familiares Subsidio por desempleo por cargas familiares. Puedes ampliar información en el artículo Guía para pedir el subsidio por desempleo. Subsidio para mayores de 52 años. La renta activa de inserción, para las personas que finalizan la prestación por desempleo y no tienen derecho al subsidio. Puedes ampliar información en el artículo qué es y como pedir la renta activa de inserción Beneficios fiscales para las familias La guía también recoge información sobre los beneficios fiscales para las familias y explica tanto las deducciones estatales por hijo como las deducciones autonómicas para las familias (que figuran en la página 46). Ayudas para las familias numerosas La guía de ayudas para las familias de 2021 dedica un capítulo entero a las familias numerosas en el que se explican los requisitos para ser familia numerosa, y las ayudas para familias numerosas, como la deducción por familia numerosa o monoparental con dos hijos o el bono social de la luz, al que tienen derecho todas las familias numerosas con independencia de sus ingresos. Ayudas para las familias monoparentales También hay un capítulo dedicado a las familias monoparentales en el que se explica cómo obtener el título de familia monoparental y cuáles son las ayudas para las familias monoparentales, como las mejoras en el ingreso mínimo vital para las familias monoparentales. y los límites de renta para poder optar al bono social de la luz y al bono social térmico (una ayuda para la calefacción). En este apartado de la guía se explican además las diferentes prestaciones de la Seguridad Social por orfandad y viudedad. Servicios Sociales y otras ayudas La guía también informa sobre los servicios sociales y centros de acogida, la ayuda a domicilio, los servicios de mediación familiar para gestionar conflictos entre los miembros de una familia en los procesos de separación o divorcio y las ayudas para familias con personas en situación de dependencia. También se dedica un capítulo a las ayudas en caso de impago de pensiones de alimentos en situaciones de separación o divorcio, dónde se explica qué es el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, otro a los servicios para cuidado de niños/as menores de 3 años, becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, ayudas en materia de vivienda, y descuentos
USO obtiene muy buenos resultados en las elecciones sindicales de Alicante

USO es un sindicato del sector aéreo que en los últimos años está obteniendo plena confianza por parte de los empleados del sector. Esto lo avala los resultados obtenidos en las últimas elecciones en los lugares donde tiene representatividad. Las últimas: las de Iberia en Alicante, donde los resultados han sido muy positivo y de una clara ascendencia. Resultados .- Técnicos : CCOO 3, USO 2, UGT 1 y Asetma 1 .- Especialistas: CCOO 3, USO 2, y CTA 1 Es evidente que la confianza que los empleados están perdiendo en otros sindicatos se vierte en un incremento de votos a USO como se puede observar en estos últimos resultados. ¿Por qué de esta confianza? Desde hace unos años, USO ha aportado mucho valor a sus afiliados a través de unos equipos de trabajo bien formados e involucrados, además de una política de comunicación interna constante, y sobre todo de interés; comunicaciones de utilidad y prácticas porque para comunicar las noticias del sector ya están los medios de comunicación diarios y la propia empresa, sin obviar que algunas noticias puedan ser puntualmente reseñables. Igualmente ha sido el sindicato que ha estado durante este periodo de pandemia comunicando puntualmente toda la información de utilidad sobre ERTES, SEPE y ayudas. Y esto ha sido posible gracias a ese equipo que ha mantenido una comunicación constante con el SEPE. Del mismo modo, podemos decir que USO es un sindicato que va con la verdad por delante, nos guste o nos guste, y fue el sindicato que comunicó a sus afiliados y no afiliados el hecho de que a partir del pasado 1 de octubre, los ERTES comenzaban a afectar al paro. Comunicaciones como ésta, como ser el sindicato que consiguió que Colonial, empresa encargada del alquiler de plazas de garaje en las oficinas centrales, decidiese no cobrar la cuota durante seis meses; que actualmente haya sido el sindicato que le plantease a la empresa la opción de que mientras se mantuviese esta situación, los empleados pudiesen aparcar en el parking del edificio NEO. También ha sido el sindicato que antes o durante la pandemia ha estado ayudando a sus afiliados y jubilados a entender las modificaciones en los billetes de empleados y por ende ayudando en la incorporación de los nuevos beneficiarios, y que lograse el año pasado que los cobros indebidos acusados a múltiples causas más allá de un año le fuesen devueltos a aquellos empleados que vieron como durante el verano pasado sus nóminas se veían afectadas por ello. También ha sido el sindicato que informó de la no obligatoriedad por parte de la empresa a tener que disfrutar de las vacaciones mes a mes bajo el supuesto de que si no se disfrutaban se perderían, sin una programación previa a principios de año que es lo que requiere el Convenio y el derecho de todos los empleados a disfrutar de 15 días de vacaciones en el periodo estival o las correspondientes si se ha estado afectado por ERTEs parciales. Igualmente, en estos momentos hay sido el sindicato que ha intervenido para que de nuevo los empleados puedan teletrabajar fuera de su domicilio habitual tal y como recoge el artículo 13 del Estatuto de los trabajadores, o que los empleados que antiguamente estaban trabajando en la zona industrial de La Muñoza y fueron trasladados a la AZI (Antigua zona industrial), al desaparecer ésta, puedan cobrar de nuevo la clave 072 en nómina. (indemnización por desplazamiento consistente en 20 minutos por cada día que asistan al trabajo), entre otras muchas razones. Es por eso que desde estas líneas deseamos agradeceros la confianza que estáis depositando en USO como empleados del sector aéreo y de Iberia y nuestra satisfacción por el importante incremento en afiliaciones en estos últimos años. Confiamos en seguir trabajando por y para vosotros y os dejamos la opción, a aquellos que aún no conozcáis nuestro trabajo e implicación a afiliaros. Desde estas líneas queremos dejaros también el enlace a la sección de Noticias de nuestra web para que podáis estar diariamente informados: https://usosectoraereo.com/category/noticias/ Y el enlace a nuestro Telegram desde donde también estarás informado: https://t.me/joinchat/AAAAAFTyiukJy0Sv_VuuVA Si aún no eres afiliado de USO y estuvieses interesado, contacta con los delegados del sindicato en tu área de trabajo o pide información a través del email usoibneo@gmail para conocer cómo hacerlo (nuestra afiliación es tanto por nómina como por domiciliación bancaria, a elegir por el afiliado).
Sanidad ha aprobado la vacunación de Covid de 12 a 39 años. ¿Cómo pedir cita?

Sanidad ha aprobado la vacunación de Covid de 12 a 39 años. La Comisión de Salud Pública, en la que están representados el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas, ha incluido en la Estrategia de Vacunación los tres últimos grupos de edad para los que de momento no estaban incluidos. Esto sucede después de que la UE haya aprobado el uso de la vacuna Pfizer en adolescentes de 12 a 18 años. Sanidad ha dado a las comunidades autónomas la opción de que los tres grupos de vacunación puedan solaparse con el fin de que se pueda agilizar… Las comunidades autónomas son las encargadas de organizar la inmunización de los grupos menores de 40 años, que se podrá ir realizando de manera solapada. Así, autonomías como Andalucía y Baleares ya han abierto el sistema de citación en línea para las personas de ese rango de edad. En el mismo sentido, el resto de gobierno han anunciado que en las próximas semanas comenzarán a vacunar a este grupo poblacional, como ya adelantó Castilla-La Mancha. A pesar del sistema de cita previa, lo acordado es que se siga manteniendo un orden de edad descendente. Es decir, desde los 39 años para abajo. Así, la propuesta del Servizo Galego de Saúde (Sergas) prevé empezar en julio la vacunación de los menores de 40 años combinando el sistema habitual de citación por SMS–desde los más mayores, de 39 años, hacia abajo- con un procedimiento de petición de citas voluntarias abierto a todos los mayores de 18 para llenar huecos. CÓMO PEDIR CITA PARA LA VACUNA DEL COVID La autocitación para la vacuna del covid puede solicitarse a través de la página web o mediante la tarjeta sanitaria virtual. El paciente deberá introducir su CIPA (Código de Identificación Personal Autonómico de la tarjeta sanitaria pública), DNI/NIE o pasaporte y añadir su fecha de nacimiento. Posteriormente, el sistema comprueba si el usuario está registrado en el repositorio poblacional de las bases de datos de la Comunidad de Madrid, que no tenga ninguna vacuna registrada contra el coronavirus y que esté en el rango de edad habilitado. El paciente verá un listado de centros disponibles según la franja de edad o grupo de vacunación y podrá elegir centro e intervalo horario. Una vez seleccionada la cita recibirá un código de verificación a través de un sistema de SMS para confirmarla y, a continuación, recibirá los datos de su cita junto con un código QR para facilitar su acceso al punto de vacunación. Además, el ciudadano recibirá un SMS de recordatorio, con al menos 24 horas de antelación, que incluirá el código QR que deberá mostrar en el acceso al recinto de vacunación. Si alguna persona que acceda a este nuevo sistema no estuviera en la base de datos y no pudiera autocitarse, deberá llamar al número de teléfono gratuito habilitado por la Comunidad de Madrid (900 102 112), donde el operador recogerá sus datos y trasladará esta información al servicio madrileño de salud. Actualmente, las únicas vacunas que están autorizadas para los menores de 40 años son las de Pfizer y Moderna.
Condiciones para el Teletrabajo fuera de tu residencia

A muchos empleados de Iberia en servicios centrales, les interesa volver a realizar el teletrabajo en los meses de verano, en otra residencia, provincia o incluso otro país, igual que se hizo el año pasado. Por el momento, la Dirección de Recursos Humanos no ha publicado nada al respecto para los trabajadores que aún mantienen esta modalidad de trabajo. Sin embargo, existen áreas y puestos de trabajo que pueden desarrollarse de esa forma también durante la época estival este año y así lo están solicitando. Hay que tener siempre en cuenta de que en todos los casos, se debe contemplar como algo temporal y no debe superar los dos meses. Para ello, lo primero que deben hacer los interesados es dirigirse por correo electrónico al Manager o superior y al Business Partner de Recursos Humanos del área correspondiente para solicitarlo. Cuando lo hayan valorado y dé el visto bueno la empresa, facilitarán al trabajador una adenda de modificación del domicilio que afecta al documento de teletrabajo firmado anteriormente. Ahí se declarará el nuevo domicilio desde donde realizar las tareas y habrá que enviarlo a la dirección de correo que estimen oportuna. El año pasado la empresa autorizó el cambio de domicilio y éste aún no ha dicho nada en contra, pero siempre hay que tener la autorización del superior y de recursos humanos para hacerlo. Para cualquier aclaración, estamos disponibles en las secciones sindicales de USO.
Vacaciones y ERTE. Respondiendo tus dudas

Son muchos los trabajadores a los que les surgen dudas sobre vacaciones y ERTE. ¿Afecta a mis vacaciones estar incluido en un ERTE? ¿Y si mi ERTE es parcial? USO responde a todas tus dudas El avance de las comunidades autónomas en las fases de la desescalada hace que, poco a poco, vayamos retomando la rutina. Y con el final del curso escolar y el inicio del verano, llegan también las deseadas vacaciones. Este año, marcadas también por el impacto de la pandemia y las medidas que debemos seguir en la nueva normalidad, pero también por la situación de miles de trabajadores afectados por ERTE. El sindicato USO ha recibido numerosas consultas acerca de cómo afecta a las vacaciones el estar incluido en un ERTE. Por eso, hemos elaborado este `preguntas y respuestas´para aclarar todas tus dudas. ¿Tengo derecho a vacaciones si estoy en un ERTE de suspensión de contrato? Durante el tiempo que dura el ERTE de suspensión de contrato, el trabajador no genera derecho a vacaciones. Las vacaciones anuales se verán reducidas en función de los días de suspensión. En caso de ERTE, las vacaciones quedan canceladas. Una vez que la situación vuelva a la normalidad, el trabajador podrá disfrutar de las vacaciones que le corresponden sin contar las devengadas durante el período de duración del ERTE. El artículo 38 del Estatuto del Trabajador establece que el período anual de vacaciones no podrá ser inferior a 30 días naturales, lo que supone 2,5 días naturales de vacaciones al mes (salvo lo que establezca el convenio colectivo de aplicación). Si una persona trabajadora está en ERTE desde el 14 de marzo hasta el 14 de mayo, existirían 5 días naturales de vacaciones no devengadas. Por tanto, durante el año 2020 sólo tendría derecho a 25 días naturales de vacaciones. Todas las condiciones que regulan un ERTE pueden ser mejoradas en la negociación con los representantes de los trabajadores y la empresa. ¿Tengo derecho a vacaciones si estoy en un ERTE parcial, de reducción de jornada? En este caso, el devengo de los días de vacaciones no se ve alterado. A la persona trabajadora le corresponden los mismos días libres que si no hubiese estado acogido al ERTE. Si las vacaciones no estuviesen fijadas en el momento de iniciarse el ERTE de reducción de jornada, podrán pactarse con carácter genérico con los representantes de los trabajadores o, si no los hubiese, de mutuo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora. Si una persona trabajadora ha estado en un ERTE de reducción de jornada del 14 de marzo al 14 de mayo, pasando de tener una jornada de 8 horas diarias a 6 horas diarias, este hecho no afectará a los días de vacaciones a los que tiene derecho a disfrutar, que serían los mismos que si su jornada hubiese sido completa. No obstante, su salario en el período de vacaciones sí se verá afectado, puesto que será inferior al que percibiría en una situación de jornada completa ya que su salario bruto anual ha disminuido durante el período de reducción de jornada (no hemos de olvidar que al reducirse la jornada, también se ha reducido el salario). ¿Qué ocurre si los trabajadores siguen en ERTE y no pueden disfrutar sus vacaciones dentro del año natural? Las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural. Si las personas trabajadoras siguen en ERTE y les quedan días de vacaciones por disfrutar, la empresa debería dejar de aplicarles el ERTE durante ese período de vacaciones para que las disfruten. En este caso tienen que cobrar su salario y la empresa cotizar por ello. ¿Puede mi empresa obligarme a coger vacaciones si estoy en ERTE? La empresa puede proponer a la persona trabajadora disfrutar de sus vacaciones pero no puede imponerlas de manera unilateral. Las vacaciones se deben pactar de común acuerdo, de conformidad con lo establecido el convenio colectivo de aplicación sobre la planificación anual de las vacaciones. El derecho al disfrute del periodo vacacional se regula en el art. 38 del Estatuto del Trabajador: no podrán ser inferiores a 30 días naturales y se comunicarán al trabajador con al menos dos meses de antelación antes de su disfrute. ¿Qué ocurre si no hay acuerdo entre empresa y trabajador sobre el disfrute de vacaciones? A falta de acuerdo, la Jurisdicción Social competente, mediante procedimiento sumario y preferente, fijará la fecha correspondiente del disfrute del periodo vacacional de acuerdo con lo establecido en el art. 125 de la LRJS. La decisión será irrecurrible. En caso de ERTE, si tengo confirmadas mis vacaciones, ¿puedo aplazarlas? Hay que diferenciar entre el ERTE de suspensión de contrato temporal y de reducción de jornada. Si se trata de un ERTE de suspensión, las vacaciones quedan canceladas mientras dure el ERTE. En el caso del ERTE de reducción de jornada, si la persona trabajadora desea aplazarlas, debe acordarlo con la empresa. ¿Qué ocurre si estoy de vacaciones y mi empresa aprueba un ERTE? En el supuesto de que la empresa apruebe el ERTE de suspensión mientras la persona trabajadora se encuentra disfrutando de días de vacaciones, estas se interrumpiran y, por tanto, sólo se agotarán los días de vacaciones disfrutados antes del ERTE. La persona trabajadora podrá disfrutar los días de vacaciones pendientes cuando finalice el ERTE y la empresa vuelva a su actividad. ¿Qué ocurre con las pagas extra cuando el trabajador se encuentra en ERTE de suspensión? Durante este tipo de ERTE no se genera la parte proporcional de pagas extra, puesto que el contrato está suspendido y se han tenido en cuenta, para el cálculo de la prestación, las pagas extraordinarias que se hubiesen generado hasta el momento de aplicarse el ERTE. ¿Tengo derecho a pagas extra en un ERTE de reducción de jornada? Las pagas extraordinarias están afectadas en la medida en que se extienda la reducción de jornada a lo largo del año natural. En estos supuestos, el salario se reduce en la misma proporción que la jornada, por lo que las pagas extraordinarias también son
Entra en vigor en España el pasaporte Covid

En España, ya ha empezado emitir el Certificado COVID Digital de la UE a todos los ciudadanos que residen en España y lo solicitan. Es decir, España emite y acepta ya desde este 7 de junio el certificado Covid digital de la Unión Europea, conocido como pasaporte Covid, oficial desde el próximo 1 de julio en la UE, que acordó la puesta en marcha de este documento para agilizar la movilidad entre países. La medida se adelanta 20 días al momento en el que la emisión del certificado Covid será obligatoria en los estados miembros de la UE, fijado para el 1 de julio, El Certificado Digital UE COVID, o el pasaporte europeo de vacunación estará en periodo de prueba durante el mes de junio aunque los certificados COVID emitidos serán validos desde el primer momento. Esta semana, la mayoría de las comunidades autónomas empezarán a emitir certificados digitales para acreditar que una persona ha recibido la vacuna del Covid o que ha pasado la Covid y tiene anticuerpos y más adelante indicarán también que se ha realizado una prueba serológica (PCR o test de antígenos) con resultado negativo. Aragón, Andalucía, Extremadura, Galicia, Castilla y León, Navarra, y la Comunidad Valenciana son las siete autonomías que han arrancado este lunes con el certificado digital. Además, cualquier ciudadano que lo solicite en la sede electrónica, puede acreditar que se ha vacunado o que ha superado la Covid, pidiendo el certificado Covid digital, en este enlace de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad. El Certificado COVID Digital de la UE es gratuito y podrá obtenerse tanto en formato electrónico como en papel. En ambos casos, incluye un código QR que facilita su lectura. Los datos siempre permanecen en el certificado y no se almacenan ni se retienen cuando se verifica un Certificado en otro Estado miembro. En la UE se da en estos momentos un debate para cobrar a partir de la segunda emisión con el objetivo de evitar posible picaresca de utilizar un certificado de otra persona. El certificado se emite de forma digital o en papel, y en el figuran datos del usuario relacionados con su vacunación, si tiene una PCR negativa o si ha pasado la infección en los últimos seis meses. El certificado Covid facilita los desplazamientos por la Ue, ya que acredita que una persona: se ha vacunado, indicando las fechas de la vacuna del Covid, tipo de vacuna y pautas (una o dos dosis). ha superado la enfermedad y si existen anticuerpos frente al virus. tiene una prueba diagnóstica del Covid con resultado negativo. Con el certificado Covid, los viajeros solo tienen que pasar su código QR por un lector y no tienen que someterse a esperas ni pasar controles adicionales. Sin el certificado también se podrá viajar dentro de la UE cumpliendo los requisitos sanitarios, pero el proceso de entrada al país será más lento y se podrán establecer medidas adicionales, como test y cuarentenas.
Así cotiza el servicio militar obligatorio para la pensión de jubilación

EL Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha explicado recientemente que el periodo de servicio militar “computa si esa cotización es necesaria para alcanzar el tiempo de cotización específico que da derecho a acceder a la jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año”. En cambio, no hay una norma de aplicación general que permita el cómputo del periodo de mili en la pensión ordinaria. Aun así, se contemplan como excepciones los casos en los que los interesados puedan acreditar un periodo de servicio militar superior al que era obligatorio en cada momento. ¿Cómo se obtiene el cómputo de la mili? El interesado en recibir la prestación de jubilación tiene que documentar y demostrar el tiempo de servicio militar prestado para que la Seguridad Social lo incluya en su vida laboral. Para obtener este ‘certificado de servicios para el cómputo reciproco de cotizaciones con otros regímenes de Seguridad Social’, tendrá que personase en la Delegación del Ministerio de Defensa de la provincia donde vivía cuando se incorporó al servicio militar. A esta instancia hay que adjuntarle fotocopias compulsadas del DNI y de la cartilla del servicio militar. Aproximadamente un mes después, la Delegación de Defensa entrega el certificado solicitado, en el cual se reconoce como tiempo cotizado el periodo de Servicio Militar superior a nueve meses. ¿Cuántos años hay que cotizar para obtener la pensión? Para la jubilación ordinaria se exige al trabajador como mínimo quince años de cotización, mientras que para disfrutar de la jubilación anticipada voluntaria se exige la acreditación de un periodo mínimo de cotización efectiva de 35 años. Además, en ambos casos es preciso que al menos dos años estén englobados dentro de los quince inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. En cuanto a la jubilación anticipada, debido al cese del trabajo no es voluntario, el empleado deberá acreditar un periodo de al menos 33 años de cotización efectiva, sin tener en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias ni el abono de años y días por cotizaciones anteriores al 1 de enero de 1967. Además, tendrá que demostrar también que dos de esos 33 años están comprendidos en los quince años anteriores al momento de cese de la obligación de cotización.
Afiliados USO: Oferta hipoteca con cero comisiones

En virtud del acuerdo suscrito entre Nationale Nederlanden y el Sector Aéreo de la Unión Sindical Obrera os comunicamos que, a través del banco ING DIRECT facilitan a todos nuestros afiliados el acceso a una oferta muy interesante sobre Hipotecas con cero comisiones. Para aquellos interesados en recibir asesoramiento gratuito y sin compromiso, pueden contactar con el responsable directamente: Mario Pachón Email mariopachon2016@gmail.com Teléfono 693567961 En el folleto adjunto encontraréis más detalles sobre sus ventajas.
Descuentos exclusivos afiliados USO en la APP Waylet de Repsol

Nos complace informaros de la firma del convenio de colaboración entre USO y REPSOL-Estaciones de Servicio, por el cual nuestra afiliación podrá obtener unas ventajas y descuentos exclusivos, a través de la app Waylet de Repsolventajas y descuentos exclusivos, a través de la app Waylet de Repsol, y generar saldo en todos sus repostajes. La promoción consta de todas las ventajas de los usuarios Waylet y una generación de saldo adicional por ser del colectivo USO: Descuentos en carburante y ofertas exclusivas en las Estaciones de Servicios REPSOL, CAMPSA y PETRONOR. Hasta 13 céntimos/litro en saldo para tus repostajes. Descuento en cupones carburante comprando tarjetas regalo en Repsol más. Paga de forma segura y sin contacto. Gestiona fácilmente la recarga de tu coche eléctrico. Para acceder a dichos descuentos y ventajas, únicamente podrán ser adquiridos descargando la app de Waylet en tu teléfono móvil (IOS o Android) e introduciendo tu código de colectivo en el menú “Beneficiarios > Canjear código”. Para obtener dichos descuentos, se verificará la afiliación a la USO y estar al corriente de pago en la cuota al sindicato. Una vez verificada la afiliación a USO y estar al corriente de pago, se procederá a enviar un código, mediante correo electrónico. Este código es personal e intransferible. Las peticiones para obtener el código personal e intransferible, las tenéis que realizar al siguiente correo electrónico: elena.fernandez@uso.es En dicho email, debéis especificar los siguientes datos: Nombre y apellidos. DNI. Teléfono. Provincia. Deseamos que os resulte de utilidad este nuevo convenio firmado con REPSOL-Estaciones de Servicio y los descuentos que se aplican a la afiliación USO. USO SECTOR AEREO —
Salario mínimo interprofesional
El salario mínimo interprofesional (SMI) Hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2021 en el marco del diálogo social, se ha prorrogado la vigencia del Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020 (D.A. 6ª Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre). Desde el 1 de enero de 2021, el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado mediante la prórroga provisional efectuada del Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero: SMI 2021 día: 31,66 euros. SMI 2021 mes (14 pagas): 950 euros. SMI 2021 mes (12 pagas): 1.108,33 euros. SMI 2021 año: 13.300 euros. SMI 2021 eventuales y temporeros día: 44,99 euros SMI 2021 empleados de hogar hora: 7,43 euros.
USO ha solicitado renovar la posibilidad de teletrabajar desde otras provincias/países este verano

Muchos empleados de Iberia nos habéis trasladado, durante estos meses, su interés en poder realizar el Teletrabajo desde otras provincias o incluso países de cara a la nueva temporada de verano. USO, con fecha de hoy, 28 de mayo de 2021, ha traslado esta petición a la Dirección de Recursos Humanos, teniendo siempre en cuenta de que se trata de algo temporal y no superando los dos meses de teletrabajo fuera del domicilio habitual. Confiamos en que Iberia, de nuevo, tenga a bien atender nuestra solicitud, y facilitar así nuevamente la Adenda; igual que lo hizo con anteriores peticiones por parte del sindicato y que agradecemos su buena voluntad en su concesión como fue la posibilidad de aparcar en el NEO también de forma temporal . Os seguiremos informando USO Sección Sindical NEO
VACUNACION CONTRA SARS-COV2 PARA LOS TRABAJADORES (II)

Como recordaréis el pasado 5 de mayo, al conocerse la noticia de la firma entre el Gobierno y las Mutuas de Trabajo, del acuerdo alcanzado para que éstas puedan vacunar a sus trabajadores frente al COVID-19, la USO presentó escrito de solicitud ante el Comité Intercentros de Seguridad y Salud Laboral (CISS) de Iberia, para que se analice y valore este asunto, dada la relevancia que tiene. Se solicitaba principalmente que tanto en la gestión como en su proceso, se establezcan diversos protocolos de vacunación de acuerdo a las recomendaciones de las Instituciones Sanitarias, no pudiendo dejar de hacer hincapié, en la necesaria implicación de las distintas Comisiones de Trabajo relativas a la Seguridad y Salud (CSS) a nivel local de cada centro de trabajo. La USO considera que es esencial la participación y la consulta de los representantes de los trabajadores, de sus Delegados de Prevención y especialistas asesores, que asisten a esos comités y grupos de trabajo. Ante la falta de información o respuesta recibida a nuestra petición inicial, del Comité Intercentros de Seguridad y Salud (CISS), ni de los Comités de Seguridad y Salud a nivel local (CSS), queremos volver a insistir en que se trate este punto específico en estos Comités y en la necesidad de elaborar el acta correspondiente, sin obviarse el traslado de toda la información o acuerdo alcanzado en el seno del Comité intecentos de Seguridad y Salud sobre este asunto, a los distintos Comités de Seguridad y Salud a nivel local. Por esta razón, la USO ha vuelto a realizar una nueva petición dirigida al Comité Intercentros de Seguridad y Salud (CISS), para dejar constancia de la importancia de una correcta planificación, de la adopción de los protocolos recomendados y de la intervención de los distintos Comités de Seguridad y Salud de cada centro de trabajo. Estableciendo anticipadamente las medidas necesarias se pueden evitar muchos errores, de forma que la vacunación comience sin riesgos y sin problemas para todos los trabajadores interesados. Os seguiremos informando.
De forma provisional se podrá aparcar en el NEO

USO INFORMA Tenemos buenas noticias para el personal del NEO que necesita aparcamiento para trabajar presencialmente en el edificio. La empresa ha atendido por fin, a una de las reclamaciones que la USO lleva realizando ante la Dirección. Aunque sea de forma excepcional y temporal, ofrecen la posibilidad de aparcar dentro para un mayor aprovechamiento de las plazas disponibles cada día. Siempre y cuando haya plazas liberadas de las que están asignadas a otros trabajadores, se pondrán a disposición del resto que haya manifestado su intención de utilizarla el día de antes. Sabemos que aún así, el espacio es insuficiente, pero consideramos que será muy beneficioso para los que no tienen el privilegio de disponer de aparcamiento asegurado cada día. Esperemos que esta medida sea el principio de una mejor solución. Como sabéis desde el principio de la noticia de la vuelta al NEO, USO ha estado solicitando esta posibilidad a la empresa y de hecho os enviamos un comunicado con esta iniciativa que agradecemos que la empresa haya tenido en cuenta. La facilidad de poder aparcar o de poder suprimir o reducir el pago de las plazas de parking debido a las consecuencias de la pandemia siempre ha sido una prioridad y uno de los cometidos por parte del equipo de USO: objetivo que hemos visto en mayor o menor medida satisfecho. Saludos SECCION SINDICAL USO IBERIA MADRID
La Seguridad Social enviará un SMS a los trabajadores partir del miércoles

Se trata de un mensaje por SMS a trabajadores para dar a conocer su nuevo portal, Import@ss, en el que será posible realizar todos los trámites de una forma más rápida y sencilla. Para acceder a Import@ss hay que introducir en el navegador la siguiente dirección: https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass El portal se divide en dos áreas claramente diferenciadas: la pública y la personal. En el área pública Import@ss ofrece todo lo necesario para realizar cualquier trámite o sección, organizado en cuatro categorías: – Vida laboral e informes. – Altas, bajas y modificaciones. – Consulta de pagos y deudas. – Datos personales. En el área pública también se pueden encontrar dos apartados específicos dirigidos a dos colectivos relevantes en el ámbito de la TGSS: trabajadores autónomos y empleadores/empleados del hogar. En estos apartados se puede encontrar toda la información y requisitos necesarios para realizar cualquier gestión relacionada con su actividad. En cuanto al área personal, se trata de un espacio único para cada usuario, donde el ciudadano puede visualizar de forma inmediata sus datos personales y de contacto, situaciones laborales actuales, vida laboral en la Seguridad Social y situaciones específicas como, por ejemplo, si es un trabajador o empleador de hogar. Para realizar estos trámites y entrar en el área personal es necesario identificarse, para lo cual se puede usar Cl@ve permanente, Cl@ve PIN o certificado digital. También es posible optar por la identificación vía SMS si se ha comunicado previamente el teléfono a la TGSS. Ante la proliferación de bulos y estafas con la Tesorería como cebo, la Seguridad Social ha querido advertir en las redes sociales sobre este mensaje y recordar que se trata de un SMS totalmente seguro y que proviene de una fuente oficial. USO SECTOR AEREO
ERGONOMIA Y PRODUCTIVIDAD
Dado su interés publicamos un artículo sobre la relación de la Ergonomía en la Empresa y la productividad que contiene recomendaciones para el trabajo delante de un ordenador.
USO reclama que los riesgos psicosociales se incluyan en el cuadro de enfermedades profesionales

La Secretaría Confederal de Acción Sindical USO lanza Prevencotic 500mg, prevención en sobres para visibilizar y romper los estigmas y prejuicios sobre la salud mental. Y atajar los daños que pueden producir los riesgos psicosociales. La salud mental ha sido la gran olvidada tanto en la sanidad española como en la prevención de riesgos laborales. Además, el reconocimiento de las dolencias provocadas por los riesgos psicosociales como enfermedad profesional es prácticamente imposible para quienes las padecen. Por ello, desde USO lanzamos Prevencotic 500mg, para intentar prevenir y atajar esta pandemia silenciosa. Prevencotic 500mg es un producto de USO Prevención dentro de la campaña “Nuestra Prioridad, tu salud mental”, con motivo del Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo que se celebra el 28 de abril. Desde USO reclamamos que las evaluaciones de riesgos psicosociales sean obligatorias; que se reconozca el origen laboral de las dolencias que producen, y que se incluyan los riesgos psicosociales en el listado de Enfermedades Profesionales. Sin reconocimiento no hay prevención, ni obligación de adoptar medidas. ¿Qué es Prevencotic 500mg y para qué se prescribe? Es el nuevo producto de USO Prevención. Está pensado para visibilizar y romper con los estigmas y prejuicios sobre la salud mental. También para atajar, mediante medidas preventivas, los daños que puede producir la exposición a los riesgos psicosociales, agravados por la pandemia. Prevencotic 500mg contiene tres tarjetas de prevención en sobres para aplicar en la acción sindical, en la salud laboral, en nuestro día a día en los centros de trabajo y en los comités de Seguridad y Salud. Especialmente, ante los nuevos riesgos que han surgido con la crisis sanitaria del covid-19 y que ha agravado los ya existentes. ¿Para quién está indicado Prevencotic 500mg? Prevencotic 500mg está especialmente indicado para delegados y delegadas de prevención y representantes de los trabajadores, para prevenir los riesgos psicosociales que han aumentado de forma alarmante debido a la pandemia. Está también indicado su uso para todos los trabajadores que precisan conocer a qué riesgos están expuestos, a exigir una protección adecuada y el reconocimiento del origen laboral de las dolencias que puedan generar. ¿Cómo se usa Prevencotic 500mg? Acude a tu sede de USO más cercana, pide una caja de pide una caja de Prevencotic 500mg y grábate un vídeo corto para subir a las redes con los hashtags #NuestraPrioridadTuSaludMental #28AbrilUSO #Prevencotic500mg Prevencotic 500mg está contraindicado para empresas y Administraciones públicas que no evalúan los riesgos psicosociales o, si se evalúan, no adoptan las medidas preventivas acordadas. Puede tener efectos secundarios especialmente graves para las empresas y Administraciones que generan condiciones laborales precarias; mal ambiente laboral; imponen ritmos y cargas de trabajo inasumibles; limitan la autonomía y marcan un control férreo sobre los trabajadores; llevan a cabo un mal liderazgo y no cuidan la comunicación, etc. Da un buen USO a Prevencotic 500mg y recuerda, #NuestraPrioridadTuSaludMental
En el certificado de prestaciones del SEPE me indican una cantidad mayor de lo ingresado en el año 2020. ¿Cómo hago para presentar la declaración de la Renta?

Debes saber que los ingresos del SEPE correspondientes a noviembre y diciembre 2020 y que pagaron en enero y febrero 2021, estarán incluidos en el certificado del SEPE del 2020 y la Agencia Tributaria tiene esa información para declarar el IRPF. Si has ido cobrando de más de lo que te correspondía en las prestaciones por ERTE, lo primero que te recomendamos es confirmarlo con Recursos Humanos de tu empresa y también que lo pongas en conocimiento del SEPE para intentar corregir los errores lo antes posible. Puedes presentar la incidencia online a través de la sede electrónica o también en la Dirección Provincial del SEPE que te corresponda según tu municipio, que es donde gestionan los ERTES. En el momento de presentar la declaración de la renta del 2020 tendrás que tener en cuenta lo siguiente: Si el SEPE ha completado la regularización de los «cobros indebidos» (aunque haya sido en las nominas del 2021) o ha finalizado el expediente de reintegro (porque el contribuyente ya lo haya devuelto), entonces ya estaría corregida la cantidad en la declaración porque habrá informado a la Agencia Tributaria de los dos importes, tanto del inicialmente abonado por el SEPE como el de la regularización o devolución practicada. En la Renta Web podría haber un apartado que informe de que existen cuantías del SEPE indebidamente percibidas, pero sin importe. Si el SEPE no ha completado aún el expediente de regularización o el reintegro por devolución no ha finalizado, puede ser, sin embargo, que haya informado a la Agencia Tributaria de la existencia de cuantías indebidamente percibidas, e incluso haber comunicado al contribuyente sobre la existencia de una cantidad pendiente de devolver al SEPE. En este caso, podrías actuar de dos formas: 1. Si conoces el importe que no te corresponde, puedes reducir los ingresos a declarar en esa cantidad. 2. Si no conoces el importe, puedes esperar a la notificación por parte del SEPE. La declaración se hará por unos ingresos mayores pero una vez conocida la cantidad exacta, podrás solicitar a la Agencia Tributaria la rectificación de la declaración presentada y recuperar lo que hayas pagado de más por la diferencia. Esperamos que os sea de utilidad. USO SECTOR AÉREO