Revisión Salarial . USO la pondrá sobre la mesa de negociación del XXII Convenio Colectivo

Revisión salarial del XXII Convenio de Iberia Tierra

Hoy os vamos a contar la situación que como empleados de Iberia tenemos con relación a la claúsula de revisión salarial. Para ello hay que comenzar por saber: La Revisión Salarial prevista para los años 2020 y 2021 no se ha activado sin que la Dirección de Iberia se haya molestado hasta el momento de justificar las razones de tal hecho. Suponemos que la situación debe inscribirse en los problemas derivados del COVID, pero insistimos en que la Dirección de Iberia no ha aportado la más mínima justificación. El pasado año 2021 terminó con una inflación del 6.5 % y no es difícil que supere los 2 dígitos para este año. El XXI Convenio Colectivo estableció en el artículo 154: revisión salarial: “finalizada la vigencia pactada para el presente Convenio, de no haber conseguido la suscripción de un nuevo Convenio, durante el año de ultra actividad se aplicará una revisión salarial consolidada en los mismos términos pactados para los años 2020 y 2021”. Por todo ello entre el año 2021 y 2022 es fácilmente previsible una pérdida de capacidad adquisitiva próxima al 20%, ¿ De verdad que no tenemos prisa en negociar la subida salarial en este Convenio ni en hablar de ella YA? USO no olvidará en la próxima negociación que…»Unos dieciséis mil empleados de British Airways, la mayor de las aerolíneas del grupo IAG al que también pertenecen Iberia y Vueling, se beneficiarán de un incremento salarial del 13 por ciento, que percibirán desde el final de este año. El resultado de estas negociaciones tuvo lugar después de varias amenazas de huelga en momentos críticos del verano, protestas que, finalmente, no llegaron a concretarse.»

Iberia Express anuncia ridículas medidas negociadoras unilateralmente con ccoo, sindicato con irrelevante representación en la mesas negociadora. Motivo de la huelga

Desde que USO salió elegido en las elecciones a Comité de Empresa, nos propusimos mejorar sustancialmente el Convenio Colectivo de Tcp’s firmado por el sindicato ATPAM, ahora CCOO. Las negociaciones del actual convenio empezaron el 14 de diciembre de 2021. Desde esta fecha, a pesar de hacer propuestas y propuestas para nuestro colectivo, la empresa no ha aceptado, ni siquiera preacordado, ninguna de ellas durante las reuniones. La empresa con un sentido paternalista, intentando hacernos ver qué era lo mejor para nuestro colectivo desde la gerencia de recursos humanos que no han pisado un avión más que de pasajero, no ha sido capaces de presentar medidas salariales realistas que actualicen el precio de la vida por un lado, y que recompensen los esfuerzos realizados por los TCPS durante años en esta empresa. La empresa a día de hoy nos sorprende levantándose de la mesa negociadora del convenio de forma unilateral, para anunciar medidas negociadas con CCOO, con irrelevante representación en el colectivo de Tcp’s, y en minoría en la mesa negociadora, que en nada cumplen las reivindicaciones de USO en atención a nuestro colectivo. CCOO, al igual que ha hecho en Ryanair, se ha prestado a firmar unas condiciones que perjudican la posición negociadora de nuestro colectivo, no solo por las medidas, si no por la forma, acordando al margen de la mesa negociadora en la que está en minoría, intuimos que por la bendición de la empresa recibida. Una vez más, las representantes del antiguo sindicato ATPAM, ahora traspasadas a CCOO, se han prestado a los deseos de la empresa en perjuicio de nuestro colectivo y restringiendo la negociación, algo para lo que USO no fue elegido por aplastante mayoría de Tcp´s, como así nos consta ha ocurrido con el colectivo de compañeros de oficinas, que transmiten sus reivindicaciones a USO y quejas sobre sus condiciones laborales. Para contextualizar lo ocurrido y poder compartir con nuestro colectivo todos los detalles, Iberia Express pretendía “comprar” paz social (evitar huelga en verano) a cambio de retrasar la negociación del convenio de Tcp´s para facilitar, según tenemos documentado, la negociación con otros sindicatos en Iberia y evitar las reivindicaciones al alza, como las del IPC atrasado. Para ello, la empresa pretendía que USO, como sindicato mayoritario elegido por los Tcp´s, firmara un acuerdo de confidencialidad y que renunciara a la huelga en verano, tras lo ocurrido en Ryanair y Easyjet, y que en varias ocasiones les hemos transmitido que nos abocarían en caso de persistir con propuestas no realistas, a pesar de los beneficios evidentes durante este verano, y tras los esfuerzos sufridos por los Tcp´s para proteger a la empresa durante la pandemia. Al final de este comunicado, adjuntamos el acuerdo que la empresa pretendía que firmáramos, y que ante nuestra negativa, y que de manera sorpresiva, han acudido a CCOO para que firmasen y dar una imagen de legitimidad, creyendo, erróneamente, que así USO se vería forzado a adherirse a las condiciones precarias firmadas por CCOO, algo que no va a ocurrir. No contentos con esto, Iberia Express cancela la reunión de convenio acordada para mañana martes 16, levantándose de la mesa negociadora, algo que entendemos como MUY GRAVE y que vulnera el derecho a la negociación colectiva. Por ello, anunciaremos en los próximos días, las acciones a tomar a nivel mediático, legal y sindical. En conclusión: ● Tras asegurar la empresa que no negociaría sin el consenso de USO, como sindicato mayoritario en el colectivo de Tcp’s y ver que no ha sido así, solo puede interpretarse que no existe un compromiso con la palabra dada por las personas que representan a la empresa ante los trabajadores. Si la palabra no vale nada, difícilmente se puede negociar de buena fe ante quienes faltan a su palabra. ● Ante la negativa de USO de aceptar las condiciones insuficientes y precarias ofertadas por Iberia Express, la empresa ha acudido a un sindicato residual en el colectivo de Tcp’s, creyendo que así nos forzaría a aceptar esa precariedad, algo ante lo que nos hemos negado, provocando, con la complicidad de CCOO, acciones colectivas de último recurso. ● USO no condicionará jamás la “paz social” (derecho a huelga) ni por acuerdos confidenciales, ni por silencios cómplices para condicionar otras negociaciones con otros sindicatos o trabajadores. ● El “adelanto” anunciado por la empresa, no es más que el IPC del 6,5% (en realidad no llega al 5%) reclamado por USO, y que pretende evitar dar en otros colectivos de la matriz Iberia, camuflándolo de “adelanto” y evitar consolidarlo en los siguientes años (aplicarlo a las actuales tablas salariales, para luego negociar sobre ello los incrementos retributivos) para mantener la posición en otros colectivos, de que no concederá esta revisión salarial. Es decir, “no animar a otros colectivos a que pidan demasiado”. ● Es tan manifiesto el desprecio por la libertad sindical, el derecho a la negociación colectiva y las mejoras de nuestro colectivo, que desde hace 7 años no ha sufrido un incremento salarial tras el convenio firmado por las mismas que han aceptado ahora estas condiciones ofertadas por la empresa, que solo podemos recurrir a las medidas más extremas de conflicto, ante la decisión empresarial de decidir renunciar al diálogo ante la mesa negociadora y la pretensión de comprar el silencio de los Tcp´s, con medidas para evitar la vergüenza mediática de la precariedad de los Tcp´s de Iberia Express. ● Las medidas de movilizaciones afectarán también a los TCPs destacados en Londres, algo sobre lo que informaremos próximamente. En un último intento de acercar posturas, iniciaremos el proceso de mediación previo a la huelga, que comenzaremos con una mediación en el que Iberia Express podrá reconducir su actitud, y volver a la mesa negociadora de la que nunca debió levantarse y en la que hacer las propuestas realistas y razonables, en lugar de hacer concesiones a sindicatos sin apenas representación en nuestro colectivo y con ansias meramente electoralistas. No aceptamos sindicatos bendecidos por la empresa y no elegidos de forma mayoritaria

Huelga Iberia Express USO primer sindicato : la empresa dice que hay poco margen a lo negociado por ccoo

  Como sabéis la reunión de ayer terminó con la negativa de USO a aceptar las precarias condiciones ofertadas por la empresa. Ante ello, el plan B de Iberia Express era recurrir a ATPAM-CCOO como finalmente se anunció. La empresa unilateralmente canceló mediante correo electrónico la reunión de convenio programada para hoy (USO, Iberia Express y CCOO), levantándose de la mesa negociadora. En su lugar, nos han convocado como sección sindical (USO e Iberia Express), y continuando con el tono paternalista y con la errada visión de creer que conocen a los trabajadores desde lejanos despachos al darles unas migajas que faltan al respeto a la esfuerzo del colectivo, la reunión ha transcurrido en una tensa atmósfera tras la “jugarreta” que han pretendido hacer a los TCPs sirviéndose de CCOO, midiendo mal las consecuencias de la decisión tomada y creyendo que pueden decidir como empresa con qué sindicato negociar para conseguir sus intereses, olvidando que los TCPs votaron a USO por mayoría para representarles y mejorar el presente convenio. No han faltado comentarios reiterativos del tipo “esto es bueno para los TCPs”, “podéis adheridos al acuerdo firmado con CCOO”, a lo que ha sido necesario recordar con firmeza que somos los TCPs de la compañía, los que sabemos lo que es bueno para nosotros, y que no son los nuevos gestores de la empresa, sino los delegados de USO, a los que los trabajadores han elegido para representarles, ahorrándoles tiempo y energías para que se centraran en qué margen de negociación había para acercar posturas y evitasen la huelga. Ante el “o lo firmas o lo firmas” sin margen de negociación de la empresa, decidimos “no firmarlo” y hemos vuelto a transmitir nuestra propuesta, la que ya conocían del día anterior, poniendo un plazo razonable hasta las 14.00 horas de hoy, al que la empresa no se ha dignado a responder tras haber sido esta la que nos pidió la reunión. Un despropósito y falta de seriedad. ¿Por qué hemos considerado insuficiente la propuesta empresarial? Porque no estamos en un punto de la negociación en la que debamos acordar “un primer paso”, como considera la empresa. Consideramos que estamos en un punto en el que, después de varios meses de negociación y la oferta de un 2,5% de subida (25 euros cada 1000 de salario), deberíamos estar ya a las puertas de cerrar la negociación con un acuerdo razonable que, para empezar, incluya la aplicación del IPC (índice del coste de la vida), y subidas salariales después de varios años con un convenio poco ambicioso. Para vuestra información, las reivindicaciones de USO en este punto son las siguientes: • Aplicación del IPC en los años de la vigencia del siguiente convenio. Es decir, que se suban los salarios, en función del coste de la vida durante el siguiente convenio. • 6´5% de incremento salarial consolidado de las retribuciones adquiridas durante el ejercicio del año 2021 para todos los niveles que actualmente existen. Es decir, que se nos aplique el IPC del año anterior, y desde ahí, negociar las subidas salariales, ya que este porcentaje es el equivalente al incremento del coste de la vida, y no una subida salarial en sí, algo que la empresa traduce en el concepto “adelanto de convenio” acordado con ATPAM-CCOO, pero solo para este año, no aplicándolo para los siguientes años. Esto además tiene como única intención “comprar” el silencio de los TCPs durante lo que queda de verano y evitar huelgas en los picos de mas beneficios. • Creación de nuevos niveles salariales (1A y 1B) para ambas TCPs y SB, con un incremento salarial, y con una bonificación de 24 meses de antigüedad a todos los trabajadores del colectivo de tripulantes de cabina. Esto daría un empujón a los salarios ya congelados desde hace años y permitiendo el ascenso de nivel para los niveles mas bajos. • Mantenimiento del tiempo de permanencia en los niveles actuales. La empresa pretendía aumentar los tiempos de permanencia de 4 años en cada nivel, lo que en la práctica, supone una ralentización de la evolución de los salarios. • Incrementar y homogeneizar plus de transporte para todas las categorías. Nunca entendimos lo negociado en el presente convenio por ATPAM-CCOO y sus diferencias entre SB y TCPs, cuando el parking, gasolina, o transporte público no entiende de categorías. • La comisión de venta a bordo en todas las categorías de tcps al 3%. • Revisión salarial. Este incremento salarial ronda el 16% aproximadamente. La propuesta de la empresa supone porcentajes que están en las antípodas de lo razonable e irrespetuosamente irrisorios, tras los millones de beneficio que se han generado este año (entorno a 30 millones). La respuesta de la empresa ha sido la de que hay poco margen para mejorar lo firmado por CCOO, por lo que este sindicato ha accedido a poner un tope y bajar el listón de las posibles subidas salariales de los TCPs. Ahí radica el objetivo de anunciar el acuerdo con CCOO. Llegados a este punto, entendemos que la única medida al alcance de los trabajadores es la de recurrir a la huelga para defender a nuestro colectivo de acuerdos firmados con sindicatos que nos generan serias sospechas sobre su espíritu reivindicativo y de mejora para nuestro colectivo, pareciendo más una gestoría ante la que las empresas puedan validar sus acuerdos pidiéndole “firma aquí”, que un sindicato con la preocupación de mejorar las condiciones de los trabajadores de forma honesta, ante la falta de entendimiento de los problemas de los trabajadores de la propia empresa. Hemos registrado la solicitud de mediación previa, en la que la empresa podrá llevar propuestas realistas que eviten la huelga que hemos convocado para los días 28,29,30 y 31 de agosto y 1,2,3,4,5 y 6 de septiembre, algo que no sería deseable para nadie, pero la única medida posible, descartado el infinito diálogo al que desde USO hemos estado dispuestos, y el esfuerzo demostrado durante años, sin recibir grandes bonus, como si han recibido los gestores

Iberia convoca la mesa negociadora del su XXII Convenio Colectivo de Tierra

    SE NEGOCIA EL CONVENIO NUESTRA PRESIÓN DIO SUS RESULTADOS Después de nuestro último comunicado, emitido en esta misma semana, y dirigido a la empresa y sindicatos mayoritarios, instándoles a comenzar con la negociación del XXII Convenio Colectivo de Tierra de Iberia y denunciado el 28 de octubre de 2021, parece que han recapacitado y tomado acción a tanta dejadez.   Ayer 11 de agosto recibimos una respuesta por parte de la empresa, indicándonos que su voluntad es iniciar dicho proceso negociador en el mes de septiembre, por lo que procede a convocar la mesa negociadora.   Después de meses de insistir, presionar y emitir comunicados por parte de USO en todos los centros de trabajo de Iberia sobre la urgente necesidad de su negociación, denunciando la desidia tanto por parte de los llamados sindicatos mayoritarios como de la misma empresa y como demuestran los más de 10 meses sin hacer nada, por fin tenemos respuesta.   USO es un sindicato libre, independiente, sin compromisos con la dirección de la empresa, sin ataduras, sin subvenciones… Desde nuestra posición y con vuestro apoyo, el que nos habéis venido demostrando durante todo este tiempo, seguiremos luchando por vuestros intereses como hasta ahora, tato en el ámbito individual como en el colectivo.   Y este compromiso, que hemos demostrado con hechos, ha logrado que USO esté destacando por encima de otros sindicatos del sector aéreo. Por poner algunos ejemplo Air Europa, EasyJet, Ryanair, Air Nostrum, Evelop…   En el caso de Iberia, estos sindicatos hasta la fecha solo han demostrado perdidas económicas para los empleados y pocos avances sociales. Confiamos que el éxito que USO está obteniendo en el sector gracias a su ya demostrado compromiso, se repita en las próximas elecciones de Iberia.   Con tu apoyo es posible ¡Da el paso! Te esperamos en USO   Madrid 12 de agosto de 2022

El Fondo de Acción Social de Iberia condenado al abono de la ayuda de estudios a una trabajadora

  Nuevamente la SS USO/BJS a través de los servicios jurídicos de la USO consiguen en los tribunales una nueva victoria judicial. Esta nueva victoria se produce al reconocerse a una trabajadora el pago de la ayuda de estudios 2018/2019 dejaba de percibir (550€) condenando al Fondo de Acción Social de Iberia al abono de la suma del importe. En la sentencia se indica que tiene que ser respetado por el Fondo de Acción Social los acuerdos alcanzados entre empresa y el Comité de Intercentros , condenando al Fondo de Acción Social a estar y pasar por esta declaración con todas las consecuencias inherentes a este pronunciamiento. Y muy importante: «Ante esta resolución, el juez anuncia que no cabe recurso». Os alentamos a seguir denunciando estos abusos, y en consecuencia que los trabajadores de Iberia Barajas, siempre dentro de la normativa existente, se les vea valorado de una forma más objetiva sus derechos, los motivos de sus reclamaciones,  las causas que llevan a estos hechos, entendiendo que siempre existen otras alternativas a las denuncias en los tribunales, pero que si estos no son valorados, se tomará esta vía. Por lo que desde la S.S de USO/BJS seguimos interponiendo cuantas demandas sean necesarias, sobre tod@s l@s resoluciones y acciones interpuestas injustamente y que l@s trabajador@s autoricen y accedan a defenderlas. Si luchas puedes perder, si no luchas estás perdido.

¿A qué esperan empresa y sindicatos CCOO y UGT para convocar la mesa negociadora?

Hoy os contamos de nuevo la situación que como empleados de Iberia tenemos con relación a la claúsula de revisión salarial. Para ello hay que comenzar por saber: 1.- El Convenio está denunciado desde el pasado 28 de octubre de 2021 por la empresa. 2.- A estas alturas no se ha constituido el banco social. 3.-La Revisión Salarial prevista para los años 2020 y 2021 no se ha activado sin que la Dirección de Iberia se haya molestado hasta el momento de justificar las razones de tal hecho. Suponemos que la situación debe inscribirse en los problemas derivados del COVID, pero insistimos en que la Dirección de Iberia no ha aportado la más mínima justificación 4.- El pasado año 2021 terminó con una inflación del 6.5 % y no es difícil que supere los 2 dígitos para este año. 5.- El XXI Convenio Colectivo estableció en el artículo 154: revisión salarial: “finalizada la vigencia pactada para el presente Convenio, de no haber conseguido la suscripción de un nuevo Convenio, durante el año de ultra actividad se aplicará una revisión salarial consolidada en los mismos términos pactados para los años 2020 y 2021”. Por todo ello entre el año 2021 y 2022 es fácilmente previsible una pérdida de capacidad adquisitiva próxima al 20%, ¿ De verdad que no tenemos prisa en negociar el convenio? Y no solo esto, en el NEO seguimos con un importe del menú diario muy por debajo de lo que se debería abonar, seguimos con problemas de aparcamiento máxime cuando el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) se instalará no a mucho tardar en la zona e Iberia ni siquiera se esfuerza por negociar con alguno de los parking cercanos,  seguimos con un grupo de GSGT ninguneados en sus evaluaciones de desempeño y en sus progresiones/promociones a los que además se les niega el pago de una jornada fraccionada con la excusa de condiciones laborales que ya son del pasado y que dejaron de ser remuneradas, continuamos con una discriminación abusiva en cuanto a condiciones de billetes de empleado frente al colectivo de vuelo, y un acuerdo mínimo de teletrabajo que debería estar regulado bajo Convenio Colectivo y , además, habría que regular en Convenio el teletrabajo máxime cuando este próximo otoño es previsible que se encarezca sustancialmente la luz y el gas, lo que perjudicará no solo a la empresa sino también a los empleados en su teletrabajo.  

USO obtiene mayoría absoluta en las elecciones sindicales de Evelop Air

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Seguro colectivo de Vida – IBERIA Tierra

La empresa IBERIA tiene suscrita una Póliza de Seguro (Concierto Colectivo de Vida) con garantías en caso de Fallecimiento, Invalidez y doble efecto, para todo el personal en activo de Tierra. Originalmente fue suscrita con MUSINI por el año 1987 y posteriormente hasta hoy con MAPFRE. Para más información, visita el enlace https://www.mapfre.com/. Os recomendamos mantener actualizado siempre el otorgamiento de beneficiarios. Para ello, facilitamos al final de esta entrada, el documento para cambiar la designación de beneficiarios. La gestión del Concierto Colectivo de Vida de Iberia la lleva actualmente la empresa MERCER. Las direcciones de contacto actuales para información y gestión son las siguientes: María Moreno maria.moreno@mercermarshbenefits.com +34 914 568 591 Lorena Jiménez lorena.jimenez@mercermarshbenefits.com +34 914 568 572 Actualizado a noviembre 2022.-

Paradores de Turismo – Verano 2022. 15% afiliados USO

  *Paradores de Turismo – Verano 2022* Os recordamos que existe un Convenio de Colaboración firmado entre Paradores de Turismo de España y USO, por el cual, los afiliados y afiliadas de la USO podéis acceder a una promoción exclusiva obteniendo un *15% de descuento sobre “Tarifa Parador”*, en régimen de alojamiento y desayuno en habitación estándar. Además, sólo *hasta el 31 de Julio de 2022, podréis obtener un 20% de descuento* en una selección de paradores, sujeto a disponibilidad para estancias de domingo a viernes hasta el 31 de Julio de 2022. No acumulable a otros descuentos u ofertas. Código promocional verano 2022: CP22CEVR. Para la realización de las reservas, para el resto de paradores y hasta el 31 de Diciembre de 2022, será imprescindible indicar el siguiente código promocional: PCXVUNSN. Las reservas se harán a través del teléfono 91 374 25 00 o, al email: reservas@parador.es y/o en www.parador.es. Se solicitará el carnet de afiliación a la USO a la entrada del Parador. La aplicación de estas condiciones estará sujeta a un cupón máximo por parador y día. USO SECTOR AÉREO

Acuerdo de Teletrabajo en Iberia

USO INFORMA La compañía nos informa de que enviará a los trabajadores a los que conceda el teletrabajo, las instrucciones y el formulario para solicitarlo voluntariamente a través del correo corporativo en un plazo estimado de dos días. Legalmente, todos los empleados, tanto en convenio como fuera de Convenio, ya sean subordinados, especialistas o con cargos en la empresa, podrán solicitarlo si el puesto y el Manager lo admite. Pero es más, también se puede solicitar al amparo del art. 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, bajo circunstancias de conciliación familiar. Recordamos que para esta modalidad de trabajo será necesario firmar un nuevo contrato y una evaluación de riesgos por parte del Servicio de Prevención del puesto en el domicilio. Para más dudas, contactar con USO en las secciones sindicales. Sección sindical USO Iberia

USO gana las elecciones en Grounforce de Handling

USO INFORMA El pasado 28 de junio se han celebrado elecciones en Alicante para la empresa Grounforce de Handling. El resultado ha otorgado a la USO 6 Delegados y 3 a CCOO. Agradecemos la confianza de todos los trabajadores que siguen apostado por la fuerza de USO. USO SECTOR AÉREO

Éxito rotundo de USO en las elecciones de Air Europa

USO INFORMA El pasado 4 de julio, se han celebrado elecciones sindicales en Palma de Mallorca para la empresa aérea AIR EUROPA. La distribución de Delegados según los resultados, es la siguiente: USO 12 UGT 4 ASETMA 3 SEPLA 2 Agradecemos la confianza de todos los trabajadores que siguen apostado por la fuerza que la USO mantiene en el Sector Aéreo.  USO SECTOR AÉREO

Si estás teletrabajando y sufres un accidente, ¿quién paga?

  Si estás teletrabajando y tienes un accidente, te interesa este artículo. Cuando sufres un accidente laboral, entras en situación de baja por contingencias profesionales y es diferente a estar de baja por contingencias comunes, por motivo de enfermedad común no derivada de la actividad laboral. El accidente laboral debe haber ocurrido dentro de la jornada laboral, en el desarrollo de la actividad o debe haber ocurrido “in itinere”, en el desplazamiento desde el domicilio al centro de trabajo o viceversa. En esta situación, la empresa se hace cargo del salario del primer día de la baja y la mutua se hace cargo de los siguientes hasta el día de alta. Sin embargo, recibirás la prestación por Incapacidad Temporal por la propia empresa, en la misma forma y con la misma frecuencia que tu salario. La cuantía de la prestación por Incapacidad Temporal (IT) se recibe desde el primer día de accidente y es, como mínimo, el 75% de la base reguladora de cotización por contingencias comunes y profesionales (esta base de cotización se detalla en una nómina normal). Pero esa cantidad puede incrementarse hasta el 100% de la base, si así está regulado en el convenio colectivo de tu empresa y cubrirá todo el periodo de la baja o solo el número de meses especificados en dicho convenio, si fuera el caso. En esa prestación se incluyen también las partes prorrateadas de las pagas extraordinarias a las que tuvieras derecho. Más adelante, en el momento del alta, los importes prorrateados se descontarán de las pagas extras, si es que la empresa no prorratea estas pagas. Para este tipo de prestación no existe periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social ni tiempo mínimo de relación laboral con la empresa. Mientras dure una baja por accidente laboral, igual que si es por enfermedad común, no será de aplicación la situación de ERTE y por tanto no tendrás derecho a cobrar la prestación por desempleo del SEPE establecida para el ERTE. En el supuesto de que estuvieras en ERTE y sobrevenga la situación de baja por enfermedad, la empresa debe comunicar al SEPE tu desafectación por motivo de esa baja y empezarás a cobrar la prestación por Incapacidad temporal. En el teletrabajo, se plantea una dificultad que no existe a la hora de calificar una baja laboral cuando el puesto es presencial. Cuando un “teletrabajador” sufre un accidente dentro de su propio domicilio, hay que estudiar si se le puede o no dar el carácter de laboral o común. Por poner un ejemplo: se sufre una caída o comienza una dolencia cervical o un problema en la muñeca mientras se desarrolla el teletrabajo en su domicilio. En primera instancia, el trabajador podría acudir a su mutua para que se tramite como accidente laboral, aunque también puede acudir a su médico de familia para hacerlo como enfermedad común. Podría darse el caso de que la mutua determine al final que no corresponde como accidente laboral. Entonces, habrá que acudir a un juez quien deberá determinar de qué carácter se trata el accidente sufrido.  

USO solicita teletrabajo los días de la celebración de la OTAN

  USO INFORMA Se ha expuesto por escrito a la Dirección de Iberia, la necesidad de realizar teletrabajo al menos durante los dos días de celebración de la cumbre de la OTAN, los días 29 y 30 de junio que tendrá lugar en el Ifema. Desde la Alcaldía de Madrid se recomienda a las empresas optar por el teletrabajo para intentar evitar el colapso en los desplazamientos hacia o desde el centro de la ciudad, porque las medidas de seguridad afectarán a perímetros de hasta 500 metros alrededor de los 43 hoteles en los que se alojarán los asistentes, además de la inhabilitación de carriles a la circulación de vehículos, prohibición del aparcamiento y de accesos peatonales, entre otros, ya que estarán reservados en exclusiva para el desplazamiento de las comitivas. Según la información facilitada por los medios, uno de los puntos más conflictivos será la Avenida de América y la carretera de Barcelona. Precisamente, como nuestro centro de trabajo se encuentra en la intersección de la M30 con esas calles y muchos compañeros acceden a su trabajo en el NEO por esas vías, es de suponer que serán complicadas las entradas y salidas a la zona. Por ello, para prevenir el colapso y las posibles complicaciones de seguridad vial o movilidad, hemos solicitado a la Dirección que acceda favorablemente a esta opción y que nos informe a los trabajadores lo antes posible para poder realizar el trabajo a distancia durante la semana próxima o durante los días que se concreten, siempre a voluntad del trabajador. SECCION SINDICAL USO IBERIA MADRID CIUDAD

Cursos gratuitos para afiliados de USO

Desde USO AEREO y Adams Formación, te ofrecemos la posibilidad de realizar una serie de cursos totalmente gratuitos de formación principalmente en modalidad online. Te animamos a que aproveches esta oportunidad para formarte en modalidad teleformación!! Puedes realizar la solicitud de inscripción pinchando en los cursos que te interesen en el siguiente enlace, así cómo ver la programación de contenidos https://www.adams.es/ficha-curso-entidades/uso_2022 Para cualquier duda puedes contactar con Adams Formación en el teléfono 91 781 00 85 y preguntar por Cristina Fernandez o bien el mail cristinafernandez@adams.es

Ayudas a Campamentos de verano Iberia Tierra

  *Campamentos de verano IB Tierra* La Junta Central de Acción Social, con fecha 15 de junio de 2022, abre el plazo de solicitud para conceder ayudas por valor de hasta 170,00 Euros, en función del coste, para asistencia a *CAMPAMENTOS DE VERANO* en este año 2022. Esta ayuda es exclusiva para los hijos de los trabajadores de Iberia que cotizan al Fondo Solidario de Tierra, nacidos entre el 2005 y 2016, pero sin límite de edad para personas con discapacidad. Para acceder a la ayuda es necesario cumplir con los requisitos que se recogen en el documento de la convocatoria, cumplimentar el impreso de solicitud y acompañarlo de los justificantes necesarios, para enviarlo todo por *correo certificado* a la Junta de Acción Social *antes del próximo 15 de octubre*. Para más información y obtener el impreso de solicitud puedes dirigirte a la sección sindical de USO en tu centro de trabajo, donde te facilitaremos lo que necesites. SECCION SINDICAL USO IBERIA

Deutsche Bank de MEJORA DE PRESTAMO

EXCLUSIVO PARA AFILIADOS USO Os hacemos llegar la última oferta exclusiva de Deutsche Bank de MEJORA DE PRESTAMO renovada este año de nuevo para el colectivo de afiliados de USO SECTOR AÉREO. Cambia tu actual préstamo desde otra entidad a Deutsche Bank y comienza con un mejor tipo de interés. Se envía adjunto el folleto con las condiciones que ofrecen. Por favor contactar directamente con Eva Mora, Gestora personal de Deutsche Bank para más información. USO SECTOR AEREO

En breve Iberia dará noticias sobre el Teletrabajo

El Consejo de Ministros ha aprobado la implantación de TRES DIAS DE TELETRABAJO para los empleados del Estado. Este martes, 23 de mayo, se ha aprobado un Plan de Ahorro Energético en la Administración General del Estado, para intentar paliar los efectos de la guerra y el impacto económico, sobre los desplazamientos al lugar de trabajo, reforzando el trabajo a distancia en todas aquellas áreas donde sea posible. Se trabajarán 3 días en remoto y 2 en presencial. ¿Por qué no cunde el ejemplo en Iberia? ¿A qué está esperando nuestra Dirección? Se lo hemos pedido por activa y por pasiva. Durante la negociación del XXI Convenio para Tierra en el 2019, USO presentó las bases de un proyecto piloto de Teletrabajo a toda la Mesa de Negociación de dicho convenio donde estaba la empresa y el resto de representación sindical. Ya era entonces primordial adaptarse a nuevos sistemas de trabajo y conseguimos, al menos, el compromiso plasmado por escrito de crear una subcomisión destinada a recoger sus condiciones y así quedó recogido en la parte VI de Apéndice del actual Convenio. A todo eso, añadir que el Gobierno de España, más adelante, aprobó el Real Decreto 28/2020 el 28 de septiembre de 2020, para regular el trabajo a distancia a nivel general. En julio de 2021, ya escribimos a la Dirección de Personas con la misma intención. Los empleados de servicios centrales podían perfectamente trabajar desde su domicilio sin ningún problema y durante el confinamiento lo demostraron. En su día solicitamos que se reuniera la Subcomisión del Teletrabajo, como mandaba el XXI Convenio Colectivo de Tierra desde el pasado 4 de marzo de 2020, para sentar las bases de esta modalidad. A día de hoy, dos años más tarde, no consta que se haya constituido esta comisión de trabajo. En enero de este año, volvimos a recordar a la Dirección la necesidad imperiosa de permitir el teletrabajo voluntario a todos en Servicios Centrales y Corporativa. Con la vuelta obligatoria a las oficinas en marzo, mantuvimos una reunión adicional con la Dirección de Personas reiterando lo que todos reclamábamos a voces, que Iberia estudiara el teletrabajo voluntario o en cualquier forma híbrida, como ya vienen haciendo empresas del Ibex35, aerolíneas filiales y socios estratégicos de IAG. Por último, enviamos un escrito al Presidente recogiendo la inquietud unánime de los trabajadores de Servicios Centrales, tanto del NEO como de otros centros de trabajo para hacerlo realidad. Nos agrada saber que nuestra propuesta va a tener resultado. Iberia está analizando formalmente diferentes fórmulas de teletrabajo y esperamos que en breve lo comunique a todos los trabajadores.

Diferencias en Billetes de Empleados Tierra y Billetes de Empleados Pilotos

    ¿Por qué ocurre esto en una aerolínea del siglo XXI dentro de una sociedad que trata de romper con las discriminaciones y los clasismos? No es necesario nada más que detenerse a leer los XXI Convenios de Tierra y IX de Vuelo (Pilotos) para darse cuenta de algunas de estas diferencias que aquí os las dejamos para que vosotros mismos comprobéis la sociedad clasista de antaño en la que se mantiene Iberia:   Tierra: .- 10 trayectos sin reserva (ID00R2) anuales. Tercer año: 6 billetes con reserva (ID00R1) pero únicamente dos trayectos se podrán utilizar en una única época restrictiva (excepto julio y agosto). .- Billetes nupciales: 2 sin época restrictiva .- Épocas restrictivas: del 25 de junio al 5 de septiembre; del 20 de diciembre al 9 de enero y 7 días antes del lunes de Pascua y 2 después. Las reserva solo se puede utilizar al tercer año de no haber utilizado ningún billete Free II (sin reserva) durante los dos previos y solamente dos trayectos máximo en una sola época restrictiva siempre que esta no sea en julio y en agosto. Para poder usar esta reserva tienes que tener no menos de 7 días de vacaciones en días laborables y que coincidan en parte o todo con el periodo restrictivo en el que se quiere usar la reserva. .- Se pueden usar igualmente en Iberia Express, pero sin reserva. .- Adicionalmente, podrá disfrutar de billetes zonales en Iberia, con reserva de plaza (Z1), así como zonales en Iberia sin reserva de plaza (Z2), sin limitación de número, a partir de los seis meses de su ingreso en la Compañía. .- Parejas de hecho/cónyuges: No mantienen a los beneficiarios después del fallecimiento del titular excepto si los hijos son menores. Además, tienen que demostrar dos años de convivencia. Tienen que demostrar dos años de convivencia. .- Familias Monoparentales: al fallecer el único titular, ¿los hijos pierden los beneficios? (nadie ha regulado nunca esta situación) .- Beneficiarios: dos beneficiarios de libre designación sin que ninguno de los mismos tenga que cumplir ningún requisito de parentesco, sin contar con los hijos menores que ya tienen derecho (y familiares de primer grado que dependan del titular). Los hijos del cónyuge aportados al matrimonio también tendrán los mismos beneficios y se perderán en caso de separación o divorcio. .- Jubilados, viudos y viudas (pasivos):  cónyuge/pareja de hecho y dos beneficiarios de libre designación sin que ninguno de los mimos tenga que cumplir ningún requisito de parentesco. Curiosamente, el personal pasivo tiene la opción de meter dos beneficiarios además de pareja  cónyuge y los activos solamente uno. Pilotos: .- 8 segmentos free con reserva (ID00R1) al año y billetes free sin reserva (ID00R2), sin limitación de número. .- Billetes nupciales: 4 sin época restrictiva. .- Los derechos de los beneficiarios de los Pilotos son los siguientes: 1. Para los hijos solteros que convivan con el Piloto y dependan económicamente de él: 8 segmentos free con reserva (ID00R1) al año. 2. Para los dos beneficiarios de libre designación: 8 segmentos free con reserva (ID00R1), más 4 segmentos free sin reserva (ID00R2) al año. .- Pilotos sin beneficiarios: 2 billetes con reserva (ID00R1) para padres y hermanos más dos beneficiarios sin necesidad de parentesco. .- Anualmente pueden utilizar dos trayectos con reserva (ID00R1) en cada una de las épocas restrictivas. .- Adicionalmente, podrán disfrutar de billetes zonales en Iberia, con reserva de plaza (Z1), así como zonales en Iberia sin reserva de plaza (Z2), sin limitación de número, a partir de los seis meses de su ingreso en la Compañía. Los beneficiarios podrán disfrutar de billetes zonales en Iberia, con reserva de plaza (Z1), así como zonales en Iberia sin reserva de plaza (Z2), indistintamente, no como en el caso de Iberia que el beneficiario “uno”  tiene más derechos que el beneficiario “dos”. .- Parejas de hecho/cónyuges: después del fallecimiento del piloto titular pueden mantener a sus beneficiarios inclusive pueden modificar a sus beneficiarios después del fallecimiento. No necesitan demostrar dos años de convivencia, con la sola inscripción es valido. .- Los padres que vivan con el piloto podrán tener también 8 billetes ID00R1 .- Familias Monoparentales: al fallecer el único titular, ¿los hijos pierden los beneficios? (Nadie ha regulado nunca esta situación), aunque en su defecto…Los hijos de los Pilotos fallecidos tendrán los mismos derechos, en cuanto se refiere a billetes free o con descuento, que los beneficiarios de los Pilotos jubilados. .- GRUPO TAO: ADEMÁS perciben 25 trayectos más anules ID00R2 (sin reserva) en clase C / Y, de todos los beneficiarios que tienen a repartir. Cabe recordar que gracias a una sentencia que USO ganó en el Tribunal Central de Trabajo el 17 de diciembre de 1987, los empleados de Iberia de Tierra tenemos esos dos trayectos cada tres años con reserva. En aquel momento, la compañía quiso quitar la reserva en los billetes de compañía, y cuando claudicó ante las reivindicaciones de los pilotos, se mantuvo en que sin excepción para Tierra. Gracias a esta sentencia se consiguió al menos dos billetes con reserva sin haber volado con ID00R2 durante dos años. Lo que no deja de ser aún así una gran discriminación. En cuanto al número trayectos a disfrutar es obvio este menosprecio pero clama al cielo cuando hablamos de que al personal Piloto no le exigen dos años de convivencia en una pareja de hecho o las viudas/os de este colectivo mantienen a los beneficiarios adscritos en el momento del fallecimiento del titular, mientras que en los empleados de Tierra no es así. ¿No es hora de dejar de discriminar entre los trabajadores? En el siglo del NO a la discriminación, Iberia se mantiene en este sentido como si viviésemos en 1964 con un clasismo inaudito. Desde USO igualmente lucharemos porque estas discriminaciones comiencen desde YA a desaparecer y dejen de tratarnos como empleados de un Dios Menor y nuestra intensidad será mayor a la hora de negociar ese Convenio que parece no tener nadie prisa de negociar, así como otros temas relativos a Billetes.